Ref: Expediente DCC Nº 029/06-0 s/ Licitación Privada Nº 07/2006 Contratación de los servicios de enlaces de comunicaciones e internet entre las distintas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sres. Consejeros
De nuestra consideración:
Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones -en adelante "la Comisión"-, a fin de dictaminar en la Licitación Privada 07/2006 - contratación de los servicios de enlaces de comunicaciones e internet entre las distintas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial estimado de pesos cuatrocientos treinta y siete mil quinientos ($ 437.500,00).
A fs. 5 la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera, instruye a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las gestiones tendientes para la contratación del servicio de enlaces de comunicaciones e internet para todas las dependencias del Poder Judicial. Asimismo, se dispuso contemplar el renglón 2 de la contratación que tramitó en el expediente Nº 114/04 y que no fuera adjudicado por Res. CM 759/05.
A fs. 17/18 y 27, el Departamento de Informática y Tecnología se expide acerca de las condiciones particulares y especificaciones técnicas de la presente contratación, que fueran giradas a tal efecto por la Dirección de Compras y Contrataciones.
De fs. 27 y 28 surgen la estimación del Presupuesto Oficial para la presente Licitación y el consecuente encuadre legal.
A fs. 29/57 la Dirección de Compras y Contrataciones agrega una copia del Pliego de Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios (PCG - Res. CM Nº 210/2005 y modif.), así como los proyectos de Pliego de Condiciones Particulares (PCP) y Pliego de Especificaciones Técnicas (PET).
A fs. 58/66 lucen el modelo de invitación, el modelo de publicación y los listados de empresas e instituciones a ser invitadas, agregados por esa misma Dirección.
A fs. 67/69 se acreditan las registraciones presupuestarias preventivas realizadas para el presente ejercicio y para el período 2007.
A fs. 74 se expide el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos no formulando observaciones al procedimiento para la presente Licitación.
Con fecha 24 de abril de 2006, la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera dictó la Resolución SCAyF Nº 72/2006, autorizando la presente Licitación Privada Nº 07/2006 y aprobando el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas. Se establece como fecha de apertura pública de ofertas el día 26 de mayo de 2006 a las 12:00 hs. (fs. 77 a fs. 91).
A fs. 97, 99 y 127/8 se informa acerca de las publicaciones efectuadas.
A fs. 100/124 se incorporaron las invitaciones cursadas, incluyendo un informe de las respectivas recepciones.
A fs. 125/154 y 156/164 se agregan actuaciones vinculadas a la circular sin consulta Nº 1 y a las circulares con consulta Nros. 1 y 2
A fs. 155 obra el acta correspondiente a la reunión informativa efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones con fecha 11/05/06.
De fs. 165 a fs. 170 se acompañan las constancias de la venta de pliegos realizada.
A fs. 759/60 obra el Acta de Apertura de sobres, que da cuenta de la realización de dicho acto con la presencia los Dres. Federico Carballo, Adrián H. Costantino y Miguel A. Espiño. Se registran 3 ofertas presentadas en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura.
A fs. 788/9 y 790/1 lucen las notas enviadas por esta Comisión a los oferentes Ertach S.A. y Telefonica Data Argentina S.A., respectivamente, mediante la cual se solicitan datos aclaratorios y documentación adicional a la presentada.
A fs. 792/3 se agrega nota emitida por el Departamento de Tecnología e Informática en la que, consultado por esta Comisión acerca de la evaluación de las propuestas técnicas, solicita se requiera a algunos oferentes, ciertos puntos aclaratorios, los cuales fueron girados a los interesados según obra a fs. 809 y 810.
A fs. 816/8 obra nota remitida por la firma Telefónica Data Argentina S.A. mediante la cual formula una serie de observaciones.
A fs. 821/3 y 826/37 se agregan las respuestas efectuadas por Telefónica Data Argentina y Ertach S.A., respectivamente, a las consultas ya mencionadas de fs. 792/3.
A fs. 840 luce nota presentada por la firma Techtel LMDS Comunicaciones Interactivas S.A. efectuando precisiones acerca de aspectos técnicos.
A fs. 841/2 se encuentra agregado el informe técnico de fecha 06 de Julio de 2006, emitido por nuestro Departamento de Tecnología e Informática.
De fs. 846/57 surge la respuesta extemporánea de la firma Telefónica Data Argentina S.A. al requerimiento que le fuera cursado de acuerdo a fs. 790/1, señalado más arriba.
OFERTAS:
1. ERTACH S.A.:
Número de CUIT: 30-69553800-2
A fs. 359 presenta la propuesta económica. En la misma se verifica una pequeña diferencia en el valor total respecto del que surgiría de multiplicar el valor mensual por los 12 meses de la contratación. En virtud de lo normado por el inciso 68 del Decreto 5720/72 reglamentario del art. 61 del Decreto Ley 23354/56, se considerará como valor cotizado el valor mensual.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución de Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. hasta la suma de $ 15.000,00 (pesos quince mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 361/365.
A fs. 214 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
De fs. 215 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 217, manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 días hábiles contados a partir del día del acto de apertura, no haciendo mención a la renovabilidad de plazo exigida por la cláusula 15 del PCG. No obstante, a requerimiento de esta Comisión, el oferente aclaró que dicho plazo es de renovación automática (fs. 807)
A fs. 219 y 220 se verifica el cumplimiento parcial del Decreto (GCABA) 737/97 y de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA. A requerimiento posterior de esta Comisión, como surge de fs. 808, el oferente completó la declaración jurada en lo referido a la Ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 221 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
De fs. 228 surge el certificado de visita correspondiente.
A fs. 245/251 consta copia certificada por Escribano Público del acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 27 de Junio de 2005, de cuyo punto 2 surge el tratamiento y aprobación del cambio de denominación de Millicom Argentina S.A., que pasa a denominarse Ertach S.A., siendo con este nombre continuadora de aquella
A fs. 264/358 presenta la propuesta de especificaciones técnicas.
A fs. 366/367 obra el certificado de habilitación de presentación de ofertas del RUP a la fecha de la apertura del que surge que se encuentran vigentes, a esa misma fecha, el Certificado para Contratar emitido por la AFIP y el Certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Del anexo de dicho instrumento, surge la capacidad de los firmantes para representar a la oferente. La firma agrega a fs. 368 la constancia de inscripción ante el RUP.
A requerimiento de esta Comisión, el oferente presenta, a fs. 796/7 el Certificado Fiscal Nº 3168, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires, vigente a la fecha de la apertura. El mismo se halla extendido a nombre de Millicom Argentina S.A.. Ertach S.A. explica en la nota de acompañamiento (fs. 804) su condición de continuadora de la antedicha, toda vez que se trata de la misma firma que -solamente- ha cambiado de denominación. A tal fin acompaña la documentación que obra a fs. 798/803 y que, a entender de esta Comisión, acredita suficientemente lo expresado por el oferente.
El informe técnico de fecha 06 de Julio de 2006, emitido por nuestro Departamento de Tecnología e Informática que obra a fs. 841/2, establece que la oferta de la firma ERTACH S.A. no cumple con las especificaciones técnicas previstas para la presente contratación. Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente oferta no reúne condiciones suficientes de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
2. TECHTEL LMDS COMUNICACIONES INTERACTIVAS S.A.:
Número de CUIT: 30-69231900-8
A fs. 522 presenta la propuesta económica exclusivamente por el renglón 1, que se ajusta al PCG en cuanto al plazo de entrega o instalación
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución de Alba Compañía de Seguros Generales S.A. hasta la suma de $ 20.000,00 (pesos veinte mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 519.
A fs. 425 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 427/435 lucen los instrumentos que otorgan poder a los firmantes.
De fs. 437 surge el certificado de visita correspondiente, del que se desprende que el oferente visitó, exclusivamente, los inmuebles de Av. Leandro N. Alem 684, Av. de Mayo 761 y Av. Roque Sáenz Peña 636.
De fs. 439 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 440/1 se verifica el cumplimiento del Decreto (GCABA) 737/97 y de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA.
A fs. 442 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
A fs. 446/7 presenta copia del Certificado para Contratar 029 Nº 0062404 emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
A fs. 444/5 obra el Certificado para Contratar Nº 2779, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires, vigente a la fecha de la apertura.
A fs. 449 se presenta el Certificado Nº 4986, emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de la apertura.
A fs. 454/5 obra el certificado de habilitación de presentación de ofertas del RUP Nº 68119, a la fecha de la apertura. Del juego armónico entre el Anexo de dicho certificado y la documentación mencionada de fs.427/435, surge que los firmantes de la oferta se encuentran suficientemente habilitados a tal fin.
A fs.456/517 presenta la propuesta de especificaciones técnicas.
En la oferta que obra a fs. 522, el oferente manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 60 días hábiles contados a partir del día del acto de apertura, no haciendo mención a la renovabilidad de plazo exigida por la cláusula 15 del PCG, por lo que, en virtud de lo establecido en el último párrafo de dicha cláusula, este Consejo podrá considerar o no la oferta, según convenga a sus propios intereses.
El informe técnico de fecha 06 de Julio de 2006, emitido por nuestro Departamento de Tecnología e Informática que obra a fs. 841/2, no formula objeciones de tipo técnico a la oferta presentada.
Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente oferta se encuentra en condiciones para ser considerada oferta admisible.
3. TELEFONICA DATA ARGENTINA S.A.:
Número de CUIT: 30-69119165-2
A fs. 623presenta la propuesta económica, que se ajusta al PCG en cuanto a los plazos de mantenimiento de oferta y de entrega o instalación
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta mediante póliza de seguro de caución de Mapfre Argentina Seguros S.A. hasta la suma de $ 37.000,00 (pesos treinta y siete mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 625/8.
A fs. 564 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 567/622 presenta la propuesta de especificaciones técnicas, que se complementa con la documentación que luce a fs. 691/758.
De fs. 630 surge el certificado de visita correspondiente.
A fs. 632/663 lucen los instrumentos que otorgan poder a los firmantes.
A fs. 668/9 obra el certificado de habilitación de presentación de ofertas Nº 68115 del RUP a la fecha de la apertura. Del juego armónico entre el Anexo de dicho certificado y la documentación mencionada de fs. 632/663, surge que los firmantes de la oferta se encuentran suficientemente habilitados a tal fin.
A fs. 670 obra un Certificado para Contratar emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires, pero que no corresponde a la presentante sino a la firma Telefónica de Argentina S.A.
A fs. 672/5 presenta copia del Certificado para Contratar 029 Nº 62440, emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
A fs. 680/5 un Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos vencido y copia de la solicitud de un nuevo certificado efectuada con fecha 24/05/06.
De fs. 686 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 687/8 se verifica el cumplimiento del Decreto (GCABA) 737/97.
A fs. 689 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
La respuesta efectuada por la firma con fecha 06 de Julio de 2006, que obra a fs. 846/857, en respuesta al requerimiento efectuado de acuerdo a fs. 790/1, no es considerada por esta Comisión atento a su extemporaneidad.
Del análisis efectuado surge entonces que el oferente no ha cumplido en tiempo y forma con la presentaciones de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA, del Certificado para Contratar emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires y del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, por lo que esta Comisión estima que la presente oferta no reúne suficientes condiciones de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
CONCLUSION
Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta Licitación Privada y la información complementaria, resulta que la firma TECHTEL LMDS COMUNICACIONES INTERACTIVAS S.A., ha presentado una oferta admisible, ofertando exclusivamente para el renglón 1.
Por otra parte, el renglón 2 no cuenta con ofertas admisibles.
En virtud de ello, esta Comisión de Preadjudicaciones entiende que corresponde PREADJUDICAR el renglón 1 a la firma TECHTEL LMDS COMUNICACIONES INTERACTIVAS S.A. por la suma total de pesos ochenta y siete mil ciento veinte ($ 87.120,00), de acuerdo al siguiente detalle:
Renglón |
Costo de conexión |
Abono Mensual |
Total por 12 meses |
1 |
$ 0,00 |
$ 7.260,00 |
$ 87.120,00 |
Los plazos de instalación y puesta en marcha, y de contratación, son los que surgen del puntos 9 y 10, respectivamente, del Pliego de Condiciones Particulares aprobado para el presente procedimiento.
Paralelamente, esta Comisión entiende que corresponde DECLARAR DESIERTO el renglón 2 por no haberse presentado ofertas admisibles para su adjudicación.