Buenos Aires, 15 de noviembre de 2016
RES. OAyF (RE) Nº 013 /2016
VISTO:
El Expediente OAyF N° 236/16-0 caratulado “O. A. y F. s/ Insumos para la Semana de la Discapacidad s/ Caja Chica Especial” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución CM N° 160/2016 se aprobó la realización de diversas actividades que se llevarán a cabo entre el 29 de noviembre y el 2 de diciembre del corriente año en el marco de la denominada “Semana de la Discapacidad” y se encomendó al Departamento de Desarrollo Humano la coordinación desarrollo de las actividades en cuestión (fs. 16/17).
Que en tal sentido, el Departamento de Desarrollo Humano y la Dirección General de Factor Humano en su calidad de superior jerárquico, detallaron las actividades a realizarse y solicitaron, en lo que aquí interesa, la impresión de doce (12.-) diplomas “Prácticas Laborales CRAII”, la impresión de un (1.-) diploma de agradecimiento al coro estable de lengua de señas de la Municipalidad de Lanús, la impresión de once (11.-) diplomas “Prácticas Laborales UCA”, la confección de ciento veinte (120.-) invitaciones, la impresión de cien (100.-) folletos y la impresión de tres (3.-) afiches, de acuerdo a las especificaciones que detalló en el Memo DGFH S/N de fecha 8 de noviembre de 2016 (fs. 21/31).
Que por lo expuesto, a fin de dar respuesta a lo requerido por el Departamento de Desarrollo Humano y ante la urgencia que se presentó como evidente atento la proximidad del evento, esta Oficina de Administración y Financiera entendió pertinente imprimir a las presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 (fs. 33).
Que entonces, conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 37/38).
Que en consecuencia, se confeccionó una Invitación a Cotizar comprensiva de seis (6.-) renglones que contemplan los insumos requeridos, de acuerdo a las especificaciones allí detalladas que se ajustan a lo requerido por el Departamento de Desarrollo Humano. Luego, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se remitieron las invitaciones a cotizar a las firmas “La Grafika” (fs. 39), “Colores Australes” (fs. 40), “Grafica B612” (fs. 41), “Bleu Cards” (fs. 42) y “Centro Lavalle” (fs. 43).
Que debe señalarse que en las Invitaciones a Cotizar se especificó: “Los presupuestos deben contener las cotizaciones por renglón e indicar la cantidad, precio y fecha de vigencia de la oferta. Sin perjuicio de ello, a los efectos de la adjudicación se tendrán en cuenta la totalidad de los renglones y la adjudicación resultará íntegra a una sola empresa”.
Que a continuación, a fojas 44/48 se incorporaron las constancias de envío generadas automáticamente de las Invitaciones a Cotizar.
Que como resultado de la compulsa, se presentaron las siguientes propuestas: “La Grafika” -adjuntada a fojas 51/53- que cotizó lo requerido por el monto total de dos mil doscientos cuatro pesos con 62/100 ($2.204,62) IVA incluido, “Bleu Cards” -obrante a fojas 54/58- que agrupó los renglones detallados en la Invitación a Cotizar en cuatro (4.-) ítems por la suma total de tres mil seiscientos treinta y cinco pesos ($3.635,00) y “Centro Lavalle” -glosada a fojas 63/65- que ofertó lo solicitado por un monto total de dos mil seiscientos veintiún pesos con 20/100 ($2.621,20) IVA incluido.
Que entonces, se dio intervención al Departamento de Desarrollo Humano a fin de que en su carácter de área requirente y técnica competente analizara las propuestas recibidas de aquellas firmas que cotizaron la totalidad de los bienes requeridos (cfr. correos electrónicos de fs. 66/72). En respuesta, esa dependencia indicó que las firmas “La Grafika” y “Centro Lavalle” “(…) cumplen con lo solicitado para las actividades de la semana de la discapacidad” mientras que respecto de la firma “Bleu Cards” manifestó que “(…) no cumple con lo solicitado, atento que cotiza ilustraciones brillantes en lugar de mate y agrupa renglones en las impresiones” (cfr. correos electrónicos de fs. 73/78).
Que de acuerdo a lo antes reseñado y puesto a resolver, debe señalarse en primer lugar que todas las ofertas recibidas fueron presentadas en tiempo y forma por lo que deberán ser tenidas en cuenta. Por otra parte, del informe técnico elaborado por el Departamento de Desarrollo Humano, se desprende que las ofertas de las firmas “La Grafika” y “Centro Lavalle” se ajustan a lo solicitado por lo que resultan admisibles. En tanto, la oferta de la firma “Bleu Cards” resulta inadmisible.
Que en otro orden de ideas, de la comparación entre las ofertas técnicamente admisibles resulta que la correspondiente a la firma “La Grafika” es la más conveniente en términos económicos.
Que así las cosas, encontrándose cumplidos los trámites previstos en las Resoluciones CM Nº 97/2012 y CM N° 969/2010, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa atento la urgencia objetiva de la contratación solicitada por el Departamento de Desarrollo Humano y en atención a lo dispuesto por Resolución CM N° 160/2016, corresponderá autorizar el gasto con la firma “La Grafika” para la impresión de doce (12.-) diplomas “Prácticas Laborales CRAII”, la impresión de un (1.-) diploma de agradecimiento al coro estable de lengua de señas de la Municipalidad de Lanús, la impresión de once (11.-) diplomas “Prácticas Laborales UCA”, la confección de ciento veinte (120.-) invitaciones, la impresión de cien (100.-) folletos y la impresión de tres (3.-) afiches, por la suma total de dos mil doscientos cuatro pesos con 62/100 ($2.204,62) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 39 y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 51/53. Ello, por constituir una oferta que se ajusta a las especificaciones técnicas requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en consecuencia, deberá darse intervención a la Dirección General de Factor Humano -y por su intermedio al Departamento de Desarrollo Humano- para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones referidas.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria y al resto de las firmas oferentes, dejando constancia de las notificaciones efectuadas en el Expediente en trámite.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y 97/2012;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma “La Grafika” para la impresión de doce (12.-) diplomas “Prácticas Laborales CRAII”, la impresión de un (1.-) diploma de agradecimiento al coro estable de lengua de señas de la Municipalidad de Lanús, la impresión de once (11.-) diplomas “Prácticas Laborales UCA”, la confección de ciento veinte (120.-) invitaciones, la impresión de cien (100.-) folletos y la impresión de tres (3.-) afiches, por la suma total de dos mil doscientos cuatro pesos con 62/100 ($2.204,62) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 39 y de acuerdo a la propuesta económica agregada a fojas 51/53. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2°: Instrúyase al Departamento de Desarrollo Humano para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones referidas.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes, dejando constancia de las notificaciones efectuadas en el Expediente en trámite, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Dirección General de Factor Humano -y por su intermedio al Departamento de Desarrollo Humano- y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 013 /2016