Autoriza la Contratación Directa tendiente a la impresion y encuadernación de quinientos ejemplares del libro "Primer Diagnostico de Aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005. Plan de Gestion Estrategico Trienal" con la firma Eudeba SEM.
Autoriza la Contratación Directa tendiente a la impresion y encuadernación de quinientos ejemplares del libro "Primer Diagnostico de Aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005. Plan de Gestion Estrategico Trienal" con la firma Eudeba SEM.
Autoriza la Contratación Directa tendiente a la impresion y encuadernación de quinientos ejemplares del libro "Primer Diagnostico de Aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005. Plan de Gestion Estrategico Trienal" con la firma Eudeba SEM.
Buenos Aires, 12 de enero 2010.
VISTO:
El Expediente DCC Nº 244/09-0 por el que se propicia la contratación de la reimpresión y encuadernación de quinientos ejemplares del Primer Diagnóstico de Aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005 y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para impulsar la contratación del VISTO, mediante Nota Nº 245-DCC-09 (fs. 35/37).
Que la presente contratación encuentra fundamento en el requerimiento realizado por el Sr. Presidente del Centro de Planificación Estratégica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante nota de fecha 15 de diciembre de 2009 de fs. 29, por el cual elevara los antecedentes para la contratación de la reimpresión de quinientos (500) ejemplares de la obra Primer Diagnóstico de aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005.
Que a fs. 28 se agrega el Presupuesto remitido por la firma EUDEBA S.E.M (Editorial Universitaria de Buenos Aires) del cual surge que el monto total de la presente contratación asciende a la suma de nueve mil sesenta pesos ($ 9.060).
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la afectación preventiva del presente gasto, conforme Constancia de Registración Nº 2/01-2010, acreditando así la existencia de las partidas presupuestarias necesarias (fs. 33/34).
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 3288/2010, entendiendo que en la especie se trata de un contrato ínter administrativo excluido expresamente del procedimiento previsto en la Ley 2095, y señalando que no existiría obstáculo legal para proceder a la contratación dentro de la sprescripciones estipuladas en el artículo 56, inciso 3, apartado I) del Decreto-Ley Nº 23354/56 y su Decreto Reglamentario 5720/72, las cuales, no se encuentran derogadas por la Ley 2095.
Que en cumplimiento del artículo 6º de la Resolución CM Nº 110/2006 el señor Secretario de la Comisión de Administración deberá designar al responsable Técnico para que intergre la Comisión de Recepción
Que sobre el encuadre jurídico, corresponde dejar aclarado (una vez más, conf. Res. OAyF Nº 150/09 y 177/2009) que el art. 56 del Decreto- Ley Nº 23.354/56 mal podría aplicarse a procedimiento alguno. No sólo porque aquél ha sido derogado por el art. 38 delDecreto PEN 1.023/2001(publicado en el Boletín Oficial R.A. el día 16/08/2001), y porque se trata de una norma perteneciente a un orden jurídico ajeno al local (motivo por el cual tampoco puede sostenerse, al menos sin vulnerar la lógica jurídica más básica, que el art. 56 resulte aplicable en los términos del art. 145 de la ley 2095, ya que una norma local carece de toda aptitud abrogatoria de una ley federal), sino porque además, la situación está expresamente prevista en el art. 4, inc. d de la Ley 2095 que, como ya se dijera, deja a salvo de cualquier procedimiento de selección del contratante a todos aquellos contratos que se celebren entre órganos administrativos.
Que a mayor abundamiento, para esclarecer en definitiva la cuestión y conforme lo dicho por el Sr. Director de Asuntos Jurídicos en su Dictamen, debe tenerse en cuenta que la nota típica de los llamado contratos interadministrativos es precisamente la elección directa, sin procedimiento regulado alguno, del cocontratante.
Que en esa inteligencia, hecha la salvedad indicada y al amparo del art. 4, inc. d de la ley 2.095, corresponde entonces proceder sin mas a autorizar la contratación con la Editorial EUDEBA SEM, sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires.
Que por último es dable destacar que los pliegos necesarios para presentar ofertas en la presente contratación serán entregados sin cargo.
Que la presente convocatoria a Contratación Directa deberá publicarse en la cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) y Artículo 10º de la Ley 1988,
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar la Contratación Directa tendiente a la impresión y encuadernación de quinientos (500) ejemplares del libro Primer Diagnóstico de Aproximación de Fortalezas y Debilidades 2005. Plan de Gestión Estratégico Trienal por la suma de nueve mil sesenta pesos ($9.060) IVA incluído, con la firma EUDEBA SEM (Editorial Universitaria de Buenos Aires) sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires; de acuerdo al presupuesto de fs. 28.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también a comunicar lo decidido a la interesada.
Artículo 3º: Regístrese y publíquese como se ordena. A ese fin, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.