Buenos Aires, 29 de octubre de 2013
Res. OAyF Nº 202 /2013
VISTO:
El Expediente DCC- 239/13-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Equipamiento de Fotografía y Video” y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota N° 347/2013 la Dirección de Informática y Tecnología solicitó la adquisición de un Lente para cámara fotográfica digital, en atención a lo requerido mediante correo electrónico del 19 de julio de 2013 por el Departamento de Prensa, en el que se destacó que “…teniendo en cuenta que una de las funciones del mismo es realizar las campañas de prensa del organismo, resulta necesario un lente para la cámara fotográfica con la que actualmente contamos” (fs. 1/3).
Que por Memo SI N° 51/13 la Secretaría de Innovación acompañó el Pliego de Especificaciones Técnicas pertinente (fs. 4/6).
Que por Memo CFJ N° 375/13 el Centro de Formación Judicial requirió la adquisición de equipamiento necesario para la realización de las actividades académicas contempladas en el Plan Anual capacitación 2013 (fs. 11).
Que por Notas N° 420/2013, 451/2013 y 455/2013, la Dirección de Informática y Tecnología remitió las especificaciones para la adquisición de una cámara fotográfica, para la adquisición de seis (6) proyectores portátiles y de una (1) filmadora y para la adquisición de un (1) equipo de audio portátil, respectivamente (fs. 12/14, 41/46 y 66). Ello a fin de dar respuesta a lo requerido por el Centro de Formación Judicial.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en los artículos 38º y concordantes de la Ley Nº 2095 reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 (fs. 51).
Que en virtud de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 38º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del artículo 38º de la Ley Nº 2095, en la modalidad de Contratación Menor, el Pliego de Bases y Condiciones será gratuito y se entregará al interesado junto con la invitación a participar en el procedimiento de contratación.
Que conforme lo informado por la Dirección de Informática y Tecnología el monto estimado para la adquisición de un (1) lente marca Canon, modelo EF 70-200 mm f/2.8L USM o similar, compatible con la cámara Canon modelo EOS REBEL T1I, asciende a la suma de pesos treinta y ocho mil ($ 38.000.-) IVA incluido (Nota 347/2013, fs. 4/6), el monto estimado para la adquisición de seis (6) proyectores portátiles digitales asciende a la suma de treinta y cuatro mil doscientos treinta y nueve con 18/100 (34.239,18) IVA incluido (Nota 451/2013, fs. 41/46) y el monto estimado para la adquisición de una (1) cámara filmadora digital tipo Sony HDR-CX220 o similar asciende a la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000.-) IVA incluido (Nota 451/2013, fs. 41/46). A su vez, conforme los presupuestos recabados por la Dirección de Compras y Contrataciones, el monto estimado para la adquisición de una (1) cámara fotográfica de 14 o más megapíxeles, digital, tipo Nikon Coolpix S3100 o similar asciende a pesos dos mil quinientos ($ 2.500,-) IVA incluido (fs. 51) y el monto estimado para la adquisición de un (1) equipo de audio portátil tipo Fender Passport 500 o similar asciende a pesos diecinueve mil ($ 19.000.-) IVA incluido.
Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Presupuesto Oficial para la contratación en cuestión que asciende a pesos noventa y siete mil setecientos treinta y nueve con 18/100 ($ 97.739,18) IVA incluido (fs. 65).
Que de esta manera la dependencia referida acompañó el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones (fs. 69/76) y el Listado de Empresas a Invitar a cotizar que se encuentran inscriptas ante el Registro Único y Permanente de Proveedores del G.C.B.A. para el rubro 9902. Asimismo dejó sentado que también se comunicará el llamado a la última adjudicataria de la Contratación Menor N° 01/2011 “Óptica Cosentino SACI”, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos (fs. 30/32).
Que a fin de dar cumplimiento a lo previsto por la Ley 70, se dio intervención a la Dirección de Programación y Administración Contable para que realice la afectación presupuestaria respectiva del presente gasto. En tal sentido, a fojas 33/34, 35/36, 60/61 y 77/78 lucen las constancias de Registración N° 2/09 2013, 890/09 013, 283/10 2013 y 512/10 2013 que dan cuenta de la existencia de partida presupuestaria suficiente.
Que mediante Dictamen Nº 5337/2013 tomó intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado, manifestó que “(…) a fs. 69/76 obra agregado el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor N° 4/2013, el cual debería aprobarse por considerarse apto” y concluyó que “(…) nada obsta, desde el punto de vista jurídico, para la prosecución del trámite del presente expediente” (fs. 29).
Que en este estado, de acuerdo a los antecedentes mencionados, no resta más que autorizar el llamado a la Contratación Menor Nº 04/2013 conforme lo propiciado y aprobar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones.
Que finalmente, conforme el artículo 98 de la Ley Nº 2095 y toda vez que la Contratación Menor es un procedimiento de contratación directa, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que publique por un (1) día en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el llamado a Contratación Menor Nº 04/2013 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video para el Departamento de Prensa y el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto de pesos noventa y siete mil setecientos treinta y nueve con 18/100 ($ 97.739,18) IVA incluido.
Artículo 2º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 04/2013 que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de tres (3) posibles oferentes debidamente inscriptos en el RIUPP, a la última adjudicataria de la Contratación Menor N° 01/2011 “Óptica Cosentino SACI”, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos y realizar los anuncios en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial.
Artículo 4º: Establézcase el 12 de noviembre de 2013 a las 16 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación y el 15 de Noviembre de 2013 a las 16 horas, como fecha límite para la presentación de ofertas.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Secretaría de Innovación y por su intermedio a la Dirección de Informática y Tecnología, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Prensa y al Centro de Formación Judicial. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
Res. OAyF Nº 201 /2013
ANEXO I
CONTRATACIÓN MENOR Nº 4/2013 (RES. OA y F Nº 201 /2013)
ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE FOTOGRAFÍA, AUDIO Y VIDEO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PLIEGO
4. RENGLONES A COTIZAR
5. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
6. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
7. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
9. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
10. FORMA DE COTIZACIÓN
11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
12. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
13. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
14. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
15. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
16. CIERRE POR VACACIONES
17. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
18. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
19. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
20. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
21. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
22. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
23. PAGO – PLAZOS
24. MORA
25. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
26. ADJUDICACIÓN
27. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
28. COMPETENCIA JUDICIAL
29. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
El presente llamado a Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 y las disposiciones contenidas en el presente Pliego.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Contratación Menor Nº 04/2013 tiene por objeto la adquisición de equipamiento de Fotografía, Audio y Video para el Departamento de Prensa y el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. PLIEGO
El Pliego que rige la Contratación Menor Nº 04/2013, es remitido sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación y por la misma vía.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Provisión de una (1) lente marca Canon, modelo EF 70-200 mm f/2.8L USM o similar, compatible con la cámara marca Canon modelo EOS REBEL T1I, conforme las características indicadas a continuación.
Características:
· Montura compatible con cámara Canon modelo EOS REBEL T1I
· Teleobjetivo zoom distancias focales de 70 a 200 mm.
· Apertura de diafragma máxima constante de f/2,8.
· Apertura de diafragma mínima de 32.
· Distancia mínima de enfoque de 1,5 m.
· Aumento máximo de 0,16 utilizado a 200 mm.
· Autofocus.
· Enfoque manual continuo mecánico incorporado.
· Peso máximo de 1.310 g.
· Deberá incluir la tapa de objetivo, el parasol y el estuche correspondiente.
· Deberá contar con una garantía por un plazo mínimo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de emisión del Parte de Recepción Definitiva.
· El proveedor deberá contar con un servicio técnico con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que deberá cubrir tanto el cumplimiento de la garantía correspondiente como el servicio post garantía.
Renglón 2: Provisión de una (1) cámara fotográfica de 14 o más megapíxeles, digital, tipo Nikon Coolpix S3100, o similar, conforme las características indicadas a continuación:
Características:
· Resolución de 10 millones de pixeles reales como mínimo.
· Zoom óptico de 5 aumentos como mínimo.
· Distancia focal equivalente a formato de 35 mm: 26-130 mm
· Apertura de diafragma F3,2-6,5.
· Distancia de enfoque mínima: 50 cm o menor.
· Distancia de enfoque mínima en modo Macro: 10 cm o menor.
· Deberá poseer al menos sensibilidades desde ISO 80 a ISO 3200.
· Pantalla de visualización LCD TFT de 2,7” cómo mínimo.
· Deberá poseer enfoque automático.
· Memoria interna: 45 MB como mínimo.
· Capacidad para uso de tarjetas de memoria (preferentemente SD).
· Las imágenes de salida deben ser de formato JPEG.
· Debe contar con sistema de estabilización de imágenes.
· Debe contar con la posibilidad de grabar video con una resolución de 1280 píxeles como mínimo a 30 cuadros por segundo con sonido estéreo.
· Debe contar con flash automático incorporado.
· Debe permitir conexiones a través de un puerto USB 2.0.
· Debe contar con la capacidad de seleccionar el modo de escena óptimo en situaciones fotográficas habituales.
· Deberá contar con el cargador de batería correspondiente, el que debe ser apto para operar con una tensión de 220 V 50 Hz.
· Deberán suministrarse la batería, el cable USB, la correa, la tapa del objetivo y el software correspondiente.
· Deberá contar con una garantía por un plazo de doce (12) meses como mínimo, contados a partir de la fecha de emisión del Parte de Recepción Definitiva.
· El fabricante deberá contar con Servicio Técnico oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Renglón 3: Provisión de seis (6) proyectores portátiles digitales, conforme las características indicadas a continuación.
Características:
· Brillo: 2400 Ansi lúmenes como mínimo.
· Resolución nativa: debe soportar XGA 1024x768 Pixeles.
· Control remoto: función mouse, apuntadores, volumen, cambio entre video y computadora, zoom, menú de ajustes.
· Contraste: 2000:1 como mínimo.
· Corrección trapezoidal: vertical +/- 30 grados como mínimo.
· Método de proyección: Proyección frontal, posterior y del techo.
· Duración de la lámpara: 3000H (alta luminosidad), 4000H (estándar) como mínimo.
· Conectividad: Entrada conector HD 15 Pines, entrada para video compuesto, entrada para S-Video, salida de audio minijack stereo.
· TV Compatible: NTSC, PAL.
· Reproducción de Colores: 16 bits como mínimo.
· Amplificación de sonido: 10 watts como mínimo.
· Distancia de proyección: desde 1,2 metros hasta 9 metros como mínimo.
· Alimentación: CA 220 V, 50 Hz.
· Debe incluir cable de monitor, cable de alimentación de 220V, soporte, soporte para instalación en techo, estuche para transporte, manual y software.
· Deberá contar con una garantía por un plazo de doce (12) meses como mínimo, contados a partir de la fecha de emisión del parte de recepción definitiva.
Renglón 4: Provisión de una cámara filmadora digital tipo Sony HDR-CX220 o similar, conforme las características indicadas a continuación.
Características:
· Resolución de 1920x1080 pixeles.
· Zoom óptico de 12 aumentos como mínimo.
· Rango de apertura de diafragma de F2.0-4.0 como mínimo.
· Distancia de enfoque mínima de 50 centímetros o menor.
· Distancia de enfoque mínima en modo Macro: 10 centímetros o menor.
· Pantalla de visualización LCD TFT de 2,7” como mínimo.
· Enfoque automático.
· Memoria: capacidad para uso de tarjetas de memoria (preferentemente SD)
· Debe contar con sistema de estabilización de imágenes.
· Debe contar con la posibilidad de grabar video con una resolución de 1920x1080 pixeles como mínimo a 60 cuadros por segundo con sonido monoaural.
· Debe permitir conexiones a través de un puerto USB 2.0 como mínimo.
· Debe contar con la capacidad de seleccionar el modo de escena óptica en situaciones habituales: retrato, paisaje, detección de caras, etc.
· Deberá contar con el cargador de batería correspondiente, el que deberá ser apto para operar con una tensión de 220 V, 50 Hz.
· Deberán suministrarse la batería, el cable USB, la correa, la tapa de objetivo y el software correspondiente.
· Deberá contar con una garantía por un plazo mínimo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de emisión del parte de recepción definitiva.
Renglón 5: Provisión de un (1) equipo de audio portátil tipo Fender Passport 500 o similar, de calidad profesional, apto para uso corporativo, conforme las características indicadas a continuación.
Amplificador con Consola:
· Amplificador de 500 Vatios de potencia.
· Ocho (8) canales.
· Seis (6) entradas XLR de micrófonos como mínimo.
· Dos (2) entradas de línea/micrófono de ¼” como mínimo.
· Dos (2) entradas estéreo con conectores de ¼” y mini 1/8 como mínimo.
· Salida estéreo mini 1/8” como mínimo.
· Salida de subwoffer.
· Controles de tono, nivel y cámara de reverberancia para cada canal.
· Controles maestros de volumen y tono.
· Dos (2) bafles con parlantes con capacidad de reproducir agudos, medios y graves.
· Capacidad de grabar el sonido reproducido a través de un puerto USB.
· Deberá incluir los cables para los parlantes y el cable de alimentación.
Micrófonos:
· Deberá incluir dos (2) micrófonos de mesa con soporte y dos (2). micrófonos corbateros con sus correspondientes emisores y una base receptora doble.
5. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
Los interesados en participar en la presente contratación deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).
La inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación.
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Para más datos, podrá concurrir a Av. Roque Sáenz Peña 547 piso 8 de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4342-5052 Internos 100, 134 y 135 o el que oportunamente se determine.
6. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
El oferente deberá constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si ello se omitiera, se tendrá como domicilio constituido el declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
7. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
El oferente deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 79º de la Ley Nº 2095, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010.
Las consultas relacionadas con la presente contratación se realizan ante la Dirección de Compras y Contrataciones, que funge como Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, teléfono fax 40080384, o por escrito, hasta las 16:00 horas del día 12 de noviembre de 2013.
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. La oferta podrá ser presentada por escrito, o ser remitida por fax al 40080384 o correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, hasta las 16:00 horas del día 15 de noviembre de 2013.
8.1.1. De optar por la presentación por escrito, la oferta deberá integrarse en sobre o paquete cerrado, por duplicado, firmada por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.
La presentación deberá hacerse de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 18.00 horas en la Mesa de Entrada de este Consejo sita en Av. Julio A. Roca 516, debiendo estar dirigidas a la Dirección de Compras y Contrataciones e indicando como referencia “Contratación Menor Nº 04/2013, Expediente CM Nº DCC 239/13-0” acompañando los requisitos y/o documentación –cuando correspondiere- estipulados en los Puntos 6, 7, 13, 14 y 15 del presente Pliego.
8.1.2. En caso de optar por la cotización vía fax o correo electrónico, los requisitos y/o la documentación requerida en los Puntos 6, 7, 13, 14 y 15 del presente Pliego podrán ser presentados –cuando correspondiere- por la misma vía.
La documentación y/o requisitos mencionados en los puntos precedentes que se omitieren enviar, deberán ser integrados dentro del plazo para presentación de ofertas, sin perjuicio de que el organismo licitante haga uso o no de la facultad de intimar a su presentación
9. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación del Pliego de Bases y Condiciones con la oferta.
10. FORMA DE COTIZACIÓN
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en números y en letras, indicando precio unitario y precio total, por renglón y en pesos.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera.
Asimismo, la oferta deberá incluir los costos de entrega de los bienes adjudicados, los cuales serán sin cargo para este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
12. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
Conforme el Artículo 101º, Inciso a) de la Ley Nº 2.095, no será necesario constituir garantías de mantenimiento de oferta, ni de cumplimiento de contrato en las compras o contrataciones mediante el procedimiento de contratación menor.
13. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
De no contar con dicho certificado actualizado, el oferente podrá presentarlo con posterioridad en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ante el R.I.U.P.P., o podrá ser solicitado por el Consejo de la Magistratura, previo a la evaluación de su oferta.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas, se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.buenosaires.gov.ar/apps/rdam/
14. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
Por aplicación de la Resolución Nº 1814/AFIP/05 (B.O. Nº 30.569 de fecha 13/01/2005), en las contrataciones, licitaciones y/o concursos, cuando la propuesta económica supere los Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000), las empresas deberán contar con el “Certificado Fiscal para Contratar”, con vigencia actualizada presentado en el R.I.U.P.P.
De no contarse con el Certificado Fiscal mencionado en vigencia, el Consejo de la Magistratura, previo a la adjudicación intimará a su presentación en un plazo de setenta y dos (72) horas en la Mesa de Entradas.
En caso de que la empresa contara con la solicitud de ese Certificado, sin necesidad de requerimiento posterior de ninguna especie, dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción de la solicitud ante el Organismo emisor del respectivo certificado, los oferentes que no lo hubieran hecho, deberán entregar el Certificado Fiscal aludido.
Durante el plazo mencionado anteriormente, el Consejo de la Magistratura no se pronunciará sobre el resultado del procedimiento licitatorio, salvo que surja el descarte de la respectiva oferta por otros motivos o la misma resultare no conveniente para la Administración.
Se descartará la oferta de aquel proveedor que no dé cumplimiento a la intimación aludida en el párrafo 2º o a lo indicado en el párrafo 3º.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.afip.gov.ar
15. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
Los proponentes deberán presentar una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por los Arts. 95º y 96º la Ley Nº 2095.
El Consejo de la Magistratura podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
16. CIERRE POR VACACIONES
No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos.
17. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
18. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
El plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados no será superior a quince (15) días, contados a partir de la recepción de la orden de compra.
La provisión deberá ser efectuada en las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que oportuna y fehacientemente comunique el Consejo de la Magistratura a tales efectos.
Tanto el flete y la descarga correrán por cuenta del adjudicatario, resultando sin cargo para este Consejo de la Magistratura.
No se requerirá la conformidad del Consejo de la Magistratura antes de la entrega.
19. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley.
20. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El Consejo de la Magistratura se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
21. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en la Av. Julio A. Roca 516 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 8:00 a 18:00 horas.
La Dirección de Programación y Administración Contable, no recibirá ninguna factura que no este acompañada del Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por la Comisión de Recepción.
22. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en la Dirección de Programación y Administración Contable, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).
En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8° del Decreto N° 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza N° 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto N° 706/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.689).
23. PAGO – PLAZOS
El pago se efectuará en pesos, dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura acompañada del correspondiente Parte de Recepción Definitiva.
Sin perjuicio de ello, en caso de detectarse hechos que pudiesen generar la imposición de sanciones al contratista, mientras se sustancie el procedimiento respectivo el Consejo podrá suspender el plazo de pago por treinta (30) días.
24. MORA
En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta treinta (30) días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo.
25. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
El número de CUIT correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 30-70175369-7.
26. ADJUDICACIÓN
La Dirección de Compras y Contrataciones mantendrá en estricta reserva las propuestas económicas que vaya recibiendo, asignándoles una numeración según el orden de su recepción.
Al momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas la Dirección de Compras y Contrataciones, ante los interesados que estuvieren presentes, labrará un acta de estilo que detallará la cantidad de ofertas recibidas, el orden y la vía de su presentación, el nombre de las firmas oferentes y toda otra eventualidad que considere oportuna, incorporando las propuestas a las respectivas actuaciones.
Posteriormente, previa verificación de la inscripción de los oferentes al R.I.U.P.P. y de su estado registral, elaborará el cuadro comparativo y elevará las actuaciones a la Oficina de Administración y Financiera para su consideración y resolución.
27. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario el descarte de la oferta, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.
28. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia del fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
29. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.