DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN
Buenos Aires, 6 de agosto de 2007.
Ref.: Exp. CM Nº CAIT y C- 051/07-0 s/ Licitación Pública Nº 5/2007 Adquisición de Hardware.
Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la Licitación Pública Nº 05/2007 - Adquisición de Hardware, con un presupuesto oficial de pesos dos millones doscientos dos mil setecientos treinta y cinco ($ 2.202.735,00).
A fs. 1/9 la Dirección de Informática y Tecnología requiere la adquisición de equipamiento informático destinado a satisfacer las necesidades de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Adjunta planilla indicando cantidades, precios estimados de mercado y las especificaciones técnicas correspondientes.
A fs. 12 la Comisión Auxiliar de Incorporación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones solicita aclaraciones; la Dirección de Informática y Tecnología responde de fs. 13/25, acompañando planilla indicando cantidades, precios estimados de mercado y las especificaciones técnicas correspondientes, con las modificaciones realizadas a partir de las aclaraciones solicitadas.
A fs. 27/36 obra Dictamen 1/2007 de la Comisión Auxiliar de Incorporación de Tecnologías de la Informática y las Comunicaciones en donde se manifiesta que es necesario realizar las compras requeridas y autoriza el presupuesto presentado por la Dirección de Informática y Tecnología.
A fs. 43 el Departamento de Procedimientos de Contrataciones entiende que es viable el llamado a la presente Licitación Pública y determina el presupuesto oficial, de acuerdo a lo indicado a fs.16.
A fs. 44/63 se acompañan las Resoluciones CM Nº 210/2005, 643/2005 y 692/2005.
A fs 65/75 se agrega el Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 77/78 obran las observaciones realizadas por la Dirección de Informática y Tecnología al Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares.
A fs 79/89 se agrega el Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares, con las observaciones formuladas.
A fs. 90 se adjunta el modelo de publicación, a fs. 91 el modelo de invitación para participar de la presente Licitación y a fs. 92/97 el listado de las posibles empresas a ser invitadas a participar.
A fs. 98/99 luce la Constancia de Registración Nº 240/4-2007, por la que se ha procedido a la registración preventiva correspondiente.
A fs. 100/102 la Dirección de Compras y Contrataciones le remite las actuaciones al Administrador General del Poder Judicial manifestando la necesidad de proceder a la adquisición de hardware para su utilización en distintas dependencias del Consejo de la Magistratura, del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A fs. 105 la Dirección de Asuntos Jurídicos emite el Dictamen Nº 1741/2007, en el que no encuentra obstáculos para la adopción del sistema de Licitación Pública y aconseja la aprobación del Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 108/125 obra la Resolución C. A. y F. Nº 26/2007, del 27 de abril de 2007, que autoriza el llamado a la Licitación Pública Nº 5/2007 para la adquisición de hardware y aprueba el Pliego de Condiciones Particulares. Se establece el día 31 de mayo a las 12:00 hs. como fecha para la apertura de ofertas.
A fs. 128 la Secretaria de la Comisión de Administración y Financiera designa la Comisión de Preadjudicaciones, de recepción y al funcionario interviniente en el acto de apertura de ofertas.
A fs. 136 obra la Circular sin Consulta Nº 1, en virtud de la solicitud de la Dirección de Informática y Tecnología de fs. 134/135.
A fs. 139/146 obra listado de proveedores de equipos y suministros para computación del Gobierno de la Ciudad.
A fs. 147 y 148 lucen copias de la Publicación en el Boletín Oficial del 14 y del 15 de mayo de 2007, respectivamente, del llamado a la presente Licitación Pública. A fs. 149 se informa de la publicación en la Cartelera del Consejo de la Magistratura.
A fs. 150/183 se acompañan las notas enviadas a las empresas invitadas a participar de la presente Licitación Pública y se informa de la recepción de las mismas.
A fs. 190/191 obra la Circular con Consulta Nº 1, en virtud de lo solicitado por la Empresa Dinatech S. A. a fs. 186 y lo manifestado por la Dirección de Informática y Tecnología a fs. 188/189.
A fs. 192/207 se acompañan las notas enviadas con la Circular con Consulta Nº 1.
A fs. 208 se agrega el acta de la reunión informativa de la presente Licitación Pública, realizada el día 18 de mayo de 2007.
A fs. 217 se adjunta la Circular con Consulta Nº 2, en virtud de lo solicitado por la Empresa AvanTecno S. A. a fs. 214 y lo manifestado por la Dirección de Informática y Tecnología a fs. 215.
A fs. 221 se acompaña la Circular sin Consulta Nº 2, en virtud de lo solicitado por la Dirección de Informática y Tecnología a fs. 218/220.
A fs. 222 se informa la publicación en Cartelera de la Circular con Consulta Nº 1, a fs. 251 de la Circular sin Consulta Nº 1, a fs. 252 de la Circular con Consulta Nº 2 y a fs. 253 de la Circular sin Consulta Nº 2. A fs. 223 la publicación en la Página de Internet de la Resolución que autoriza el llamado a la presente Licitación, de la Circular con Consulta Nº 1 y sin Consulta Nº 1 y a fs. 250 de la Circular con Consulta Nº 2 y sin Consulta Nº 2.
De fs. 228/238 se agregan las notas enviadas con la Circular con Consulta Nº 2 y de fs. 239/249 las correspondientes a la Circular sin Consulta Nº 2..
A fs. 254 obra informe del diligenciamiento de las cuatro Circulares de la presente Licitación.
A fs. 255/261 se incorporan actuaciones solicitando aclaraciones de la empresa Sonda Argentina y Data Client de Argentina S. R. L., que no han sido contestadas por haber sido presentadas fuera de término, de acuerdo a la Cláusula 15 del Pliego de Condiciones Particulares, según lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 262.
A fs. 263/275 se agrega el listado de empresas que han retirado el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación, con sus correspondientes comprobantes de pago.
A fs. 278/281 obra el Acta de Apertura de sobres, con la presencia de los Dres. Hernán Labate y Lucas Bettendorff. Se registran diez (10) ofertas presentadas por Mesa de Entradas.
A fs. 1355 se solicita informe técnico.
A fs. 1359/1361 obra el informe remitido por la Dirección de Informática y Tecnología, en donde se solicita aclaraciones de las propuestas realizadas por los oferentes.
De fs. 1369/1395 obra el informe remitido por el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en relación a los oferentes de la presente Licitación.
A fs. 2189 obra pedido de informe técnico con el fin de analizar las aclaraciones solicitadas a los oferentes; a fs. 2192/2204 consta la respuesta de la Dirección de Informática y Tecnología.
A fs. 2206 se pide aclaraciones sobre Informe Técnico, la respuesta obra de fs. 2209/2244.
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OFERTAS:
1. BRUNO HNOS S. A.
La oferta es por la suma total de pesos seiscientos sesenta y un mil quinientos ($ 661.500,00).
A fs.286 informa la marca de los bienes, de acuerdo a lo solicitado en el Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 287 manifiesta que la garantía es por el lapso de treinta y seis (36) meses y que el plazo de mantenimiento de la oferta es según pliego.
A fs. 288/289 agrega folletos de los bienes ofertados.
A fs. 290 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 292/334 adjunta copia firmada del Pliego de Condiciones Particulares y del de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios.
A fs. 335 declara el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el correo electrónico y el número de teléfono.
A fs. 342/343 acompaña el listado de principales clientes.
A fs. 345 se acompaña el certificado fiscal para contratar de la AFIP.
A fs. 346 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 347 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 348 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 352 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 353/414 acompaña actas de constitución y modificación de la Sociedad Anónima y balance económico.
A fs. 415/418 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos treinta y tres mil doscientos ($ 33.200,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 1389/1390 se acompaña el Certificado de Habilitación de Presentación de Oferta del Registro Único y Permanente de Proveedores, remitido por el Organismo. De allí surge que se encontraban vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P.; también, surge la personería de quien firma la oferta, Alejandra Leonor Castro.
A fs. 1398/1399 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando la documentación exigida que no había sido presentada y aclaraciones solicitadas por el área técnica. A fs. 1668 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ezequiel del Azar el 22 de junio del corriente año.
A fs. 1420/1556 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 1424 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs.1426 se encuentra la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información que adjunta es veraz.
A fs. 2192/2193 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala en relación a la presentación de este oferente que corresponde desestimar la oferta original presentada en el Renglón 7, en la que ofrece la impresora Kyocera FS-3900 DN, ya que, según consta en el manual remitido por la firma a fs. 1533 vta. del expediente de referencia, el tiempo de salida de la primera página en formato A 4 es de 25,5 segundos cuando en el pliego de especificaciones correspondiente se requería que el mismo fuera menor a 11 segundos.
Sobre la oferta alternativa del renglón 7, impresora Kyocera FS- 2000, se afirma que corresponde desestimarla ya que ... según consta en el manual remitido por la firma a fs. 1533 vta. del expediente de referencia, el tiempo de salida de la primera página en formato A 4 es de 19 segundos cuando en el Pliego de especificaciones correspondiente se requería que el mismo fuera menor a 11 segundos.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta no admisible, debido a que no cumple con las especificaciones técnicas exigidas en el Pliego de Condiciones Particulares, de acuerdo al Informe Técnico elaborado por la Dirección de Informática y Tecnología.
2. DIGITAL GENERAL SERVICE S. A.
La oferta es por la suma total de pesos un millón ochocientos ochenta y seis mil novecientos cuarenta ($ 1.886.940,00).
A fs. 425 informa que la garantía de estos equipos es de 3 años y que el plazo de entrega para lo ofertado en el renglón 1 es de 30/35 días, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta.
A fs. 428 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 429 declara el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el número de teléfono.
De fs. 432/434 surge que quien firma la presentación, Guillermo Luis Barreira, representa a la empresa.
A fs. 435 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 436 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 438 se acompaña el Certificado Fiscal para contratar de la AFIP.
A fs. 440 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 442 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 443 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 445/446 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 447/448 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas De allí surge que se encontraban vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Certificado de Deudores Morosos Alimentarios y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P.; también, surge la personería de quien firma la oferta.A fs. 1374/1375 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 450/453 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 454/455 informa de la presentación de las muestras, solicitado en la cláusula 7º del Pliego de Condiciones Particulares.
De 456/528 se acompañan folletos de los bienes ofertados.
A fs. 529 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 531/534 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos ciento cinco mil ($ 105.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 1400/1401 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando aclaraciones requeridas por el área técnica. A fs. 1662 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Gustavo Vania el 21 de junio del corriente año.
A fs. 1599/1650 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 2193 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que respecto de la oferta presentada por Digital General Service S. A. no tiene objeciones que formular.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible.
3. NOVADATA S. A.
La oferta es por la suma total de pesos novecientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y cinco ($ 988.535,00).
A fs. 538 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
De fs. 539 surge el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el número de teléfono.
A fs. 539/540 informa la marca y el origen de los bienes; así como también la garantía.
A fs. 541 informa que el plazo de entrega es para el renglón 4 de 45 días, para el 5 de 20, para el 6 de 20 y para el 7 de 30, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta. También, manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es según pliego.
A fs. 545/548 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 551 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 552 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 553 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 554/555 surge que quien firma la presentación, Rodolfo Abella, representa a la empresa.
A fs. 556/557 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas De allí surge que se encontraba vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, pero el Certificado de Deudores Morosos Alimentarios y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. se encontrabas vencidos; también, surge la personería de quien firma la oferta. A fs.1376/1377 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 558 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 559 se acompaña el Certificado Fiscal de la AFIP, que no se encontraba vigente a la fecha de la apertura de ofertas. A fs. 1368 acompaña Certificado Fiscal de la AFIP, emitido el día 7/06/07; fecha posterior a la apertura de oferta, realizada el 31/05/07.
A fs.1681 manifiesta que el día de la apertura se ha presentado el certificado fiscal para contratar con fecha de vencimiento el día 25/05/2007, el mismo se encontraba vencido al momento del acto de apertura 31/05/2007, no obstante se adjuntó en dicha oferta la constancia de trámite de la solicitud del nuevo certificado ya que la AFIP no lo renueva automáticamente y entre un certificado y otro hay un plazo de 20 días
Según la cláusula 11.3 del Pliego de Condiciones Generales se debe presentar el Certificado Fiscal vigente a la fecha de apertura de las ofertas.
A fs. 561 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura de ofertas.
De 563/580 se acompañan folletos de los bienes ofertados.
A fs. 1402/1403 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando la documentación exigida que no había sido presentada y aclaraciones pedidas por el área técnica. A fs.1670 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ezequiel del Azar el 22 de junio del corriente año.
A fs. 1672/1685 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 1686 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando que presente en soporte papel la información adjunta en CD en la respuesta a la nota de fs. 1402/1403. A fs. 1691 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ezequiel del Azar el 2 de julio del corriente año.
A fs. 1693/2060 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs.2193 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que respecto de la oferta presentada por la firma Novadata no tiene objeciones que formular.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta no admisible, en virtud de no haber presentado el Certificado Fiscal de la AFIP vigente a la fecha de apertura de ofertas.
4. SONDA ARGENTINA S. A.
La oferta es por la suma total de pesos doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos noventa y nueve ($ 246.499,00).
De 590/660 se acompañan características técnicas de los bienes ofertados.
A fs. 661/663 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 666 informa que el plazo de entrega dentro de los cuarenta y cinco (45) días, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta. Asimismo, manifiesta que la garantía es según lo estipulado en el Pliego y que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 días.
A fs. 668 informa el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A fs. 669 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 670 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 671 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 672/674 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas De allí surge que se encontraban vigentes a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Cerificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. y el Certificado de Deudores Morosos Alimentarios; también, surge la personería de quien firma la oferta.A fs.1378/1380 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 675 se acompaña el Certificado Fiscal para contratar de la AFIP.
A fs. 676/677 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
De fs. 678/688 surge que quien firma la presentación, José C. Garcia, representa a la empresa.
A fs. 689/690 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos quince mil ($ 15.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
La Constancia de Adquisición del Pliego, surge de fs. 270
A fs. 2193 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que la oferta presentada por la firma Sonda Argentina cumple con lo especificado en el pliego correspondiente.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible.
5. CORADIR S. A.
La oferta es por la suma total de pesos un millón ciento noventa mil trescientos treinta ($ 1.190.330,00).
A fs. 695 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 697/698 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos setenta mil ($ 70.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 706 informa que el plazo de entrega es dentro de los quince (15) días, según Pliego de Condiciones Particulares y que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 días.
De 707/710 y 712/714 se acompañan las características técnicas y folletos de los bienes ofertados.
A fs. 716/722 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 734 acompaña declaración jurada con el origen de los bienes ofertados.
A fs. 735 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 736 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 737 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 738 informa el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que la garantía técnica es por un período de treinta y seis (36) meses, según Pliego.
De fs. 745/760 acompaña listado con los principales clientes.
A fs. 760 bis se acompaña el Certificado Fiscal para contratar emitido por la AFIP.
A fs. 761 se encuentra el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 762/763 acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 764/765 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas. De allí surge que se encontraban vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. y el Certificado de Deudores Morosos Alimentarios; también, surge la personería de quien firma la oferta, Leonardo Arrom. A fs.1381/1382 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 766/767 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 1404/1405 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando aclaraciones requeridas por el área técnica. A fs.1667 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Andrés Pérez el 22 de junio del corriente año.
A fs.1657/1661 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 1671 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando que presente en soporte papel la información adjunta en CD en la respuesta a la nota de fs. 1404/1405. A fs. 1692 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Andrés Pérez el 2 de julio del corriente año.
A fs 2061/2188 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 2193/2194 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que corresponde desestimar la oferta presentada en el Renglón 2, computadoras para puestos de trabajo, modelo CDR Enterprise CE 2.66 ya que la fuente de gabinete enviado como muestra presentó deficiencias en las pruebas ejecutadas por esta Dirección según consta en el informe correspondiente que se adjunta (fs. 2196/2200).
Sobre la oferta alternativa al renglón 6 se afirma que corresponde desestimarla debido a que ofrece el monitor para puesto de trabajo CDR Computers 150A y según consta en la respuesta remitida por la firma a fs. 1657 del Expediente de referencia, no posee pantalla plana como fuera exigido en el Pliego de especificaciones correspondiente.
En cuanto al renglón 7 señala que corresponde desestimarla ya que en la Contratación Directa Nº 21/06 en las que se le adjudicaron las impresoras blanco y negro departamental Lexmark modelo T642DNT no cuenta con la garantía del oferente tal y como se consigna en el apartado Compromiso de Servicio Técnico de la oferta original; según nota de la firma que se adjunta a fs. 1096/1097 la garantía y el servicio técnico de las impresoras marca Lexmark es prestado por la firma CIDI.COM y no por la firma vendedora. Asimismo, la Dirección de Informática y Tecnología señala que las impresoras Lexmark modelo E- 120 desde su puesta en funcionamiento han registrado desperfectos en el funcionamiento de varias de ellas, el cumplimiento de la garantía es deficiente y los equipos son de bajo costo y menores prestaciones que el resto. Esta Comisión considera que se debe considerar las observaciones realizadas por la Dirección de Informática y Tecnología en relación a lo ofertado en este renglón, en especial a lo relacionado al mal funcionamiento y problemas en la solución de los inconvenientes que se han suscitado de las impresoras adquiridas en el marco del anterior proceso licitatorio a este mismo proveedor; como así también a los problemas originados para el cumplimiento de la garantía.
Sobre las ofertas correspondientes a los renglones 5 y 6 no tiene objeciones que formular.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible las presentadas para los renglones 5 y 6.
La oferta presentada para el renglón 2, 6 como alternativa y 7 corresponde considerarla como no admisible. En el caso de los renglones 2 y 7 por lo informado por la Dirección de Informática y Tecnología y en el del renglón 6 alternativo por no cumplir con las especificaciones requeridas en el Pliego de Condiciones Particulares.
6. DISTECNA S. A.
La oferta es por la suma total de pesos doscientos cuarenta y tres mil novecientos cuarenta ($ 243.940,00). El mismo se encuentra detallado en el Cuadro Comparativo de Ofertas.
A fs. 774 declara el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el número de teléfono.
A fs. 776 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 días y que el plazo de entrega es de 30 (treinta) días, según el Pliego de Condiciones Particulares, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta. Asimismo, informa que la garantía de los bienes es de treinta y seis (36) meses, según lo estipulado en el Pliego.
De 777/788 se acompañan folletos de los bienes ofertados y se describen las características técnicas.
A fs. 790 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 791 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 792 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 801/802 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas De allí surge que se encontraban vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas; también, surge la personería de quien firma la oferta, Gustavo Geldart. A fs. 1387/1388 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 803/804 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 805 se acompaña el Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP.
A fs. 806 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 808 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs.809 bis acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 812/852 adjunta copia firmada del Pliego de Condiciones Particulares y del de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios.
A fs. 853/856 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 1406/1407 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando la documentación exigida que no había sido presentada y aclaraciones solicitadas por el área técnica. A fs. 1664 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Angel Castaño.
A fs.1651/1656 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 1654/1655 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 2194 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que respecto de la oferta presentada por la firma Distecna en el Renglón 1, corresponde desestimarla ya que si bien la controladora ESB2, que equipa los servidores departamentales Supermicro 6025B y que equipa también los servidores Supermicro adquiridos en la Licitación Privada 17/06, tiene soporte para RAID, el mismo no es reconocido por Debian 4 por la que la única forma que existió para que los discos sean detectados desde el sistema operativo fue desactivando el RAID para que estén disponible de forma individual, limitando la funcionalidad del servidor, por lo que no cumple con lo especificado en el pliego correspondiente.
Sin embargo, esta Comisión considera que el requisito de ser reconocido por Debian 4 no ha sido especificado en el Pliego de Condiciones Particulares y en la Circular sin Consulta Nº 2, referida a los bienes objetos del renglón 1; sino que la Dirección de Informática y Tecnología solicitó aclaración al respecto a la Empresa en su informe a fs. 1360, notificada al oferente por la nota que consta a fs. 1406/1407. En su respuesta a fs. 1656 el oferente manifiesta que: El Servidor Departamental de dos Microprocesadores SuperMicro 6025B ofertado en el renglón 1: es 100% compatible con Sistema Operativo Solaris en su última versión disponible; todas las funcionalidades del Motherboard son 100% compatibles con GNU/Linux Debian en su última versión, con soporte nativo en el Kernel Linux, sin necesidad de incorporar Drivers del manufacturador.
Por lo que no se encuentra elementos para considerar que no ha cumplido con lo requerido en el Pliego de Condiciones Particulares.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible.
7. DATA CLIENT DE ARGENTINA S. R. L.
La oferta es por la suma total de pesos doscientos noventa y dos mil quinientos ($ 292.500,00).
De fs. 865 surgen el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el correo electrónico y el número de teléfono.
A fs. 868 informa que el plazo de entrega es dentro de los cuarenta (40) días, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta. También, manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es según el Pliego.
A fs.870 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 871 se acompaña el Certificado Fiscal para contratar emitido por la AFIP.
A fs. 872/873 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 874 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 875 adjunta el Certificado para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
De fs. 902/905 surge que quien firma la presentación, José B. Roldan, representa a la empresa.
A fs. 919/929 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
De 930/1002 se describen las características técnicas de los bienes ofertados.
A fs. 1003/1005 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos veinticuatro mil ochocientos ($ 24.800,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 1391/1392 se acompaña el Certificado de Habilitación de Ofertas, remitido por el Registro Único y Permanente de Proveedores. De allí surge que se encontraban vigentes a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Certificado de Deudores Morosos Alimentario y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P.; también, surge la personería de quien firma la oferta.
A fs. 1408/1409 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando la documentación exigida que no había sido presentada y aclaraciones requeridas por el área técnica. A fs. 1669 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ezequiel del Azar el 22 de junio del corriente año.
No ha presentado la respuesta a la mencionada nota en el plazo estipulado.
No ha cumplido con la presentación de los siguientes requisitos del Pliego de Condiciones Generales:
- Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
- Declaración Jurada de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 2194 en el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Informática y Tecnología se señala que la oferta presentada no cumple con las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Condiciones Particulares.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta no admisible.
8. SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A.
La oferta es por la suma total de pesos quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos ($ 544.700,00).
A fs. 1011/1014 y 1026/1030 se describen las características técnicas de los bienes ofertados.
A fs. 1017 informa que el plazo de entrega es dentro de los quince (15) días y que el plazo de mantenimiento de la oferta es según el Pliego.
A fs. 1019/1023 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs.1024 acompaña la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs.1031 declara la garantía de los bienes por el término de 36 (treinta y seis) meses, según lo estipulado en el Pliego.
A fs. 1032 declara la marca y el origen de los bienes.
A fs. 1033 manifiesta el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el correo electrónico y el número de teléfono.
A fs. 1034 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 1035 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 1036 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 1037/1046 se agrega un listado con los principales clientes.
A fs. 1047/1048 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas. De allí surge que se encontraban vigentes a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Certificado de Deudores Morosos Alimentario y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. También surge que quien firma la oferta se encuentra inscripto como representante o apoderado de la Empresa. A fs. 1383/1384 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 1049 adjunta el Certificado para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 1050/1051 agrega constancia de inscripción del Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 1052 se acompaña el Certificado Fiscal para contratar emitido por la AFIP.
A fs. 1053 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
De fs. 1055/1100 se acompaña documentación legal de la Empresa, de donde surge que quien firma la presentación, Gustavo Vilches, representa a la empresa.
A fs. 1139/1140 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 1411 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando aclaraciones requeridas por el área técnica. A fs. 1666 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Agustín Ausqui el 22 de junio del corriente año.
A fs. 1415/1419 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 2194 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que la oferta presentada no cumple con la calidad de producto esperada ya que: al testear el teclado de muestra, luego de dos semanas de uso comenzaron a borrarse las inscripciones de algunas teclas, por lo que se desprende que en el corto plazo se borraran todas las teclas, con los serios problemas que ello traerá aparejado.
En virtud de ello, esta Comisión solicitó aclaraciones al área técnica con el fin de determinar si la oferta cumple con las estipulaciones requeridas en el Pliego de Condiciones Particulares. A fs. 2209/2244 obra la respuesta; allí se afirma que si bien la oferta cumple con los requisitos mínimos del pliego hemos detectado un problema de calidad en el teclado provisto al analizar las muestras, y se encontró una diferencia de funcionalidad y prestaciones entre el motherboard y microprecesador provisto por la empresa mencionada y la empresa Digital General Service S. A.. Se señala que por el inconveniente detectado en el teclado es factible suponer que la calidad del resto del kit (gabinete, mouse y parlantes) no cumplan con la calidad mínima que esta Dirección requiere.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible.
9. SOFT NET S. A.
La oferta es por la suma total de pesos un millón cincuenta y dos mil ochocientos treinta ($ 1.052.830,00).
A fs.1151 agrega la Constancia de Adquisición del Pliego.
A fs. 1152/1194 adjunta copia firmada del Pliego de Condiciones Particulares y del de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios.
De fs. 1197 surgen el número de teléfono, el domicilio de las oficinas y depósito y el correo electrónico.
A fs. 1200/1201 presenta el Certificado de Habilitación de Ofertas. De allí surge que se encontraban vigentes a la fecha de apertura de ofertas el Certificado de Deudores Morosos Alimentario y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. Asimismo, surge que quien firma la oferta está inscripto como apoderado o representante legal. A fs. 1385/1386 se encuentra el remitido por el Registro.
A fs. 1202 declara el domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A fs. 1203 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 1204 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 1205 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 1206 informa que el plazo de entrega es dentro de los cuarenta (40) días, la cláusula 10 del Pliego de Condiciones Particulares establece que el plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince días contados a partir de la recepción de la correspondiente orden de compra; salvo que por razones de fabricación y/ o importación, o por la cantidad a contratar se requiera un plazo mayor, en cuyo caso el oferente deberá informar expresamente tal circunstancia en su propuesta.
A fs. 1207 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de treinta (30) días.
A fs. 1209 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 1210 se acompaña el Certificado Fiscal para Contratar de la AFIP.
A fs. 1211 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
De fs. 1212/1221 surge que quien firma la presentación, Carlos Alberto Lorenzo, representa a la empresa.
A fs. 1222/1231 presenta el Certificado ISO 9001:2000, de acuerdo a lo solicitado en la cláusula 6º del Pliego de Condiciones Particulares.
A fs. 1237/1238 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
De 1240/1253 acompaña folletos de los bienes ofertados y se describen las características técnicas.
A fs. 1410 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando aclaraciones requeridas por el área técnica, en los dos reglones que oferta en su presentación. A fs. 1663 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ezequiel del Azar el 22 de junio del corriente año.
No ha presentado respuesta a la nota mencionada en el plazo establecido, por lo que no se ha podido evaluar adecuadamente la oferta presentada por falta de información, de acuerdo a lo manifestado en el Informe de fs. 2194 de la Dirección de Informática y Tecnología.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta no admisible.
10. AVANTECNO S. A.
La oferta es por la suma total de pesos seiscientos noventa y nueve mil trescientos ($ 699.300,00).
A fs. 1260 declara que la garantía de los bienes es según el Pliego.
De 1262/1268 se acompañan folletos de los bienes ofertados y se describen las características técnicas.
A fs. 1269 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de treinta (30) días.
A fs. 1270 se acompaña la Declaración Jurada con los Juicios Pendientes con el Consejo de la Magistratura como actor o demandado.
A fs. 1271 se cumple con lo estipulado en el Decreto Nº 737/97.
A fs. 1272 acompaña la Declaración Jurada por la que manifiesta que la información adjuntada es veraz.
A fs. 1273 declara el domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el número de teléfono y el correo electrónico.
A fs. 1274 adjunta el Certificado Fiscal para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 1275 se acompaña el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
A fs. 1276 se acompaña el Certificado Fiscal para Contratar de la AFIP.
De fs. 1277/1288 surge que quien firma la presentación, César Barta, representa a la empresa.
A fs. 1289/1331 adjunta copia firmada del Pliego de Condiciones Particulares y del de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios.
A fs. 1332 se agrega copia de la Póliza de Seguro de Caución como garantía de la oferta de hasta la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000,00), reservándose el original en la Caja Fuerte de la Tesorería del Consejo de la Magistratura.
A fs. 1393/1394 se agrega el Certificado de Habilitación de Ofertas, remitido por el Registro Único y Permanente de Proveedores. De allí surge que se encontraban vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal emitido por la D. G. de Rentas, el Certificado de Deudores Morosos Alimentario y el Certificado Fiscal emitido por la A.F.I.P. Asimismo, surge que quien firma la oferta está inscripto como apoderado o representante legal.
La Constancia de Adquisición del Pliego, surge de fs. 273.
A fs. 1397 obra la nota original dirigida a la empresa solicitando aclaraciones requeridas por el área técnica. A fs. 1665 se encuentra la notificación realizada por el oficial notificador Ximena Varela el 21 de junio del corriente año.
A fs. 1537/1598 luce la respuesta a la nota mencionada por parte de la Empresa.
A fs. 2195 en el Informe de la Dirección de Informática y Tecnología se señala que no se tienen objeciones que formular en relación a la oferta presentada.
Estimamos por lo tanto que se encuentra en condiciones como para ser considerada oferta admisible.
CONCLUSIÓN
Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en la presente Licitación Pública las propuesta de DIGITAL GENERAL SERVICE S. A., SONDA ARGENTINA S. A., CORADIR S. A. para los renglones 5 y 6, DISTECNA S. A., SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A. y AVANTECNO S. A. resultan admisibles y las de BRUNO HNOS S. A., NOVADATA S. A., CORADIR S. A. para los renglones 2, 6 alternativo y 7, DATA CLIENT DE ARGENTINA S. R. L. y SOFT NET S. A. resultan no admisibles.
Cuadro Comparativo de Ofertas
Renglón 1
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 25.660,00 |
$ 513.200,00 |
DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. |
$ 22.996,00 |
$ 459.920,00 |
DISTECNA S. A. |
$ 12.197,00 |
$ 243.940,00 |
Renglón 2
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 990,00 |
$ 643.500,00 |
SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A. |
$ 838,00 |
$ 544.700,00 |
DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. |
$ 1.062,00 |
$ 690.300,00 |
Renglón 4
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 165.000,00 |
$ 165.000,00 |
SONDA ARGENTINA S. A. |
$ 246.499,00 |
$ 246.499,00 |
Renglón 5
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 835,00 |
$ 27.555,00 |
DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. |
$ 380,00 |
$ 12.540,00 |
CORADIR |
$ 410,00 |
$ 13.530,00 |
Renglón 6
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 320,00 |
$ 32.000,00 |
DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. |
$ 313,00 |
$ 31.300,00 |
Alternativa |
$ 319,00 |
$ 31.900,00 |
CORADIR |
$ 399,00 |
$ 39.900,00 |
Renglón 7
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Presupuesto Oficial |
$ 4.500,00 |
$ 810.000,00 |
DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. |
$ 3.846,00 |
$ 692.280,00 |
AVANTECNO S. A. |
$ 3.885,00 |
$ 699.300,00 |
De las propuestas económicas de las Empresas que presentaron ofertas admisibles resulta, de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas, que
1) Para el renglón 1 la oferta más económica resulta la presentada por DISTECNA S. A..
Se informa a los fines de que los órganos decisorios consideren al realizar el acto correspondiente a la adjudicación que la Dirección de Informática y Tecnología, a fs. 2194, afirma que respecto de la oferta presentada por la firma Distecna en el Renglón 1, corresponde desestimarla ya que si bien la controladora ESB2, que equipa los servidores departamentales Supermicro 6025B y que equipa también los servidores Supermicro adquiridos en la Licitación Privada 17/06, tiene soporte para RAID, el mismo no es reconocido por Debian 4 por la que la única forma que existió para que los discos sean detectados desde el sistema operativo fue desactivando el RAID para que estén disponible de forma individual, limitando la funcionalidad del servidor, por lo que no cumple con lo especificado en el pliego correspondiente.
Sin embargo, esta Comisión considera que el requisito de ser reconocido por Debian 4 no ha sido especificado en el Pliego de Condiciones Particulares y en la Circular sin Consulta Nº 2, referida a los bienes objetos del renglón 1; sino que la Dirección de Informática y Tecnología solicitó aclaración al respecto a la Empresa en su informe a fs. 1360, notificada al oferente por la nota que consta a fs. 1406/1407. En su respuesta a fs. 1656 el oferente manifiesta que: El Servidor Departamental de dos Microprocesadores SuperMicro 6025B ofertado en el renglón 1: es 100% compatible con Sistema Operativo Solaris en su última versión disponible; todas las funcionalidades del Motherboard son 100% compatibles con GNU/Linux Debian en su última versión, con soporte nativo en el Kernel Linux, sin necesidad de incorporar Drivers del manufacturador.
Por lo que no se encuentran elementos para considerar que no ha cumplido con lo requerido en el Pliego de Condiciones Particulares. Es preciso remarcar que en caso de que se observe luego de realizar el Pliego que se requieren otros aspectos técnicos para las necesidades de la Administración, ello no puede serle exigido a aquellos oferentes que han realizado su propuesta de acuerdo al Pliego, pero esto no implica que la Administración deba adquirir esos bienes que no le presentan la utilidad necesaria para un buen funcionamiento; en uso de la facultad otorgada en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 77 del Decreto 5720/72.
Por último, se advierte que la oferta presentada por DIGITAL GENERAL SERVICE S.A. es un 88,54% superior a la presentada por DISTECNA S. A.
2) Para el renglón 2 la oferta más económica de las consideradas admisibles es la presentada por SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A.
A fin que los órganos resolutivos consideren al adoptar su decisión; es importante remarcar lo que señala la Dirección de Informática y Tecnología en su informe de fs. 2209/2244 sobre las ofertas presentadas para este renglón. En este sentido considera que la oferta presentada por la empresa Digital General Service S. A. además de ser más conveniente para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con el respaldo de la empresa Intel, fabricante del motherboard y del microprocesador , cuyas oficinas se encuentran instaladas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la empresa Biostar, fabricante del motherboard ofertado por la empresa Soluciones Integrales Corporativas S. A. no cuenta con oficinas locales siendo que el respaldo con el que se cuenta es de los importadores de las mismas y no del fabricante. Señala que el microprocesador ofertado por la empresa Digital General Service S. A. cuenta con características superiores al ofertado por la otra Empresa; sobre éste último microprocesador señala que se encuentra discontinuado a la fecha de fabricación por la firma Intel, mientras que el microprocesador de la oferta de Digital General Service S. A. se encuentra en producción; según ellos la diferencia de precio entre las dos ofertas se debe al valor de los microprocesadores.
Esta Comisión entiende que es necesario precisar qué parámetros se deben adoptar para decidir en casos como en el presente en donde dos ofertas son admisibles según los requerimientos del Pliego pero la que ha cotizado un valor económico mayor tiene mejor calidad según el área técnica.
Al reflexionar que criterios adoptar al momento de seleccionar la oferta más conveniente Marienhoff sostiene que: todos los licitadores son moralmente idóneos y, además, poseedores de la adecuada solvencia técnica y financiera, pues de lo contrario no habrían sido inscriptos en el respectivo registro, y menos aún con relación al tipo particular de contratación a realizar, el criterio que debe guiar a la autoridad pública para efectuar la adjudicación es el de considerar como la mejor oferta, como la más ventajosa, aquella que respetando escrupulosamente los requisitos, exigencias o especificaciones del pliego de condiciones, contenga el precio más conveniente (conf. Marienhoff, Miguel, Tratado de Derecho Administrativo, t. III-A, p. 228); asimismo, señala que si no obstante haber sido una persona o entidad inscripta en el registro correspondiente, por haber acreditado a satisfacción solvencia moral, técnica y financiera, y haber luego esa persona ofrecido en una licitación el precio más conveniente, la Administración Pública estuviese facultada para no adjudicarle el contrato a esa persona o entidad, sosteniendo que, a juicio de ella, otro de los oferentes, también inscripto pero cuyo precio es menos conveniente, ofrece mejores perspectivas como contratante, y el contrato se celebrase con esta última persona, ello destruiría la razón de ser de los expresados registros y echaría por tierra la esencia misma de la licitación, pudiendo dar lugar a procederes arbitrarios de parte de la Administración Pública (p. 168).
Otros autores como Bartolomé Fiorini e Ismael Matas han señalado que la apreciación del mérito de las ofertas no tiene carácter de actividad discrecional porque los pliegos que rigen la concurrencia fijan reglas precisas para adjudicar. El juicio de conveniencia o, más concretamente, la elección de lo más conveniente ya tuvo cierta calificación cuando se aprobaron los pliegos de condiciones (conf. Fiorini, Bartolomé A. y Mata, Ismael, en la La Licitación Pública, p. 149).
El Decreto Nº 1023/2001 del Poder Ejecutivo Nacional que no es de aplicación en nuestra ámbito pero que nos permite comprender de qué forma se aborda esta problemática de definir en estos casos, establece que: La adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. Cuando se tratare de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, como oferta más conveniente, la de menor precio.
Esto nos conduce a que lo primero que debemos determinar es si la oferta presentada cumple con los requisitos exigidos en el Pliego; en el caso en cuestión la Dirección de Informática y Tecnología ha afirmado en su informe que la oferta presentada por la empresa Soluciones Integrales Corporativas S. A. cumple con los requisitos mínimos del Pliego (fs. 2209); por lo tanto la oferta se ajusta a lo requerido en los Pliegos que rigen la presente Licitación Pública. Ahora bien, en su informe el área técnica señala inconvenientes que a su entender tienen los bienes ofertados por Soluciones Integrales Corporativas S. A. pero que a su entender no constituyen elementos que permitan desestimar la oferta por no cumplir con los requerimientos técnicos.
Al cumplir las dos ofertas con los requerimientos del Pliego, al entender de esta Comisión lo que se debe considerar para determinar la oferta más conveniente es el precio, y en este caso se debe resolver por aquella que le resulta más económica a la Administración; si bien la otra oferta puede ser de una calidad superior, si la más económica reúne las características que se estimó al momento de llamar a la Licitación para la provisión de bienes, se debe resolver de esta manera.
El hecho de señalar que una oferta cuenta con el respaldo de la empresa Intel y la otra de la empresa Biostar no es a criterio de esta Comisión un elemento objetivo que permita determinar que una oferta es más conveniente para la Administración que la otra ya que los dos cumplen con las características que se buscaban al solicitar la adquisición de estos bienes. Obviamente, que distinto sería el caso si la oferta más económica no reuniera las características que se estipularon en el Pliego de Condiciones Particulares, siendo bienes que no cumplirían con lo que la Administración requiere.
Por último, si la Dirección de Informática y Tecnología considera que la oferta más económica cumple con lo requerido, la adjudicación a esa Empresa le permitirá al Consejo de la Magistratura desembolsar un monto menor en la adquisición de los bienes, cumpliendo estos con los requerimientos que el área técnica solicitó y que fueron plasmados en el Pliego de Condiciones Particulares.
En cuanto a la propuesta económica presentada por DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. se debe precisar que excede en un 7,27% al presupuesto oficial y un 26,73% a la presentada por SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A.
3) Para el renglón 3 no se han presentado ofertas en la Presente Licitación.
4) Para el renglón 4 la única oferta admisible es la de la empresa SONDA ARGENTINA S. A. que cumple los requerimientos técnicos pero su propuesta económica excede casi en un 50% al presupuesto oficial, por lo que esta Comisión considera que la propuesta es no conveniente por razones económicas.
Esta Comisión señala para información de los órganos resolutivos que la oferta presentada por la Empresa NOVADATA S. A. cumple con las especificaciones del Pliego de Condiciones Particulares; pero fue declarada inadmisible por no poseer el Certificado Fiscal vigente a la fecha de apertura de ofertas; a fs. 1681 manifiesta que el día de la apertura se ha presentado el certificado fiscal para contratar con fecha de vencimiento el día 25/05/2007, el mismo se encontraba vencido al momento del acto de apertura 31/05/2007, no obstante se adjuntó en dicha oferta la constancia de trámite de la solicitud del nuevo certificado ya que la AFIP no lo renueva automáticamente y entre un certificado y otro hay un plazo de 20 días y a fs. 1368 acompaña Certificado Fiscal de la AFIP, emitido el día 7/06/07.
5) Para el renglón 5 la oferta presentada por la empresa DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. es la más económica de las dos ofertas que han sido consideradas admisibles.
Esta Comisión observa para información de los órganos resolutivos que la oferta presentada por la empresa NOVADATA S. A. cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones Particulares y es más económica que la presentada por DIGITAL GENERAL SERVICE S. A., pero no ha sido considerada por las razones expuestas al analizar el renglón 4. (La oferta de NOVADATA S. A. para este renglón es $215,00 el precio unitario y el total de $ 7.095,00).
6) Para el renglón 6 la oferta presentada por la empresa DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. es la más económica de las consideradas admisibles.
7) Para el renglón 7 la oferta presentada por la empresa DIGITAL GENERAL SERVICE S. A. es la más económica de las consideradas admisibles.
Por lo tanto, esta Comisión propone para la Licitación Pública Nº 5/2007, preadjudicar por un total de pesos un millón quinientos veinticuatro mil setecientos sesenta ($ 1.524.760,00), de acuerdo al siguiente detalle:
a) La preadjudicación para el renglón 1 a la empresa DISTECNA S. A., por un total de pesos doscientos cuarenta y tres mil novecientos cuarenta ($ 243.940,00), de acuerdo al siguiente detalle:
|
Precio Unitario |
Precio Total |
Renglón 1 |
$ 12.197,00 |
$ 243.940,00 |
Total |
|
$ 243.940,00 |
b) La preadjudicación para los renglones 5, 6 y 7 a la empresa DIGITAL GENERAL SERVICE S. A, por un total de pesos setecientos treinta y seis mil ciento veinte ($ 736.120,00), de acuerdo al siguiente detalle:
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Precio Unitario |
Precio Total |
Renglón 5 |
$ 380,00 |
$ 12.540,00 |
Renglón 6 |
$ 313,00 |
$ 31.300,00 |
Renglón 7 |
$ 3.846,00 |
$ 692.280,00 |
Total |
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$ 736.120,00 |
c) La preadjudicación para el renglón 2 a la empresa SOLUCIONES INTEGRALES CORPORATIVAS S. A., por un total de pesos quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos ($ 544.700,00), de acuerdo al siguiente detalle:
Precio Unitario |
Precio Total |
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Renglón 2 |
$ 838,00 |
$ 544.700,00 |
Total |
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$ 544.700,00 |
d) Declarar desiertos los renglones 3 y 4.
Lucas Bettendorff
Adrián Costantino
Hernán Labate