Contratación Directa N° 09/2018 Resolución OAyF N° 037/2018 DGCC 003/18-0 s/ Servicio de Policía Complementaria

Buenos Aires,    27    de febrero de 2018

 

RES. OAyF Nº    037    /2018

                                                                    

VISTO:

El Expediente DGCC N° 003/18-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Servicio de Policía Complementaria”, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante sendas Actuaciones que lucen agregadas a fojas 1/20 del Expediente OAyF N° 171/17-0 se solicitó que se consigne personal de seguridad pública en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932.

Que en atención a tal necesidad manifestada, se dictó la Resolución OAyF N° 257/2017 mediante la cual se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 57/2017 con la Dirección General de Servicios Complementarios de Seguridad dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesa para la provisión del Servicio de Policía Complementaria previsto y reglamentado por la Resolución N° 12/MJYSGC/17 del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el 1° de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2017 para el edificio de Hipólito Yrigoyen 932 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se autorizó el gasto por la provisión del Servicio indicado y se aprobaron como Anexo I de esa Resolución las condiciones y cotización pertinentes a los efectos de su sucripción por parte del Sr. Director de Seguridad de este Consejo de la Magistratura y la Sra. Directora General de Servicios Complementarios de Seguridad del G.C.B.A.

Que en esta oportunidad, mediante Nota D.G.C.C. N° 638/2017 la Dirección General de Compras y Contrataiones informó respecto del vencimiento de tal contratación, y solicitó la intervención de la Dirección de Seguridad dependiente de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad para que indique si “entiende necesaria la renovación de dicho servicio en iguales condiciones de las actuales” (fs. 3). En respuesta, la Dirección de Seguridad entendió “necesaria la renovación de dicho servicio en las mismas condiciones actuales” (fs. 6).  

Que en ese estado, desde esta Oficina de Administración y Financiera se solicitó a la Dirección General de Servicios Complementarios de Seguridad dependiente de la Subsecretaría Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad de la Secretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que presupuestara la cobertura del servicio en cuestión y desde dicha dependencia se envió un presupuesto por los meses de enero a diciembre por la suma total de dos millones doscientos pesos ($ 2.000.200,00) (v. constancias de correos electrónicos que lucen incorporadas a fojas 9/12).

Que cabe destacar que las modalidades del servicio en cuestión se encuentran previstas y reglamentadas en la Resolución N° 12/MJYSGC/17 del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A su vez, se destaca que a fojas 13/14 luce agregada la Resolución N° 1/MJYSGC/2018 que modifica dicha norma.

Que en ese estado, tomó intervención la Dirección General de Compras y Contrataciones e indicó que “tratándose la Policía de la Ciudad una Institución dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de esta Ciudad, Poder Ejecutivo de la Ciudad, correspondería encuadrar la presente contratación dentro de las previsiones establecida por el citado artículo 28, inciso 11 de la ley 2095 (mod. ley 4764), es decir, un contrato entre administraciones del Estado local” (fs. 21).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable afectó la suma necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia N° 462/01 2018 de fojas 22).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 8091/2018. Allí, luego de realizar una reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente indicó que “tratándose de una contratación a realizarse entre este Consejo de la Magistratura y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estamos en presencia de un contrato interadministrativo que será suscripto por dos sujetos estatales”. Finalmente,  concluyó que “esta Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidd del trámite del presente expediente” (fs. 30/31).

Que finalmente, luce agregada a fojas 35/37 la constancia del correo electrónico remitido por la Dirección General de Servicios Complementarios de Seguridad dependiente de la Subsecretaría Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad de la Secretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en donde se adjuntaron las condiciones de la presente contratación.

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 09/2018 con el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la provisión del Servicio de Policía Complementaria previsto y reglamentado por la Resolución N° 12/MJYSGC/17 y su modificatoria del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2018 para el edificio de Hipólito Yrigoyen 932 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma total de dos millones doscientos pesos ($ 2.000.200,00), conforme la cotización y condiciones obrantes a fojas 12 y fojas 36.

Que a su vez, corresponderá aprobar como Anexo I de la presente Resolución las condiciones de fojas 36 a los efectos de su sucripción por parte del Sr. Director General de Compras y Contrataciones de este Consejo de la Magistratura y el Sr. Subsecretario de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad del G.C.B.A.

Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y efectúe las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución  Presidencia Nº 1203/2015 y la Resolución CM Nº 222/2015;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 09/2018 con el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la provisión del Servicio de Policía Complementaria previsto y reglamentado por la Resolución N° 12/MJYSGC/17 -y su modifictoria- del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2018 para el edificio de Hipólito Yrigoyen 932 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 2º: Autorícese el gasto por la provisión del Servicio indicado en el artículo 1° del presente, por la suma total de dos millones doscientos pesos ($ 2.000.200,00), conforme la cotización y condiciones obrantes a fojas 12 y fojas 36.

 

Artículo 3°: Apruébese como Anexo I de la presente Resolución las condiciones que lucen agregadas a fojas 36  a los efectos de su sucripción por parte del Sr. Director General de Compras y Contrataciones de este Consejo de la Magistratura y el Sr. Subsecretario de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad del G.C.B.A.

 

Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección de Seguridad y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, para la prosecución del trámite.

 

 

Res. OAyF Nº   037  /2018

 

 

Anexo I – Resolución OAyF N°      /2018

 

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  a los           días  de       .              de 2018, entre CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Representado/a en este acto por el Sr. Director General de Compras y Contrataciones -Cdor. Horacio Lértora-, con domicilio en Av. Julio A. Roca 530, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominado el BENEFICIARIO y la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, representada en este acto por el Subsecretario de la Subsecretaría Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, dependiente de la Secretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad Sr. Pablo Norberto Porreca DNI N° 27.235.263, denominada en adelante “PCABA”, con domicilio en la calle Regimiento de Patricios 1142 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en conjunto denominadas "LAS PARTES", se celebra el presente "Contrato de prestación de servicios complementarios” de acuerdo a las cláusulas que a continuación se enumeran.

OBJETO: El objeto del presente es la prestación de servicios complementarios a cargo de personal con estado policial bajo la denominación "Policía Complementaria", previsto en la ley N° 5.688, y regulado en  la Resolución N° 12/MJYSGC/2017 o la que en el futuro la reemplace.

PLAZO: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 1° de Enero hasta el 31 de Diciembre de 2018.

PRESTACIONES: El presente contrato comprende las prestaciones que se ejecuten por el servicio de policía complementaria  en la modalidad de servicio continuo en razón de la cantidad de módulos anuales que el BENEFICIARIO contrate con la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, dependiente de la Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos aires. El servicio contratado se detalla al final del presente Anexo bajo el título “PRESUPUESTO 2018”. 

VALORES: El BENEFICIARIO puede contratar un módulo o más del servicio de Policía Complementaria. Un módulo comprende 4 (CUATRO) horas de servicio por cada policía afectado al mismo, siendo el valor de cada módulo PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO ($548) conforme  Resolución N° RESOL-2018-1-MJYSGC o la que en el futuro la reemplace.

PAGO: El BENEFICIARIO abonará los servicios de la Policía Complementaria objeto del presente, a través de la Dirección General de Servicios Complementarios de Seguridad, quien enviará la Boleta Única de Ingreso (BUI) vía e-mail a la casilla de correo electrónico denunciada por el BENEFICIARIO, siendo esta: ppicone@jusbaires.gob.ar

SEGURIDAD O DEFENSA NACIONAL: Las tareas aquí establecidas podrán ser suspendidas transitoriamente, cuando el cumplimiento de las funciones específicas de la PCABA así lo exija o cuando medien razones relacionadas con la seguridad o defensa nacional que impidan tal prestación, sin que se genere reclamo alguno por parte del BENEFICIARIO.

La asignación de los servicios complementarios se efectúa priorizando aquéllos servicios particulares que, por su naturaleza y características de prestación coadyuven al interés público tales como eventos públicos masivos, eventos deportivos, seguridad bancaria, seguridad en medios de transporte público y todos aquellos que la autoridad de aplicación defina como tales.

RECISIÓN: Cualquiera de LAS PARTES podrá rescindir unilateralmente el presente contrato teniendo en cuenta lo normado al respecto en la Resolución N° 12/MJYSGC/17 o la que en el futuro la reemplace.

PERSONAL AFECTADO AL SERVICIO: El BENEFICIARIO tiene derecho a verificar el cumplimiento de los servicios contratados, como una forma de establecer que el mismo responde a la finalidad requerida, así como la observancia de los horarios y asistencia del personal policial. El personal policial afectado a la prestación del servicio se encuentra bajo las órdenes de la Jefatura de Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se deja constancia que el BENEFICIARIO no podrá requerir al personal policial el uso de equipos, vehículos u otros elementos que pueda suministrar, sin contar con la previa autorización de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad y/o quien este designe en un futuro.

RECLAMO: Si el BENEFICIARIO desea efectuar un reclamo podrá realizarlo en los términos de la resolución N° 12/MJYSGC/17 o la que en el futuro la reemplace.

DOMICILIO: LAS PARTES constituyen domicilios en los lugares denunciados por cada una de ellas en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

RESOLUCION DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver de común acuerdo, en el marco de la buena fe contractual, indefiniciones, diferencias y/o controversias que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, eventual ejecución y/o extinción del presente Contrato (cualesquiera de ellas será considerada una "Controversia"). Para la resolución de cualquier controversia que no pueda serlo de común acuerdo en el marco de la buena fe contractual, se someterá la cuestión a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con expresa renuncia de cualquier otro fuero, jurisdicción y/o instancia.

Se deja constancia que las notificaciones que deban efectuarse en relación al presente serán válidamente realizadas en forma escrita y en los domicilios denunciados por las partes en el encabezamiento, los cuales se constituyen en domicilios especiales a todos los efectos relativos al presente, dejando constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán practicarse en el domicilio de la Procuración General de la Ciudad, Departamento de Cédulas y Oficios Judiciales, sito en la calle Uruguay 458 de esta Ciudad, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 804/09.

 

En prueba de conformidad se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados precedentemente.

 

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