Licitación Pública Nº 30/2012- Expediente CM Nº DCC 122/12-0- Resolución OAyF Nº 288/2012

 

                                                                                          Buenos Aires,  26    de diciembre de 2012

Res. OAyF Nº  288 /2012

 

VISTO:

el Expediente DCC-122/12-0 recaratulado “D.C.C. s/ Contratación de Seguros” y;

                                                                

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 261/2012 se autoriza el llamado a Licitación Pública Nº 30/2012 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la contratación de Seguros contra Riesgo de Incendio Edificio y Contenido, Responsabilidad Civil Comprensiva, Cristales, Robo a Primer Riesgo Absoluto y Relativo, Incendio, Robo y Daños de computadoras portátiles y tablets, Flota Automotor y autoelevadores para el Poder Judicial (áreas administrativa y Jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución, con un presupuesto oficial de pesos quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos treinta y un con 60/100 ($594.431,60), IVA incluido (fs. 121/129).

Que específicamente se llama a contratar el Seguro contra Riesgos de Incendio Edificio y Contenido (Renglón 1); Seguro de Incendio, Robo y Daños -incluyendo daños por fallas en el suministro de energía eléctrica de la red pública, en todo el territorio de la República Argentina- para las computadoras portátiles descriptas en el Anexo I del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación en cuestión y conforme los valores en él estipulados (Renglón 2); Seguro contra Riesgo de Responsabilidad Civil Comprensiva para los edificios sitos en Av. Leandro N. Alem 684, Arias 4491, Tacuarí 138, Av. Presidente Roque Sáenz Peña 636, Av. de Mayo 654, Beruti 3345, Libertad 1042, Hipólito Yrigoyen 932, Beazley 3860, Av. de Mayo 654, Lavalle 369 y Tacuarí 124 (Renglón 3); Seguro contra Riesgo de Cristales para los citados edificios (Renglón 4); Seguro contra Riesgo de Robo a Primer Riesgo Absoluto (Renglón 5); Seguro de Vehículo Automotor Flota para las unidades especificadas en el Pliego de Condiciones Particulares de la presente Licitación (Renglón 6); Seguro de Incendio, Robo y Daños -incluyendo daños por fallas en el suministro de energía eléctrica de la red pública, en todo el territorio de la República Argentina, para ciento cincuenta (150) Tablets que serán adquiridas por este Consejo de la Magistratura- (Renglón 7) y Seguro de Responsabilidad Civil, Incendio y Robo/Hurto para los Autoelevadores indicados en el citado Pliego (Renglón 8).

Que conforme surge de fojas 131, son designados por la Dirección de Compras y Contrataciones el responsable de asistir al acto de apertura de ofertas y los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, en el marco de la Licitación Pública Nº 30/2012.

Que se da cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 138), en el Boletín Oficial (fs. 166/168) y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 182). Asimismo, se remiten comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 140), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 141), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 142) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 144/165).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones advierte “(…) errores materiales formales menores en la redacción de las cláusulas particulares de la Licitación Pública Nº 30/2012 (…); errores de tipeo al referirse a la numeración del edificio ubicado en la calle Lavalle (…) y errores en la determinación del año de fabricación y suma a asegurar en algunos de los cuadros referidos a los vehículos automotores del Consejo de la Magistratura” y en consecuencia entiende que “(…) tratándose de correcciones que no modifican las cláusulas licitatorias (…)” corresponde elaborar la Circular Sin Consulta Nº 1 -que glosa a fojas 170/172- mediante la cual se corrigen los citados errores. Realiza entonces las debidas notificaciones a las firmas que ya habían retirado los Pliegos correspondientes a la presente convocatoria (fs. 173/180) así como las publicaciones en la página web del Poder Judicial (fs. 181) y en la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 183).

Que a fojas 184 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 185/190 lucen las constancias suscriptas por cada una de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.   

Que el 19 de noviembre de 2012 se realiza el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 36/2012 en la que se hace constar la presentación de cinco (5) sobres ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 193). Realizan presentaciones las siguientes firmas: Caja de Seguros S.A. -agregada a fojas 198/285- que cotiza los ocho (8) renglones de la presente Licitación por un monto total de pesos cuatrocientos treinta y cinco mil noventa y nueve con 10/100 ($ 435.099,10), Provincia Seguros S.A. -obrante a fojas 288/376- con una oferta para los ocho (8) renglones por un total de pesos doscientos treinta y cinco mil quinientos cuarenta y dos con 32/100 ($ 235.542,32), Nación Seguros S.A. -que luce a fojas 379/543- cuya propuesta que comprende todos los renglones tiene un monto total de pesos doscientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta y seis con 28/100 ($ 237.456,28), Boston Argentina Compañía de Seguros S.A. -que glosa a fojas 546/557- con una propuesta que comprende los ocho (8) renglones por un total de pesos trescientos cincuenta y cinco mil ciento ochenta y uno con 50/100 ($ 355.181,50) y Federación Patronal Seguros S.A. -obrante a fojas 560/598- cuya oferta por los ocho (8) renglones de la Licitación Pública Nº 30/2012 asciende a pesos quinientos treinta y cuatro mil cuarenta y dos con 24/100 ($ 534.042,24) (fs. 194/195).

Que la Comisión de Preadjudicaciones agrega las consultas del estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de ofertas (fs. 599/607). Asimismo, deja constancia de la remisión a la Dirección de Compras y Contrataciones de las pólizas de seguro de caución de Federación Patronal Seguros S.A., de Nación Seguros S.A., de Provincia Seguros S.A. y de Caja Seguros S.A. para su resguardo en la caja fuerte de este Consejo (fs. 608).

Que luego, la Comisión de Preadjudicaciones requiere al Director General de Infraestructura y Obras de Servicios Generales y Obras Menores asistencia técnica especializada sobre las ofertas presentadas en la licitación pública en cuestión (fs. 610) y dicha Dirección responde a lo solicitado mediante la remisión de un informe técnico de las ofertas que luce agregado a fojas 612.

Que a fojas 616/623 se encuentra el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones por el que, después de analizar la documentación presentada, esa Comisión concluye que las ofertas de Caja Seguros S.A. para los ocho (8) renglones; de Provincia Seguros S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; y de Nación Seguros S.A. para los renglones 1, 2, 4, 5 y 6 son admisibles. En tanto, resultan inadmisibles las ofertas de Provincia Seguros S.A. para el renglón 8 dado que como surge del Dictamen Técnico a fojas 612 “(…) no cubre hurto como establece el PCP”; de Nación Seguros S.A. para los renglones 3, 7 y 8 debido a que como surge del citado Dictamen Técnico “(…) el renglón 3 excluye guarda de vehículo, en el 7 incluye financiación y en el 8 no cubre hurto”; de Boston Compañía Argentina de Seguros S.A. porque “no presenta el resto de la documentación requerida por los pliegos. Entre esa documentación faltante, no presenta Garantía de Mantenimiento de Oferta, no dando cumplimiento a la cláusula 14 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Allí se dispone que en los casos que corresponda la integración de la garantía de oferta, su no presentación dará lugar al descarte de la misma” y de Federación Patronal Seguros S.A. en virtud de que “no presenta el resto de la documentación requerida por los pliegos. Entre esa documentación faltante o incompleta, presenta como Garantía de Mantenimiento de Oferta, una póliza de seguro de caución Nº 1200024 de Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. por la suma de pesos diecisiete mil quinientos ($ 17.500) (…) El importe de la garantía no llega al 5% de la oferta presentada, no dando cumplimiento a la cláusula 14 del Pliego de Bases y Condiciones Generales”. 

Que así las cosas, la Comisión de Preadjudicaciones efectúa la comparación económica entre las ofertas que resultaron admisibles mediante un Cuadro Comparativo de Ofertas Admisibles -que glosa a fojas 623- y considera que corresponde preadjudicar la presente licitación por un total de pesos ciento sesenta y siete mil setecientos diecinueve con 82/100 ($ 167.719,82) conforme el siguiente detalle: los renglones 3, 6 y 7 a la firma Provincia Seguros S.A. por un monto total de pesos ochenta y un mil quinientos treinta y uno con 47/100 ($ 81.531,47) -de los cuales corresponden pesos tres mil ochocientos seis con 63/100 ($ 3.806,63) para el renglón 3, pesos sesenta y dos mil trescientos cincuenta y cuatro con 93/100 ($ 62.354,93) para el renglón 6 y pesos quince mil trescientos sesenta y nueve con 91/100 ($ 15.369,91) para el renglón 7- y los renglones 1, 2, 4 y 5 a la empresa Nación Seguros S.A. por un total de pesos ochenta y seis mil ciento ochenta y ocho con 35/100 ($ 86.188,35) -que comprenden pesos treinta mil ochocientos treinta con 28/100 ($ 30.830,28) para el renglón 1, pesos dos mil doscientos cuarenta con 17/100 ($ 2.240,17) para el renglón 2, pesos cinco mil seiscientos cuarenta y cinco con 64/100 ($ 5.645,64) para el renglón 4 y pesos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos mil con 26/100 ($ 47.472,26) para el renglón 5-. Asimismo, entiende que corresponde declarar fracasado el renglón 8 en virtud de que “la única oferta declarada admisible supera ampliamente el Presupuesto Oficial para ese renglón”.

Que a fojas 624/631 se agrega la constancia de notificación -por vía electrónica- de lo dictaminado a los oferentes y a fojas 632 obra la constancia de publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones en la página web de este Consejo. Asimismo, a fojas 648/649 y 658 lucen agregadas las cédulas de notificación remitidas a Nación Seguros S.A., Boston Compañía Argentina de Seguros S.A. y Caja Seguros S.A.

Que mediante Nota CM DCC Nº 824/2012 el Director de Compras y Contrataciones remite la constancia de registración Nº 636/11 2012 (v. fs. 634), mediante la cual se realizó la desafectación presupuestaria de la presente contratación en cumplimiento de lo solicitado mediante Memo Pres. CAFITIT Nº 961/2012 (v. fs. 637).

Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 4875/2012, toma la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos que previa reseña de lo actuado destaca que no existe constancia de las publicaciones del Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones ni en el Boletín Oficial en el expediente en cuestión y luego concluye que “Atento lo informado por el área técnica a fs. 612, este Departamento  adhiere a lo dictaminado por el Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones de fs. 616/623, por lo que nada obsta para que se continúe con esta contratación”. Finalmente agrega que “(…) deberá tenerse en cuenta que deberá contarse, previamente, con la afectación presupuestaria, atento la desafectación informada a fs. 633/637” (fs. 651).

Que a fojas 655 y 656 obran las constancias de la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en el Boletín Oficial Nº 4056 del 14 de diciembre de 2012, respectivamente.

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección y oídos los dictámenes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido en punto a la adjudicación propuesta.

Que atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en cuanto a que “(…) deberá tenerse en cuenta que deberá contarse, previamente, con la afectación presupuestaria, atento la desafectación informada a fs. 633/637”, corresponderá instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable a que realice la afectación preventiva correspondiente a la presente contratación.

Que en consecuencia se adjudicará la presente licitación por un total de pesos ciento sesenta y siete mil setecientos diecinueve con 82/100 ($ 167.719,82) conforme el siguiente detalle: los renglones 3, 6 y 7 a la firma Provincia Seguros S.A. por un monto total de pesos ochenta y un mil quinientos treinta y uno con 47/100 ($ 81.531,47) -de los cuales corresponden pesos tres mil ochocientos seis con 63/100 ($ 3.806,63) para el renglón 3, pesos sesenta y dos mil trescientos cincuenta y cuatro con 93/100 ($ 62.354,93) para el renglón 6 y pesos quince mil trescientos sesenta y nueve con 91/100 ($ 15.369,91) para el renglón 7- y los renglones 1, 2, 4 y 5 a la empresa Nación Seguros S.A. por un total de pesos ochenta y seis mil ciento ochenta y ocho con 35/100 ($ 86.188,35) -que comprenden pesos treinta mil ochocientos treinta con 28/100 ($ 30.830,28) para el renglón 1, pesos dos mil doscientos cuarenta con 17/100 ($ 2.240,17) para el renglón 2, pesos cinco mil seiscientos cuarenta y cinco con 64/100 ($ 5.645,64) para el renglón 4 y pesos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos mil con 26/100 ($ 47.472,26) para el renglón 5-. Ello, por resultar en todos los casos especificados ofertas técnicamente admisibles además de resultar convenientes y ser las mejores ofertas económicas.

Que asimismo, corresponderá declararse fracasado el renglón 8 de la presente Licitación Pública, en virtud de que la única oferta declarada admisible supera ampliamente el Presupuesto Oficial para ese renglón, lo que resulta inconveniente para este Consejo de la Magistratura. Por ello y toda vez que persiste la necesidad de contratar el seguro de responsabilidad civil, incendio y robo/hurto para los autoelevadores que componen el citado Renglón 8, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones arbitre las medidas necesarias para dar inicio a un procedimiento de contratación directa.

Que a todo evento, se señala que por Expediente OAyF-540/12-0, caratulado “OAyF s/ Contratación de seguros s/ Caja Chica Especial” se prorrogaron los seguros de flota automotor de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con vigencia desde el 16 de diciembre de 2012 hasta el 16 de enero de 2013; de robo a primer riesgo absoluto de los depósitos de Beazley, con vigencia desde el 18 de diciembre de 2012 al 18 de enero de 2013; de robo a primer riesgo absoluto de Av. Leandro N. Alem 684, Lavalle 369, Av. de Mayo 654, Beruti 3345, Arias 4491, Tacuarí 138, Roque Saenz Peña 636, Libertad 1042 e Hipólito Yrigoyen 932, con vigencia desde el 14 de diciembre de 2012 al 14 de enero de 2013; de incendio, robo y daños PC portátiles, técnico –póliza Nº 5000-0708374 y 5000-0708374-02- con vigencia desde el 15 de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013; de Responsabilidad civil comprensiva Alem 684, Arias 4491, Tacuarí 138, Av. Presidente Roque Saenz Peña 636, Lavalle 369, Beruti 3345, Libertad 1042, H. Yrigoyen 932 y Beazley 3860, con vigencia desde el 14 de diciembre de 2012 al 14 de enero de 2013, de seguro de incendio, robo y daños de pc portátiles, impresoras portátiles, técnico con vigencia desde el 11 de diciembre de 2012 hasta el 11 de enero de 2013, de riesgo de cristales para Av. L.N. Alem 684, Lavalle 369, Av. de Mayo 654, Beruti 3345, Arias 4491, Tacuarí 138, Av Roque Saenz Peña 636, Libertad 1042, Beazley 3860 e Hipólito Yrigoyen 932, con vigencia desde el 16 de diciembre de 2012 hasta el 16 de enero de 2013.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 30/2012 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada que tiene por objeto la contratación de Seguros contra Riesgo de Incendio Edificio y Contenido, Responsabilidad Civil Comprensiva, Cristales, Robo a Primer Riesgo Absoluto y Relativo, Incendio, Robo y Daños de computadoras portátiles y tablets, Flota Automotor y autoelevadores para el Poder Judicial (áreas administrativa y Jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 261/2012.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los renglones 3, 6 y 7 a la firma Provincia Seguros S.A. por un monto total de pesos ochenta y un mil quinientos treinta y uno con 47/100 ($ 81.531,47) -de los cuales corresponden pesos tres mil ochocientos seis con 63/100 ($ 3.806,63) para el renglón 3, pesos sesenta y dos mil trescientos cincuenta y cuatro con 93/100 ($ 62.354,93) para el renglón 6 y pesos quince mil trescientos sesenta y nueve con 91/100 ($ 15.369,91) para el renglón 7-, conforme propuesta económica a fojas 289/298 y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación.

 

Artículo 3º: Adjudíquese los renglones 1, 2, 4 y 5 a la empresa Nación Seguros S.A. por un total de pesos ochenta y seis mil ciento ochenta y ocho con 35/100 ($ 86.188,35) -que comprenden pesos treinta mil ochocientos treinta con 28/100 ($ 30.830,28) para el renglón 1, pesos dos mil doscientos cuarenta con 17/100 ($ 2.240,17) para el renglón 2, pesos cinco mil seiscientos cuarenta y cinco con 64/100 ($ 5.645,64) para el renglón 4 y pesos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos con 26/100 ($ 47.472,26) para el renglón 5-, conforme oferta económica a fs. 531 y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación.

 

Artículo 4º: Declárese fracasado el renglón 8 de la presente Licitación Pública, por los argumentos vertidos en los considerandos y toda vez que persiste la necesidad de contratar el seguro de responsabilidad civil, incendio y robo/hurto para los autoelevadores que componen el citado Renglón 8, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones arbitre las medidas necesarias para dar inicio a un procedimiento de contratación directa.

 

Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Programación y Administración Contable a que realice la afectación preventiva correspondiente a la presente contratación.

 

Artículo 6º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, así como también comunicar el presente a las adjudicatarias, a todas las oferentes de esta licitación y al Ministerio Público.

 

Artículo 7º: Regístrese, publíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, y oportunamente archívese.

 

 

RES. OAyF Nº   288/2012

 

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