Buenos Aires, 20 de abril de 2018
RES. OAyF (RE) Nº 02/2018
VISTO:
El Expediente OAyF N° 040/18-0, caratulado “O. A. y F. s/ Impresión de Material para el Programa de Equidad Territorial - Caja Chica Especial”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 14/2018 la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales solicitó -con carácter urgente- la impresión de quinientos (500.-) flyers para su utilización en la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, en el marco del Proyecto de “Equidad Territorial” aprobado por la Resolución CM N° 123/2017 elaborado por la Oficina de Proyección Institucional dependiente de la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales. Asimismo, adjuntó el modelo del material requerido junto a las especificaciones técnicas correspondientes (fs. 1/5, fs. 13/36 y fs. 40/41).
Que cabe destacar que por Resolución Presidencia N° 1035/2017 ratificada por Resolución CM N° 176/2017 se aprobó la participación del Consejo de la Magistratura en la 44° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires a realizarse entre el 24 de abril y el 14 de mayo del corriente en la Rural, Predio Ferial de Palermo, mediante la instalación de un stand institucional y la realización de diferentes actividades de difusión, promoción y concientización (fs. 6/8).
Que en consecuencia, en atención a la proximidad del inicio de la 44° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires durante la cual se utilizarán los insumos requeridos, la urgencia se manifestó evidente, razón por la cual esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir a las presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para la impresión en cuestión (fs. 9).
Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 37/38).
Que así las cosas, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se remitieron cinco (5.-) invitaciones a cotizar a las firmas Visapel S.A. (fs. 42), “Dispape” (fs. 43), “Centro Lavalle” (fs. 44), Graphia S.R.L. (fs. 45 y fs. 47) y Artes Gráficas Integradas S.A. (fs. 46). Ello, de conformidad con las especificaciones técnicas brindadas por el área requirente.
Que corresponde hacer notar que se solicitaron sólo doscientos cincuenta (250.-) flyers de los quinientos (500.-) oportunamente requeridos, puesto que consultado con la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales se entendió más conveniente imprimir la mitad para testear que fueran eficientes a los fines propuestos y, en el futuro, en caso de que resulte efectivamente necesario, proceder a las ampliaciones con las modificaciones que correspondiera realizar. El mentado criterio se ajusta a la voluntad de optimizar los recursos presupuestarios existentes y ajustarse a los principios de razonabilidad, austeridad y eficiencia que debe imponerse en la administración de los recursos públicos. Ello, en línea con la revisión de todos los Expedientes en trámite a la luz de lo dispuesto en la Resolución CM N° 1/2018.
Que a fojas 54/60 y 64/66 se incorporaron las constancias de recepción de las Invitaciones a Cotizar cursadas.
Que como resultado de la compulsa realizada, presentaron ofertas: Artes Gráficas Integradas S.A. -agregada a fojas 61/63- que cotizó por el monto total de dos mil siete pesos ($2.007,00) IVA incluido, Graphía S.R.L. -glosada a fojas 67/77- que presupuestó por la suma total de cuatro mil ochocientos setenta y cinco pesos ($4.875,00) IVA incluido, “Centro Lavalle” -glosada a fojas 78/82- que cotizó por la suma de total de mil quinientos doce pesos con 50/100 ($1.512,50) IVA incluido y “Dispape” -obrante a fojas 83/97- que presentó una oferta que asciende a la suma de mil setecientos cincuenta y cinco pesos ($1.755,00) IVA incluido.
Que posteriormente se dio intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Proyección Institucional a fin de que en su carácter de área requirente y técnica competente analizara las ofertas recibidas (fs. 98). En respuesta, esa dependencia indicó que “la propuesta que se ajusta a los requerimientos solicitados es la que obra a fs. 78/79 de Gráfica Centro Lavalle” (Memo 16/2018 de fs. 100).
Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde hacer notar que la oferta presentada por “Dispape” fue presentada extemporáneamente por lo que de conformidad con lo dispuesto en la Invitación a Cotizar fue desestimada automáticamente (fs. 98). En consecuencia, sólo resta analizar las tres (3.-) ofertas presentadas en tiempo y forma.
Que en ese orden de ideas, es de hacer notar que la oferta presentada por Artes Gráficas Integradas S.A. no se ajusta a los requerimientos solicitados puesto que cotiza sólo doscientos (200.-) flyers. En tanto, las ofertas de Graphia S.R.L. y “Centro Lavalle” se adecúan a lo requerido en la Invitación a Cotizar. Por otra parte, de una comparación de las mismas se advierte que la oferta presentada por “Centro Lavalle” resulta la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura.
Que en forma coincidente con lo antedicho, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y de la Oficina de Proyección Institucional, en su carácter de áreas requirentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución CM N° 123/2017, indicaron que la oferta de “Centro Lavalle” resultaba la más adecuada.
Que entonces, puesto a resolver, encontrándose cumplidos los trámites previstos en las Resoluciones CM Nº 97/2012 y CM N° 969/2010, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, con especial atención a la solicitud cursada por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, con el objeto de garantizar el normal y eficiente funcionamiento de este Poder Judicial, corresponderá autorizar el gasto con la firma “Centro Lavalle” para la impresión de doscientos cincuenta (250.-) flyers. Ello, por la suma de mil quinientos doce pesos con 50/100 ($1.512,50) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 44 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 78/82, y por constituir una oferta que se ajusta a las especificaciones requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Proyección Institucional para que provean a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones requeridas.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma que resulte adjudicada en el presente acto y al resto de las firmas oferentes y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y N° 97/2012;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma “Centro Lavalle” para la impresión de doscientos cincuenta (250.-) flyers. Ello, por la suma total de mil quinientos doce pesos con 50/100 ($1.512,50) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 44 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 78/82. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2º: Dese intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Proyección Institucional para que provean a la firma “Centro Lavalle” del material necesario para las impresiones cuyo gasto se autorizó en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Proyección Institucional y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 02/2018