Buenos Aires, 10 de junio de 2015
Res. OAyF Nº 183 /2015
VISTO:
el Expediente DCC Nº 290/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Publicación Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana)”;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF Nº 45/2015 se autorizó el gasto para la Contratación Directa N° 10/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana). A su vez -en lo que aquí interesa- en esa Resolución se dio intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma referida del material necesario para la publicación propiciada (fs. 40/41).
Que se realizaron las publicaciones de la Resolución OAyF N° 45/2015 en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 44) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 49).
Que en esa línea, se emitió la Orden de Compra N° 789, la que fue recibida por la adjudicataria el día 24 de febrero de 2015 (fs. 45/46).
Que no obstante ello, la Dirección de Compras y Contrataciones remitió a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales un nuevo presupuesto elaborado por la firma Editorial Eudeba S.E.M. por la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana), con nuevas especificaciones técnicas y por un monto total de noventa y siete mil quinientos pesos ($ 97.500,00) (fs. 53/54).
Que entonces, la Oficina de Estadísticas confirmó “la pertinencia del presupuesto emitido el 01 de Abril de 2015 por parte de Eudeba, incorporado a fs. 53 del expediente DCC-290/14-0, con relación a la Encuesta Ciudadana en el marco de la Encuesta de Acceso a la Justicia, ya que dicho presupuesto contempla la impresión a 5 colores que es la especificación requerida por el diseño de la mencionada publicación, y viene a corregir el presupuesto anteriormente presentado, que consideraba la impresión sólo a 4 colores” (v. Memo N° 29/2015 de fojas 56).
Que así las cosas, la Dirección de Programación y Administración Contable afectó la suma de treinta y dos mil cien pesos ($ 32.100,00) para hacer frente a la nueva contratación requerida (v. Constancia N° 770/04 2015 de fojas 58/59).
Que luego, se dio intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos. En esa oportunidad, la aludida Dirección General solicitó -con carácter previo a emitir opinión- que se le informara si se produjo la entrega de los bienes comprendidos en la Orden de Compra N° 789 así como “los motivos por los cuales se pretende modificar la prestación de la contratista” (fs. 66).
Que la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales remitió un informe detallado elaborado por la Oficina de Estadísticas en el que se puso de manifiesto que los mil (1000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana) no fueron entregados y explicitó las razones que explican la modificación en el presupuesto confeccionado por Eudeba S.E.M. En tal sentido, manifestó que “al haber concretado el envío del archivo correspondiente a Eudeba para que procedieran a su impresión, el personal de esa empresa nos advirtió que el presupuesto por ellos enviado no contemplaba la impresión con las características técnicas aplicadas al archivo remitido por nosotros, por lo que resultaba necesario adecuar el presupuesto y la orden de impresión remitidos para poder iniciar el proceso en imprenta en 5 colores para respetar el diseño aplicado al documento. En virtud de haber comprobado que el presupuesto original requerido no cumplía con las características técnicas necesarias de impresión del archivo digital enviado a la imprenta, solicitamos a la Editorial Eudeba la remisión de un nuevo presupuesto para proceder a la impresión de los ejemplares en 5 y no 4 colores y que figura a fs. 53” (fs. 70).
Que a su vez, la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales destacó que “(…) la necesidad de impresión a 5 colores (y no 4 como reza el presupuesto original), recién fue advertida por la contratista al momento en que fue necesario el envío del archivo digital del documento a imprimir” (cfr. Memo Nº 72/2015 de fs. 70/71).
Que así las cosas, tomó nueva intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 6293/2015 (fs. 75/76). Allí, luego de realizar una breve reseña de lo acaecido, citó la normativa vigente aplicable al caso y en especial lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014, y entendió que “(…) puede proseguirse con el trámite del presente expediente, debiendo la Autoridad Competente autorizar el nuevo gasto, que oportunamente fuera por Res. O.A.y.F. Nº 45/2015 y librar la Orden de Compra pertinente”.
Que por su parte, la Editorial Jusbaires -en su carácter de responsable técnico (cfr. fs. 50)- ratificó la pertinencia de la modificación en el presupuesto elaborado por Eudeba S.E.M. en razón de las modificaciones en las especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales (v. Memo Nº 166/2015 de fs. 82).
Que a su vez, la firma Editorial Eudeba S.E.M. informó que “dejamos sin efecto la Orden de Compra Nro. 789 (…) para darle lugar a una nueva contratación en virtud a las especificaciones técnicas finales del material a imprimir” y que “este cambio no nos genera ningún tipo de perjuicio ni costo adicional, ya que se dará comienzo a la impresión del libro una vez que recibamos la nueva orden de compra, y siempre cuando tengamos aprobado previamente el plotter” (v. constancia de correo electrónico de fojas 85).
Que finalmente, la Dirección de Programación y Administración Contable procedió a reimputar las registraciones oportunamente realizadas (v. Constancia N° 1367/05 2015 de fojas 89).
Que en este estado y puesto a resolver, atento las modificaciones en las especificaciones técnicas que fueran requeridas por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y la Editorial Jusbaires -que motivaron la confección de un nuevo presupuesto por parte de la firma Editorial Eudeba S.E.M.-, de acuerdo a lo actuado y en línea con lo dictaminado por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la Magistratura, así como lo manifestado por la Editorial Eudeba S.E.M., corresponderá dejar sin efecto la Resolución OAyF N° 45/2015 con fundamento en lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada Decreto N° 1510/97.
Que a su vez, corresponderá autorizar el gasto para la Contratación Directa N° 64/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana) por la suma total de noventa y siete mil quinientos pesos ($ 97.500,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 53.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material que correspondiere para que la firma Editorial Eudeba S.E.M. cumplimente las entregas pertinentes.
Que finalmente, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias y por la Resolución de Presidencia N° 391/13;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Déjese sin efecto la Resolución OAyF N° 45/2015. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2°: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° 64/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana) por la suma total de noventa y siete mil quinientos pesos ($ 97.500,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 53
Artículo 3º: Dese intervención a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material que correspondiere para que la firma Editorial Eudeba S.E.M. cumplimente la entrega de los mil (1.000.-) ejemplares de la Encuesta de Acceso a la Justicia (Encuesta Ciudadana).
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 5º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, a la Editorial Jusbaires y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF Nº 183 /2015