Buenos Aires, 19 de junio de 2012
RES. OAyF Nº 147/2012
VISTO:
El Expediente DCC Nº 048/12-0 caratulado D.C.C. s/ Adquisición de pinturas y materiales para pinturas”, por el que tramita la Licitación Pública Nº 03/12 de etapa única; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 37/41 luce la Resolución OAyF Nº 58/2012 mediante la cual se autorizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 03/2012, encuadrada en las disposiciones de los artículos Nº 25º, 27, 31º, 32 y ccdates. de la Ley 2095, cuyo objeto es la adquisición de pinturas y materiales para pinturas, para su utilización por el área de mantenimiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – áreas administrativa y jurisdiccional-, en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución citada, con un presupuesto oficial de pesos setenta y ocho mil doscientos noventa y cinco con veinte centavos ($ 78.295,20.-) IVA incluido.
Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del Visto, se ha procedido a comunicar el presente llamado de licitación pública a la Dirección General de Auditoría Interna (fs. 46) y a los funcionarios designados conforme el Anexo II de la Resolución CM Nº 810/2010 (fs. 43/44).
Que asimismo se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en el portal de Internet del Poder Judicial (fs. 45), en el Boletín Oficial (fs. 74/76), y en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura (fs. 78), y que se han diligenciado satisfactoriamente los correos electrónicos dirigidos a las diferentes Cámaras y firmas del rubro, invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 50/73).
Que a fs. 80 luce el Listado de entrega de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, a fs. 81/84, consta el listado de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.
Que con fecha 13 de abril de 2012 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 09/2012 (fs. 87), mediante la cual se acreditó la presentación de tres (3) sobres ante la Mesa de Entradas, los cuales se identifican a fs. 88 como pertenecientes: “Pinturerías Minuto S.R.L.”, CUIT Nº 30-70856056-8,“Pinturerías Rosmar S.A.”, CUIT 30-57086127-8, y “Texxor Pinturas S.R.L.”, CUIT 30-70913031-1. A fs. 89/193 se agregan la documentación y ofertas presentadas por las referidas empresas.
Que la Comisión de Evaluación de Ofertas solicitó a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, la asistencia técnica en la evaluación de ofertas (fs. 214). Así pues a fs. 216 consta el informe elaborado por el 2º Jefe de Departamento de la Oficina de Mantenimiento dependiente de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.
Que no obstante ello, a fs. 219 la comisión evaluadora solicita ampliación de dicho informe técnico, lo que se realiza a fs. 221 mediante Memo 047 en el cual el 2º Jefe de Departamento informa que: “… las empresas presentadas, cumplen todas con los renglones 2 al 13, con respecto a la pintura látex para interiores, este Departamento solicita, de acuerdo a la posibilidad del pliego de condiciones particulares en su artículo 5, el pedido de muestras para realizar una planilla comparativa con las pinturas ofertadas, ya que hay pinturas que se desconoce si han mejorado en estos años en relación a su pintabilidad, poder cubritivo, etc.,…” también solicita muestras de la oferta alternativa.
Que la Comisión de Preadjudicaciones emplazó (fs. 224/230) a las tres (3) firmas oferentes a presentar muestras de la oferta para el renglón Nº 1 (pintura latex para interiores), con lo que cumplimentada dicha etapa, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores realizó un cuadro comparativo y luego de analizar la planilla, sugirió “la adquisición de ser posible, la pintura Albamax dado el resultado satisfactorio que ha demostrado esta teniendo la posibilidad de realizar trabajos con menos pintura y horas hombre, en consecuencia se abonará un poco más pero con el consecuente ahorro posterior por las consideraciones ya expresadas”, constancias de fs. 233/235. Dicho informe técnico fue elevado mediante Memo Nº 500/12 de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores (fs. 236).
Que a fs. 238/243, luce el Dictamen de Evaluación de Ofertas propuestas, así pues, el referido colegiado entiende que “...Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta Licitación Pública surge que las firmas Pinturerías Minuto SRL (a excepción de la oferta presentada para el renglón 1), Pinturería Rosmar SA (a excepción de la oferta denominada “original” para el renglón 1), y Texxor Pinturerías SRL (a excepción de la oferta presentada para el renglón 1), han presentado ofertas admisibles”.
Que asimismo, la referida Comisión acompaña como Anexo A (fs. 243) un cuadro comparativo de las ofertas consideradas admisibles, junto con el presupuesto oficial por renglón y en función de ello, “….considera que: 1) corresponde preadjudicar los renglones 1,4, 6 y 7 de la Licitación Pública Nº 3/2012 a la firma Pinturería Rosmar SA por un total de pesos cuarenta y nueve mil novecientos setenta y dos ($ 49.972,00.-); 2) corresponde preadjudicar los renglones 2, 5 y 11 de la Licitaión Pública Nº 03/2012 a la firma Texxor Pinturerías SRL por un total de pesos diez mil seiscientos treinta y cinco ($ 10.635,00.-); 3) corresponde preadjudiciar los renglones 3, 8, 9, 10,12, y 13 de la Licitación Pública Nº 03/2012 a la firma Pinturerías Minuto SRL por un total de pesos cuatro mil ciento veintitrés ($ 4.123,00.-). Asimismo continúa diciendo que “Se deja constancia que la oferta que se preadjudica para el renglón 1 a la firma Pinturería Rosmar SA es la detallada en la oferta como Alternativa 1 (ALBAMAX)”.
Que de fs. 244/246 se agregan los correos electrónicos cursados a las tres (3) firmas oferentes comunicando lo dictaminado; a fs. 247 se agrega la solicitud de publicación del mismo en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y a fs. 248 se agrega la solicitud de publicación en el Boletín Oficial.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 4564/2012 y, reseñando los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones, el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos inicialmente entiende que “...teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, y los informes técnicos de fs. 221 y 233/235, este Departamento opina que, una vez cumplimentadas las publicaciones precitadas, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que la presente licitación pública Nº 03/2012 se adjudique a las firmas PINTURERIAS MINUTO SRL (renglones 3, 8, 9, 10, 12 y 13), PINTURERIA ROSMAR SA (renglones 1, 4, 6 y 7), y TEXXOR PINTURAS SRL (renglones 2,5 y 11).”
Que a fs. 260 se agrega la constancia de publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas dictado por la citada Comisión (fs. 238/243), en la Cartelera de la Unidad Operativa de Operaciones, y a fs. 261 la constancia de publicación de la misma en la página web oficial de este Consejo. A fs.262/263 luce la constancia de publicación en Boletín Oficial.
Que puesto a resolver la cuestión, se comparte el criterio esgrimido por la Comisión de Preadjudicaciones en su Dictamen ; en ese orden de ideas, es dable destacar que conforme surge del informe técnico elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores a fs. 221, las tres (3) empresas presentadas cumplirían con los renglones del 2 al 13, no así con respecto al renglón 1 que luego de realizada la muestra respectiva, dicha área determinó que la firma Rosmar S.A. presentó en su “alternativa 1” la mejor oferta teniendo en cuenta las características de la pintura.
Que habiéndose cumplido y verificado todos los pasos pertinentes propios de la selección, correspondería adjudicar la presente Licitación Pública Nº 03/2012 de etapa única en los siguientes términos: los renglones 1, 4, 6 y 7 a la firma Pinturería Rosmar S.A. por un total de pesos cuarenta y nueve mil novecientos setenta y dos ($ 49.972.-) dejándose asentado que el renglón 1 se adjudicará a la alternativa 1; los renglones 2, 5 y 11 a la firma Texxor Pinturas S.R.L. por la suma de pesos diez mil seiscientos treinta y cinco ($ 10.635.-) y los renglones 3, 8, 9, 10, 12 y 13 a la firma Pinturerías Minuto S.R.L. por la cantidad de pesos cuatro mil ciento veintitrés ($ 4.123.-).
Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 03/2012 de etapa única.
Artículo 2º: Adjudicar el Renglón Nº 1, 4, 6 y 7 de la Licitación Pública de Etapa Unica Nº 03/2012 a la firma PINTURERIA ROSMAR SA – CUIT 30-57086127-8, dejando constancia que la oferta que se le adjudica para el renglón 1 es la detallada como Alternativa 1, por la suma de cuarenta y nueve mil novecientos setenta y dos pesos ($ 49.972.-) IVA incluido, conforme propuesta económica de fs. 117/171.
Artículo 3º: Adjudicar el Renglón Nº 2, 5 y 11 de la Licitación Pública de Etapa Unica Nº 03/2012 a la firma TEXXOR PINTURAS SRL – CUIT 30-70913031-1, por la suma de diez mil seiscientos treinta y cinco pesos ($ 10.635.-) IVA incluido, conforme propuesta económica de fs. 172/193.
Artículo 4º: Adjudicar el Renglón Nº 3, 8, 9, 10, 12 y 13 de la Licitación Pública de Etapa Unica Nº 03/2012 a la firma PINTURERIAS MINUTO SRL – CUIT 30-70856056-8, por la suma de cuatro mil ciento veintitrés pesos ($ 4.123.-) IVA incluido, conforme propuesta económica de fs. 89/116.
Artículo 5: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo, y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese como se ordenara, comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.
Res. O.A.yF.Nº 147/2012