Buenos Aires, 20 de octubre de 2017
RES. OAyF Nº 281/2017
VISTO:
El Expediente DGCC N° 041/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de Sistemas de Prevención y Extinción de Incendios para los Centros de Cómputos del Poder Judicial”; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF Nº 199/2017 y Resolución OAyF N° 215/2017 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 9/2017 de etapa única, bajo la modalidad de llave en mano, que tiene por objeto la provisión y puesta en funcionamiento de un sistema de prevención y extinción de incendios para los Centros de Cómputos existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexos I y II integran esa Resolución y conforme la Circular Sin Consulta 1 aprobada por Resolución OAyF N° 215/2017, con un presupuesto oficial de tres millones setecientos cuarenta y nueve mil ciento setenta y un pesos con 69/100 ($3.749.171,69) IVA incluido (fs. 138/153 y fs. 198/204).
Que cabe destacar que por Resolución OAyF N° 215/2017 se rectificó el artículo 1° de la Resolución OAyF Nº 199/2017, a la vez que se aprobó la Circular Sin Consulta N° 1 ut supra referida, y se estableció el 8 de septiembre a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura pública de ofertas.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones designó al responsable de asistir al acto de apertura de ofertas, a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas y al Director de Informática y Tecnología como responsable técnico (fs. 155) y los notificó (fs. 156/157 y fs. 207/209). A su vez, puso en conocimiento de la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión la tramitación de la Licitación en cuestión (fs. 161 y fs. 210/211).
Que se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 162/163 y fs. 214/215), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 164/165 y fs. 216/217), y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 166/175 y fs. 218/235). Por otro lado, se realizaron las publicaciones de la convocatoria en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 158 y fs. 206) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 176/177 y fs. 236/237).
Que a fojas 238 se encuentra agregado el Listado de Entrega de los Pliegos de Bases y Condiciones necesarios para participar en el proceso licitatorio de marras y a fojas 239/242 lucen incorporadas en copias las constancias suscriptas por las firmas que procedieron a su retiro.
Que así las cosas, el 8 de septiembre de 2017 se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 16/2017 (fs. 245/246). Allí se dejó constancia de la presentación ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de dos (2.-) sobres conteniendo ofertas, pertenecientes a las firmas: AJYB S.R.L. -obrante a fojas 249/331- por la suma de cuatro millones doscientos diecisiete mil novecientos sesenta pesos con 28/100 ($4.217.960,28) IVA incluido y CENTRY S.A. -agregada a fojas 334/546- por un monto de tres millones novecientos noventa y ocho mil novecientos veinte pesos con 80/100 ($3.998.920,80) IVA incluido. A su vez, las firmas oferentes AJYB S.R.L. y CENTRY S.A. presentaron una póliza de seguro de caución por las sumas de doscientos once mil pesos ($211.000,00) y de ciento noventa y nueve mil novecientos cuatro pesos con 04/100 ($199.904,04), respectivamente, la cuales fueron remitidas a la Dirección General de Compras y Contrataciones para su debido resguardo (fs. 547).
Que en otro orden de ideas, a fojas 548/553 se incorporaron las constancias referidas a las oferentes, obtenidas del BAC (Sistema de Compras Públicas) y a fojas 588/591 se agregaron las consultas efectuadas al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Que por otra parte, la Unidad de Evaluación de Ofertas intimó a AJYB S.R.L. y a CENTRY S.A. a cumplimentar cierta documentación faltante, de acuerdo a distintos Puntos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública en trámite (fs. 554/559).
Que en respuesta, la firma CENTRY S.A. realizó las presentaciones que se hallan agregadas a fojas 562/574 y 592/596 (Actuación N° 21292/17 y Actuación N° 21877/17). En particular, se destaca que la firma en cuestión presentó un cheque certificado contra entidad bancaria, por la suma de cuarenta y dos pesos ($42,00), para completar la garantía de oferta. Ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 100 del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014.
Que a su vez, la firma AJYB S.R.L. realizó su correspondiente presentación por Actuación N° 21487/17, que se encuentra agregada a fojas 577/587.
Que en ese estado, la Unidad de Evaluación de Ofertas dio intervención a la Dirección General de Informática y Tecnología en su carácter de responsable técnico de la presente Licitación (fs. 597) y esa dependencia manifestó que la empresa AJYB S.R.L “…conforme a lo solicitado en el PET no cumple con las especificaciones requeridas” y que la firma CENTRY S.A. “cumple con la totalidad de los requerimientos…” (v. Nota N° 499 agregada a fojas 599).
Que luego, mediante Actuación N° 22261/17 (fs. 601/627) se agregó una nueva presentación por parte de la firma AJYB S.R.L.
Que a fojas 628/633 se agregaron las consultas efectuadas a la Administración Federal de Ingresos Públicos, relativas a los Certificados Fiscales para Contratar de la firma AJYB S.R.L.
Que a fojas 634/642 se agregó el Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Unidad de Evaluación de Ofertas en el cual se dejó constancia del análisis practicado sobre las tres oferentes en la Licitación en curso.
Que en relación a la oferta presentada por AJYB S.R.L., expuso –entre otras cuestiones-lo siguiente: “…A fs. 628/633 se agrega la consulta efectuada por esta Comisión a la página web de la A.F.I.P., de la que surge que el último Certificado Fiscal para contratar otorgado a la oferente (…) no se encuentra vigente a la fecha, habiendo vencido ampliamente el plazo consignado en el tercer párrafo del artículo 29 del Pliego de Bases y Condiciones Generales”. Luego, manifestó que el listado de antecedentes requerido en el punto 8 del Pliego de Condiciones Particulares “carece de los contactos que exige el punto mencionado. Respecto de la aclaración solicitada con respecto a la Propuesta Técnica presentada, la firma manifiesta que ´(…)se presentará una vez adjudicado el servicio´”. Por otro lado, indicó que “a fs. 584 esta Comisión efectúa un nuevo pedido de información adicional a la oferente a fin de cumplimentar lo requerido por el punto 8 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares en cuanto a ‘(…) presentar una carta de respaldo de los fabricantes’. La respuesta, que no cubre los requerimientos solicitados, fue además presentada fuera del plazo otorgado, por lo que se considera como no cumplido el punto en cuestión”. Finalmente, destacó lo informado por la Dirección General de Informática y Tecnología por cuanto la oferta de dicha firma “no cumple con las especificaciones requeridas”. Por lo expuesto, la Unidad de Evaluación de Ofertas estimó que la oferta presentada por AJYB S.R.L. ha de ser considerada oferta no admisible.
Que en relación a la oferta presentada por CENTRY S.A., la Unidad de Evaluación de Ofertas estimó que “debe ser considerada oferta admisible”.
Que en consecuencia, la Unidad de Evaluación de Ofertas, concluyó que “corresponde preadjudicar la presente Licitación Pública N° 09/2017 a la firma CENTRY S.A. por un total de tres millones novecientos noventa y ocho mil novecientos veinte pesos con 80/100 ($3.998.920,80)”.
Que se agregó la constancia de notificación de lo dictaminado a los oferentes (fs. 645) y la constancia de recepción por parte de AJYB S.R.L. (fs. 646) y de CENTRY S.A. (fs. 647). A su vez, se procedió a realizar la publicación del Dictamen referido en la página de Internet de este Consejo (fs. 643/644).
Que se publicó el Dictamen de la Unidad de Evaluación de Ofertas en el Boletín Oficial de la CABA N° 5229 (v. fs. 653/658).
Que requerida que fuera al efecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen N° 7917/2017. Allí, luego de realizar una breve reseña de lo actuado y el análisis jurídico pertinente concluyó: “Consecuentemente con todas las consideraciones precedentemente expuestas, teniendo en cuenta el Dictamen de Evaluación de Ofertas producido en estos obrados, así como la normativa legal vigente aplicable al caso, y la intervención del área técnica pertinente (Dirección General de Informática y Tecnología), esta Dirección General de Asuntos Jurídicos opina que, nada obsta, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 659/662).
Que en este estado puesto a resolver, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso licitatorio, visto el informe técnico de la Dirección General de Informática y Tecnología en su carácter de responsable técnico y los dictámenes de la Unidad de Evaluación de Ofertas y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 9/2017.
Que asimismo, en línea con el informe técnico de la Dirección General de Informática y Tecnología y en consonancia con lo dictaminado por la Unidad de Evaluación de Ofertas y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá adjudicar la Licitación Pública Nº 9/2017 a la firma CENTRY S.A., por la suma total de tres millones novecientos noventa y ocho mil novecientos veinte pesos con 80/100 ($3.998.920,80) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 334/546, 562/574 y 592/596 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y la Circular Sin Consulta 1 de esa Licitación. Ello, por resultar técnicamente admisible y conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura.
Que en tal sentido se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que realice todas las comunicaciones y publicaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar a la firma que resultó adjudicataria y a la otra firma oferente.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 9/2017 de etapa única, bajo la modalidad de llave en mano, que tiene por objeto la provisión y puesta en funcionamiento de un sistema de prevención y extinción de incendios para los Centros de Cómputos existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexos I y II integran la Resolución OAyF N° 199/2017 y conforme lo dispuesto por Resolución OAyF N° 215/2017.
Artículo 2º: Adjudíquense la Licitación Pública Nº 9/2017 a la firma CENTRY S.A., por la suma total de tres millones novecientos noventa y ocho mil novecientos veinte pesos con 80/100 ($3.998.920,80) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 334/546, 562/574 y 592/596y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y la Circular Sin Consulta 1 de esa Licitación. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar todas las comunicaciones y publicaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar a la firma que resultó adjudicataria y a la otra firma oferente.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, para la prosecución del trámite.
RES. OAyF Nº 281/2017