Buenos Aires, 15 de abril de 2014
VISTO:
El Expediente DCC Nº 015/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Provisión, Preparación y Colocación de Plantas y Maceteros para el Edificio Hipólito Yrigoyen 932”; y
CONSIDERANDO:
Que el presente procedimiento de contratación Menor N° 09/2014 tiene por objeto la contratación bajo la modalidad de llave en mano de la provisión, preparación y colocación de plantas y maceteros en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, y la prestación del servicio de jardinería por el plazo de un (1.-) mes.
Que mediante Memo DGIO Nº 159/2013 (fs. 3), la Dirección General de Infraestructura y Obras eleva el proyecto del Pliego de Condiciones Particulares tendiente al impulso de la aludida contratación con sus respectivos anexos – certificado de visita y planos- el cual se adjunta a fojas 4/10. Allí se encuentra el detalle de las cantidades y características de lo requerido.
Que interviene la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones (actual Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial) y tras tomar conocimiento del proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares en cuestión, remite los actuados a la Dirección de Compras y Contrataciones para la prosecución del trámite (fs. 12 y 14).
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones se aboca a la confección del proyecto de Pliego de Bases y Condiciones para la contratación de marras y solicita a la Dirección de Infraestructura y Obras aclaraciones sobre ciertas cuestiones, así como también que informe cuál sería el presupuesto estimado (fs. 20/26). Se da respuesta a tales consultas mediante Memo DGIO N° 8/2014 obrante a fojas 30.
Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende “…viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en el artículo 38° y cc de la Ley N° 2095, y su modificatoria Ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” y elabora el Presupuesto Oficial para la contratación en trámite que asciende a cuarenta y un mil pesos ($ 41.000,00) IVA incluido (fs. 36). Asimismo, incorpora el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones con sus Anexos A -Certificado de Visita- y B -Planos- (fs. 37/46).
Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones agrega el Listado de Empresas a Invitar, integrado con aquellas firmas inscriptas en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para los rubros Nº 1403 y 1490. Asimismo deja sentado que también se comunicará el llamado a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos (fs. 47/52).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70 la Dirección de Programación y Administración Contable realiza la afectación de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar el gasto que insumirá la presente contratación (v. Constancia Nº 778/03 2014 de fs. 53/54).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 5617/2014 y, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, señala que“(…) la presente Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM N° 1/2014”. Luego, expuso lo siguiente: “a fs. 37/46, se encuentra el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones (…) en lo concerniente al punto 31, cabe resaltar que esta Dirección General de Asuntos Jurídicos no es un órgano ejecutivo sino consultivo, razón por la cual deberá estarse a lo establecido en el art. 109 -primer párrafo- de la ley 2095 que dice: “La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro del plazo que determine la reglamentación”. Finalmente, concluyó que “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable, y la observación efectuada, es opinión de esta Dirección General, que no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación de las presentes actuaciones” (fs. 61/62).
Que en este estado y en consonancia con lo demarcado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, debe ponerse de resalto que al unísono del artículo 109 citado por esa Dirección General, en el inciso c) del artículo 38° de la Resolución CM N° 01/2014, reglamentaria de la de la Ley 4764 modificatoria de la Ley 2095, se establece lo siguiente: “Adjudicación. Al término del plazo de presentación de ofertas, la Unidad Operativa de Adquisiciones elaborará un Cuadro Comparativo y sin más trámite, remitirá las actuaciones al a la Dirección General de Asuntos Jurídicos previa intervención del área técnica si correspondiere. En caso de notificarse la adjudicación en la dirección de correo electrónico o el número de fax asentado en el RIUPP o en la oferta por los proveedores, debe solicitarse constancia de recepción de la notificación”. En tal sentido, corresponderá readecuar el Punto 31 del Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras, para que se ajuste a la normativa antes referida.
Que luego y puesto a resolver, a fin de dar respuesta a lo solicitado por la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, no restará más que autorizar el llamado a Contratación Menor N° 09/2014 que es una contratación bajo la modalidad de llave en mano y tiene por objeto la provisión, preparación y colocación de plantas y maceteros en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, y la prestación del servicio de jardinería por el plazo de un (1.-) mes, con un presupuesto oficial de cuarenta y un mil pesos ($ 41.000,00) IVA incluido.
Que asimismo, corresponderá aprobar el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 09/2014 con sus anexos A y B.
Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 38 del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y con el objeto de fomentar una amplia participación de oferentes en el presente procedimiento de selección, la entrega de los pliegos necesarios para cotizar en la Contratación Menor Nº 09/2014 será sin cargo.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el llamado a Contratación Menor N° 09/2014 que es una contratación bajo la modalidad de llave en mano y tiene por objeto la provisión, preparación y colocación de plantas y maceteros en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, y la prestación del servicio de jardinería por el plazo de un (1.-) mes, en la forma, cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la presente Resolución con un presupuesto oficial de cuarenta y un mil pesos ($ 41.000,00) IVA incluido.
Artículo 2º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la presente Resolución y sus anexos A – Certificado de visita- y B –Planos-.
Artículo 3º: Establézcase el 30 de abril de 2014 a las 16.00 horas, como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación.
Artículo 4º: Establézcase el 09 de mayo de 2014 a las 16.00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.
Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Contratación Menor N° 09/2014 que se autoriza en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 6: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Infraestructura y Obras. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
CONTRATACIÓN MENOR Nº 9/2014 (RES. OAyF Nº 122/2014)
PLANTAS, MACETEROS Y JARDINERÍA PARA H. YRIGOYEN 932
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PLIEGO
4. RENGLONES A COTIZAR
5. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN
6. VISITA
7. CAPACIDAD TÉCNICA
8. AMPLIACIÓN DE INFORMES
9. PLAZOS Y MODADALIDAD DE ENTREGA, COLOCACIÓN Y CONTRATACIÓN. PROPUESTA DE TRABAJO.
10. FORMA DE COTIZACIÓN. ADELANTO
11. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
12. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
13. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
15. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
17. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
18. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
19. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
20. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
21. CIERRE POR VACACIONES
22. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
23. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
24. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
25. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
26. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
27. PAGO – PLAZOS
28. MORA
29. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
30. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
31. ADJUDICACIÓN
32. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
33. COMPETENCIA JUDICIAL
34. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
ANEXO A – CERTIFICADO DE VISITA
ANEXO B - PLANOS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
El presente llamado a Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y las disposiciones contenidas en el presente Pliego.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Contratación Menor Nº 09/2014 es una contratación bajo la modalidad de llave en mano y tiene por objeto la provisión, preparación y colocación de plantas y maceteros en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, y el servicio de jardinería por el plazo de un mes.
3. PLIEGO
El Pliego de Bases y Condiciones que rige la Contratación Menor Nº 09/2014, es remitido sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación y por la misma vía.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: PROVISION Y COLOCACIÓN DE PLANTAS EN CANTEROS EXISTENTES
Item 1.1: Cantero 1º piso. Referencia: Lateral.
Volumen: 40 cm x 675 cm x 45 cm.
Especies de plantas. Provisión, colocación y cantidad:
Abelia grandiflora compacta: tres (3)
Buxus sempervirens: cinco (5)
Phormium tenax marginata alba: tres (3)
Eleagnus conmutata aurea: dos (2)
Evonymus japonica maculata alba: dos (2)
Lavandula dentata: cuatro (4)
Item 1.2: Canteros 1º subsuelo. Referencia: Lateral.
Volumen: 40 cm x 120 cm x 45 cm. y 40 cm x 287 cm x 45 cm.
Especies de plantas. Provisión, colocación y cantidad:
Abelia grandiflora compacta: dos (2)
Buxus sempervirens: cuatro (4)
Phormium tenax marginata alba: tres (3)
Eleagnus conmutata aurea: una (1)
Evonymus japonica maculata alba: una (1)
Lavandula dentata: dos (2)
Item 1.3: Cantero 1º subsuelo. Referencia: Fondo.
Volumen: 55 cm x 1300 cm x 38 cm.
Especies de plantas. Provisión, colocación y cantidad:
Eleagnus pungens: cinco (5)
Berberis atropurpurea: seis (6)
Phyllostachis aurea: cinco (5)
Phormium atropurpurea: siete (7)
Prunus pissardi: tres (3)
Photinia frasseri: nueve (9)
Viburnum tinus: cuatro (4)
Item 1.4: Tierra negra humificada y abonada: ciento sesenta y dos (162) bolsas de 30 dm3 c/u.
Item 1.5: Leca: treinta y seis (36) bolsas de 30 dm3 c/u.
Item 1.6: Cobertura Superficial con Biochips: 17 bolsas de 80 lts. c/u.
Renglón 2: PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE MACETAS Y PLANTAS
Item 2.1: Catorce (14) macetas de fibrocemento de 100cm x 30cm x 40 cm (h). Volumen 120 dm3 c/u.
Especies de plantas. Provisión, colocación, cantidad y tamaño:
Pennisetum setaceum “Rubrum”: 0.60 m. (h) mínimo por 6 (seis) unidades.
Muhlenberia capillaris: 0.50m (h) mínimo por 6 (seis) unidades.
Cortaderia selloana “rosea”: 1.00 m. (h) mínimo por 4 (cuatro) unidades.
Lamprothyrsus hieronymi: 1.00 m. (h) mínimo por 8 (ocho) unidades.
Ampelopsis: 12 (doce) unidades.
Item 2.2: Compost: treinta y cinco (35) bolsas de 50 dm3 c/u.
Item 2.3: Leca: catorce (14) bolsas de 50 dm3 c/u.
Item 2.4 : Cobertura Superficial con Biochips: tres (3) bolsas de 80 lts. c/u.
Renglón 3: SERVICIO DE JARDINERIA
Servicio de jardinería por un (1) mes, que incluirá como mínimo las siguientes tareas: fertilización y control fitosanitario, podas de formación, una visita semanal, fertilizantes y todos aquellos productos necesarios a fin de dar cumplimiento a los trabajos detallados.
Nota: la ubicación de canteros y de los maceteros se describen en los planos que forman parte del presente Pliego como Anexo B.
5. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN
La presente contratación se efectúa bajo la modalidad llave en mano, lo cual implica que se contratará a través de un único proveedor la realización integral del proyecto, de manera que los oferentes deberán realizar una solución integral que comprenda la provisión y prestaciones que satisfagan las necesidades de este Consejo de la Magistratura.
De tal manera, la solución propuesta deberá contemplar la provisión de todos los materiales, equipos y mano de obra necesarios, así como la realización de los trabajos complementarios.
6. VISITA.
Los oferentes deberán realizar la visita al inmueble sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad, en el cual deberán ser realizados los trabajos objeto de la presente contratación.
En la visita, los oferentes deberán constatar las características estructurales propias del edificio, así como todas las apreciaciones que serán necesarias para cumplir adecuadamente con lo solicitado.
Con el fin de realizar la visita deberán comunicarse con la Dirección General de Infraestructura y Obras de este Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, al teléfono 4014-2866/2867.
Realizada la visita, se completará el Certificado de Visita, que como Anexo A forma parte integrante de la presente, constancia con la cual se acreditará haber concurrido al edificio y verificado las condiciones para la ejecución de las prestaciones.
El mencionado certificado deberá adjuntarse obligatoriamente con la oferta.
7. CAPACIDAD TÉCNICA
A los efectos de acreditar la capacidad técnica exigida, los oferentes deberán presentar junto con la oferta:
Antecedentes que acrediten la experiencia de la empresa en realización de prestaciones de características similares a las requeridas en el presente pliego. Los oferentes deberán acreditar un mínimo de tres antecedentes. Como referencias de las mismas, se consignará un detalle que incluya los siguientes datos: 1) Razón Social/ Identidad del comprador; 2) dirección y teléfono; 3) período de venta; y 4) cantidad entregada.
8. AMPLIACIÓN DE INFORMES
El personal que determine el Consejo de la Magistratura podrá visitar las oficinas, viveros, trabajos realizados, etc., que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar “in situ” su capacidad. A tal efecto se suministrará la dirección y el horario de trabajo.
9. PLAZOS Y MODADALIDAD DE ENTREGA, COLOCACIÓN Y CONTRATACIÓN. PROPUESTA DE TRABAJO.
9.1. Cada oferente deberá presentar junto con su oferta económica, una Propuesta de Trabajo que contenga el detalle de las tareas a realizar.
9.2. La misma debe prever el plazo de provisión y colocación (Renglones 1 y 2), cuyo máximo no podrá superar los quince (15) días desde la recepción de la orden de compra.
Se deberán tener en consideración los horarios autorizados de ingreso, carga y descarga, del GCABA. Cabe señalar que la provisión debe ser seguida de la instalación por no contar la sede con espacio disponible para acopiar los bienes, quedando bajo la responsabilidad del oferente la guarda de dichos bienes.
9.3. El plazo de contratación de un (1) mes del servicio de jardinería requerido en el Renglón 3, comenzará a regir a partir del día siguiente a la confección del Parte de Recepción de los Renglones 1 y 2.
Nota: se aclara que el plazo que demanden los trámites de la percepción del adelanto previsto en la cláusula 10.1 del presente pliego, no suspende el plazo de entrega propuesto para la provisión e instalación de los renglones 1 y 2.
10. FORMA DE COTIZACIÓN, ADELANTO
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, indicando por renglón y por ítem en números y letras el precio unitario y el precio total de cada ítem y renglón.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.
10.1 ADELANTO: El oferente podrá solicitar, incluyéndolo en su propuesta económica, hasta un treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de adelanto. El adjudicatario deberá presentar un seguro de caución por los importes que se le anticipen, que tendrá vigencia hasta la finalización del servicio de jardinería. Los importes adelantados se le descontarán al liquidársele los montos facturados.
10.2. La adjudicación recaerá íntegramente en un único oferente; por ello es obligación la cotización de la totalidad de los ítems y renglones requeridos en el Punto 4, bajo apercibimiento de declarar inadmisible a la oferta.
11. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
Los interesados en participar en la presente contratación deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).
La inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación.
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Para más datos, podrá concurrir a Av. Roque Sáenz Peña 547, Piso 8º de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4342-5052 Internos 100, 134 y 135 o el que oportunamente se determine.
12. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
El oferente deberá constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si ello se omitiera, se tendrá como domicilio constituido el declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
13. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
El oferente deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 79º de la Ley Nº 2095, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014.
Las consultas relacionadas con la presente contratación se realizan ante la Dirección de Compras y Contrataciones, que funge como Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, teléfono fax 4008-0367, o por escrito, hasta las 16:00 horas del día 30 de abril de 2014.
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1. La oferta podrá ser presentada por escrito, o ser remitida por fax al 4008-0367 o correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, hasta las 16:00 horas del día 09 de mayo de 2014.
14.1.1. De optar por la presentación por escrito, la oferta deberá integrarse en sobre o paquete cerrado, por duplicado, firmada por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.
La presentación deberá hacerse de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 18.00 horas en la Mesa de Entrada de este Consejo sita en Av. Julio A. Roca 530 PB, debiendo estar dirigidas a la Dirección de Compras y Contrataciones e indicando como referencia “Contratación Menor Nº 09/2014, Expediente CM Nº DCC-015/14-0” acompañando los requisitos y/o documentación –cuando correspondiere- estipulados en los Puntos 6, 7, 9, 12, 13, 18, 19 y 20 del presente Pliego.
14.1.2. En caso de optar por la cotización vía fax o correo electrónico, los requisitos y/o la documentación requerida en los Puntos 6, 7, 9, 12, 13, 18, 19 y 20 del presente Pliego podrán ser presentados –cuando correspondiere- por la misma vía.
La documentación y/o requisitos mencionados en los puntos precedentes que se omitieren enviar, deberán ser integrados dentro del plazo para presentación de ofertas, sin perjuicio de que el organismo licitante haga uso o no de la facultad de intimar a su presentación
15. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación del Pliego de Bases y Condiciones con la oferta.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
17. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
Conforme el Artículo 101º, Incisos a) y b) de la Ley Nº 2.095, y su modificatoria Ley N° 4.764, no será necesario constituir garantías de mantenimiento de oferta, ni de cumplimiento de contrato cuando el monto de la oferta o de la correspondiente Orden de Compra no superen las cien mil (100.000) unidades de compra.
18. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
De no contar con dicho certificado actualizado, el oferente podrá presentarlo con posterioridad en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ante el R.I.U.P.P., o podrá ser solicitado por el Consejo de la Magistratura, previo a la evaluación de su oferta.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas, se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.buenosaires.gov.ar/apps/rdam/
19. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
Por aplicación de la Resolución Nº 1814/AFIP/05 (B.O. Nº 30.569 de fecha 13/01/2005), en las contrataciones, licitaciones y/o concursos, cuando la propuesta económica supere los Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000), las empresas deberán contar con el “Certificado Fiscal para Contratar”.
De no contarse con el Certificado Fiscal mencionado en vigencia, el Consejo de la Magistratura, previo a la adjudicación intimará a su presentación en un plazo de setenta y dos (72) horas en la Mesa de Entradas.
En caso de que la empresa contara con la solicitud de ese Certificado, sin necesidad de requerimiento posterior de ninguna especie, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción de la solicitud ante el Organismo emisor del respectivo certificado, los oferentes que no lo hubieran hecho, deberán entregar el Certificado Fiscal aludido.
Durante el plazo mencionado anteriormente, el Consejo de la Magistratura no se pronunciará sobre el resultado del procedimiento licitatorio, salvo que surja el descarte de la respectiva oferta por otros motivos o la misma resultare no conveniente para la Administración.
Se descartará la oferta de aquel proveedor que no dé cumplimiento a la intimación aludida en el párrafo 2º o a lo indicado en el párrafo 3º.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.afip.gov.ar
20. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
Los proponentes deberán presentar una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por los Arts. 95º y 96º la Ley Nº 2095.
El Consejo de la Magistratura podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
21. CIERRE POR VACACIONES
No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos.
22. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
23. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley.
24. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El Consejo de la Magistratura se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
25. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en la Av. Julio A. Roca 516 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 8:00 a 18:00 horas.
La Dirección de Programación y Administración Contable, no recibirá ninguna factura que no este acompañada del Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por la Comisión de Recepción.
26. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en la Dirección de Programación y Administración Contable, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).
En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8° del Decreto N° 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza N° 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto N° 706/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.689).
27. PAGO – PLAZOS
El pago se efectuará en pesos, dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura acompañada del correspondiente Parte de Recepción Definitiva. Los renglones 1 y 2 deberán facturarse conjuntamente, con un único PRD.
Sin perjuicio de ello, en caso de detectarse hechos que pudiesen generar la imposición de sanciones al contratista, mientras se sustancie el procedimiento respectivo el Consejo podrá suspender el plazo de pago por treinta (30) días.
28. MORA
En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta treinta (30) días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo.
29. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
El número de CUIT correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 30-70175369-7.
30. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
Obligaciones y Responsabilidades:
La adjudicataria asumirá ante el Consejo de la Magistratura, la responsabilidad total en relación con la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean éstos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse por la prestación de los servicios que establece el pliego.
El adjudicatario se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
El adjudicatario adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del Poder Judicial y a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
31. ADJUDICACIÓN
La Dirección de Compras y Contrataciones mantendrá en estricta reserva las propuestas económicas que vaya recibiendo, asignándoles una numeración según el orden de su recepción.
Al momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas la Dirección de Compras y Contrataciones, ante los interesados que estuvieren presentes, labrará un acta de estilo que detallará la cantidad de ofertas recibidas, el orden y la vía de su presentación, el nombre de las firmas oferentes y toda otra eventualidad que considere oportuna, incorporando las propuestas a las respectivas actuaciones.
Posteriormente, previa verificación de la inscripción de los oferentes al R.I.U.P.P. y de su estado registral, elaborará el cuadro comparativo y sin más trámite, remitirá las actuaciones al a la Dirección General de Asuntos Jurídicos previa intervención del área técnica si correspondiere.
32. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario el descarte de la oferta, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.
33. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia del fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
34. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
ANEXO A
CERTIFICADO DE VISITA
Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra. ________________________________________________en su carácter de _______________ de la empresa _________________________________________, ha efectuado la visita obligatoria, al edificio detallado a continuación:
SEDE |
FECHA |
FIRMA Y ACLARACIÓN |
HIPÓLITO YRIGOYEN 932 |
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