Buenos Aires, 21 de agosto de 2012
VISTO:
El Expediente OAyF-169/08-0 s/ Búsqueda de Edificios para el Fuero Contencioso Administrativo y Tributario”; y
CONSIDERANDO:
Que el 16 de julio de 2009 el Consejo de la Magistratura y la firma Namger SA suscribieron el contrato de locación cuya copia obra a fs. 823, otorgando a la locataria la planta baja, los pisos 1º, 2º, 3º, 5º, 6º y 7º, conjuntamente con el derecho de uso de las cocheras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8A, 11º A, 11º B, 13º, 15º, 17º, 18º, 19º, 20º, 21º y 22º y las Bauleras Nº 1, 2, 5, 8, 18 y 19 del inmueble sito en Av. de Mayo 654.
Que conforme surge de fs. 1087, el 28 de diciembre de 2009 las partes acordaron ampliar el contrato de locación incorporando los pisos 8º, 9º, y 10º, incluyendo las cocheras Nº 32, 34, 36, 38, 39, 41, 42, 43 y 44 y tres bauleras adicionales Nº 7, 10 y 11.
Que conforme lo acordado en la cláusula decimotercera del contrato, el 6 de diciembre de 2011 la locadora ofreció en locación el piso 11 del inmueble (fs. 2041/2042).
Que el Sr. Presidente Coordinador de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones negoció la suscripción de una adenda al contrato original para incorporar el piso 11, que fue aprobada por el Plenario por Resolución CM Nº 4/2012.
Que ante el vencimiento contractual que operará el próximo 14 de julio, las partes negociaron la suscripción de una nueva adenda, aprobada por Res. CM Nº 385/2012 (fs. 2134) y suscripta con fecha 11/07/12 conforme surge a fs. 2136.
Que mediante Actuación Nº 15266/12 de fs. 2156/2458, Namger SA solicitó que se actualice el depósito de garantía a los valores del contrato, adicionando la cantidad de Pesos Doscientos Cincuenta y Seis Mil ($256.000) al importe ya integrado de Pesos Ochocientos Mil ($800.000).
Que a fs. 2136 la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) solicitó al Administrador General que informe si al momento de firmar la prórroga de la locación se consensuó actualizar el depósito en garantía. A fs. 2165 obra la respuesta en carácter afirmativo.
Que intervino nuevamente la DGAJ dictaminando que no existen obstáculos jurídicos para que se amplíe la garantía conforme las pretensiones de la locadora.
Que a fs. 2171 consta la registración presupuestaria bajo la constancia nro. 481/08-2012.
Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.
Que en la adenda de fs. 2136, las partes acordaron que el plazo de locación será desde el 15 de julio de 2012 al 14 de julio de 2013, y establecieron un canon mensual por la suma de Pesos Quinientos Veintiocho Mil ($528.000).
Que habiendo intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos sin formular observaciones, existiendo recursos presupuestarios suficientes, no existen razones de hecho ni de derecho que impidan dar curso favorable al presente trámite en las condiciones solicitadas por la locadora.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria y la Resolución CM Nº 344/2005,
Artículo 1º: Fijar el depósito en garantía previsto en la cláusula décima del contrato de locación suscripto con Namger SA el día 16 de julio de 2009, en la suma total de Pesos Un Millón Cincuenta y Seis Mil ($1.056.000).
Art. 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique a Namger SA, la presente resolución.
Art. 3º: Regístrese, anúnciese en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), notifíquese a Namger SA, comuníquese a la Presidencia del Consejo, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, oportunamente, archívese.