Buenos Aires, 04 de abril de 2014
RES. OAyF Nº 109 /2014
VISTO:
El Expediente DCC N° 074/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Pins para la Feria del Libro 2014”, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 79/2014 se autorizó el llamado a Contratación Menor Nº 13/2014 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) pines del Observatorio de Género en la Justicia para la participación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Feria del Libro 2014 en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de sesenta y ocho mil doscientos pesos ($ 68.200,00), IVA incluido (fs. 50/57).
Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 79/2014 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 61) y se dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 62).
Que se remitieron comunicaciones electrónicas a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 63), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 64), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 66) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 69/82).
Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 83 y conforme fuera previsto en la Resolución OAyF N° 79/2014, el 28 de marzo de 2014 se realizó el acto de apertura de ofertas. Allí se hizo constar la recepción de dos (2.-) ofertas en la Dirección de Compras y Contrataciones, remitidas por las empresas “Merchandising” de Fernando Julián Lagarés y de Vertex Computers S.A. por un monto de cincuenta y un mil cuatrocientos pesos ($ 51.400,00) IVA incluido y sesenta y nueve mil pesos ($ 69.000,00) IVA incluido, respectivamente. En tal sentido, a fojas 84/86 y 87/ 94 se encuentran incorporadas las ofertas de “Merchandising” de Fernando Julián Lagarés y de Vertex Computers S.A..
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones agregó la consulta relativa al estado registral del oferente, efectuada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de las ofertas (fs. 95/97). A su vez, solició cierta documentación faltante a ambas oferentes (fs. 98 y 100).
Que por otra parte, debido a la omisión de la presentación del certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos por parte de las oferentes, procedió a efectuar su consulta vía web (fs. 102/104).
Que luego, la mencionada Dirección elaboró el Cuadro Comparativo de Precios, con su respectivo Anexo, correspondiente a las ofertas presentadas (fs. 111/112).
Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 5614/2014 tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, manifestó que “en la presente Contratación Menor N° 13/2014, regido por el art. 38 de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, han presentado ofertas las empresas mencionadas precedentemente, destacándose que la firma FERNANDO JULIAN LAGARES no ha acompañado el certificado fiscal para contratar exigido por el punto 14 del Pliego, no obstante habérselo requerido la Dirección de Compras y Contrataciones mediante correo electrónico agregado en estas actuaciones”. Luego concluyó: “Consecuentemente con ello, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, esta Dirección General opina que, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones a los fines previstos por el art. 109 de la ley 2095, modificado por la ley 4764, en el sentido que: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación…” (fs. 117/118).
Que posteriormente, y a solicitud de la Dirección de Compras y Contrataciones, la firma Vertex S.A. confirmó que “todas las características solicitadas en el pliego están contempladas en nuestra oferta” (v. correo electrónico de fs. 122).
Que puesto a resolver, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Compras y Contrataciones y por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales como área técnica competente, así como también lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 13/2014 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) pines del Observatorio de Género en la Justicia para la participación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Feria del Libro 2014, en la forma, cantidades, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 79/2014.
Que por otra parte, corresponderá descartar la oferta presentada por la firma “Merchandising” de Fernando Julian Lagares, en los términos del punto 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares antes referido. Asimismo, toda vez que la oferta presentada por la Vertex S.A. cumple con las especificaciones técnicas requeridas, a la vez quee resulta ser conveniente a los intereses de este Consejo de la Magistratura teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones (conforme criterio de selección establecido en el artículo 108º de la Ley 2095). En tal sentido, habiendo dado su conformidad el área técnica competente y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá adjudicar la Contratación Menor N° 13/2014 a dicha firma por un monto de sesenta y nueve mil pesos ($ 69.000,00) IVA incluido, conforme la propuesta económica de fojas 87/94 y 122 y según el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 79/2014.
Que así las cosas, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma que en el presente acto resulte adjudicataria del material necesario para confeccionar los pines en cuestión.
Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 13/2014 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) pines del Observatorio de Género en la Justicia para la participación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Feria del Libro 2014, en la forma, cantidades, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 79/2014.
Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Menor N° 13/2014 a la empresa Vertex S.A. por un monto de sesenta y nueve mil pesos ($ 69.000,00) IVA incluido, conforme la propuesta económica de fojas 87/94 y 122 y según el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 79/2014. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente.
Artículo 3°: Dése intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma adjudicataria del material necesario para confeccionar los pines en cuestión.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, al Observatorio de Género en la Justicia y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
RES. OAYF Nº 109 /2014