Buenos Aires, 02 de septiembre de 2014
Res. OAyF Nº 279 /2014
VISTO:
El Expediente DCC N° 207/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Enmarcado de las Ilustraciones del Libro Principios de Yogyakarta” y;
CONSIDERANDO:
Que el presente Expediente se inició a raíz del requerimiento del Director de la Editorial Jusbaires a fin de que se proceda a contratar el enmarcado de cuadros de las ilustraciones originales de la edición del libro “Principios de Yogyakarta” que serán utilizados para las próximas presentaciones de la publicación. En tal sentido, adjunta los presupuestos solicitados a distintas firmas y las características técnicas pertinentes (v. Memo N° 0082/2014 de fs. 3/9).
Que entonces, esta Oficina de Administración y Financiera le solicitó a la Editorial Jusbaires que indicara el tipo de marco requerido (fs. 10) y esa dependencia especificó que el tipo de marco es de aluminio con vidrio (fs. 11).
Que posteriormente, la Editorial Jusbaires aclaró que lo solicitado revestía carácter urgente debido a que “las ilustraciones originales están guardadas en condiciones inadecuadas de conservación” (fs. 17).
Que a los efectos de verificar el cumplimiento del requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764, la Dirección de Compras y Contrataciones consultó el estado registral de las firmas indicadas por la Editorial Jusbaires a fojas 4/8 ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, de las que surge que sólo se encuentra inscripta la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone (fs. 18/23).
Que en este estado, en virtud de lo solicitado por la Editorial Jusbaires mediante Memo N° 0082/2014 con la urgencia de gran magnitud informada por esa dependencia, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia, economía y razonabilidad estipulados en el artículo 7° de la Ley 2095 y ante la constatación de que entre las firmas indicadas por la Editorial Jusbaires sólo la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone se encontraba inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable la adquisición mediante el procedimiento de Contratación Directa por Adjudicación Simple, de acuerdo a lo normado en el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764, reglamentada por la Resolución CM N° 01/2014. Ello, en el entendimiento de que “el curso de un procedimiento de selección bajo otra modalidad implicaría la prosecución del deterioro de las obras informadas” (fs. 24).
Que entonces, esa Dirección incorporó la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 52/2014 que contempla un único Renglón para la adquisición de veintinueve (29.-) enmarcados de cuadros de 50 cm x 30 cm, marco aluminio con vidrio (34/35) y el Anexo III (Pliego de Bases y Condiciones Generales) de la Resolución CM N° 01/2014 (fs. 26/33) cursados mediante correo electrónico a la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone (fs. 25).
Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica incorporada a fojas 37, la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone presentó una oferta que luce agregada a fojas 38/40 por un monto total de trece mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 28/100 ($ 13.755,28) IVA incluido.
Que a fojas 41 se incorporó la consulta efectuada ante el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la empresa MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone.
Que la Editorial Jusbaires -como área técnica competente- informó que las características técnicas de la oferta presentada por la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone son adecuadas a lo oportunamente requerido (v. Memo N° 0091/2014 de fs. 44).
Que acto seguido, se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 630/08 2014, cumplimentado de este modo lo establecido en la Ley 70 (fs. 46/47).
Que requerida que fuera al efecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 5868/2014 que, previa reseña de lo actuado, citó la normativa aplicable a la contratación de marras y finalmente concluyó que “…teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, esta Dirección General estima que si la autoridad competente considera que los fundamentos esgrimidos a fs. 24 cumplimentan lo previsto por la normativa legal vigente con relación a los requisitos exigidos para las contrataciones directas por adjudicación simple, nada obsta para la prosecución del trámite de las presentes actuaciones” (fs. 52/53).
Que entonces, de acuerdo a los antecedentes mencionados, en atención a lo solicitado por la Editorial Jusbaires (fs. 3/9 y 17), al encuadre realizado por la Dirección de Compras y Contrataciones en su proveído de fojas 24, a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y en atención al estado de tramitación en que los presentes llegan a tratamiento de quien suscribe, esta Oficina de Administración y Financiera entiende que excepcionalmente y dada la urgencia manifestada por la Editorial Jusbaires a fin de evitar que se dañen las ilustraciones originales de la edición del libro “Principios de Yogyakarta” y por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia, economía y razonabilidad estipulados en el artículo 7° de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764, resulta adecuado el encuadre bajo el procedimiento de Contratación Directa por Adjudicación Simple, de acuerdo a lo normado en el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764, reglamentada por la Resolución CM N° 01/2014.
Que entonces, corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 52/2014 que tiene por objeto la contratación de enmarcados de cuadros de las Ilustraciones del libro “Principios de Yogyakarta” y adjudicar el Renglón 1 a la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone por el monto total de trece mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 28/100 ($ 13.755,28) IVA incluido. Ello, de acuerdo con la propuesta económica obrante a fojas 38/40 y la Invitación a Cotizar de fojas 25/35.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para la confección de los veintinueve (29.-) enmarcados de cuadros.
Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 52/2014.
Artículo 2º: Adjudíquese el Renglón 1 de la Contratación Directa Nº 52/2014 a la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone por el monto total de trece mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 28/100 ($ 13.755,28) IVA incluido, de acuerdo con la propuesta económica obrante a fojas 38/40 y la Invitación a Cotizar de fojas 25/35. Ello, en función de los argumentos vertidos en los considerandos de la presente.
Artículo 3°: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma MyC Arte & Enmarcado de Miriam Gabriela Cartagerone del material necesario para la confección de los veintinueve (29.-) enmarcados de cuadros que se autorizó en el artículo 2° del presente acto.
Artículo 4°: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° del presente, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordenara y comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.