Aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 11/2005, para la adquisición de material bibliográfico, que tramitó por Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 11/2005, para la adquisición de material bibliográfico, que tramitó por Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 11/2005, para la adquisición de material bibliográfico, que tramitó por Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Buenos Aires, 3 de octubre de 2006.
VISTO:
El Expediente CM N° DCC-052/06-0 por el que tramitó la Licitación Privada Nº 10/2006 para la adquisición de material bibliográfico, autorizada por Resolución SCAyF N° 87/2006; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota Nº 736- DCC CM-06 (fojas 241/243), la Dirección de Compras y Contrataciones propone realizar un llamado a Licitación Privada para la adquisición de material bibliográfico, para uso exclusivo del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de esta Ciudad, en virtud del requerimiento efectuado mediante Nota Nº 76/06 por la Dirección de Apoyo Operativo plan de requerimiento bibliográfico Anual 2006-, incorporándose también los renglones que resultaran fracasados de la Licitación Privada Nº 11/2005, que tramitó por Expediente CM Nº DCC-142/05-0
Que la Resolución citada en el Visto autoriza dicho procedimiento, toda vez que el monto estimado para la contratación asciende a la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil con 98/100 ($ 450.000,98), lo que admite la aplicación del régimen de Licitación Privada, según lo normado por el Artículo 56º, inciso 1, del Decreto-Ley N° 23.354/56.
Que se cursaron las correspondientes invitaciones a participar del mencionado concurso a cincuenta y un (51) editoriales, y comunicaciones a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (U.A.P.E.), a la Cámara Argentina de Comercio (C.A.C.), a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos, a la Cámara Argentina de Publicaciones y a la Cámara Argentina del Libro (fojas 412/483).
Que a fojas 484/565 obran las constancias de remisión de las Circulares con Consulta Nº 1, 2 y 3 a las correspondientes firmas y Guías y Cámaras.
Que a fojas 568/583, obra el listado de adquisición de pliegos confeccionado por la Dirección de Compras y Contrataciones.
Que según consta en el Acta de Apertura de la Licitación Privada Nº 10/2006, de fecha 9 de junio de 2006, obrante a fojas 586/587, se procedió a la apertura de las once (11) ofertas presentadas.
Que del dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones de fecha 28 de julio de 2006 (fojas 1821/1898), resulta que las ofertas presentadas por Lexis Nexis Argentina S.A., Editorial Universidad S.R.L., La Ley S.A., Editorial Hammurabi S.R.L., Rubinzal Culzoni S.A., Alfagrama S.R.L. Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma S.R.L., Ad-Hoc S.R.L., Promoción, Exportación y Marketing Editorial Proeme S.L. y Editores del Puerto S.R.L. son admisibles; mientras que la oferta presentada por Librarius S.R.L. ha sido declarada no admisible.
Que comparados los precios de las ofertas admisibles (Cuadro Comparativo inserto a fojas 1830/1868), la Comisión de Preadjudicaciones sugiere la preadjudicación de los subrenglones a las empresas que se indican en el Anexo II (fojas 1869/1892) de su dictamen.
Que asimismo, la Comisión de Preadjudicaciones sugiere que se declaren desiertos los Subrenglones que se indican en el Anexo III (fojas 1893/1898) de su dictamen, por no haberse recibido ofertas.
Que de acuerdo a lo informado por la Mesa de Entradas a fojas 1916, se dio cumplimiento a lo normado por el Decreto P.E.N. 826/88, informándose que han ingresado presentaciones relacionadas con la publicación del Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.
Que mediante Dictamen Nº 1326/2006, obrante a fojas 1918, ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, no encontrando objeción alguna al dictamen oportunamente elaborado por la Comisión de Preadjudicaciones.
Que la Comisión de Administración y Financiera dictaminó detectando errores materiales e involuntarios en la confección del Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, los cuales corresponde corregir, ya que no afectan esencialmente el resultado de la contratación.
Que conforme lo expuesto, existen recursos presupuestarios, el llamado de la licitación y el dictamen de preadjudicación recibieron debida publicidad, el servicio de asesoramiento jurídico no objetó lo actuado, y no existiendo impugnaciones de terceros, no se advierten circunstancias de hecho ni de derecho que aconsejen revertir el criterio propiciado por la Comisión de Preadjudicaciones en los términos propuestos por la Comisión de Administración y Financiera.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y su modificatoria y la Ley 1.988,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°: Aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 11/2005, para la adquisición de material bibliográfico, que tramitó por Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 2°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 12 del Renglón 40, a la firma Promoción, Exportación y Marketing Editorial Proeme S.L., por la suma de Pesos Dos Mil Doscientos Setenta y Uno con 46/100 ($ 2.271,46) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 593/626 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 3°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 35 del Renglón 11 y Subrenglón 63 del Renglón 13, a la firma Editores del Puerto S.R.L., por la suma de Pesos Seis Mil Novecientos Setenta y Cuatro con 30/100 ($ 6.974,30) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 816/847 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 4°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 3, 5 a 25, 27, 28, 30, 33, 35, 37 a 54, 57 a 63, 65, 66, 68 a 83, 86, 87, 89 a 91, 93 a 97, 99, 100, 103, 105, 107 a 119, 121, 123 a 134, 136 a 141, 144, 146 a 150, 153 a 155, 157, 158, 160 a 168, 171 a 174, 176 a 191, 194 y 195 del Renglón 5, a la firma Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma S.R.L., por la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 10/100 ($ 62.369,10) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 971/976 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 5°: Adjudicar los Subrenglones 1, 2, 4 a 7, 9 a 35, 38 a 42, 44 a 51, 53 a 55, 57 a 65 y 67 a 99 del Renglón 22, a la firma Editorial Hammurabi S.R.L., por la suma de Pesos Veintinueve Mil Seiscientos Diez con 40/100 ($ 29.610,40) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1107/1139 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 6°: Adjudicar el Subrenglón 22 del Renglón 14; los Subrenglones 2, 4 y 5 del Renglón 16; los Subrenglones 5, 14 y15 del Renglón 28; los Subrenglones 2 a 5 del Renglón 34 y los Subrenglones 1 a 55, 57 y 58 del Renglón 41, a la firma Editorial Universidad S.R.L., por la suma de Pesos Dieciséis Mil Cuatrocientos Treinta y Tres con 70/100 ($ 16.433,70) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1244/1252 y 1263 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 7°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 3, 5, 6, 8, 9, 11 a 18, 20 a 26, 28 a 30, 32 a 39, 40 (parcial), 41, 43, 44, 46 a 48, 54 a 56, 58 a 72, 75 a 84, 86 a 88 y 91 a 105 del Renglón 2; los Subrenglones 1 (parcial), 2, 3, 4 (parcial), 5 a 8, 10 a 17, 19 a 23, 25, 27 a 29, 33, 38, 40, 42, 43, 44 (parcial), 45 a 47, 51, 52 y 55 a 72 del Renglón 12; y los Subrenglones 1, 2, 3 (parcial), 4 a 22, 23 (parcial), 24, 25, 27 a 40, 42 a 54, 56 a 69, 72 a 87, 89, 92, 93, 95 a 99, 102, 106 a 108, 110 a 113, 115, 116, 117 (parcial), 118 a 149, 151 (parcial), 152, 153, 155 a 161, 163, 164, 173 a 175, 177 a 203, 205 a 225, 226 (parcial) y 227 del Renglón 29, a la firma Lexis Nexis Argentina S.A., por la suma de Pesos Setenta y Ocho Mil Ochocientos Veintiocho con 16/100 ($ 78.828,16) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1277/1508 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 8°: Adjudicar los Subrenglones 1, 3 a 9, 11 a 13, 15 a 28, 30 a 37, 39 a 45, 47 a 63, 64 (parcial), 66 a 68, 70, 72 a 80 y 82 a 135 del Renglón 37, a la firma Rubinzal Culzoni S.A., por la suma de Pesos Cincuenta y Cinco Mil Sesenta y Siete con 40/100 ($ 55.067,40) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1361/1364 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 9°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 25, 27 a 39, 41 a 56, 58 a 80, 82 a 106, 108 a 126, 128, 131, 133, 134, 136 a 138, 142 a 146, 148 a 151, 153, 155, 156, 162 a 177 y 179 del Renglón 3; los Subrenglones 9 y 10 del Renglón 7; el Subrenglón 4 del Renglón 10; y los Subrenglones 4 y 13 del Renglón 32, a la firma Ad Hoc S.R.L., por la suma de Pesos Veinticuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco ($ 24.645,00) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1416/1456 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 10°: Adjudicar los Subrenglones 2 a 6, 8 a 15, 17 a 32, 34, 35, 38 a 49 y 52 a 57 del Renglón 1; los Subrenglones 2, 4 a 6, 9, 11 y 13 a 15 del Renglón 4; los Subrenglones 1 y 3 a 5 del Renglón 6; los Subrenglones 1 a 32, 34 a 36, 38 a 48, 50 a 52, 55 a 62, 64 a 67 y 69 del Renglón 9; los Subrenglones 1 a 9, 11 a 21, 23 a 25, 27, 30 a 32, 34 a 38, 41 a 52, 54 a 62 y 64 a 75 del Renglón 13; los Subrenglones 1 a 21 del Renglón 14; los Subrenglones 1 a 6 del Renglón 15; el Subrenglón 3 del Renglón 16; los Subrenglones 1 a 3 del Renglón 17; los Subrenglones 1 a 16 del Renglón 18; los Subrenglones 1 a 32 y 34 a 36 del Renglón 19; los Subrenglones 1 a 4 del Renglón 21; los Subrenglones 1 a 8, 10, 11 y 13 a 15 del Renglón 23; los Subrenglones 1 a 4, 6 a 16 y 18 a 22 del Renglón 24; los Subrenglones 15, 37, 42, 58, 75, 92 y 140 del Renglón 25; los Subrenglones 1 a 4, 7, 8, 10 a 19, 21, 22, 25 a 30, 32 y 34 a 38 del Renglón 26; los Subrenglones 1 a 7 del Renglón 27; los Subrenglones 1 a 4, 6 a 8, 10 a 12 y 16 a 19 del Renglón 28; los Subrenglones 1 a 16 del Renglón 30; los Subrenglones 1 a 3 del Renglón 31; los Subrenglones 2, 3, 5 a 12 y 14 a 32 del Renglón 32; los Subrenglones 1 a 3 del Renglón 33; los Subrenglones 1 a 14, 16 a 18, 20 a 30, 33 a 37 y 39 a 51 del Renglón 36; los Subrenglones 2 a 6 del Renglón 38; los Subrenglones 1 a 4, 6 a 17 y 19 a 27 del Renglón 39; y los Subrenglones 1 a 3, 23, 34, 35, 39, 42, 43, 46 a 48, 50, 59 y 77 a 80 del Renglón 43, a la firma Alfagrama S.R.L., por la suma de Pesos Ochenta y Dos Mil Trescientos Ochenta y Dos con 59/100 ($ 82.382,59) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1661/1680 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 11°: Adjudicar los Subrenglones 1 a 7, 9 a 14, 16 a 32, 34 a 36, 38 a 41, 43, 44, 46 a 57, 60 a 68, 70 a 74, 76 a 90, 93 a 100, 102 a 114, 116 a 124, 126 a 139, 141 a 160 y 163 del Renglón 25, a la firma La Ley S.A., por la suma de Pesos Treinta y Seis Mil Seiscientos Dieciséis con 29/100 ($ 36.616,29) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 1383/1396 del Expediente CM Nº DCC-052/06-0.
Artículo 12º: Declarar desiertos los Subrenglones 1, 7, 16, 33, 36, 37, 50 y 51 del Renglón 1; los Subrenglones 4, 7, 10, 19, 27, 31, 42, 45, 49 a 53, 57, 73, 74, 89 y 90 del Renglón 2; los Subrenglones 26, 40, 57, 81, 130, 135 y 141 del Renglón 3; los Subrenglones 1, 3, 7, 8, 10 y 12 del Renglón 4; los Subrenglones 4, 26, 29, 31, 32, 34, 36, 55, 56, 64, 67, 84, 85, 88, 92, 98, 101, 102, 104, 106, 120, 122, 135, 142, 143, 145, 151, 152, 156, 159, 169, 170, 175, 192 y 193 del Renglón 5; el Subrenglón 2 del Renglón 6; los Subrenglones 1 a 8 y 11 del Renglón 7; los Subrenglones 1 a 9 del Renglón 8; los Subrenglones 33, 37, 49, 53, 54, 63 y 68 del Renglón 9; los Subrenglones 1, 2, 3 y 5 a 11 del Renglón 10; los Subrenglones 9, 18, 24, 26, 30, 31, 32, 34 a 37, 39, 41, 48 a 50, 53 y 54 del Renglón 12; los Subrenglones 10, 22, 26, 28, 29, 33, 39, 40 y 53 del Renglón 13; el Subrenglón 7 del Renglón 15; el Subrenglón 1 del Renglón 16; el Subrenglón 4 del Renglón 17; el Subrenglón 33 del Renglón 19; los Subrenglones 1 a 4 del Renglón 20; los Subrenglones 3, 8, 36, 37, 43, 52, 56 y 66 del Renglón 22; los Subrenglones 9 y 12 del Renglón 23; los Subrenglones 5 y 17 del Renglón 24; los Subrenglones 8, 33, 45, 59, 69, 91, 101, 115, 125, 161 y 162 del Renglón 25; los Subrenglones 5, 6, 9, 20, 23, 24, 31 y 33 del Renglón 26; los Subrenglones 9, 13 y 20 del Renglón 28; los Subrenglones 26, 41, 55, 70, 71, 88, 90, 91, 94, 100, 101, 103, 104, 105, 109, 114, 150, 154, 162, 165 a 172, 176 y 204 del Renglón 29; el Subrenglón 4 del Renglón 31; el Subrenglón 1 del Renglón 32; el Subrenglón 4 del Renglón 33; los Subrenglones 1 y 6 del Renglón 34; los Subrenglones 1 a 13 del Renglón 35; los Subrenglones 15, 19, 31, 32 y 38 del Renglón 36; los Subrenglones 2, 10, 14, 29, 38, 46, 65, 69, 71 y 81 del Renglón 37; el Subrenglón 1 del Renglón 38; los Subrenglones 5 y 18 del Renglón 39; el Subrenglón 56 del Renglón 41; los Subrenglones 1 a 56 del Renglón 42; y los Subrenglones 4 a 22, 24 a 33, 36 a 38, 40, 41, 44, 45, 49, 51 a 58 y 60 a 76 del Renglón 43 de la Licitación Privada Nº 10/2006.
Artículo 13º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial y a notificar a las firmas adjudicatarias.
Artículo 14°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a las firmas adjudicatarias, comuníquese al Administrador General del Poder Judicial y a la Dirección de Apoyo Operativo, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN CM N° 717/2006
Juan Sebastián De Stéfano Carla Cavaliere