Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 03/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 03/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 03/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Buenos Aires, 22 de marzo de 2010.
VISTO:
el Expediente OAyF Nº 186/09-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 03/2010; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 56/65 luce la Resolución OAyF Nº 248/2009 mediante la cual se autoriza el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 03/2010, encuadrada en las disposiciones de los Artículos 25º, 27º, 31º, 32º y ccdtes. de la Ley Nº 2095 y la Res. CM Nº 445/07, cuyo objeto es la adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de un sistema de sonido y un sistema de grabación integrados para la Sala de reuniones del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Que a fs. 67 luce la Res. OAyF Nº 01/2010 mediante la cual se rectifica el Artículo 1º de la Res. OAyF Nº 248/2009 y en consecuencia se establece el presupuesto oficial de contratación en la suma de sesenta y un mil doscientos ochenta pesos ($ 61.280) IVA incluído.
Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del Visto, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la Cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 74) en el Boletín Oficial (fs. 75/76) en la portal de Internet del Poder Judicial y se han diligenciado satisfactoriamente las cédulas dirigidas a diferentes firmas del rubro, invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs.77/90).
Que a fs. 92 se agrega la constancia de la realización de la charla informativa del día 19 de enero del corriente, que contó con la presencia del Sr. Director de Compras y Contrataciones, el Sr. Martin Sznaider (ARS Thecnologies S.R.L.), Sr. Gabriel Toso (Tavis) y Roberto Gutierrez (ICAP). A fs. 93 luce la Planilla de retiro de pliegos y a fs. 94/95 las constancias del pago en el Banco Ciudad.
Que con fecha 09 de febrero de 2010 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 07/2010 (fs. 98), mediante la cual se acreditó la presentación de un sobre conteniendo oferta ante la Mesa de Entradas que se individualiza a fs. 99 como perteneciente a la firma ICAP S.A. por un monto de oferta de veinticuatro mil veintiocho dólares con 76/100 ( U$S 24.028,76). A fs. 100/178 se agrega la oferta y documentación presentada por el oferente.
Que la Dirección de Informática y Tecnología tomó intervención en calidad de área técnica a fin de brindar la asistencia técnica especializada solicitada por la Comisión de Preadjudicaciones en los términos del art. 45 del Decreto Nº 408/07 reglamentario del art. 105 de la Ley 2095. En virtud de su intervención técnica la Dirección de Informática requiere una serie de consultas a efectuarse a la oferente.
Que a fs. 187/190 luce el Dictamen de Evaluación de Ofertas elaborado por la Comisión de Preadjudicaciones donde, luego de reseñar los antecedentes del procedimiento y analizar la documentación presentada en la oferta, informa que la oferente no dió cumplimiento a la integración de la garantía de oferta en los términos exigidos por el art. 6º del Pliego de Bases y Condiciones Generales y el art. 99 de la Ley 2095, dando lugar a la causal de descarte de la oferta, atento lo cual no resulta procedente dar traslado del requerimiento técnico.
Que además la oferta económica presentada excede en aproximadamente un 50% el Presupuesto Oficial siendo entonces inconveniente. En ese estado, el referido colegiado concluye que dicha presentación resulta ser una oferta inadmisible, por lo tanto considera que corresponde declarar el fracaso de la presente Licitación Pública Nº 03/2010 , por no haberse recibido ofertas admisibles.
Que a fs. 194 se agrega la cédula comunicando al oferente lo dictaminado; a fs. 196 y 203 se agrega la solicitud de publicación del mismo en la página Web del Consejo de la Magistratura y a fs.199/202 luce la constancia de publicación de la Conclusión del Dictamen en el Boletín Oficial. Seguidamente, el Jefe de Departamento de Mesa de Entradas informa que, habiéndose cumplido el plazo de impugnación al Dictamen de Evaluación de Ofertas, hasta el día 12 de marzo de 2010, inclusive, no ingresaron por esa Mesa de Entradas actuaciones relacionadas con la publicación del mismo, efectuada en la Cartelera del Consejo de la Magistratura desde el día 08 de marzo de 2010 hasta el día 09 de marzo 2010 inclusive, tal como se extrae de fs. 204.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 3348/2010 donde luego de un resumen de las constancias obrantes en autos, manifiesta que nada tiene que objetar desde el punto de vista jurídico a lo dictaminado oportunamente por la Comisión de Preadjudicaciones.
Que en este estado las cosas, acreditada la intervención de las áreas pertinentes, cumplidos y verificados todos los pasos propios del procedimiento licitatorio, oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos así como la recomendación de la Comisión de Preadjudicaciones compartiendo la misma no resta más que declarar fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 03/2010 en virtud que la única oferta presentada resulta inadmisible.
Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificada por la Ley 3389);
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 03/2010, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordenara. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.