Buenos Aires, 14 de mayo de 2015
VISTO:
El Expediente DCC N° 236/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Provisión y Colocación de Señalización para Solados”; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 250/2014 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 16/2014 que tramitó por Expediente DCC 117/14-0 y se declaró desierta la misma por falta de presentación de ofertas. Asimismo, se instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones para que diera intervención a la Dirección General de Infraestructura y Obras a efectos de que informe si persistían las necesidades oportunamente señaladas así como sus características y en tal caso, impulsara un nuevo procedimiento de contratación (fs. 1/2).
Que cabe destacar que la citada contratación tuvo por objeto la provisión e instalación de señalización para solados en los edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) sitos en Beruti 3345, Tacuarí 138, Hipólito Yrigoyen 932, Libertad 1042 y Av. Pte. Julio A. Roca 516 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en la ley N° 962.
Que entonces, mediante Memo DGIO N° 109/2014 la Dirección General de Infraestructura y Obras manifestó que persiste la necesidad de proceder a la contratación de señalización para solados (fs. 4).
Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Presupuesto estimado para la presente contratación, el cual asciende a la suma de ciento ochenta y cinco mil pesos ($ 185.000,00) IVA incluido. Asimismo, entendió viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo normado en el artículo 38 y concordantes de la Ley 2095, y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N°1/2014 (fs. 8/9).
Que así las cosas, la Dirección de Compras y Contrataciones acompañó el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones con su Anexos A -Constancia de Visita-, B -Planos de Ubicación y Detalles-, y C -Planilla de Ubicación- (fs. 10/21).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación de las partidas presupuestarias necesarias para afrontar el gasto que insumirá la presente contratación (v. Constancia de Registración Nº 147/03 2015 de fs. 22/23).
Que mediante Nota Nº 169-DCC-2015, la Dirección de Compras y Contrataciones elevó lo actuado y expresó que la presente adquisición se encuentra contemplada en el Proyecto del Plan Anual de Compras y Contrataciones 2015, específicamente en la cuenta 3.3.1. (fs. 24).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6153/2015. Allí, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, señaló que “(…) la presente Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM N° 1/2014”. Finalmente, concluyó: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable, es opinión de esta Dirección General, que no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación de las presentes actuaciones” (fs. 30/31).
Que posteriormente, la Dirección General de Infraestructura y Obras sugirió la incorporación de la sede sita en Bolívar 177 al objeto de la contratación de marras y adjuntó los planos de detalle con el cálculo de ml por piso (v. Memo DGIO Nº 09/2015 de fs. 37/39).
Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones procedió a incorporar al edificio sito en Bolívar 177 al objeto de la contratación y elaboró un nuevo presupuesto oficial que asciende a la suma de doscientos veintidós mil pesos ($ 222.000,00) IVA incluido (v. fs. 45). Asimismo, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación de las partidas presupuestarias complementarias pertinentes (v. Constancia de Registración Nº 744/04 2015 de fs. 43/44).
Que a continuación, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el nuevo proyecto de Pliego de Bases y Condiciones para la contratación en cuestión (fs. 47/59) y lo elevó a consideración de esta Oficina de Administración y Financiera (cfr. Nota DCC Nº 304/2015 de fs. 60).
Que tomó nueva intervención la Dirección General de Infraestructura y Obras que manifestó: “en lo que respecta al objeto de la contratación no hay observaciones a realizar” y agregó “a fin de actualizar la documentación técnica, adjuntamos nuevamente los planos de detalle de cada sede a intervenir y la planilla de ubicación” (v. Memo DGIO Nº 50/2015 de fs. 77).
Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones realizó las modificaciones señaladas y agregó a fojas 81/93 el nuevo Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones (v. Nota DCC Nº 361/2015 de fs. 94). Al respecto, la Dirección de Infraestructura y Obras expuso que no tenía ninguna observación sobre el nuevo pliego.
Que así las cosas, en atención a los antecedentes mencionados, efectuadas las modificaciones técnicas en el Pliego de Bases y Condiciones antes detalladas y con la conformidad del área competente y en línea con el análisis realizado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no restará más que autorizar el llamado a la Contratación Menor Nº 08/2015 que tiene por objeto la provisión e instalación de señalización para solados en los distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) sitos en Beruti 3345, Tacuarí 138, Hipólito Yrigoyen 932, Libertad 1042, Av. Pte. Julio A. Roca 516 y Bolívar 177 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de doscientos veintidós mil pesos ($ 222.000,00) IVA incluido.
Que asimismo, corresponderá aprobar el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 08/2015 con sus Anexos A -Constancia de Visita-, B -Planos de Ubicación y Detalles-, y C -Planilla de Ubicación-.
Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 38 del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y con el objeto de fomentar una amplia participación de oferentes en el presente procedimiento de selección, la entrega de los pliegos necesarios para cotizar en la Contratación Menor Nº 08/2015 será sin cargo.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el llamado a Contratación Menor N° 08/2015 que tiene por objeto la provisión e instalación de señalización para solados en los distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) sitos en Beruti 3345, Tacuarí 138, Hipólito Yrigoyen 932, Libertad 1042, Av. Pte. Julio A. Roca 516 y Bolívar 177 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de doscientos veintidós mil pesos ($ 222.000,00) IVA incluido.
Artículo 2º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la presente Resolución y sus Anexos A -Constancia de Visita-, B -Planos de Ubicación y Detalles-, y C -Planilla de Ubicación-.
Artículo 3º: Establézcase el 1º de junio de 2015 a las 16:00 horas, como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación.
Artículo 4º: Establézcase el 8 de junio de 2015 a las 16:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.
Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Contratación Menor N° 08/2015 que se autorizó en el artículo 1º del presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto, conforme lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.
Artículo 6: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Obras y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
CONTRATACIÓN MENOR N° 08/2015(RES. OAyF Nº /2015)
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALIZACIÓN PARA SOLADOS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PLIEGO
4. RENGLONES A COTIZAR
5. VISITA
6. MUESTRAS
7. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
8. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
9. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
11. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
13. PLAN DE TRABAJO
14. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
15. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
16. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
17. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
18. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
19. CIERRE POR VACACIONES
20. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
21. GARANTIA TÉCNICA
22. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
23. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
24. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
25. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
26. PAGO – PLAZOS
27. ANTICIPO FINANCIERO
28. MORA
29. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
30. ADJUDICACIÓN
31. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
32. COMPETENCIA JUDICIAL
33. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
ANEXO A – CONSTANCIA DE VISITA
ANEXO B – PLANOS DE UBICACIÓN Y DETALLES
ANEXO C – PLANILLA DE UBICACIÓN
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. NORMATIVA APLICABLE
El presente llamado a Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095 y su modificatoria la Ley 4.764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y las disposiciones contenidas en el presente Pliego.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Contratación Menor Nº 08 /2015 tiene por objeto la provisión e instalación de señalización para solados en los distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. PLIEGO
El Pliego que rige la Contratación Menor Nº 08/2015, es remitido sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación y por la misma vía.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Provisión e instalación de cinta antideslizante y autoadhesiva para uso general, color negro, de 250 mm de ancho, material recubierto con minerales, apto para usarse sobre superficies planas, tipo 3M o similar, en los solados de halls de ascensores y rellanos de escaleras de los edificios que a continuación se detallan, conforme lo indicado en los Anexos B y C del presente Pliego.
El adjudicatario deberá dar cumplimento con lo establecido en la Ley 962.
Subrenglón 1.1: Edificio sito en Beruti 3345 de esta Ciudad.
Subrenglón 1.2: Edificio sito en Tacuarí 138 de esta Ciudad.
Subrenglón 1.3: Edificio sito en Hipólito Yrigoyen 932 de esta Ciudad.
Subrenglón 1.4: Edificio sito en Libertad 1042 de esta Ciudad.
Subrenglón 1.5: Edificio sito en Av. Julio A. Roca 516 de esta Ciudad.
Subrenglón 1.6: Edificio sito en Bolívar 177 de esta Ciudad.
5. VISITA
Será requisito ineludible para la presentación de las propuestas acreditar la visita a los edificios indicados en el Punto 4 del presente Pliego, a los efectos de efectuar las mediciones correspondientes y comprobar las condiciones en que serán realizados los trabajos.
Los interesados deberán comunicarse con la Dirección General de Infraestructura y Obras a teléfono 4014-2867/2868/2866, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, a los efectos de coordinar el día y hora en que las visitas serán realizadas.
Los oferentes deberán adjuntar a su propuesta el Certificado de Visita que como Anexo A forma parte del presente Pliego, bajo apercibimiento de considerarse la oferta como no admisible.
6. MUESTRAS
Los oferentes deberán presentar una muestra de los materiales solicitados en el Punto 4 del presente Pliego, a fin de apreciar la calidad de los mismos. La referida entrega se deberá efectuar hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas, en la Dirección General de Infraestructura y Obras, sita en Bolívar 177 Piso 8°, de lunes a viernes en el horario de 11.00 a 17.00 horas, bajo remito triplicado, constando en el mismo que la muestra es sin cargo para este Consejo. De dicho remito se acompañará una copia junto con la oferta.
Todos los gastos que demande el acarreo de las muestras serán a cargo de los oferentes. La devolución de las mismas se efectuará en la fecha y hora a determinar por la Dirección de Compras y Contrataciones. Transcurridos treinta (30) días contados a partir de la fecha indicada sin que las muestras fueran retiradas, pasarán a ser propiedad del Consejo de la Magistratura. Las muestras que proporcionare la firma que resultara adjudicataria de la presente contratación quedarán en poder del Consejo de la Magistratura.
7. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD
Los interesados en participar en la presente contratación deberán haber iniciado el trámite de inscripción mediante la plataforma “Buenos Aires Compra (BAC)” en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).
La inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación.
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Para más datos, podrá concurrir a Av. Roque Sáenz Peña 547, Piso 8º de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4342-5052 Internos 100, 134 y 135 o el que oportunamente se determine.
8. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
El oferente deberá constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si ello se omitiera, se tendrá como domicilio constituido el declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS
El oferente deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 79º de la Ley Nº 2095, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014.
Las consultas relacionadas con la presente contratación se realizan ante la Dirección de Compras y Contrataciones, que funge como Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, teléfono fax 4008-0358, o por escrito, hasta las 16:00 horas del 1º de junio de 2015.
10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1. La oferta podrá ser presentada por escrito, o ser remitida por fax al 4008-0358 o correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, hasta las 16:00 horas del 8 de junio de 2015.
10.1.1. De optar por la presentación por escrito, la oferta deberá integrarse en sobre o paquete cerrado, por duplicado, firmada por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.
La presentación deberá hacerse de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 18.00 horas en la Mesa de Entrada de este Consejo sita en Av. Pres. Julio A. Roca 530 PB, debiendo estar dirigidas a la Dirección de Compras y Contrataciones e indicando como referencia “Contratación Menor Nº 08/2015, Expediente CM Nº DCC 236/14-0” acompañando los requisitos y/o documentación –cuando correspondiere- estipulados en los Puntos 6, 8, 9, 16, 17 y 18 del presente Pliego.
10.1.2. En caso de optar por la cotización vía fax o correo electrónico, los requisitos y/o la documentación requerida en los Puntos 6, 8, 9, 16, 17 y 18 del presente Pliego podrán ser presentados –cuando correspondiere- por la misma vía.
La documentación y/o requisitos mencionados en los puntos precedentes que se omitieren enviar, deberán ser integrados dentro del plazo para presentación de ofertas, sin perjuicio de que el organismo licitante haga uso o no de la facultad de intimar a su presentación
11. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación del Pliego de Bases y Condiciones con la oferta.
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, indicando en números y en letras lo siguiente:
12.1 Precio Total de cada subrenglón.
12.2 Monto Total de la oferta, contemplando la totalidad de los subrenglones.
Asimismo, junto a la propuesta económica cada oferente deberá necesariamente expresar: el origen, modelo y la marca de los insumos ofertados, como así también adjuntar folletos ilustrativos de los mismos.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.
No se admitirán cotizaciones parciales, debiendo necesariamente los oferentes presentar propuestas por la totalidad de los subrenglones comprendidos en el Punto 4 del presente Pliego.
El flete, carga, descarga y todo otro gasto necesario para las instalaciones en los edificios serán por cuenta exclusiva del adjudicatario, resultando sin cargo para este Consejo de la Magistratura.
13. PLAN DE TRABAJO
Los oferentes deberán presentar junto con su oferta económica un Plan de Trabajo que contenga el detalle de las tareas a realizar en cada uno de los edificios, conforme lo indicado en los Anexos B y C del presente Pliego.
Asimismo, deberá indicarse en dicho Plan de Trabajo el plazo de entrega e instalación en cada uno de los edificios comprendidos en el Punto 4 del presente Pliego, el cual no podrá superar en su conjunto los sesenta (60) días, teniendo en consideración lo siguiente:
· Que la jornada laboral será de 7 horas diarias, de lunes a viernes, de 8.00 a 15.00 horas.
· Que la provisión debe ser seguida de la instalación.
· Que la instalación se efectuará cumpliendo con la totalidad de los trabajos por cada edificio.
· Que los trabajos se realizarán en los horarios de ingreso, carga y descarga autorizados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
15. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
Conforme el Artículo 101º, Incisos a) y b) de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria la Ley 4764, no será necesario constituir garantías de mantenimiento de oferta, ni de cumplimiento de contrato cuando el monto de la oferta o de la Orden de Compra no supere el equivalente a las Cien Mil Unidades de Compra (U.C 100.000).
16. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
De no contar con dicho certificado actualizado, el oferente podrá presentarlo con posterioridad en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ante el R.I.U.P.P., o podrá ser solicitado por el Consejo de la Magistratura, previo a la evaluación de su oferta.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas, se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.buenosaires.gov.ar/apps/rdam/
17. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO
Por aplicación de la Resolución Nº 1814/AFIP/05 (B.O. Nº 30.569 de fecha 13/01/2005), en las contrataciones, licitaciones y/o concursos, cuando la propuesta económica supere los Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000), las empresas deberán contar con el “Certificado Fiscal para Contratar”.
De no contarse con el Certificado Fiscal mencionado en vigencia, el Consejo de la Magistratura, previo a la adjudicación intimará a su presentación en un plazo de setenta y dos (72) horas en la Mesa de Entradas.
En caso de que la empresa contara con la solicitud de ese Certificado, sin necesidad de requerimiento posterior de ninguna especie, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción de la solicitud ante el Organismo emisor del respectivo certificado, los oferentes que no lo hubieran hecho, deberán entregar el Certificado Fiscal aludido.
Durante el plazo mencionado anteriormente, el Consejo de la Magistratura no se pronunciará sobre el resultado del procedimiento licitatorio, salvo que surja el descarte de la respectiva oferta por otros motivos o la misma resultare no conveniente para la Administración.
Se descartará la oferta de aquel proveedor que no dé cumplimiento a la intimación aludida en el párrafo 2º o a lo indicado en el párrafo 3º.
Como alternativa a las exigencias aquí establecidas se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.afip.gov.ar
18. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
Los proponentes deberán presentar una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por los Arts. 95º y 96º la Ley Nº 2095.
El Consejo de la Magistratura podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
19. CIERRE POR VACACIONES
No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos.
20. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
21. GARANTIA TÉCNICA
El adjudicatario deberá acompañar una garantía técnica a satisfacción de este Consejo de la Magistratura por defectos de fabricación por un plazo mínimo de seis (6) meses, contados a partir de la fecha del parte de recepción definitiva de la instalación.
22. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley.
23. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El Consejo de la Magistratura se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
24. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en la Av. Pres. Julio A. Roca 530 PB, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 8:00 a 18:00 horas.
La Dirección de Programación y Administración Contable, no recibirá ninguna factura que no esté acompañada del Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por la Comisión de Recepción.
25. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA
Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en la Dirección de Programación y Administración Contable, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).
En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8° del Decreto N° 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza N° 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto N° 706/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.689).
26. PAGO – PLAZOS
El pago se efectuará en pesos, dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura acompañada del correspondiente Parte de Recepción Definitiva.
Sin perjuicio de ello, en caso de detectarse hechos que pudiesen generar la imposición de sanciones al contratista, mientras se sustancie el procedimiento respectivo el Consejo podrá suspender el plazo de pago por treinta (30) días.
27. ANTICIPO FINANCIERO
El oferente podrá solicitar, incluyéndolo en su propuesta económica, hasta un treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de anticipo. El adjudicatario deberá presentar un seguro de caución por los importes que se le anticipen, que tendrá vigencia hasta la recepción definitiva de la instalación. Los importes adelantados se descontarán al liquidársele los montos facturados.
28. MORA
En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta treinta (30) días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo.
29. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
El número de CUIT correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 30-70175369-7.
30. ADJUDICACIÓN
La Dirección de Compras y Contrataciones mantendrá en estricta reserva las propuestas económicas que vaya recibiendo, asignándoles una numeración según el orden de su recepción.
Al momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas la Dirección de Compras y Contrataciones, ante los interesados que estuvieren presentes, labrará un acta de estilo que detallará la cantidad de ofertas recibidas, el orden y la vía de su presentación, el nombre de las firmas oferentes y toda otra eventualidad que considere oportuna, incorporando las propuestas a las respectivas actuaciones.
Posteriormente, previa verificación de la inscripción de los oferentes al R.I.U.P.P. y de su estado registral, elaborará el cuadro comparativo, de corresponder dará intervención al área técnica y elevará las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para su intervención.
31. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario el descarte de la oferta, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.
32. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia del fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
33. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
ANEXO A – CONSTANCIA DE VISITA
Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra. ________________________________________________en su carácter de _____________________________ de la empresa______________________, ha efectuado la visita obligatoria según punto 5 del PBC de la Invitación a Cotizar, a los edificios detallados a continuación:
SEDES |
FECHA |
FIRMA Y ACLARACIÓN |
Beruti 3345 |
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Tacuarí 138 |
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Hipólito Yrigoyen 932 |
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Libertad 1042 |
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Av. Julio A. Roca 516 |
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Bolívar 177 |
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ANEXO B – PLANOS DE UBICACIÓN Y DETALLES
ANEXO C – PLANILLA DE UBICACIÓN