Licitación Pública N° 22/2015 - Resolución OAyF Nº 293/2017 - Expediente CM Nº DGCC 170/15-0 s/Mantenimiento Edificio Hipólito

                                                                         Buenos Aires,  13  de noviembre de 2017

RES. OAYF Nº  293 /2017

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 170/15-0 caratulado “D.C.C. s/Mantenimiento Edificio Hipólito Yrigoyen 932”; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF Nº 317/2015 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 22/2015 de etapa única que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento integral del edificio ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexos I y II integran esa Resolución (fs. 101/114).

Que cabe destacar que la Licitación en cuestión comprende un único renglón (Renglón 1) para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo del edificio ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen 932 y contempla un plazo contractual de veinticuatro (24.-) meses.

Que cumplidos los pasos procedimentales pertinentes, por Resolución OAyF Nº 355/2015 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 22/2015 y se adjudicó el Renglón 1 a la empresa Koro S.R.L. por un monto total de cinco millones sesenta y cuatro mil pesos ($5.064.000,00) IVA incluido, conforme la oferta obrante a fojas 159/367 y según los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas de esa Licitación (fs. 414/415).

Que la contratación referida se formalizó mediante la Órden de Compra Nº 915, que fue retirada por la adjudicataria el 25 de noviembre de 2015 (fs. 421). En razón de que el plazo de la contratación es de veinticuatro (24.-) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la Orden de Compra, se desprende que el vencimiento operará el 30 de noviembre del corriente.

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones elevó lo actuado a esta Oficina de Administración y Financiera, señaló que la prestación del servicio de mantenimiento en cuestión vence el 30 de noviembre de 2017 y solicitó que se pusiera a consideración de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad la conveniencia de hacer uso de la facultad de prórroga contractual mencionada (cfr. Nota D.G.C.C. N° 139/2017 de fs. 764).

Que así las cosas, la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad mencionó que la adjudicataria no registra incumplimientos en sus prestaciones y sugirió hacer efectiva la opción de prórroga de doce (12-) meses prevista (cfr. Nota DGOSGyS N° 194/2017de fs. 767).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación preventiva del gasto bajo la Constancia N° 336/10 2017 y tomó conocimiento del compromido preventivo para el año 2018 (fs. 783/785). Por su parte, el Ministerio Público de la Defensa remitió la afectación presupuestaria correspondiente a diciembre del corriente e informó que al entrar en vigencia el Presupuesto 2018 realizaría el compromiso preventivo correspondiente (v. fs. 775/777) y el Ministerio Público Tutelar y el el Ministerio Público Fiscal enviaron las afectaciones presupuestarias correspondiente a diciembre de 2017 (v. fs. 779 y 781/782, respectivamente).

Que en consecuencia, la Dirección General de Compras y Contrataciones impulsó la prórroga contractual con la firma Koro S.R.L. por un plazo de doce (12.-) meses por la suma total de tres millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciocho pesos con 52/100 ($3.253.418,52) y elevó lo actuado a esta Oficina de Administración y Financiera (cfr. Nota DGCC Nº 567/2017 de fs. 790).

Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 7947/2017 (fs. 796/797). Allí, realizó una breve reseña de lo actuado, citó la normativa vigente aplicable y concluyó: “En virtud de los antecedentes reseñados y análisis jurídico efectuado, tomando en cuenta que la Dirección General de Compras y Contrataciones señaló a fs. 790 que gestionó la prórroga, previa asunción del compromiso preventivo para el año 2018, por parte del Ministerio Público Tutelar y del Ministerio Público Fiscal, esta Dirección General no encuentra obstáculos jurídicos para la aprobación de la prórroga que se propicia”.

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones incorporó al Expediente del Visto las constancias de los compromisos preventivos correspondientes al año 2018 del Ministerio Público Tutelar (fs. 809) y del Ministerio Público Fiscal (fs. 812) y remitió lo actuado a esta Oficina de Administración y Financiera para la continuación del trámite de la prórroga contractual (cfr. Memo DGCC Nº 528/2017 de fs. 813).

Que puesto a resolver, debe señalarse que la contratación sujeta a análisis se rige por las disposiciones de la Ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N° 01/2014 y las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución OAyF N° 317/2017. Al respecto, cabe recordar que la citada Ley, en su artículo 117 -apartado III- establece como facultad del organismo contratante: ‘Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia original del contrato’. Por su parte, el Punto 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 22/2015 estipula que “el contrato aludido podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses; opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días con anterioridad a la finalización del contrato”.

Que en consonancia con lo expuesto, de conformidad con lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, con el avál técnico de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en su carácter de órgano jurídico permanente de este Consejo, no se encuentra óbice para prorrogar la contratación del servicio de mantenimiento integral del edificio ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad con la firma Koro S.R.L., en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexos I y II integran la Resolución OAyF Nº 317/2015 por el término de doce (12.-) meses por la suma total de tres millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciocho pesos con 52/100 ($3.253.418,52) IVA incluido.

Que en consecuencia, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para proceder a la prórroga en la contratación que se autorizará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Se destaca que la prórroga deberá formalizarse con una anticipación mínima de quince (15.-) días a la finalización del contrato.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Prorróguese la contratación del servicio de mantenimiento integral del edificio ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad con la firma Koro S.R.L., en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexos I y II integran la Resolución OAyF Nº 317/2015 por el término de doce (12.-) meses por la suma total de tres millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos dieciocho pesos con 52/100 ($3.253.418,52) IVA incluido. Ello, por los argumentos vertidos en los Considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la prórroga en la contratación autorizada en el artículo 1° del presente acto, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97. Se destaca que la prórroga autorizada en el artículo anterior deberá formalizarse con una anticipación mínima de quince (15.-) días a la finalización del contrato.

 

Artículo 3º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

 

RES. OAYF N°   293 /2017

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