Contratación Menor Nº 08/2009- Expediente CM Nº DCC 181/09-0- Res. O.A. y F. Nº 11/2010

Aprueba la ampliación de la Orden de Compra Nº 238, referida a la adquisición de ventiladores y turbo circuladores de aire.

Aprueba la ampliación de la Orden de Compra Nº 238, referida a la adquisición de ventiladores y turbo circuladores de aire.

Aprueba la ampliación de la Orden de Compra Nº 238, referida a la adquisición de ventiladores y turbo circuladores de aire.

Buenos Aires, 14 de enero de 2010.

VISTO:

El Expediente DCC Nº 181/09-0 por el que tramita la Contratación Menor Nº 8/2009 tendiente a la adquisición de ventiladores de pie, turbo ventiladores y ventiladores de pared para su utilización en las distintas dependencias del Poder Judicial (áreas administrativas y Jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 202/2009 cuya copia fiel luce a fs 113/114, aprobó el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 08/09 tendiente a la adquisición del Visto.

Que por la Resolución de cita se adjudicó el Renglón 1 (treinta -30- ventiladores de pie, cabezal rotativo y reclinable, aro protector y barral extensible, pie 20”), el Renglón 2 (diez -10- ventiladores turbo circulares, 16”, frente protector y difusor giratorio) y el Renglón 3 (cuatro -4- ventiladores industrial de 75 cm. de diámetro para ser instalados en pared o columnas) a la firma Habibi de Jennifer Zubillaga, por la suma total de doce mil ciento cuarenta y cuatro pesos ($ 12.144.-) IVA incluído.

Que la Orden de Compra Nº 238 por la cual se formalizó la contratación de marras luce a fs. 121.

Que mediante Memorando Nº 302-DRyC-09, la División de Recepción y Custodia propuso la ampliación de la citada orden de compra, incrementando el renglón Nº 2 en tres unidades (3),para “contar con un mayor stock”, y el Renglón Nº 3 en dos (2) unidades, para “instalar una mayor cantidad de ventiladores en el depósito de bienes e insumos en el cual se condensa mucho calor durante los días de alta temperatura”.

Que en ese orden de ideas mediante Nota DCC Nº 07/2010 la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a esta Oficina de Administración y Financiera las presentes actuaciones, con los antecedentes necesarios para promover la ampliación propiciada, en el marco de lo dispuesto por el art. 117, inc. l) de la Ley 2095 (confr. fs. 143/145).

Que el referido artículo dice, en su parte pertinente: “Facultades del Organismo Contratante. Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un quince por ciento (15%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o disminución puede incidir, sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda.”

Que en el caso de marras, teniendo presente el monto de adjudicación ya referenciado, la ampliación en estudio podría ascender a la suma máxima de un mil ochocientos veintiuno con 60/100 pesos ($ 1.821,60), resultando que la solicitud de ampliación efectuada por la División de Recepción y Custodia asciende a la suma de Pesos un mil seiscientos ochenta y uno ($ 1.681) IVA incluído. (Confr. fs. 143/145).

Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, se solicitó la afectación preventiva del presente gasto, y conforme Constancia de Registración Nº 4/01-10, se acredita la existencia de partidas presupuestarias necesarias (fs. 141/142).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 3285/2010, entendiendo que: “...nada tiene que objetar desde el punto de vista jurídico respecto a la viabilidad de la ampliación en cuestión...”

Que cumplidos y verificados que fueran los extremos que permiten la ampliación contractual, y oído que fuera el Sr. Director de Asuntos Jurídicos, no encuentro óbice para proceder a ampliar la Orden de Compra Nº 238 en los términos ya señalados.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) y Artículo 10º de la Ley 1988,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar la ampliación de los Renglones Nº 2 (tres -3- ventiladores turbo circulares, 16¨, frente protector y difusor giratorio) y el Nº 3 (dos -2- ventiladores industrial de 75 cm. de diámetro para ser instalados en pared o columnas) de la Orden de Compra Nº 238, por la suma de mil seiscientos ochenta y un pesos ($1.681) con la firma Habibi de Jennifer Zubillaga, en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Contratación Menor Nº 08/2009, que tramita por Expte. DCC Nº 181/09-0.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación aprobada por la presente.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para su cumplimentación, y oportunamente archívese.

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