Exp. CM Nº OAyF-033/09-0 - Resolución OAyF (RE) Nº 018/2009 - s/Seguro depósito de la calle Beazley 3360

Autorizar la contratación del seguro de robo a primer riesgo absoluto en la suma de veintitrés mil quinientos dieciocho ($ 23.518) por una suma asegurada de hasta novecientos ochenta y cinco mil pesos ($ 985.000), con la firma “La Caja Seguros S.A.”,comprensivo del contenido del depósito de la calle Beazley 3.860 de esta Ciudad Autónoma, en los términos de la propuesta formulada por la firma en este trámite.

Autorizar la contratación del seguro de robo a primer riesgo absoluto en la suma de veintitrés mil quinientos dieciocho ($ 23.518) por una suma asegurada de hasta novecientos ochenta y cinco mil pesos ($ 985.000), con la firma “La Caja Seguros S.A.”,comprensivo del contenido del depósito de la calle Beazley 3.860 de esta Ciudad Autónoma, en los términos de la propuesta formulada por la firma en este trámite.

Autorizar la contratación del seguro de robo a primer riesgo absoluto en la suma de veintitrés mil quinientos dieciocho ($ 23.518) por una suma asegurada de hasta novecientos ochenta y cinco mil pesos ($ 985.000), con la firma “La Caja Seguros S.A.”,comprensivo del contenido del depósito de la calle Beazley 3.860 de esta Ciudad Autónoma, en los términos de la propuesta formulada por la firma en este trámite.

Buenos Aires, 17 de junio de 2009.

VISTO:

El expediente OAyF 033/09-0, caratulado: “O.A.yF. s/Seguro de Depósito de la calle Beazley 3360” y la Resolución CM Nº 236/2009; y

CONSIDERANDO:

Que versan estos actuados acerca de la contratación de un seguro contra robo a primer riesgo absoluto para la sede de la calle Beazley 3.360, determinándose una prima en la suma de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000), por un valor análogo al de la mercadería que se encuentra depositada en ese inmueble.

Que toda vez que la necesidad de la contratación, habida cuenta el funcionamiento como depósito del inmueble de trato supone una respuesta urgente, se encauzaron las actuaciones a través del procedimiento de excepción instrumentado por la Res. CM Nº 236/2009.

Que en consecuencia, se dio intervención a la Dirección de Compras y Contrataciones a fin de que se actualizasen los presupuestos reunidos en ocasión de la primera propuesta formulada en estos actuados, informando esa Dirección mediante Nota Nº 625-DCC-09 que se cursaron sendas invitaciones a las firmas “Sancor Cooperativa de Seguros Limitada”, “La Holando Argentina S.A.”, “SMG Seguros” y “La Caja Seguros S.A.” (confr. fs. 18/21), siendo esta última la única que dio respuesta positiva a la requisitoria, proponiendo un costo total del seguro de robo a primer riesgo absoluto en la suma de veintitrés mil quinientos dieciocho ($ 23.518) por una suma asegurada de hasta novecientos ochenta y cinco mil pesos ($ 985.000), con un plazo de mantenimiento de la cotización de 30 días (confr. fs. 24/5 y 27/8).

Que habida cuenta la compulsa realizada a más de tres oferentes de acuerdo con la norma aplicable e independientemente de contar con la presentación de un solo presupuesto, teniendo en consideración la imperiosa necesidad ya destacada de dar respuesta a la aseguración de los bienes en custodia en el depósito aludido, se ordenará la contratación de esa prestación con la firma “La Caja Seguros S.A.”, en los términos de la propuesta formalizada en este trámite.

Por lo precedentemente expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 y la Resolución CM Nº 236/2009

 

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la contratación del seguro de robo a primer riesgo absoluto en la suma de veintitrés mil quinientos dieciocho ($ 23.518) por una suma asegurada de hasta novecientos ochenta y cinco mil pesos ($ 985.000), con la firma “La Caja Seguros S.A.”,comprensivo del contenido del depósito de la calle Beazley 3.860 de esta Ciudad Autónoma, en los términos de la propuesta formulada por la firma en este trámite.

Artículo 2º: Disponer que la Dirección de Compras y Contrataciones libre la pertinente orden de servicios, en la que se dejará constancia de las previsiones del artículo 9 del Régimen de Caja Chica Especial.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Apoyo Administrativo Jurisdiccional. Cúmplase y, oportunamente, archívese.