Licitación Pública Nº 08/2013- Expediente CM Nº DCC 105/13-0- Resolución CAFITIT Nº 27/2012

 

Buenos Aires,  16  de abril de 2013

 

RESOLUCIÓN CAFITIT N°    27   /2013

 

VISTO:

 

                                   El Expediente CM. Nº DCC-105/13-0 s/Contratación del Mantenimiento de equipos de aire acondicionado; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fs. 12/25 adjuntó el Pliego de Condiciones Particulares, con el listado de las empresas invitadas a participar confeccionado con las consultas del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las cámaras del sector. 

.

Que a fs. 28/30 la Dirección Programación y Administración Contable (DPAC) acompaña la afectación preventiva correspondiente, a través de la constancia de Registración Nº 674/03 2013 y el compromiso preventivo para los años 2014/2015.

 

Que a fs. 27, la DCC remitió correo electrónico al Ministerio Público de la CABA, en el que expresa la necesidad de contar con su participación en el procedimiento y solicitando que cada una de las ramas realice la afectación preventiva de las partidas presupuestarias, remitiendo constancia de ellas para su incorporación al expediente.

 

Que el Pliego de Condiciones Generales se encuentra aprobado por Res. CM. Nº 810/2010 (fs. 6/11)

 

Que a fs. 5 se estimó el presupuesto oficial en Pesos Siete Millones Seiscientos Ochenta Mil ($7.680.000) IVA incluido, por el término de 24 meses y encuadró la contratación en los arts. 25, 27, 31, 32 y ccs. de la ley 2095, y su reglamentación aprobada por Res. CM Nº 810/2010, aplicando la modalidad de compra unificada  - artículo y 42 de la misma ley -.

 

Que a fs. 31 la Dirección de Compras y Contrataciones (DCC) elevo a esta Comisión por intermedio del Administrador General del Poder Judicial de la CABA, el expediente. en el que tramita la contratación del servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo con la reparación correspondiente,  de los equipos de aire acondicionado, existentes en los distintos edificios del Poder Judicial.

 

Que a fs. 35 la Dirección General de Asuntos Jurídicos  dictaminó que no existen objeciones desde el punto de vista jurídico pudiendo continuarse con el trámite de las presentes actuaciones.

 

 

 Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

 

Que actualmente el mantenimiento de aire acondicionado es prestado por una empresa cuyo contrato con el Consejo se encuentra vencido, y se abona por el régimen de legítimo abono. Teniendo en cuenta que el servicio resulta imprescindible para asegurar la operatividad de las dependencias del Poder Judicial, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Que oportunamente la Dirección de Programación y Administración Contable deberá realizar las compensaciones presupuestarias, una vez que el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa informen las afectaciones preventivas solicitadas por la DCC.  

 

Que la Ley 2095 estableció un sistema de normas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, aplicable a todo el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo expresamente al Poder Judicial.

 

Que por Res. CM Nº 810/2010 y sus modificatorias Res. CM Nros. 967/2010 y 1041/2010, se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 2095 para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su art. 13 faculta a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones a la autorización del llamado y la aprobación de los pliegos particulares.

 

Que por lo expuesto, resulta viable el llamado a Licitación Pública N° 8/2013 de etapa múltiple, bajo la modalidad de compra unificada, conforme lo dispuesto en los Artículos 25, 27, 31, 32 y cc de la Ley 2095 y la Res. CM Nº 810/2010, que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado, del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que se toma como referencia para la realización de la Licitación Pública Nº 8/2013, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Res. CM N° 810/2010.

 

Que el artículo 23 de la Ley 2095 prevé el uso del Registro Informatizado de Bienes y Servicios (RIBS), por lo tanto, careciendo el Consejo de la Magistratura de nomenclador para sus contrataciones, resulta pertinente que la presente contratación se realice conforme a los procedimientos habituales, hasta que la Dirección de Compras y Contrataciones y la Dirección de Informática y Tecnología, adopten las medidas necesarias para su puesta en funcionamiento, conforme lo indicado en el art. 7 de la Res. CM Nº 810/2010.

 

Que el presupuesto oficial de la presente contratación es de Pesos Siete Millones Seiscientos Ochenta Mil ($7.680.000), por el término de 24 meses.

 

Que en concordancia con lo dispuesto en el inciso g) del art. 86 del Anexo I de la Res. CM Nº 810/2010, el valor para la venta de los Pliegos se fija en la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos Cuarenta ($3.840).

 

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 93 del Anexo I de la Res. CM Nº 810/2010, resulta conveniente que el Director General de Control de Gestión y Auditoría Interna, presencie el acto de apertura de ofertas, para realizar el control concomitante del proceso. A tal efecto, se lo deberá notificar con una antelación no menor a cinco (5) días de la fecha de apertura.

 

Que la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un periódico de difusión masiva nacional por el término de dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, conforme lo dispone el artículo 98 del reglamento, de acuerdo al modelo de publicación que como Anexo II forma parte de la presente resolución. A tales efectos, resulta conveniente disponer que la publicación se realice en un periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.

 

Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones ubicada en Leandro N. Alem 684 1º piso de ésta Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria, y la Resolución CM Nº 344/2005,

 

 LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA,

INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 8/2013 de etapa múltiple, para la contratación del servicio de mantenimiento de equipos de aire acondicionado, del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Siete Millones Seiscientos Ochenta Mil ($7.680.000) IVA incluido.

 

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 8/2013 que como Anexo I integran la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso del Anexo II, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración Financiera disponga.

 

Artículo 4º: Establecer el valor de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en Pesos Tres Mil Ochocientos Cuarenta ($3.840).

 

Artículo 5º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de diez (10) posibles oferentes.

 

Artículo 6º: Establecer el día 27 de mayo de 2013, a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

 

Artículo 7º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los anuncios en la cartelera del Consejo de la Magistratura, y en la página de Internet del Poder Judicial.

 

Artículo 8º: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable a realizar las compensaciones presupuestarias necesarias en concordancia con las registraciones preventivas que informará el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.

 

Artículo 9º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (Av. Leandro N. Alem 684 – 1º piso) y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna, a la Secretaría de Innovación y a la Dirección de Factor Humano, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

RESOLUCIÓN CAFITIT  N°     27 /2013

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar            Daniel A. Fábregas            Juan Sebastián De Stéfano

 

 

 

 

Anexo I

LICITACIÓN PÚBLICA N° 8/2013 (RES. CAFITIT Nº 27/2013)

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO

PLIEGO DE CONDICION ES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. PRESUPUESTO OFICIAL

4. PLIEGOS

5. RENGLÓN A COTIZAR

6. CERTIFICADO DE VISITA

7 CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

8. PROPUESTA DE TRABAJO

9. SEGUROS

10. PENALIDADES

11. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA

12. PLAZO DE CONTRATACIÓN

13. PRÓRROGA DEL CONTRATO

14. CLÁUSULA DE RESCISIÓN

15. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

16. FORMA DE COTIZACIÓN

17. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

18. APERTURA DE LAS OFERTAS

19. INFORME PRELIMINAR SOBRE Nº 1.

20. APERTURA DEL SOBRE Nº 2

21. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

22. ADJUDICACIÓN

23. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN

24. FORMA DE PAGO

25. READECUACION DE PRECIOS

26. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

 

ANEXO I - CERTIFICADO DE VISITA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 810/2010, para la presente contratación.

 

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Licitación Pública Nº 8/2013 es una licitación de etapa múltiple y tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo con la reparación correspondiente de los equipos de aire acondicionado existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

3. PRESUPUESTO OFICIAL

El presupuesto oficial de la Licitación Pública Nº 8/2013 asciende a la suma de pesos Siete Millones Seiscientos Ochenta Mil  ($ 7.680.000.-) IVA incluido.

 

4. PLIEGOS

Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan abonado, previo a la apertura de las ofertas del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los pliegos.

Los Pliegos podrán adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la apertura de ofertas, previo depósito de la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos Cuarenta ($ 3.840.-) en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Av. Córdoba 675, de esta Ciudad.

Se deberá acompañar en forma obligatoria el comprobante de compra del pliego licitatorio.

 

5. RENGLÓN A COTIZAR

 

Renglón 1: Prestación del servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo con la reparación correspondiente de todos los equipos de aire acondicionado existentes en:

1.1  Planta Baja y los pisos  1, 2, 3, 5 (excluido el Centro de Cómputos), 6. 7. 8, 9 y 10 del edificio sito en Av. de Mayo 654 de esta Ciudad. Solamente se deberá brindar el servicio en las unidades centrales de piso y su distribución en las plantas, no se incluye las torres de enfriamiento que se ubican en las terrazas.

1.2  Centro de Cómputos ubicado en el piso 5 del edificio sito en Av. de Mayo 654 de esta Ciudad.

1.3  Edificio sito en Tacuarí 138 de esta Ciudad, excluido el Centro de Cómputos.

1.4  Centro de Cómputos ubicado en el 11 piso contrafrente del edificio sito en Tacuarí 138, de esta Ciudad.

1.5  Los pisos 1, 2, 3, 4, y 5 del edificio sito en Beruti 3345 de esta Ciudad, excluido el centro de Cómputos.

1.6  Centro de Cómputos ubicado en el 4 piso ala Beruti del edificio sito en Beruti 3345,  de esta Ciudad.

1.7  Edificio sito en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad, excluido el Centro de Cómputos

1.8  Centro de Cómputos ubicado en el sub-suelo ala central del edificio sito en Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad.

1.9  Edificio sito en Av. L. N. Alem 684 de esta Ciudad, excluido el centro de Cómputos.

1.10  Centro de Cómputos ubicado en el sub-suelo ala frente del edificio sito en Av. L. N. Alem 684 de esta Ciudad.

1.11 Edificio sito en Tacuarí 124 de esta Ciudad, excluido el centro de Cómputos.

1.12  Edificio sito en Beazley 3860 de esta Ciudad, excluido el centro de Cómputos.

1.13  Centro de Cómputos ubicado en la planta baja del edificio sito en Beazley 3860 de esta Ciudad.

1.14  Edificio sito en Lavalle 369 de esta Ciudad, excluido el centro de Cómputos.

1.15  Centro de Cómputos ubicado en el 1 piso ala central, del edificio sito en Lavalle 369 de esta Ciudad

 

6. CERTIFICADO DE VISITA

Los oferentes deberán realizar la visita a cada uno de los edificios objeto de los trabajos a realizar, a fin de verificar las condiciones para la prestación del servicio, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar su posterior ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato.

Con el fin de realizar la visita deberán comunicarse con la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores al teléfono 4014-6700 Int. 076741, a los efectos de coordinar el día y hora en que la misma será realizada.

En cada uno de los edificios se completará el correspondiente Certificado de Visita, constancia con la cual se acreditará haber concurrido al edificio y verificado las condiciones para la prestación del servicio.

El mencionado certificado deberá adjuntarse obligatoriamente con la oferta.

 

7 CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

7.1 El adjudicatario deberá asegurar un porcentaje de eficiencia operacional mensual por edificio del 98,50% (noventa y ocho con cincuenta por ciento) de la totalidad del parque de máquinas instaladas y relevadas en cada edificio y/o centro de cómputo. La eficiencia porcentual será medida en toneladas de la capacidad instalada.

7.2 Los reclamos por deficiencia del servicio serán atendidos las 24 hs. del día los 365 días del año. Ante una llamada y/o solicitud por correo electrónico por la detección de algún desperfecto, la empresa deberá enviar personal competente para su reparación en el transcurso de las cuatro (4) horas de realizada la comunicación de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 18 horas, sábados, domingos y feriados en el horario que coordine con el Intendente del edificio. Asimismo, deberá concurrir en el transcurso de las cuatro (4) horas de comunicada la disposición de los repuestos por parte de este Consejo.

7.3 Para este servicio la empresa adjudicataria deberá suministrar la dirección técnica, mano de obra especializada y las herramientas para realizar las siguientes tareas mínimas correspondientes al mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo:

7.3.1 Limpieza de filtro de aire en los del tipo lavable y cambio en el resto de acuerdo al esquema de mantenimiento preventivo presentado en la oferta.

7.3.2 Control funcional de las unidades termostáticas.

7.3.3 Control funcional de las unidades presostáticas.

7.3.4 Control de pérdidas de gas refrigerante y carga del mismo de resultar necesario.

7.3.5 Revisión del mando eléctrico y electrónico.

7.3.6 Control de los consumos eléctricos de compresores, ventiladores, ventiladores de tiro, tren de bombeo, bombas y torres de enfriamiento.

7.3.7 Control de presiones de trabajo de los gases refrigerantes.

7.3.8 Limpieza de bateas, drenaje y cañerías de condensación, manteniéndolas en perfecto estado de conservación, realizando el mantenimiento con los productos químicos necesarios. Estos deberán cumplir con las normas de cuidado ambiental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

7.3.9 Limpieza y mantenimiento de gabinetes.

7.3.10 Limpieza de los intercambiadores de evaporación y condensación.

7.3.11 Revisión del estado de los componentes del mando del lado del usuario.

7.3.12 Control de los calefactores de carter.

7.3.13 Revisión de cualquier otra parte o componente de los equipos para su correcto funcionamiento.

7.3.14 Se controlarán las cargas de bombeo en los trenes de bombeo y bombas de recirculación, se realizarán todos los mantenimientos y controles necesarios para su correcto funcionamiento.

7.3.15 Se controlarán las torres de enfriamiento, realizando los controles mecánicos necesarios, como así también su limpieza y análisis de agua periódico, que será entregado al órgano de control designado.

7.3.16 Agregar los productos necesarios para mantener las torres de enfriamiento y sus cañerías libres de algas, incrustaciones y corrosión.

7.3.17 En el caso de fan - coils deberán ser mantenidos limpios y operativos.

7.3.18 Control de Filtros de Aire y reemplazo de los mismos, de ser necesario.

7.3.19  Y toda otra tarea que a criterio de la adjudicataria sea necesaria para el correcto funcionamiento de los equipos de aire acondicionado.

7.4 En los casos en los que resulte necesario realizar tareas para el mantenimiento de los equipos de aire acondicionado que no hayan sido previstas en los términos del presente Pliego de Condiciones Particulares, las mismas deberán informarse previamente a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores para su aprobación. Deberá constar el nombre de la oficina donde se produjo el desperfecto, las características del equipo, su ubicación, y de corresponder los repuestos necesarios para la reparación.

Todos los repuestos que sean necesarios para la reparación de los equipos serán provistos o estarán a cargo del Consejo de la Magistratura.

7.5 El adjudicatario presentará, durante el primer mes de comenzada la prestación del servicio, un relevamiento de los equipos de cada edificio. En dicho relevamiento se indicará: Equipo - Marca - Capacidad - Ubicación - Estado actual del equipo.

Todos los meses el adjudicatario deberá presentar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores un estado de situación de cada uno de los equipos por escrito y en soporte digital, y de las tareas que se llevaron a cabo en ese mes.

7.6 En el caso de los equipos de aire acondicionado de los centros de cómputos de los edificios, el adjudicatario deberá garantizar una guardia los días sábados, domingos y feriados, por la que deberá acudir ante una llamada en el transcurso de las cuatro (4) horas de efectuada la misma. Para los casos en los que resulte imposible reparar el desperfecto, se pondrá en funcionamiento el equipo de resguardo que proveerá el Consejo de la Magistratura, que garantice que no se vea afectado el centro de cómputos, hasta la reparación del equipo.

7.7 Los equipos que no puedan ser reparados en su lugar deberán ser reemplazados por uno portátil provisto por el Consejo de la Magistratura, hasta que se vuelva a colocar el equipo reparado. El adjudicatario deberá realizar la reparación correspondiente en el transcurso del primer día hábil posterior a haber recibido los repuestos necesarios para la misma de parte del Consejo de la Magistratura.

7.8 El adjudicatario dispondrá en cada edificio donde se preste el servicio, un libro del “Servicio de Aire Acondicionado” donde se volcarán las novedades del servicio (revisión, mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo que realice en los equipos del edificio) y se dejará registro de las llamadas efectuadas a la adjudicataria por la detección de desperfectos, el tiempo de respuesta de la misma, el momento de provisión de los repuestos necesarios para la reparación de los desperfectos por parte de este Consejo y el momento en que fue realizada la reparación del equipo correspondiente. Dicho libro será revisado periódicamente por el personal asignado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. El adjudicatario designará un responsable técnico de los servicios, quien firmará el libro conjuntamente con el responsable de realizar las tareas asignadas.

7.9. Se deja constancia de que ante eventuales instalaciones de nuevos equipos de aire acondicionado en alguno de los edificios objeto de la presente licitación, el adjudicatario deberá incluirlos en las prestaciones contratadas, sin incremento alguno en los montos originalmente cotizados y contratados.

7.10  La Empresa adjudicataria deberá contar con taller y depósito.

7.11  La Empresa adjudicataria, con el fin de poder evaluar las instalaciones actuales (o futuras) contará en su nómina de personal:

           Personal Propio:  Ingeniero/s y/o Arquitecto/s

7.12   La Empresa Adjudicataria deberá contar con Certificación ISO 9001, o que haya realizado alguna etapa de certificación de la citada Norma ante algún Organismo de Certificación acreditado. (No excluyente)

7.13 La Empresa adjudicataria deberá disponer de Certificados o evidencias que demuestren haber sido auditados por empresas de primera línea por su propia gestión ambiental.

7.14  El Personal de la Empresa Adjudicataria deberá lucir en todo momento un uniforme de características adecuadas a la tarea a realizar en perfecto estado de uso y aseo.

7.15  El Personal de la Adjudicataria estará provisto de intercomunicadores portátiles (tipo Nextel) de modo de agilizar la respuesta a reclamos y asegurar su permanente localización.

 

8. PROPUESTA DE TRABAJO

Cada oferente deberá presentar, junto con su oferta económica, una Propuesta de Trabajo que contenga el detalle de las tareas a realizar con las tareas mínimas señaladas en el Punto 7.3 del presente Pliego de Condiciones Particulares, así como también el esquema del mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado.

 

9. SEGUROS

9.1. El adjudicatario deberá contar con seguros obligatorios de vida y por accidentes de trabajo de todo el personal que afecte a esta prestación, acreditándolos con la correspondiente inscripción en la aseguradora correspondiente (ART). Deberán presentar certificado de cobertura de ART con cláusula de no repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura.

9.2. Previo al comienzo de la ejecución de las prestaciones, la firma adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, por la suma mínima comprensiva de Pesos un millón ($ 1.000.000.-), por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasione a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Consejo de la Magistratura y/o del Poder Judicial y/o del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

9.3. En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto.

Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigencia el seguro de responsabilidad civil, el Consejo de la Magistratura podrá -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar dicho seguro y pagar los premios necesarios o que fueran adeudados, por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá los premios así desembolsados del pago de la correspondiente factura.

Será obligación del adjudicatario notificar a la aseguradora sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole, originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos. También correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.

El seguro será contratado con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura e incluirá a éste como beneficiario del mismo, considerándolo como tercero afectado.

La vigencia del seguro regirá durante la totalidad del período contractual.

 

10. PENALIDADES

La Dirección de Servicios Generales y Obras Menores del Consejo de la Magistratura será la encargada del contralor del grado de cumplimiento contractual por parte de la firma adjudicataria.

El incumplimiento en término y/o satisfactorio de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado de mora y, por lo tanto, sujeto a la aplicación, previo informe de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, de las sanciones establecidas en la normativa vigente y en los siguientes puntos:

10.1 El incumplimiento de lo dispuesto en el punto 7.1 del presente Pliego, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al treinta y tres por ciento (33%) del monto del abono mensual del subrenglón donde se produjo el incumplimiento.

10.2 El incumplimiento de lo dispuesto en el punto 7.2 del presente Pliego, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del abono mensual del subrenglón donde se produjo el incumplimiento.

10.3 El incumplimiento de lo dispuesto en el punto 7.6 del presente Pliego, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de seis abonos mensuales del subrenglón donde se produjo el incumplimiento.

10.4 El incumplimiento de lo dispuesto en el punto 7.7 del presente Pliego, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de seis abonos mensuales del subrenglón donde se produjo el incumplimiento.

10.5 El Consejo de la Magistratura podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando la suma de las penalidades aplicadas alcanzare en su monto el diez por ciento (10%) del importe total del contrato del subrenglón donde se produjeron los incumplimientos.

 

11. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA

11.1 Seguridad e Higiene:

La Adjudicataria deberá dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de "Seguridad e Higiene en el Trabajo" (Ley 19587 - Decreto 351/79 y otros vigentes).

La documentación a presentar antes del inicio de los trabajos será la siguiente:

1 - Presentación del responsable de Seguridad e Higiene de la empresa (es el responsable del cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene de la empresa por las tareas que ésta realice en el Consejo de la Magistratura).

2 - Certificado de cobertura de ART con cláusula de no repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3 - Plan de contingencias de la empresa por las tareas que se van a realizar en los edificios que son objeto de la presente licitación, conforme a normativas vigentes en la materia; presentado y aprobado en la ART de la empresa que realice los trabajos.

4 - Constancias de capacitación al personal que realice los trabajos en los edificios en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo según normas vigentes en la materia.

5 - Constancias de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores que realicen las tareas en los edificios que son objeto de la presente licitación, según normas vigentes en la materia.

 

11.2. Por otra parte deberá presentar constancia de capacitación y/o matrícula habilitante del personal en las tareas que desarrollará.

 

11.3. Obligaciones y Responsabilidades:

La adjudicataria dispondrá de personal propio y asumirá ante el Consejo de la Magistratura la responsabilidad total en relación con la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.

Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.

El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasione al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean éstos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o de los que pudieran valerse por la prestación de los servicios que establece el pliego. El incumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.

El adjudicatario se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.

El adjudicatario adoptará todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal del Consejo de la Magistratura, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta institución o de terceros.

 

12. PLAZO DE CONTRATACIÓN

El servicio requerido tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente Orden de Compra.

El Consejo de la Magistratura podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial.

Teniendo en cuenta la desagregación por subrenglones efectuada, el Consejo de la Magistratura comunicará la fecha en que comenzará a efectuarse la prestación y autorizarse el pago de las tareas para cada subrenglón. Asimismo, podrá determinar que las prestaciones en cada subrenglón sean ejecutadas de manera parcial.

Una vez iniciada la prestación, el Consejo de la Magistratura por razones de servicio y con un preaviso de treinta (30) días podrá suspenderla de manera parcial, sin que el Adjudicatario tenga derecho a indemnización o remuneración alguna. Transcurridos los tres (3) meses de suspensión del servicio previsto para un subrenglón, en caso de que no se reinicien las tareas, el Adjudicatario tendrá derecho a rescindir parcialmente el contrato exclusivamente en lo que respecta al subrenglón involucrado.

La fecha de vencimiento producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas prestaciones que se hubieran requerido con posterioridad al inicio del vínculo contractual.

 

13. PRÓRROGA DEL CONTRATO

El contrato aludido podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días corridos con anterioridad a la finalización del contrato.

 

14. CLÁUSULA DE RESCISIÓN

En cualquier momento el Consejo de la Magistratura podrá rescindir sin causa la prórroga contractual, sin generar derecho a indemnización a favor del adjudicatario. Dicha circunstancia le será notificada fehacientemente al prestador, con una anticipación de quince (15) días.

 

15. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONOMICA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.

Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.

 

16. FORMA DE COTIZACION

La propuesta económica deberá ser formulada en pesos, expresando en números y en letras para cada uno de los subrenglones:

16.1 Precio mensual por la prestación del servicio.

16.2 Precio total por la prestación del servicio durante veinticuatro (24) meses.

No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.

 

17. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

17.1. Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 18:00 horas y hasta las 12 horas del día 27 de mayo de 2013, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, debiendo estar dirigidas al Departamento de Preadjudicaciones del Consejo de la Magistratura, e indicando como referencia la leyenda “Licitación Pública Nº 8/2013, Expediente CM Nº DCC-105/13-0”

Las propuestas deberán presentarse en dos sobres cerrados, que se entregarán uno dentro del otro, conforme lo indicado a continuación.

 

17.2 Sobre Exterior (Sobre Nº 1)

El Sobre Nº 1 estará perfectamente cerrado, contendrá un índice y su contenido estará debidamente foliado y firmado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o apoderado.

17.2.1 Contenido del Sobre Nº 1:

17.2.1.1 Integración de la Garantía de Oferta: El valor de la Garantía de Oferta será del cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial (Punto 3 del presente Pliego) y será constituída por alguna de las formas previstas en el Artículo 100º de la Ley 2095.

17.2.1.2. Constitución de domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denuncia del domicilio real; indicación de teléfono, fax y correo electrónico.

17.2.1.3. Constancia de retiro del Pliego de Bases y Condiciones Generales y del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 8/2013.

17.2.1.4. Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conforme el Artículo 7º del PCG.

17.2.1.5. Declaración Jurada de Aptitud para Contratar, conforme el Artículo 10º del PCG.

17.2.1.6. Estados contables correspondientes al último ejercicio anual y copia legalizada del Acta de Asamblea aprobatoria de dichos estados.

17.2.1.7. Referencias comerciales y/o industriales y/o bancarias. El oferente deberá acompañar por lo menos dos (2) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren informes del concepto y antecedentes que les merece el oferente.

17.2.1.8. Antecedentes del Oferente. Los oferentes deberán acreditar haber realizado un servicio similar al ofertado en al menos tres (3) organismos públicos o privados. Se deberán adjuntar referencias y datos de contacto de todas ellas. Asimismo, el oferente deberá contar con más de cinco (5) años de antigüedad en sus actividades, debiendo las mismas estar vinculadas al rubro motivo de la presente licitación.  La adjudicataria debe contar con taller habilitado con una superficie  mínima de 250m2 para las reparaciones de las unidades que retira. Resulta indispensable que cuente con repuestos para equipos VRV, debiendo acreditarlo con un listado descriptivo de los mismos con carácter de declaración Jurada, o en su defecto denunciar el proveedor del mercado que abastecerá los mismos en caso de emergencia. Debe contar con un parque automotor de por lo menos cinco vehículos equipados con las herramientas necesarias para afrontar los reclamos y ubicados a no más de 30 km del centro de la Ciudad, ello a fin de reducir al mínimo el tiempo de respuesta ante una emergencia, sobre todo en época estival. Debe contar con un plantel mínimo de (40) cuarenta personas para atender las sedes en forma simultánea cuando así lo requiera la situación.

17.2.1.9. Constancia de capacitación y/o matrícula habilitante del personal en las tareas que desarrollará. El oferente deberá presentar toda la documentación que acredite la experiencia y capacitación del personal en la reparación de los equipos de aire acondicionados de cada edificio y/o centro de cómputo, en especial para los siguientes renglones:

Subrenglón 1.4: en los aires acondicionados existentes en el centro de cómputos

Subrenglón 1.5 : en los equipos VRV existentes en el edificio

Subrenglón 1.14: en los equipos VRV existentes en el edificio

 

17.2.1.10. Plan de Trabajo (conforme punto 8 del presente Pliego).

17.2.1.11. El Sobre Nº 2

 

17.3. Sobre Interior (Sobre Nº 2)

El Sobre Nº 2 deberá ir dentro del Sobre Nº 1, estará perfectamente cerrado y su contenido estará debidamente foliado y firmado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o apoderado.

17.3.1. Contenido del Sobre Nº 2:

17.3.1.1. Propuesta Económica: de conformidad con el Punto 16 del presente PCP.

 

18. APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los Sobres Nº 1 será pública y tendrá lugar el día 27 de mayo de 2013 a las 12 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 5º contrafrente, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

 

19. INFORME PRELIMINAR SOBRE Nº 1.

En oportunidad de analizar el contenido del SOBRE Nº 1, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento al principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión anuncie, conforme la normativa vigente.

La Comisión de Evaluación de Ofertas emitirá un Informe Preliminar en relación con la admisibilidad de la documentación exigida en el SOBRE Nº 1, el que contendrá un examen de los aspectos formales y del cumplimiento de los requisitos exigidos; como así también un informe respecto de las propuestas técnicas presentadas.

La Dirección de Servicios Generales y Obras Menores realizará el análisis técnico de las propuestas presentadas, determinando qué oferentes cumplen con las características necesarias para la prestación del servicio requerido.

A tales efectos, se tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento de lo solicitado en los puntos 17.2.1.7, 17.2.1.8, 17.2.1.9, 17.2.1.10 y en el punto 8 del presente Pliego de Condiciones Particulares.

A su vez, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 107º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, la Comisión de Evaluación de Ofertas solicitará información tanto al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (R.I.U.P.P.), como a la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación (www.argentinacompra.gov.ar) y/o a cualquier otro organismo del ámbito de la Ciudad, nacional o provincial que la Comisión estime necesario, respecto de si existen antecedentes relacionados con las firmas oferentes, como asimismo si ha recaído algún tipo de sanción y/o penalidad contra las mismas.

El Informe Preliminar será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura, ubicada en Av. Leandro N. Alem 684, Primer Piso, de esta Ciudad. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial y en la página web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.

Las impugnaciones al Informe Preliminar se harán conforme al Pliego de Bases y Condiciones Generales. La garantía de impugnación en esta etapa de preselección será del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial (Punto 18 del PCG) y será constituída por alguna de las formas previstas en el Artículo 100º de la Ley 2095.

La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17º in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14º, Inc. e) del PCG) un porcentaje del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública.

La admisibilidad e inadmisibilidad de las propuestas (SOBRE Nº 1) será resuelta por el Consejo de la Magistratura, quien en el mismo acto fijará fecha y hora para la apertura del SOBRE Nº 2. Dicha Resolución se notificará a todos los proponentes. Si existieran ofertas inadmisibles se procederá a la devolución del Sobre Nº 2 cerrado, tal como fuera presentado.

 

20. APERTURA DEL SOBRE Nº 2

La apertura de los Sobres Nº 2 será pública y tendrá lugar en el día y hora determinados. Se procederá a labrar un acta en la que se dejará constancia del estado de los lacres de los Sobres Nº 2 de las ofertas consideradas admisibles y se procederá a verificar su contenido. Copias del contenido del SOBRE Nº 2 quedarán a disposición de los oferentes, a fin de que tomen vista de ella.

 

21. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS

La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.

 

22. ADJUDICACION

La adjudicación de lo solicitado, al ser un único Renglón, recaerá en una sola empresa oferente.

 

23. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN

En oportunidad de analizar el contenido del SOBRE Nº 2, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento al principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión anuncie, conforme la normativa vigente.

La Comisión de Evaluación de las Ofertas emitirá el Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación), el cual será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura, ubicada en Av. Leandro N. Alem 684, Primer Piso, de esta Ciudad. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial y en la página web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.

Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación de las Ofertas se harán conforme al Pliego de Bases y Condiciones Generales. En caso de existir preadjudicatario, el porcentaje del depósito a efectuar por el interesado como condición de admisibilidad de la impugnación, será del tres por ciento (3%) sobre el monto total preadjudicado por el que se presenta impugnación.

 

24. FORMA DE PAGO

El servicio de mantenimiento mensual y reparación de equipos de aire acondicionado se abonará dentro de los sesenta días de la presentación de la respectiva factura mensual, acompañada de la certificación del servicio efectuada por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.

 

25. READECUACIÓN DE PRECIOS

El precio de la presente contratación es fijo e invariable y no admite el reconocimiento de mayores costos, salvo que la adjudicataria acredite que por circunstancias no imputables a la misma su prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible cumplimiento bajo la Estructura de Costos prevista, motivos que deberán ser acreditados fehacientemente acompañando toda la documentación necesaria a tales efectos.

Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible cumplimiento bajo la Estructura de Costos prevista cuando se encuentre debidamente acreditado el desequilibrio en las prestaciones contractuales.

Para que sea viable la readecuación de precios resulta indispensable que las distorsiones que se produzcan determinen que los precios de los ítems que conforman la Estructura de Costos  superen en conjunto el DIEZ POR CIENTO (10%).

De superarse el DIEZ POR CIENTO (10%) indicado anteriormente, el adjudicatario podrá solicitar la redeterminación de precios mediante nota dirigida al Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., la cual deberá ser acompañada de toda la documentación que acredite fehacientemente la distorsión en su Estructura de Costos.

En ningún caso podrá solicitarse dicha readecuación antes de haberse cumplido el séptimo mes de prestación efectiva de los servicios objeto de la presente contratación.

Formulado el pedido por la adjudicataria, el Consejo de la Magistratura analizará y resolverá la compensación que considere procedente.

 

26. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

Complementando el Art. 6º del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 4º del PCG.

Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el Art. 8º del PCG, hasta las 12:00 horas del día 20 de mayo de 2013.

La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 15 de mayo de 2013, a las 16.00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad.