Dejar sin efecto la Resolución OAyF Nº 029/2010.
Dejar sin efecto la Resolución OAyF Nº 029/2010.
Dejar sin efecto la Resolución OAyF Nº 029/2010.
Buenos Aires, 21 de septiembre de 2010.
RES. OAyF (R.E.) Nº 71/2010
VISTO:
El expediente OAyF Nº 196/09-0, caratulado O.A.yF. s/Caja Chica Especial: Adquisición de Fax, la Resolución CM Nº 236/2009 y la Resolución OAyF (R.E.) Nº 029/2010; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF (RE) Nº 029/2010 se autorizó el gasto por la contratación con la firma Telec S.R.L. para la adquisición de un (1) teléfono fax marca Panasonic modelo KX-FP218 AG por la suma de setecientos cincuenta pesos ($750.-) para la Unidad Consejero Dr. Más Vélez. (conf. fs. 256).
Que de acuerdo con lo informado por el señor Jefe de Departamento, la adjudicataria hizo saber al momento de efectuar la operación que ya no contaba en stock del insumo cuya adquisición se autorizase por estos actuados y que tampoco podía determinar con certeza el plazo de entrega de los mismos, si bien estaba solicitado a Panasonic.
Que en consecuencia, toda vez que resultara necesario dar urgente respuesta a la requisitoria cursada por el Sr. Consejero y siendo que en el marco del Expediente DCC Nº 224/09-0, tendiente a la adquisición de teléfonos fax, mediante Resolución OAyF Nº 080/2010 del día 12 de mayo se adjudicó la Licitación Pública Nº 05/2010, se instruyó a la Oficina de Recepción y Custodia a disponer lo necesario para proceder a la entrega de un teléfono fax a la Unidad Consejero Dr. Más Vélez.
Que en este estado y de acuerdo a las constancias precedentemente expuestas, toda vez que el requerimiento que motivara el dictado de la Res. OAyF (RE) Nº 029/2010 se encuentra satisfecho, la autorización otorgada por ese acto administrativo devino abstracta. En esta inteligencia corresponde dejar sin efecto la contratación con la firma Telec S.R.L., y una vez cumplidos los trámites notificatorios disponer el archivo de los presentes actuados.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389), por las Res. CM Nº 819/2006, Res. CM Nº 236/2009 y Res. CM Nº 369/2010;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Dejar sin efecto la Resolución OAyF Nº 029/2010, de acuerdo a lo considerado en la presente.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a notificar lo resuelto por la presente, una vez cumplido, procédase al archivo de los presentes actuados.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna y, oportunamente, archívese.