Déjase sin efecto la contratación del Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle DNI: 12.501.396, para la asistencia técnica en el proceso de redeterminación de precios dentro del marco de la Licitación Pública Nº 4/2005, autorizada por Resolución O.A. y F. Nº 021/2007, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.
Déjase sin efecto la contratación del Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle DNI: 12.501.396, para la asistencia técnica en el proceso de redeterminación de precios dentro del marco de la Licitación Pública Nº 4/2005, autorizada por Resolución O.A. y F. Nº 021/2007, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.
Déjase sin efecto la contratación del Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle DNI: 12.501.396, para la asistencia técnica en el proceso de redeterminación de precios dentro del marco de la Licitación Pública Nº 4/2005, autorizada por Resolución O.A. y F. Nº 021/2007, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.
Buenos Aires, 27 de Marzo de 2007.
VISTO:
el Expediente DCC Nº 006/07-0 por el que tramita la contratación de un profesional idóneo para asistir en el proceso de redeterminación de precios en el marco de la Licitación Pública Nº 4/2005; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 427/431 luce la Resolución O.A. y F. Nº 021/2007, de fecha 15 de Febrero de 2007, por la cual se aprueba la contratación del Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle para asistir técnicamente en el proceso de redeterminación de precios en el marco de la Licitación Pública Nº 4/2005.
Que la citada Resolución aprueba el Contrato de Locación de Obra Intelectual a suscribir con el mencionado profesional.
Que mediante Nota Nº 404-DCC CM-Nº 07 de fecha 15 de marzo, la Dirección de Compras y Contrataciones informa la imposibilidad de materializar el contrato aprobado por Resolución OAyF Nº 21/2007, ante la incomparecencia del Arq. Fermoselle a presentar documentación necesaria para suscribir el mencionado contrato, no obstante estar debidamente notificado (conforme constancias de fs. 434) .
Que a fs. 444/445 y 447 se agregan las solicitudes de publicación en el Boletin Oficial, la Cartelera del Consejo de la Magistratura y la página de Internet de la referida Resolución, así como también a fs. 446 se agrega la constancia de publicación en Cartelera.
Que conforme surge del Memo SCAyF Nº 107/2007 de fs. 448, la Comisión de Administración y Financiera dispuso, en la reunión del día 16 de marzo del corriente, dejar sin efecto la contratación sobre el personal idóneo para la redeterminación de precios, atento que, conforme informa la Dra. Cavaliere, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pone a disposición del Consejo el personal idóneo necesario para llevar adelante la redeterminación de precios a título de colaboración, disponiendo que la Dirección de Infraestructura y Obras solicite la colaboración del referido personal.
Que a fs. 450 ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 1680/2007, a través del cual esa Dirección opina que, no existe obstáculo jurídico para dejar sin efecto la contratación en cuestión, en virtud de las constancias del presente expediente, la falta de perfeccionamiento del contrato por culpa exclusiva del Arq. Mario Anibal Fermoselle y la evidente conveniencia para este Consejo que personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realice a título de colaboración, los trabajos mencionados.
Que atento los antecedentes expuestos y lo dispuesto por la Comisión de Administración y Financiera resulta necesario dejar sin efecto la contratacióndel Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle DNI:12.501.396, para la asistencia técnica en el proceso de redeterminación de precios dentro del marco de la Licitación Pública Nº 4/2005, autorizada por Resolución O.A. y F. Nº 021/2007.
Que en atención al estado de las presentes actuaciones, lo aquí decidido deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un día (1) y anunciarse en la Cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial ( www. jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la ley 1988,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Déjase sin efecto la contratación del Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle DNI: 12.501.396, para la asistencia técnica en el proceso de redeterminación de precios dentro del marco de la Licitación Pública Nº 4/2005, autorizada por Resolución O.A. y F. Nº 021/2007, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Infraestructura y Obras a efectos de solicitar la colaboración al personal técnico del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para llevar a cabo la redeterminación de precios, conforme se expresa en los considerandos de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los anuncios en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, la comunicación por medio fehaciente, al Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle lo resuelto por la presente.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras, a los funcionarios interesados, al Arquitecto Mario Aníbal Fermoselle, cúmplase y oportunamente archívese.
Res. O.A. y F. Nº: 037/2007