Buenos Aires, 12 de diciembre de 2016
RES. OAyF Nº 372 /2016
VISTO:
El Expediente DGCC N° 239/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Impresión de Revista Pensar Jusbaires Nº 10”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo de fecha 7 de noviembre de 2016 la Dirección de la Revista Pensar Jusbaires solicitó la impresión de dos mil (2000.-) ejemplares de la revista “Pensar Jusbaires Nº 10”, según las características técnicas que allí señaló (fs. 3).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de ciento veintidós mil doscientos setenta pesos ($122.270,00) (fs. 10).
Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 11 y 14).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2016 (v. Constancia de Registración 1264/11 2016 de fs. 12/13).
Que solicitada que fuera al efecto, la Dirección de la Revista Pensar Jusbaires otorgó la conformidad al presupuesto y características remitidas por la firma Eudeba S.E.M. que obra a fojas 10 (fs. 18).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 7346/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, citó el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764 y el inciso 11 del artículo 28 de la Resolución CM Nº 1/2014. Finalmente, concluyó “(…) esta Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del tramite del presente expediente” (fs. 24/25).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 81/2016 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de dos mil (2.000.-) ejemplares de la revista “Pensar Jusbaires Nº 10” por la suma total de ciento veintidós mil doscientos setenta pesos ($122.270,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 10.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Revista Pensar Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 81/2016 tendiente a la impresión de dos mil (2.000.-) ejemplares de la revista “Pensar Jusbaires Nº 10”.
Artículo 2º: Autorícese el gasto de ciento veintidós mil doscientos setenta pesos ($122.270,00) IVA incluido, para la impresión de dos mil (2000.-) ejemplares de la revista “Pensar Jusbaires Nº 10” por parte de la firma Eudeba S.E.M. conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 10.
Artículo 3º: Dese intervención a la Revista Pensar Jusbaires para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Revista Pensar Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 372 /2016