Buenos Aires, 7 de junio de 2012
Res. OAyF Nº 132/2012
VISTO:
el Expediente DCC Nº 168/12-0 caratulado “D.C.C. s/ Publicación de Fallos Plenarios CCAyT” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF (RE) Nº 16/2012 obrante a fojas 1 – dictada en el marco del Expediente OAyF 264/11-0- se dejó sin efecto la Resolución OAyF (RE) Nº 31/2011 por la que se había autorizado el gasto “para la edición del libro “Fallos Plenarios de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario”. Ello, por cuanto los hechos producidos durante el devenir del procedimiento dejado sin efecto, impedían el efectivo cumplimiento de la contratación celebrada pues lo contrario hubiera representado un perjuicio tanto para la administración como para el administrado (fs. 1).
Que en atención a la persistencia de la necesidad de llevar adelante la contratación referida a la publicación del libro “Fallos Plenarios de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario”, conforme las características especificadas a fojas 3 y 68 del Expediente OAyF Nº 264/11-0, se instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones para que “tras extraer copias de fojas 3 y 68, impulse un nuevo procedimiento de contratación de acuerdo a las especificaciones allí detalladas” (cfr. artículo 2º de la Resolución OAyF (RE) Nº 16/2012).
Que las referidas copias de fojas 3 y 68 del Expediente OAyF 264/11-0 se encuentran agregadas a fojas 2 y 3 del presente y versan, en ambos casos, sobre oficios remitidos por el Secretario General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario a esta Oficina a fin de solicitar se arbitren los medios necesarios para llevar adelante la publicación del libro “Fallos Plenarios de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario” con motivo de los diez (10) años del Fuero, y de informar el detalle de las especificaciones técnicas requeridas.
Que a fojas 7 la Dirección de Compras y Contrataciones expresa que entiende corresponde “continuar con el criterio adoptado por este Consejo de la Magistratura, aprobando la realización de contratos interadministrativos con la firma EUDEBA SEM, sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires, para la edición de las distintas publicaciones”.
Que asimismo en esa oportunidad, con cita en el Dictamen Nº 3242/09 emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos, transcribe la parte pertinente del artículo 4º inc. d) de a Ley 2095, en tanto dice que: “quedan excluidos de las prescripciones de esta ley, los siguientes contratos... d) los contratos interadministrativos que se pueden celebrar entre el Gobierno de la Ciudad con organismos nacionales, provinciales y municipales, como así también con las sociedades en cuya administración o capital tenga participación mayoritaria cualquiera de los organismos arriba mencionados.”
Que en tal sentido, la mentada Dirección solicitó presupuesto a la firma Editorial EUDEBA SEM, remitiendo a tales efectos la copia de un disco compacto producido por la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario conteniendo el material para su publicación” (fs. 8).
Que en respuesta a tal requerimiento, la firma EUDEBA SEM remitió un presupuesto por la impresión de los quinientos (500) ejemplares solicitados, conforme las características técnicas especificadas, por la suma de diecinueve mil trescientos treinta pesos ($19.330,00), IVA incluido (fs. 11).
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la afectación preventiva del presente gasto. Así las cosas, a fojas 12/13 se agregó la Constancia de Registración Nº 863/05 2012 y quedó acreditada la existencia de las partidas presupuestarias necesarias.
Que conforme surge de fojas 14/15, la Dirección de Compras y Contrataciones relata lo actuado y expresa que tratándose de una relación jurídica entre organismos públicos no correspondería exigir el cumplimiento de la Ley Nº 269 de la Ciudad de Buenos Aires, ni establecer como base de la relación jurídica Pliegos de Condiciones Generales y Particulares. También, sugiere la publicación de la Resolución que apruebe la Contratación Directa Nº 11/2012 “… en la cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones, y su inserción en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar”, además de su publicación en el Boletín Oficial por un (1) día.
Que habiendo tomado la intervención que le compete, el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a través del Dictamen Nº 4548/2012 concluye, con cita en Dictámenes de la Procuración del Tesoro y en doctrina referida a esta materia, que “... este Departamento no encuentra obstáculo jurídico para que se realice la contratación interadministrativa que se propicia.”
Que a mayor abundamiento, y conforme lo dicho por esa dependencia, debe tenerse en cuenta que la nota típica de los llamados contratos interadministrativos es precisamente la elección directa del cocontratante, sin procedimiento regulado. Esta situación está expresamente prevista en el art. 4, inc. d) de la Ley 2095 que, como ya se dijera, deja a salvo de cualquier procedimiento de selección del contratante a todos aquellos contratos que se celebren entre órganos administrativos.
Que en consecuencia, oídas que fueron las áreas intervinientes, corresponderá proceder sin más a autorizar la contratación con la Editorial EUDEBA SEM, sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires, en el marco normativo señalado.
Que la presente deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones por un (1) día y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389);
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar la Contratación Directa Nº 11/2012 con la firma editorial EUDEBA SEM sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires, tendiente a la adquisición de quinientos (500,00) ejemplares del libro “Fallos Plenarios de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario” con motivo de los diez (10) años del Fuero por la suma total de diecinueve mil trescientos treinta pesos ($19.330,00), IVA incluido, de acuerdo al presupuesto de fojas 11, y conforme las características técnicas de fojas 8.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también a comunicar lo decidido a la interesada y a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de esta Ciudad.
Artículo 3º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente archívese.