Buenos Aires, 20 de abril de 2017
RES. OAyF Nº 114 /2017
VISTO:
El Expediente DGCC N° 065/17-0 caratulado “DGCC s/ Impresión Libro: “Causas de Violencia de Género”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 94/2017 la Dirección de la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro “Causas de Violencia de Género. Tercer Informe Estadístico”, según las características técnicas que adjuntó. Asimismo, acompañó copia del Acta Nº 10 de la Reunión del Consejo Editorial de donde surge la aprobación de la publicación referida (v. Punto 1.10 del Acta citada) (fs. 3/7).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de ciento un mil seiscientos cincuenta y cinco pesos ($ 101.655,00) (fs. 16).
Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 17 y 23).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable tomó conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2017 (v. Constancia de Registración 56/04 2017 de fs. 18/19).
Que a su vez, la Dirección de la Editorial Jusbaires, prestó la conformidad de rigor al presupuesto elaborado por la Editorial Eudeba SEM glosado a fojas 16 (v. correo electrónico de fs. 22).
Que entonces la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 7557/2017. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, citó el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764 y el inciso 11 del artículo 28 de la Resolución CM Nº 1/2014. Finalmente, concluyó “(…) esta Dirección General entiende que, no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el tramite de las presentes actuaciones” (fs. 29/30).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa N° 24/2017 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro “Causas de Violencia de Género. Tercer Informe Estadístico” por la suma total de ciento un mil seiscientos cincuenta y cinco pesos ($ 101.655,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 16.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa N° 24/2017 tendiente a la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro “Causas de Violencia de Género. Tercer Informe Estadístico”.
Artículo 2º: Autorícese el gasto de ciento un mil seiscientos cincuenta y cinco pesos ($101.655,00) IVA incluido, para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro “Causas de Violencia de Género. Tercer Informe Estadístico” por parte de la firma Eudeba S.E.M. conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 16.
Artículo 3º: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 114 /2017