Buenos Aires, 21 de febrero de 2013
Res. OAyF Nº 28 /2013
VISTO:
el Expediente D.C.C. 015/13-0 caratulado “D.C.C. s/ Compilación Normativa 2012” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota DGAAJ-CM Nº 436/2012, la Dirección General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (actual Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional), solicita a esta Administración General la contratación para la impresión de quinientos (500) ejemplares de la publicación “Compilación Normativa 2012”, con las siguientes características: formato A4, interior de 536 páginas impreso 1/1 (negro) en papel ilustración mate de 80 grs., encuadernación cocida, tapas con solapas de 8 cm. impresas 2/0 (negro + pantone) ilustración mate de 300 grs. y laminado mate (fs. 3).
Que en virtud de ello, la Dirección de Compras y Contrataciones requirió a la compañía EUDEBA S.E.M. que cotice la impresión de la referida publicación, según las características detalladas (fs. 5).
Que la mencionada empresa remitió por vía el electrónica el presupuesto requerido, por un total de pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos diez ($ 54.610,00), IVA incluido (fs. 16/17).
Que en la nota del 8 de febrero de 2013 (fs. 21), el Jefe de Departamento de Coordinación de Contrataciones entiende “…viable proceder a la contratación directa con EUDEBA SEM para la impresión de la segunda edición de ‘Compilación Normativa 2012’”. En tal sentido, señala que “la Dirección de Asuntos Jurídicos en su Dictamen Nº 3242/09 inserto a fojas 14 del Expte. CM Nº SCD 237/09 refiere que el presente contrato se trata de un contrato interadministrativo excluido expresamente del procedimiento previsto en la ley 2095 (...)”.
Que la Dirección de Programación y Administración Contable emitió –en cumplimento de lo dispuesto en la Ley Nº 70- la Constancia de Registración Nº 163/02 2013, confirmando la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la contratación en cuestión (fs. 22/23).
Que seguidamente, mediante la Nota Nº 68/2013 (fs. 24/25), el Sr. Jefe del Departamento de Coordinación de Contrataciones sugiere encuadrar la compra que tramita por estas actuaciones como una contratación directa, y realizar un contrato interadministrativo con la firma EUDEBA S.E.M. Por último, propone publicar por un (1) día la resolución que apruebe la contratación en el Boletín Oficial, y pone de resalto que no correspondería requerir el cumplimiento de la Ley Nº 269 de esta Ciudad y establecer Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares “…dado que ‘…la circunstancia de considerar al Estado un todo orgánico orientado en su conjunto a la consecución del mismo bien común, impone un modo de acción proporcionado a esa unidad de fines…’ (conf. Dictámenes 232:254; 238:444 de la Procuración del Tesoro de la Nación)”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, por intermedio del Departamento de Dictámenes Patrimoniales y del Departamento Dictámenes y Procedimiento Administrativos, toma la intervención que le compete y emite el Dictamen Nº 4960/2013 (fs. 29/30), a través del cual pone de resalto que “…se trata en la especie de un contrato interadministrativo excluido expresamente del procedimiento previsto en la Ley 2095, que por su art. 4 inc. d) establece: ‘quedan excluidos de las prescripciones de esta ley, los siguientes contratos: … d) los contratos interadministrativos que se pueden celebrar entre el gobierno de la Ciudad con organismos nacionales, provinciales o municipales, como así también con las sociedades en cuya administración o capital tenga participación mayoritaria cualquiera de los organismos arriba mencionados’”. Seguidamente, afirma que “…las contrataciones que celebran lo entes estatales entre sí constituyen una especie de las relaciones jurídicas interadministrativas y participan de las notas típicas. Por ello, las disposiciones que en nuestro Derecho generalizan los sistemas o procedimientos restrictivos, habilitan la libre elección para las contrataciones interadminitrativas (PTN dictámenes 232:254, 8/3/2000)”. Asimismo, remarca que “…cuando el cocontratante de la Administración Pública es otro ente publico, la ley admite la contratación directa para su elección. Los contratos interestatales, nacionales, provinciales, municipales, sobre cualquier objeto (obra, servicio, suministro, etc.), están exceptuados del procedimiento, porque es el propio Estado por intermedio de los órganos, agentes y entes que lo integran (administración centralizada, órganos desconcentrados y entes descentralizados), el que va a cumplir el suministro a realizar o la obra”. Finalmente, concluye que “…nada obsta, desde el punto de vista jurídico, la prosecución del trámite de contratación directa con la firma EUDEBA SEM para la publicación de referencia”.
Que a mayor abundamiento, y conforme lo dicho por la precitada Dirección, debe tenerse en cuenta que la nota típica de los llamados contratos interadministrativos es precisamente la elección directa del cocontratante, sin procedimiento regulado. Esta situación está expresamente prevista en el artículo 4, inciso d) de la Ley 2.095 que, como ya se dijera, deja a salvo de cualquier procedimiento de selección del contratante a todos aquellos contratos que se celebren entre órganos administrativos.
Que corresponde señalar que conforme fuera informado por EUDEBA S.E.M. mediante correo electrónico obrante a fojas 33, la encuadernación de los quinientos (500) ejemplares de la publicación “Compilación Normativa 2012” será “cocida”, sin diferencia en el costo, pese a que en el presupuesto remitido indican que la encuadernación será “binder”.
Que en consecuencia, oídas que fueron las áreas intervinientes, corresponderá proceder sin más a autorizar la contratación con la Editorial EUDEBA S.E.M. para la impresión de quinientos (500) ejemplares de la publicación “Compilación Normativa 2012”, en formato A4, interior de 536 páginas impreso 1/1 (negro) en papel ilustración mate de 80 grs., encuadernación cocida, tapas con solapas de 8 cm. impresas 2/0 (negro + pantone) ilustración mate de 300 grs. y laminado mate, por la suma total de pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos diez ($ 54.610,00), IVA incluido, conforme la propuesta obrante a fojas 16/17, con la aclaración que luce a fojas 33, y según características técnicas remitidas por la Dirección General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (actual Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional), a fojas 3. Ello, en el marco normativo antes señalado.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional para que provea a la firma EUDEBA S.E.M. del material necesario para la publicación de la referida obra.
Que a los fines de su mejor difusión, la presente deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones por un (1) día y en la página de Internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar). Asimismo deberá notificarse al interesado.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (/modificado por la Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar la contratación con EUDEBA S.E.M. para la impresión de quinientos (500) ejemplares de la publicación “Compilación Normativa 2012”, en formato A4, interior de 536 páginas impreso 1/1 (negro) en papel ilustración mate de 80 grs., encuadernación cocida, tapas con solapas de 8 cm. impresas 2/0 (negro + pantone) ilustración mate de 300 grs. y laminado mate, por la suma total de pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos diez ($ 54.610,00), IVA incluido, según características técnicas remitidas por la Dirección General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (actual Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional), a fojas 3 y la propuesta económica de la firma de fojas 16/17, con la aclaración que luce a fojas 33.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página+ de Internet del Poder Judicial de la CABA (www.jusbaires.gov.ar), como así también comunicar lo decidido a la interesada.
Artículo 3º: Dese intervención a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional para que provea a la firma EUDEBA S.E.M. del material necesario para la publicación de la referida obra.
Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.