Buenos Aires, 30 de mayo de 2014
VISTO:
El Expediente DCC Nº 114/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Mantenimiento de Ascensores”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota Nº 723/2013 la Dirección de Compras y Contrataciones informó el próximo vencimiento de los contratos de mantenimiento de ascensores actualmente vigentes en los edificios sitos en Lavalle 369, Beruti 3345, Av. Roque Sáenz Peña 636, Hipólito Yrigoyen 932, Tacuarí 138 y Libertad 1042, que opera el día 30 de junio de 2014 y en tal sentido impulsó una nueva contratación del mencionado servicio (fs. 3).
Que intervino la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores conforme le fuera solicitado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Nota supra referida y acompañó un primer proyecto de Pliego de Condiciones Particulares (fs. 6/14).
Que en razón de que la contratación en cuestión contempla la prestación del servicio de mantenimiento de ascensores en los inmuebles sitos en Beruti 3345 e Hipólito Yrigoyen 932 en los cuales funcionan dependencias del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Dirección de Compras y Contrataciones le consultó a dicho Organismo si participará de la contratación y le solicitó que en tal caso proceda a afectar preventivamente las partidas presupuestarias correspondientes a su participación (fs. 20). En consonancia con lo requerido, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio Público Fiscal informó que participará en la contratación de marras (fs. 32).
Que posteriormente, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares en el que incorporó la prestación del servicio de mantenimiento del ascensor existente en el inmueble sito en Beazley 3860. En tales condiciones, le remitió el Proyecto de Condiciones Particulares a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores para que lo analizara técnicamente (fs. 28). En respuesta, esa dependencia prestó su conformidad al Pliego remitido (fs. 30).
Que a fojas 34 obra el Cuadro de Presupuesto estimado para la presente contratación, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, por un total de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000,00), IVA incluido, considerando un plazo contractual de veinticuatro (24.-) meses.
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable el llamado a Licitación Pública de etapa única, conforme lo dispuesto en los artículos 25, 27, 31, 32 y concordantes de la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentaria la Resolución CM N° 01/2014 (fs. 35). Asimismo, incorporó el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 (fs. 36/42), el proyecto de Pliego de Condiciones Particulares (fs. 43/48) con su respectivo Anexo A -Certificado de Visita- (fs. 49) y el modelo de aviso para la publicación del llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 50).
Que resulta pertinente destacar que de conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 86 del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y con el objeto de fomentar una amplia participación en este llamado, la Unidad Operativa de Adquisiciones estableció la entrega sin cargo del Pliego de Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que por otra parte, la Dirección de Compras y Contrataciones agregó el Listado de Empresas a Invitar, integrado con aquellas firmas inscriptas en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el rubro Nº 291, aquellas que resultaron adjudicatarias de la Licitación Pública Nº 04/2013, la Unión Argentina de Proveedores del Estado, la Cámara Argentina de Comercio y la Guía General de Licitaciones y Presupuestos (fs. 51/53).
Que conforme se detalla en el Pliego de Condiciones Particulares, la presente licitación pública es de etapa única y tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios de este Poder Judicial. En particular, se requiere el servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2.-) ascensores instalados en el edificio sito en Lavalle 369; de tres (3.-) ascensores instalados en el edificio sito en Beruti 3345; de dos (2.-) ascensores instalados en el edificio sito en Av. Roque Sáenz Peña 636; de cinco (5.-) ascensores instalados en el edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932; de tres (3.-) ascensores instalados en el edificio sito en Tacuarí 138; de dos (2.-) ascensores, un (1.-) montacoches y un (1.-) plato giratorio instalados en el edificio sito en Libertad 1042; y de un (1.-) ascensor instalado en el edificio sito en Beazley 3860, todos de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a fojas 54 luce agregado el criterio de afectación presupuestaria elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones.
Que por su parte, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a la Dirección de Programación y Administración Contable la afectación de las partidas presupuestarias correspondientes al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tal sentido, dicha Dirección presentó la Constancia Nº 78/05 2014 comprensiva de seis (6.-) registros por un total de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000,00) y un compromiso preventivo para el año 2015 (meses de enero a diciembre) por un total de quinientos treinta y nueve mil setecientos pesos ($ 539.700,00) y para el año 2016 (meses de enero a julio) por un total de trescientos catorce mil ochocientos veinticinco pesos ($ 314.825,00), confirmando de este modo la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la contratación en cuestión (fs. 55/57).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, manifestó que “(…) se eleva a fs. 43/49 el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que se encuentra ajustado a la normativa aplicable, por lo que debería ser aprobado”. Luego, concluyó que “por todo lo expuesto, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable, es opinión de esta Dirección General que no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para continuar con el trámite del presente expediente” (v. Dictamen N° 5678/2014 de fs. 65/66).
Que luego, se le dio intervención a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores como área técnica competente y esa dependencia manifestó que “he cotejado el PCP obrante a fs. 43 a 48 vta. con nuestro proyecto original, y no encuentro observación alguna para la prosecución del trámite licitatorio, en atención a su adecuación a la normativa prevista por la Res. CM N° 1/2014 que integra y cumplimenta el mismo” y luego expusó: “sin perjuicio de lo expresado, entiendo corresponde agregar la cláusula de prohibición de cesión que figuraba como N° 37 a fs. 13” (v. Nota DSGyOM N° 382/14 de fs. 72).
Que la cláusula N° 37 del Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares a la que hace referencia la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores estipulaba “37. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. La adjudicataria no podrá ceder ni transferir el contrato ni asociarse a los fines del presente, con persona jurídica alguna, sin la expresa autorización del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Es de destacar, que la misma guarda correlato con lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 2095 que dispone: “El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario el contrato se podrá dar por rescindido de pleno derecho. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Dicha transferencia o cesión deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad”. En tal sentido, no se encuentra obstáculo jurídico alguno para incorporar la cláusula referida al Pliego de Condiciones Particulares de la presente licitación.
Que en este estado, puesto a resolver y de acuerdo a los antecedentes mencionados, corresponderá autorizar el llamado a la Licitación Pública Nº 08/2014 y aprobar el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares con su Anexo A -Certificado de Visita-, y el modelo de publicación del llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Licitación Pública N° 08/2014 que se autorizará en el presente acto y de realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el llamado a Licitación Pública Nº 08/2014 de etapa única, que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la presente Resolución, con un presupuesto oficial de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000,00), IVA incluido.
Artículo 2º: Apruébese el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 8/2014, que como Anexo I integra la presente Resolución.
Artículo 3º: Apruébese el modelo de aviso para la publicación del presente llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo II integra la presente Resolución.
Artículo 4º: Establézcase el 18 de junio de 2014 a las 12:00 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación, el 13 de junio a las 16:00 horas para que la Dirección de Compras y Contrataciones realice una charla informativa para los interesados y el 25 de junio de 2014 a las 12:00 horas como fecha de apertura pública de las ofertas.
Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Licitación Pública N° 8/2014 que se autoriza en el presente acto y de realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, y oportunamente archívese.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 08/2014 (Res. OAyF N° 176/2014)
MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PLIEGOS
4. RENGLONES A COTIZAR
5. VISITA
6. FORMA DE COTIZACIÓN
7. SERVICIO
8. PLAZO DE CONTRATACIÓN
9. PRÓRROGA DEL CONTRATO
10. CLÁUSULA DE RESCISIÓN
11. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL ADJUDICATARIO
12. CONDICIONES DE TRABAJO
13. NOMINA DEL PERSONAL
14. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
15. CAPACIDAD ECONÓMICO FINANCIERA
16. CAPACIDAD TÉCNICA
17. ANTECEDENTES COMERCIALES
18. PROGRAMA DE SEGURIDAD
19. SEGUROS
20. PENALIDADES
21. TRABAJOS IMPREVISTOS
22. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONOMICA
23. DICTAMEN DE LA COMISION EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACION
24. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS
25. ADJUDICACIÓN
26. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
27. APERTURA DE LAS OFERTAS
28. FORMA DE PAGO
29. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO. CHARLA INFORMATIVA
30. PRESUPUESTO OFICIAL
31. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
32. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
ANEXO A. CERTIFICADO DE VISITA
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, para la contratación de referencia.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Licitación Pública Nº 08/2014 es una licitación de etapa única y tiene por objeto la contratación del servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. PLIEGOS
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan retirado los Pliegos que rigen la presente Licitación Pública, los que serán entregados sin cargo.
Los interesados deberán concurrir de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la fecha prevista para la apertura pública de las ofertas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Julio A. Roca 530 Piso 8° de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos.
La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los respectivos Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102º de la Ley N° 2095, y su modificatoria Ley N° 4.764, reglamentada por Resolución CM Nº 01/2014.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el edificio Lavalle 369.
Renglón 2: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de tres (3) ascensores instalados en el edificio Beruti 3345.
Renglón 3: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el edificio Av. Roque Sáenz Peña 636.
Renglón 4: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de cinco (5) ascensores instalados en el edificio H. Yrigoyen 932.
Renglón 5: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de tres (3) ascensores instalados en el edificio Tacuarí 138.
Renglón 6: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores, un (1) montacoches, un (1) plato giratorio, instalados en el edificio Libertad 1042.
Subrenglón 6.1: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de dos (2) ascensores instalados en el edificio Libertad 1042.
Subrenglón 6.2: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) montacoches instalado en el edificio Libertad 1042.
Subrenglón 6.3: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) plato giratorio instalado en el edificio Libertad 1042.
Renglón 7: Servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de un (1) ascensor instalado en el edificio Beazley 3860.
NOTA: Se aclara que cuando en los renglones 1 a 7 se utiliza la expresión “reparación” se alude a la acción y efecto de reparar cosas materiales mal hechas o estropeadas, comprendidas dentro de las características del servicio descriptas en la Cláusula 7 del presente pliego. Quedan excluidos del concepto de “reparación” en los renglones 1 a 7 los recambios de repuestos o trabajos que resulten necesario efectuar con motivo de imponderables y/o imprevistos, fundamentando técnicamente su necesidad y urgencia, para los cuales se prevé un procedimiento especial desarrollado in extenso en la Cláusula 21 del presente pliego.
5. VISITA
Los oferentes deberán realizar la visita obligatoria a los edificios objeto de la presente contratación, en los cuales se relevarán las características de los equipos comprendidos en el servicio de mantenimiento, el estado actual de los mismos y las condiciones en las que deberán ser efectuados los trabajos.
Con el fin de realizar la visita deberán comunicarse con la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores de este Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, al teléfono 4014-6800.
En cada edificio se completará el correspondiente Certificado de Visita, que como “Anexo A” forma parte integrante del presente Pliego de Condiciones Particulares, constancia con la cual se acreditará haber concurrido al edificio y verificado las condiciones para la ejecución de los trabajos.
El mencionado certificado deberá adjuntarse obligatoriamente con la oferta, bajo apercibimiento de considerarse la misma como no admisible.
6. FORMA DE COTIZACIÓN
La propuesta económica deberá ser formulada en pesos, por duplicado, indicando en números y en letras lo siguiente:
6.1 Precio mensual por cada subrenglón.
6.2 Precio mensual por cada renglón.
6.3 Precio total por cada renglón, contemplando un plazo contractual de veinticuatro (24) meses.
6.4 Monto total de la oferta económica, contemplando un plazo contractual de veinticuatro (24) meses, para la totalidad de los renglones cotizados.
Los oferentes podrán ofertar uno o más de los renglones de la cláusula 5. Sólo podrán formular ofertas por renglón completo, incluyendo todos los subrenglones comprendidos en el mismo. En caso contrario, se considerará inadmisible a la oferta presentada.
Como alternativa, después de haber cotizado por renglón, puede ofrecer por el total de los efectos ya propuestos o grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación integra.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.
En el precio el oferente debe considerar incluidos todos los impuestos vigentes, derechos o comisiones, movimientos dentro de los edificios, seguros, reparación de eventuales daños por culpa del adjudicatario, responsabilidad civil, beneficios, sueldos y jornales, cargas sociales, gastos de mano de obra auxiliar, gastos y costos indirectos, gastos y costos generales y todo otro gasto o impuesto que pueda incidir en el valor final de la prestación.
7. SERVICIO
7.1 El servicio para ascensores y montacoches:
Se realizará conforme los aspectos que enumera la Ordenanza 49.308/95 y sus Decretos Reglamentarios Nº 220, Nº 578 y sus modificatorios que establecen las siguientes características del servicio a prestar por parte de la empresa conservadora:
a) Servicios a demanda:
Deberán atenderse los días lunes a viernes dentro del horario de 8 a 20 horas y el día sábado de 8 a 13 horas, debiendo acudir dentro de las dos (2) horas de formulado el reclamo por fallas, por inconvenientes y/o irregularidades en el funcionamiento o el rendimiento de los equipos y/o las instalaciones.
El adjudicatario deberá atender durante las 24 horas del día, incluyendo sábados, domingos y feriados los reclamos en caso de personas encerradas y/o peligro de accidente. El adjudicatario deberá tener un servicio de auxilio de emergencia permanente y urgente. A tal efecto deberá disponer de números telefónicos, quedando dichos números a disposición de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y todas las intendencias que de esta Dirección dependen. Ante una llamada de emergencia, por personas atrapadas en cabina y/o peligro de accidente, el servicio de auxilio se operará dentro de los treinta (30) minutos de recibido el llamado.
En todos los casos el adjudicatario informará las causas del desperfecto verificado y las tareas de corrección efectuadas o a efectuar para la puesta en servicio del coche afectado.
b) Servicios a realizar una vez por mes como mínimo:
- Efectuar la limpieza del soldado de cuarto de máquinas, selector de paradas de pisos, regulador de velocidad, grupo generador y otros elementos instalados, controles de maniobra, techo de cabina, fondo de hueco, guiadores, poleas inferiores tensoras, de desvío y/o reenvío y guía superiores de puertas.
- Efectuar lubricación de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo, como máquina de tracción, poleas de envío y/o reenvío, guías de coche y contrapeso, guías superiores de puertas, polea del regulador de velocidad, etc.
- Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistemas de alarma, parada de emergencia, sistema de freno, regulador de velocidad, poleas y guiadores de cabina y contrapeso.
- Constatar el estado de tensión de los cables de tracción o accionamiento así como de sus amarres, control de maniobra y de sus elementos componentes, paragolpes y operadores de puertas.
- Constatar la existencia de la conexión de la puesta a tierra de protección en las partes metálicas de la instalación, no sometidas a tensión eléctrica.
- Controlar que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico.
c) Servicios a realizar una vez por semestre como mínimo:
- Constatar el estado de desgaste de los cables de tracción y accionamiento, del cable del regulador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador de las paradas en los pisos y del cable de maniobra, particularmente su aislación y amarre.
- Limpieza de guías.
- Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpe el circuito de fuerza motriz, y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso, cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos externos.
- Efectuar las pruebas correspondientes y verificar el estado de todo el sistema de seguridad, regulador, cuñas, varillaje de cabina y contrapeso cuando este lo posea.
NOTA: Al iniciarse el servicio de mantenimiento se deberán ejecutar todas las prestaciones consignadas en los puntos b y c.
La prestación a brindar incluye la provisión e instalación de materiales de reposición menores; entre ellos pueden citarse los siguientes: aceite especial para máquina de tracción, aceite para bujes, elementos de limpieza (Kerosene, contamatic, WD 40, estopa), grasa para rodamientos, grasa especial para guía de cabinas y contrapeso, patines inferiores de puertas, cuchillas de puertas cabina, colgadores de puertas exteriores y de cabinas, correas de operador de puertas, componentes internos de botoneras exteriores y de cabinas, lámparas de indicadores de dirección, indicadores de posición, llaves de accionamiento de sub-panel, ferodos de frenos, caja de manual sobre cabina, cerraduras de puertas exteriores, contactos eléctricos de puertas de cabina y sistema de paracaídas, límites de seguridad inferiores y superiores, sensor de lectura de posición sobre cabinas, patín retráctil, colizas de guías de cabina y contrapeso, fusibles, etc.
7.2 Servicio de mantenimiento para plato giratorio y portón:
a) Servicios a demanda:
Deberán atenderse de lunes a viernes dentro del horario de 8 a 20 horas, sábados de 8 a 13 horas, y con servicio de guardias permanentes las 24 horas del día incluyendo inhábiles y feriados en caso de peligro de accidente.
b) Servicios a realizar una vez por mes como mínimo:
- Lubricación y limpieza de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo.
- Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y de todos sus componentes.
Se deja expresamente aclarado en concordancia con lo dispuesto en la cláusula 21 del presente pliego que todas las reparaciones que insuman materiales de reposición menores, tanto la provisión como la instalación estarán incluidas en el monto presupuestado del servicio de mantenimiento por lo que serán a cargo del adjudicatario.
8. PLAZO DE CONTRATACIÓN
El servicio requerido tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
9. PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato aludido podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de doce (12) meses; opción que se formalizarán con una anticipación mínima de un mes con anterioridad a la finalización del contrato.
10. CLÁUSULA DE RESCISIÓN
En cualquier momento el Consejo de la Magistratura podrá rescindir sin causa la prórroga del contrato y no generará derecho a indemnización a favor del adjudicatario. Dicha circunstancia le será notificada fehacientemente al prestador, con una anticipación de quince (15) días.
11. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIMENTAR EL ADJUDICATARIO
El adjudicatario debe cumplimentar todas y cada una de las cláusulas establecidas en la Ordenanza Nº 49.308, el Decreto 578/CABA/01, el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Sección 8, Capítulo 10, Art. 8.10.3 y toda otra norma de aplicación en este ámbito.
Deberá contar con un representante técnico con título de Ingeniero Electricista, Ingeniero Mecánico, Ingeniero Electromecánico, Civil o Industrial, debidamente matriculado en el Consejo Profesional respectivo, habilitado por el organismo pertinente.
La Empresa adjudicataria actuará como “CONSERVADOR” de la instalación y su función será el cumplimiento de las normas técnicas de conservación que se establecen en la Ordenanza 49.308.
12. CONDICIONES DE TRABAJO
El adjudicatario empleará únicamente personal propio capacitado e idóneo para ejecutar cada una de las tareas objeto de la presente contratación.
El número de operarios que se empleen para la ejecución de las tareas será proporcional a la extensión, a la naturaleza y al plazo de ejecución que demanden los mismos.
13. NOMINA DEL PERSONAL
Previo a iniciar los servicios, el adjudicatario deberá presentar en la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores el listado proporcionado por la ART contratada, que incluirá la nómina del personal que efectuará la prestación. En la información a brindar se consignarán los siguientes datos: nombre y apellido, DNI, domicilio actualizado, función que desempeña.
14. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
Obligaciones y Responsabilidades:
La adjudicataria, asumirá ante el Consejo de la Magistratura, la responsabilidad total en relación con la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean éstos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse por la prestación de los servicios que establece el pliego. El incumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.
El adjudicatario, se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
El adjudicatario adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
15. CAPACIDAD ECONÓMICO FINANCIERA
A los efectos de acreditar su capacidad económica financiera, los oferentes deberán presentar junto con la oferta, la siguiente documentación:
Referencias comerciales y/o industriales y/o bancarias. El oferente deberá acompañar por lo menos tres (3) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren informes del concepto y antecedentes que les merece el oferente.
16. CAPACIDAD TÉCNICA
a) Los oferentes deberán ser firmas dedicadas a la fabricación o provisión, distribución, comercialización, mantenimiento, conservación, reparación y/o toda otra actividad relacionada con los equipos a mantener e insumos afines, con una cartera de clientes que avalen su trayectoria y acrediten a juicio del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, suficiente capacidad empresaria y técnica.
b) También deberán contar con: 1) talleres propios habilitados para la tarea de que se trata, provistos de maquinarias y herramientas adecuadas, acordes con el servicio a prestar; y 2) teléfono fijo y celulares habilitados permanentemente.
c) Norma de calidad en el servicio de mantenimiento, ISO 9001-2008.
17. ANTECEDENTES COMERCIALES
Los oferentes deberán haber ejercido sus actividades en el rubro objeto de la presente contratación con una antigüedad mínima de tres (3) años, como prueba de idoneidad y capacidad técnica.
Los oferentes deberán contar como mínimo con dos (2) certificaciones de servicios de similares características a las que se licita, en establecimientos públicos y/o privados, suscriptas por autoridades de dichos establecimientos o en su defecto un listado de los mismos, en las que consten los siguientes datos:
· Denominación del organismo o empresa.
· Domicilio y teléfono de la misma.
· Tipo del servicio prestado.
· Período del servicio, el que no deberá superar los dos años de antigüedad de grado de cumplimiento.
18. PROGRAMA DE SEGURIDAD
Se deberá presentar junto a la oferta el Programa de Seguridad (tareas no repetitivas de corta duración) rubricado por profesional en Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHT) y presentado en la ART correspondiente, las constancias de capacitación de su personal y las constancias de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) para el personal que desarrollará las tareas.
19. SEGUROS
El adjudicatario deberá, previo al inicio de las prestaciones:
19.1. Presentar las pólizas de los seguros obligatorios de vida y por accidentes de trabajo de todo el personal que afecte a esta prestación, acreditándolos con la correspondiente inscripción en la aseguradora correspondiente (ART).
19.2. Contar con un seguro de responsabilidad civil frente daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a Pesos Dos Millones ($ 2.000.000.-), que permanecerá vigente durante el plazo contractual.
En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto. Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el presente Pliego, el Consejo de la Magistratura podrá en tales casos - al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer - contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran adeudadas por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado y/o factura presentado por el Adjudicatario.
Dado que este seguro cubre riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el adjudicatario es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del adjudicatario notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
Correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.
El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.
Los seguros serán contratados con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos y considerándolo como tercero afectado.
20. PENALIDADES
La Dirección de Servicios Generales y Obras Menores ejercerá el contralor de la prestación de los servicios adjudicados.
a) El incumplimiento de las tareas previstas para el servicio de mantenimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del abono mensual.
b) El incumplimiento del servicio de auxilio de emergencia (con personas atrapadas) en el plazo previsto para su cumplimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de seis abonos mensuales.
La aplicación de multas será registrada y considerada como antecedente desfavorable para el adjudicatario en el caso de presentarse a nuevas licitaciones.
21. TRABAJOS IMPREVISTOS
El adjudicatario informará de inmediato a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores los recambios de repuestos o trabajos que resulte necesario efectuar con motivo de imponderables y/o imprevistos, fundamentando técnicamente su necesidad y urgencia. Una vez tomado conocimiento del mismo, el Consejo de la Magistratura efectuará las evaluaciones técnicas y económicas, reservándose la facultad de autorizar y aprobar los presupuestos que se le requieran al adjudicatario, o bien habilitando - sobre la base de los montos presupuestados - los procedimientos administrativos que imponen la normativa vigente. Éstos, sólo si no se trata de materiales de reposición menores, cuya provisión e instalación está incluida en el monto presupuestado del servicio de mantenimiento.
22. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONOMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
23. DICTAMEN DE LA COMISION EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACION
El Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará a todos los oferentes, se publicará en el Boletín Oficial y en la Web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el Art. 109º del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y al Art. 18º del PCG.
Conforme los Arts. 106º in fine y 109º in fine del Anexo I de la Resolución CM Nº 01/2014 y al Art. 17º del PCG, los interesados podrán formular las impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación del acto administrativo que concluye el procedimiento de selección.
La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17º in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14.1º, Inc. e) del PCG) un porcentaje del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública.
24. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
25. ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en forma particular sobre cada uno de los renglones, motivo por el cual no es obligación de los oferentes la cotización de la totalidad de los mismos. La adjudicación recaerá sobre los renglones completos.
26. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 18:00 horas y hasta las 12:00 horas del día 25 de junio de 2014, en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sito en Av. Julio A. Roca 530 PB de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas a la Unidad de Evaluación de Ofertas, e indicando como referencia la leyenda “Licitación Pública Nº 08/2014 Expediente DCC Nº 114/14-0”.
27. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 25 de junio de 2014 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530 Piso 8°, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
28. FORMA DE PAGO
El pago del servicio solicitado se efectuará de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.
29. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO. CHARLA INFORMATIVA
Complementando el Art. 6º del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 4º del PCG.
Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el Art. 8º del PCG, hasta las 12:00 horas del día 18 de junio de 2014.
La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 13 de junio de 2014, a las 16:00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Julio A. Roca 530 Piso 8° de esta Ciudad.
30. PRESUPUESTO OFICIAL
El monto oficial para la presente contratación asciende a la suma total de Pesos Un Millón Doscientos Mil ($ 1.200.000.-) IVA incluido.
31. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El precio de la presente contratación es fijo e invariable y no admite el reconocimiento de mayores costos, salvo que la adjudicataria acredite que por circunstancias no imputables a la misma su prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible cumplimiento, motivos que deberán ser acreditados fehacientemente acompañando toda la documentación necesaria a tales efectos.
Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible cumplimiento cuando se encuentre debidamente acreditado el desequilibrio en las prestaciones contractuales.
Para que sea viable la readecuación de precios resulta indispensable que las distorsiones que se produzcan determinen que los precios adjudicados superen en conjunto el DIEZ POR CIENTO (10%).
De superarse el DIEZ POR CIENTO (10%) indicado anteriormente, el adjudicatario podrá solicitar la redeterminación de precios mediante nota dirigida al Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., la cual deberá ser acompañada de toda la documentación que acredite fehacientemente la distorsión.
En ningún caso podrá solicitarse dicha readecuación antes de haberse cumplido el séptimo mes de prestación efectiva de los servicios objeto de la presente contratación.
Formulado el pedido por la adjudicataria, el Consejo de la Magistratura analizará y resolverá la compensación que considere procedente.
32. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
La adjudicataria no podrá ceder ni transferir el contrato ni asociarse a los fines del presente, con personas jurídicas algunas, sin la expresa autorización del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO A
CERTIFICADO DE VISITA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 08/2014
Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra. ________________________________________________en su carácter de _____________________________ de la empresa______________________, ha efectuado la visita obligatoria según cláusula 6 del PCP, a los edificios detallados a continuación:
SEDES |
FECHA |
FIRMA Y ACLARACIÓN |
Lavalle 369 |
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Beruti 3345 |
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Av. Roque Sáenz Peña 636 |
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Hipólito Yrigoyen 932 |
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Tacuarí 38 |
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Libertad 1042 |
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Beazley 3860 |
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Anexo II
MODELO DE PUBLICACIÓN
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Dirección de Compras y Contrataciones
Mantenimiento de Ascensores
Expediente CM Nº DCC-114/14 -0
Licitación Pública Nº 08/2014
Objeto: Contratación del servicio de conservación, mantenimiento técnico y reparación de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los distintos edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Julio A. Roca 530, Piso 8º Anexo, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4008-0385, o en la página web: www.jusbaires.gov.ar.
Pliegos: Los interesados deberán concurrir de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Julio A. Roca 530 Piso 8° de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos, los que serán entregados sin cargo. La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102 de la ley Nº 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 01/2014.
Presentación de las Ofertas: hasta las 12:00 horas del día 25 de junio de 2014, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530 PB, de esta Ciudad.
Fecha y Lugar de Apertura: 25 de junio de 2014, a las 12:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A. Roca 530, Piso 8º de esta Ciudad.