Buenos Aires, 23 de mayo de 2013
RES. OAyF Nº 113 /2013
VISTO:
El expediente DCC-065/13-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición del Certificado Digital Geotrust”; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Informática y Tecnología -en respuesta a una consulta de la Dirección de Compras y Contrataciones respecto al estado de la aplicación (funcionamiento y operación) de los certificados digitales contratados y sobre la necesidad de ampliar la contratación para más sitios- informa que “los certificados actualmente instalados han sido utilizados sin inconvenientes” y agrega que “analizadas las necesidades actuales del Poder Judicial hemos llegado a la conclusión de que es más conveniente la contratación de un tipo diferente de certificado al contratado anteriormente (Certificados para Servidor-SSL-TLS). El certificado propuesto, Certificados Geotrust, se licencia bajo el concepto de “comodín” y nos permitiría una utilización flexible ya que se puede utilizar indistintamente para diversos dominios sin la necesidad de adquirir nuevos certificados, además de permitir un considerable ahorro de dinero (…)” (Cfr. Nota Nº 12 a fs. 1).
Que en esa oportunidad y en virtud de lo manifestado, la Dirección de Informática y Tecnología esgrime que resultaría conveniente la adquisición de un certificado Geotrust (True BusinessID WildCard), sugiere que el plazo de contratación de este certificado debería ser de dos (2) años y adjunta documental informativa sobre dicho certificado (fs. 1/5).
Que la Secretaría de Innovación comparte lo manifestado por la Dirección de Informática y Tecnología en relación a la aplicación de certificados digitales y eleva las presentes actuaciones a esta Oficina de Administración y Financiera (fs. 6).
Que entonces, esta Administración General impulsa la adquisición del citado certificado (fs. 7) y la Dirección de Compras y Contrataciones incorpora a los presentes actuados los datos del proveedor conforme el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (fs. 12/13) y expresa que resultaría viable adquirirlo mediante una contratación directa, en el marco del inciso d) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del inciso 3) del artículo 28º de la Ley Nº 2095 (fs. 14).
Que en tal sentido, la Dirección de Compras y Contrataciones elabora un proyecto de Invitación a Cotizar y se lo remite para su revisión en conjunto con otras consultas técnicas a la Dirección de Informática y Tecnología (fs. 15) y esa dependencia responde a las mismas (fs. 16).
Que a fojas 17/18 obra la constancia de invitación a participar en la Contratación Directa Nº 02/2013 remitida a la firma Certisur S.A. con el detalle del certificado a cotizar.
Que la Dirección de Informática y Tecnología expone que la empresa Certisur S.A. realiza una observación sobre un ítem de la invitación a cotizar remitida con respecto al plazo de quince (15) días para la emisión del certificado y solicita que se realice una excepción en cuanto a dicho requerimiento ya que ese plazo no está completamente al alcance de la firma. En tal sentido, propone que se emita la Circular con Consulta Nº 1 (fs. 19/21).
Que en virtud de lo solicitado por Certisur S.A. y lo manifestado por la Dirección de Informática y Tecnología, se emite la Circular con Consulta Nº 1 en la que se realiza una modificación en el plazo de la contratación (cfr. fs. 19) la cual fue notificada a la firma (fs. 23/24).
Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 88, se ha recibido una oferta económica por parte de la firma Certisur S.A. -que luce incorporada a fojas 26/87 y entre la que se incluye la declaración de exclusividad de la firma a fojas 27- por la suma total de doce mil ochocientos cuarenta y siete pesos con 78/100 ($ 12.847,78) IVA incluido (fs. 26/87).
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se practica la afectación preventiva del gasto, conforme constancia de registración Nº 706/03 2013, acreditándose así la existencia de partidas presupuestarias suficientes (fs. 89/90).
Que requerida su intervención, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 5056/2013, previa reseña de lo actuado remarca que “…entre la documentación acompañada no se verifica la suscripción de la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar, exigida por el Pliego de Condiciones Generales”. Por ello considera que “previo al dictado del acto administrativo correspondiente, y por imperio del artículo 96 del Anexo I de la Resolución 810/10, reglamentario del art. 96 de la Ley 2095, así como por el artículo 10 del Pliego de Condiciones Generales, se deberá requerir al oferente que acompañe la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar exigida para llevar a cabo contrataciones con el Consejo de la Magistratura” (fs. 93).
Que a fojas 100/101 se incorpora la Declaración Jurada de Aptitud para contratar presentada por la firma Certisur S.A. y la Dirección de Informática y Tecnología informa que “la empresa Certisur S.A. es la única en la Argentina que comercializa el certificado Geotrust (True BusinessID Wildcard) y que no existe ningún sustituto equivalente” e insiste en que “deberá continuarse, en el ámbito de este Consejo de la Magistratura, con la utilización de los certificados para Servidor SSL TLS dado que aquel solicitado por estas actuaciones no es sino un complemento a los mismos” (fs. 107).
Que puesto a resolver, esta Administración General entiende configurado en este caso el supuesto exigido por la ley en cuanto a la exclusividad de la contratación Directa Nº 02/2013 tendiente a la adquisición de un (1) certificado digital Geotrust, True BusinessID Wildcard, con vigencia por dos (2) años desde su emisión. Ello, de conformidad con lo estipulado en el inciso d) del artículo 28º del anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del inciso 3) del artículo 28º de la Ley Nº 2095, que posibilita una contratación en la modalidad directa, de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 26/87.
Que corresponde destacar que la oferta oportunamente presentada por Certisur S.A. el 26 de marzo de 2013 tenía una vigencia de treinta (30) días por lo que su vencimiento operó el 25 de abril de 2013. Sin perjuicio de ello, esa oferta se encuentra prorrogada conforme el inciso e) del artículo 102 de la Resolución CM Nº 810/2010 así como por el punto c) de la Invitación a Cotizar que en su parte pertinente estipula que “al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso”.
Que en este sentido, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 02/2013 a la firma Certisur S.A., por la suma total de doce mil ochocientos cuarenta y siete pesos con 78/100 ($ 12.847,78) IVA incluido, en los términos y condiciones de la invitación a cotizar agregada a fojas 17, de la Circular con Consulta Nº 1 obrante a fojas 23 y de conformidad con la propuesta económica de fojas 26/87.
Que finalmente, lo resuelto deberá publicarse por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un (1) día en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página web del organismo.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º de la Ley 1988, sus modificatorias y de la Resolución CM Nº 819/2006;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en esta Contratación Directa Nº 02/2013, con el objeto de adquirir un (1) certificado digital Geotrust, True BusinessID Wildcard, con vigencia por dos (2) años desde su emisión.
Artículo 2º: Adjudíquese la Contratación Directa Nº 02/2013 a la firma Certisur S.A., por la suma total de doce mil ochocientos cuarenta y siete pesos con 78/100 ($ 12.847,78) IVA incluido, en los términos y condiciones de la invitación a cotizar agregada a fojas 17, de la Circular con Consulta Nº 1 obrante a fojas 23 y de conformidad con la propuesta económica de fojas 26/87.
Articulo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, y en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad, como así también a comunicarla a la adjudicataria.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Secretaría de Innovación y por su intermedio a la Dirección de Informática y Tecnología. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.
RES. OAyF Nº 113 /2013