Exp. OAyF Nº 023/09-0 - Resolución OAyF Nº RE 042/2009

Autorizar la prórroga de la contratación autorizada por las Res. O.A.yF. RE Nº 006/2009 y 012/2009, para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluído, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga.

Autorizar la prórroga de la contratación autorizada por las Res. O.A.yF. RE Nº 006/2009 y 012/2009, para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluído, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga.

Autorizar la prórroga de la contratación autorizada por las Res. O.A.yF. RE Nº 006/2009 y 012/2009, para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluído, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga.

Buenos Aires, 31 de agosto de 2009

VISTO:

El Expte. Nº 023-09, caratulado: “O.A.yF. s/Prestación del Servicio de Mantenimiento de los Ascensores del Edificio de la calle Tacuarí 138”.

CONSIDERANDO:

Que mediante Res. O.A.yF. RE Nº 012/2009, de fecha 7 de mayo del corriente año, se autorizó la prórroga de la contratación para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluido, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga; reconduciendo la original, registrada como Res. OAyF RE Nº 006/2009, de fecha 13 de marzo próximo pasado.

Que el señor Director de Compras y Contrataciones informa mediante Nota DCC Nº 849/09, que en la fecha operaría el vencimiento del plazo previsto en la Resolución citada primeramente, haciéndose saber asimismo que en el trámite del Expte. DCC-12/09-1: “se encuentra en la etapa de evaluación de las ofertas”.

Que requerida que fue la opinión del señor Asesor Jurídico, consideró que no existe obstáculo legal que habilite el dictado de la prórroga propiciada, haciendo hincapié asimismo en que no obraban en las actuaciones la afectación preventiva de práctica.

Que puesto a resolver y remitiéndome a lo considerado en las resoluciones citadas en el inicio, se autorizará una nueva prórroga de la contratación dispuesta originariamente, en la expectativa de una resolución definitiva con antelación al agotamiento de ese término de la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores que tramita en el legajo DCC Nº 12/09-1.

Que la prórroga que se dispone se materializará de acuerdo con las previsiones de la Res. CM Nº 236/2009, dándose cumplimiento en este acto a lo prescripto en el art. 5º del anexo de esa resolución.

Por lo precedentemente expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 y la Resolución CM Nº 236/2009.

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la prórroga de la contratación autorizada por las Res. O.A.yF. RE Nº 006/2009 y 012/2009, para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluído, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a notificar a la contratante.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y dése cumplimiento a lo previsto en el art. 5º del “Régimen de Caja Chica Especial”, dejándose constancia de ello en el expediente. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su ejecución y, oportunamente, archívese.

 

Res. O. A. y F. Nº R.E. /2009