Buenos Aires, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente D.C.C. CM 153/16 s/ Contratación del servicio de telefonía celular; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) informó a la Oficina de Administración y Financiera (OAyF) que el próximo 29 de noviembre vence la contratación derivada de la Licitación Pública N° 22/2013 con el objeto de adquirir celulares y contratar el servicio de telefonía celular.
Que al respecto, a fs. 2 la OAyF instruyó a la Dirección General de Informática y Tecnología (DGIT) que remita las especificaciones técnicas.
Que a fs. 6 la DGIT informó los criterios que utilizó para proponer dichas especificaciones, a saber: “Se estimaron las necesidades iniciales de telefonía celular de acuerdo a los usuarios actuales previendo un crecimiento en caso de ser necesarias. Se estimaron las necesidades de provisión de líneas tomando en cuenta las cantidades de usuarios a reponer y chips para las 180 tablets en funcionamiento. Se ha decidido solicitar un plan que incluya tarifa plana para telefonía celular y mensaje de texto, y 10 GB de datos para todos los usuarios de todos los niveles. En función de las dificultades presentadas en la gestión del servicio entre la compañía y el Consejo de la Magistratura, ha sugerido la contratación de un servicio que incluya un operador exclusivo en nuestras oficinas para gestionar los requerimientos de los usuarios del Consejo …”.
Que la DGCC recibió la propuesta de la DGIT y proyectó el pliego de condiciones particulares y de especificaciones técnicas de la licitación. Lo remitió al área técnica para su consideración, resaltando la necesidad de confeccionar la Planilla de Cotización con la que deberán presentarse las propuestas y determinar la cantidad de abonados del renglón 2 (telefonía celular móvil) (fs. 18/30).
Que a fs. 32/46 la DGIT incorporó modificaciones a los pliegos, fijó la cantidad máxima de tarjetas SIM (1200), y adjuntó la planilla de cotización.
Que a DGCC proyectó nuevamente la documentación licitatoria en consideración a las consultas mantenidas y evacuadas con la DGIT, y las remitió para su consideración.
Que a fs. 63 la DGIT conformó los pliegos de fs. 48/60.
Que a fs. 65 la DGCC estimó el presupuesto de la licitación en Pesos Catorce Millones Cuarenta Mil ($ 14.040.000) IVA incluido considerando un plazo contractual de veinticuatro meses, y entendió viable el llamado a Licitación Pública de etapa única conforme lo dispuesto en los arts. 25, 27, 31, 32 y cc. de la ley 2095 y la Res. CM N° 1/2014, bajo la modalidad de compra abierta (art. 40 ley 2095).
Que a fs. 66/74 se agregó el pliego de Condiciones Generales del Anexo III de la Resolución CM Nº 1/2014 y el modelo de publicación en el Boletín Oficial de ésta Ciudad y en el correspondiente periódico.
Que a fs. 77 obran las constancias de la toma de conocimiento sobre el compromiso presupuestario asumido para los ejercicios 2017 y 2018.
Que a fs. 78/80 la Dirección General de Compras y Contrataciones detalló las gestiones realizadas en el expediente y propuso que el precio de venta de pliegos sea Pesos Siete Mil ($7.000), y resaltó que el llamado de la licitación deberá publicarse en el Boletín Oficial por 2 días, con 10 días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, y anunciarse en la página web del Poder Judicial de la Ciudad.
Que a fs. 86/88 la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) dictaminó que “no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación del presente expediente”.
Que a fs. 90 la Secretaría Legal y Técnica elevó lo actuado sin realizar observaciones.
Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.
Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión para ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El inc. 4 le otorga competencia para ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.
Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso a todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias, y organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.
Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos presupuestarios y la autorización del llamado de una licitación por un monto superior a los que determinan la intervención del Administrador General, con el propósito de satisfacer una necesidad de naturaleza tecnológica enmarcada en la política de telecomunicaciones, éste órgano resulta competente.
Que el vencimiento de la contratación del servicio de telefonía celular que tramitó en el expediente nro. 230/13-0, vencerá el próximo 29 de noviembre.
Que desde el año 2004 el Consejo promovió la provisión de equipos de telefonía celular para que el personal del Poder Judicial de la Ciudad cuente con dispositivos que le permitan estar permanentemente comunicados, y de este modo, satisfacer las necesidades de la administración del servicio de justicia con la mayor celeridad y eficacia posible. Desde entonces, las sucesivas licitaciones impulsadas se fueron adaptando al crecimiento de la institución y al avance tecnológico.
Que ante la proximidad del vencimiento del contrato actualmente vigente, no observándose un cambio de circunstancias que justifiquen la interrupción del servicio, y considerando que el área técnica competente impulsó una nueva licitación, resulta razonable tener por acreditada la necesidad de la contratación.
Que la Ley 2095 estableció un sistema de normas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, aplicable a todo el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo expresamente al Poder Judicial. La Res. CM N° 1/2014 aprobó el reglamento de la ley, y el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Que por lo expuesto, resulta viable el llamado a Licitación Pública N° 25 /2015 de etapa única, conforme lo dispuesto en los Artículos 25, 27, 31, 32 y cc de la Ley 2095 y la Res. CM Nº 1/2014, que tiene por objeto el servicio de telefonía celular, conforme lo descripto en el punto 2 del pliego (fs. 48 vta.).
Que el presupuesto oficial de la presente contratación es de Pesos Catorce Millones Cuarenta Mil ($14.040.000) IVA incluido.
Que el área de compras estimó en Pesos Siete Mil ($7.000) el precio de la adquisición de los pliegos de licitación, en concordancia a lo dispuesto en el inciso g) del art. 86 del Anexo I de la Res. CM Nº 1/2014, y resulta razonable.
Que la DGCC solicitó a la DGIT que informe la totalidad de empresas existentes en el mercado que brinden el servicio de telefonía celular requerido en la licitación. El informe respectivo da cuenta de la existencia de cuatro proveedores (fs. 93/94).
Que el Artículo 93 de la Ley 2095 dispone “Las invitaciones a cotizar deben realizarse únicamente a proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, en el rubro objeto de la contratación.” y el Artículo 93 del Anexo I de la Res. CM Nº 810/2010 reglamentario del mencionado establece “Sin perjuicio de las publicaciones establecidas para cada tipo de contratación, deben invitarse: c- para las licitaciones públicas, como mínimo a cinco (5) proveedores del rubro a licitar. Podrá fundarse la imposibilidad de cumplir con dicho mínimo.”.
Que ante la escasez de proveedores se encuentra acreditada la imposibilidad de cumplir con lo requerido en la normativa transcripta precedentemente, por lo tanto corresponde dispensar de la exigencia de invitar a cinco proveedores.
Que la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un periódico de difusión masiva nacional por el término de dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, conforme lo dispone el artículo 98 del reglamento, de acuerdo al modelo de publicación que como Anexo III forma parte de la presente resolución. A tales efectos, resulta conveniente disponer que la publicación se realice en un periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.
Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Que las especificaciones técnicas de la contratación y su presupuesto fueron establecidas por la DGIT. La documentación licitatoria fue elaborada conjuntamente con la DGCC, dependencias que reglamentariamente tienen competencia e idoneidad técnica para intervenir y dictaminar en la materia, contando con el aval de la Oficina de Administración y Financiera.
Que sin perjuicio de ello, se advierte que el pliego proyectado no exige la presentación de la estructura de costos junto a la oferta económica, a efectos de ponderarla en caso de solicitarse redeterminación de precios. Por lo tanto, previendo tal hipótesis resulta conveniente incorporar el texto sugerido por la DGCC en el mail de fs. 92.
Que por lo expuesto y atento a lo dictaminado por el área de asesoramiento jurídico no existen razones de hecho ni derecho que impidan aprobar el llamado a licitación pública en cuestión.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;
LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN
Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 11/2016 de etapa única, para la contratación del servicio de telefonía celular para su utilización por el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Catorce Millones Cuarenta Mil ($14.040.000) IVA incluido.
Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 11/2016 que como Anexo I y Anexo II, respectivamente integran la presente Resolución.
Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso del Anexo III, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4º: Establecer el valor de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en Pesos Siete Mil ($7.000).
Artículo 5º: Establecer el día 21 de noviembre, a las 12.00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.
Artículo 6º: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el anuncio en la página de Internet del Poder Judicial.
Artículo 7º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, y a la Dirección General de Informática y Tecnología, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION CAGyMJ N° 108 /2016
Alejandro Fernández Marcelo Vázquez Juan Pablo Godoy Vélez
Res. CAGyMJ N° 108 /2016
ANEXO I
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PLIEGOS
4. RENGLONES A COTIZAR
5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
6. FORMA DE COTIZACIÓN
7. LICENCIA
8. REPRESENTANTE COMERCIAL
9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
10. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN
11. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
12. ADJUDICACIÓN
13. LUGARES DE ENTREGA
14. PLAZO DE ENTREGA
15. PLAZO DE CONTRATACIÓN
16. PRÓRROGA DEL CONTRATO
17. FACTURACIÓN
18. FORMA DE PAGO
19. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
20. PENALIDADES
21. PORTABILIDAD NUMÉRICA
22. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
23. SEGUROS
24. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
25. APERTURA DE LAS OFERTAS
26. PEDIDOS DE ACLARACIONES Y/O INFORMACIÓN. CHARLA INFORMATIVA.
27. PRESUPUESTO OFICIAL
ANEXO A – PLANILLA DE COTIZACIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 1/2014 (Anexo I) y sus modificatorias, para la presente contratación.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Licitación Pública Nº 11/2016 es una licitación de etapa única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, que tiene por objeto la adquisición de equipos de telefonía celular y tarjetas SIM, y la contratación del servicio de telefonía celular móvil, seguros, y servicio al cliente y soporte para su utilización por el Poder Judicial, áreas Administrativa y Jurisdiccional, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares podrán ser consultados en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Julio A. Roca 530 8vo. Piso de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas.
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan abonado, previo a la apertura de las ofertas del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los pliegos.
Los Pliegos podrán adquirirse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la apertura de ofertas, previo depósito de la suma de Pesos Siete Mil ($ 7.000.-) en la Cuenta Corriente N° 358/0, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Av. Córdoba 675, de esta Ciudad.
El valor de los Pliegos podrá depositarse en efectivo, conforme lo indicado en el Párrafo precedente, o por transferencia bancaria realizada a la Cuenta Corriente del Consejo de la Magistratura, CBU 0290053700000000035800, CUIT 30-70175369-7.
La Dirección General de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los respectivos Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme Art. 102º de la Ley N 2095, reglamentada por Resolución CM Nº 1/2014.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Adquisición de equipos de telefonía celular conforme la modalidad, cantidades y especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 11/2016.
Renglón 2: Prestación del “Servicio de Telefonía Celular Móvil” para el Poder Judicial de la CABA, conforme la modalidad, cantidades y especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 11/2016.
Renglón 3: Contratación de “Seguros para los equipos de telefonía celular” del Poder Judicial de la CABA, conforme la modalidad, cantidades y especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 11/2016.
Renglón 4: Prestación del “Servicio al Cliente y Soporte” para el Poder Judicial de la CABA, conforme la modalidad, cantidades y especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 11/2016.
5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
La contratación de los renglones 1 a 3 se hará bajo la modalidad “Orden de Compra Abierta”, conforme las disposiciones del Artículo 40 de la Ley Nº 2095. De esta manera, durante el plazo contractual, el Consejo de la Magistratura podrá requerir la provisión de equipos celulares o la prestación de los servicios requeridos que a su criterio resulten necesarios, a los valores unitarios mensuales adjudicados, hasta –eventualmente - alcanzar los límites máximos estipulados en el Pliego de Especificaciones Técnicas, durante el plazo contractual.
6. FORMA DE COTIZACIÓN
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos.
Deberán presentarse por duplicado, firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante legal, conforme la planilla de cotización que como Anexo A forma parte del presente Pliego de Condiciones Particulares.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.
Queda debidamente establecido que en los precios cotizados no se admitirán modificaciones o ajustes de ninguna naturaleza, con excepción del procedimiento de Redeterminación de Precios estipulado en el Punto 19 del presente Pliego.
Se deberán cotizar todos los renglones del Punto 4 del presente Pliego. No se admitirán cotizaciones por parte de los renglones.
Junto a la propuesta económica, cada oferente deberá necesariamente expresar el origen y la denominación (marcas y modelos) de los bienes ofertados; brindando una correcta descripción de los mismos, acompañando folletería y toda otra documentación que permita un mayor conocimiento de los productos propuestos.
Los oferentes deberán incluir en su oferta un cuadro tarifario de los valores de las llamadas salientes a destinos internacionales DDI y valores diarios de Roaming internacional por paquete de voz, SMS y datos.
6.1 Garantía de Oferta: El oferente deberá constituir su Garantía de Oferta por el cinco por ciento (5%) del monto cotizado en el ítem “Oferta Total” de la Planilla de Cotización (Anexo A). A los efectos de la constitución de la correspondiente Garantía de Adjudicación se seguirá el mismo criterio, por el diez por ciento (10%) del mismo ítem.
7. LICENCIA
La empresa oferente deberá acompañar junto a la oferta económica, copia de la Resolución emitida por la Comisión Nacional de Comunicaciones u organismo habilitante, mediante la cual se le otorga la licencia para la prestación del servicio por el cual se oferta.
8. REPRESENTANTE COMERCIAL
La empresa adjudicataria, previo al comienzo de la prestación, deberá designar un representante que actuará como nexo entre la adjudicataria y el Consejo de la Magistratura. Asimismo, se deberá comunicar cualquier cambio o reemplazo de la persona designada a tal efecto.
9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
10. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN
El Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará a todos los oferentes, se publicará en el Boletín Oficial y en la Web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el Art. 109º del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y al Art. 18º del PCG.
Conforme los Arts. 106º in fine y 109º in fine del Anexo I de la Resolución CM Nº 01/2014 y al Art. 17º del PCG, los interesados podrán formular las impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación del acto administrativo que concluye el procedimiento de selección.
La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17º in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14.1º, Inc. d) del PCG) un porcentaje del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública.
11. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 107º del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014, la Comisión de Evaluación de Ofertas solicitará información tanto al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIUPP), como a la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización de la Nación (www.argentinacompra.gov.ar) y/o a cualquier otro organismo del ámbito de la Ciudad, nacional o provincial que la Comisión estime necesario, respecto de si existen antecedentes relacionados con las firmas oferentes, como asimismo si ha recaído algún tipo de sanción y/o penalidad contra las mismas.
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
12. ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en un único oferente, motivo por el cual se deberán presentar propuestas por la totalidad de los renglones comprendidos en el Punto 4 del presente Pliego de Condiciones Particulares.
13. LUGARES DE ENTREGA
Todo el equipamiento requerido será entregado en las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que oportunamente notifique el Consejo de la Magistratura a la Adjudicataria.
14. PLAZO DE ENTREGA
14.1. El plazo de la entrega inicial de los terminales telefónicos y de las líneas telefónicas-tarjetas SIM inicialmente solicitados, así como para el alta de las líneas inicialmente solicitadas será de un máximo de quince (15) días, contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
La empresa adjudicataria deberá asistir al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la activación y configuración de los servicios por línea y terminal telefónico.
14.2. Durante el transcurso de la contratación, las nuevas líneas, terminales telefónicos y tarjetas SIM que fueren requeridos, deberán ser entregados de la misma manera y dentro de los cuatro (4) días hábiles de efectuado el pertinente requerimiento.
14.3. Las entregas de los terminales telefónicos y tarjetas SIM se harán libres de todo gasto en concepto de fletes y/o acarreos, como así también el riesgo de traslado y cualquier otro gasto de otra naturaleza.
15. PLAZO DE CONTRATACIÓN
La contratación tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
La fecha de vencimiento producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas prestaciones que se hubieran requerido con posterioridad al inicio del vínculo contractual.
16. PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato aludido en el punto anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses de duración, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días corridos con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el adjudicatario.
17. FACTURACIÓN
Mensualmente, se facturarán los servicios efectivamente consumidos y equipos provistos (equipos, tarjetas sim, abonos, minutos excedentes de telefonía celular, sms excedentes, etc.) y todos aquellos conceptos que conformen los gastos mensuales.
La facturación deberá ser acompañada de un documento digital o archivo en formato XLS, el que deberá contener toda la información necesaria, la que será determinada oportunamente por el Consejo de la Magistratura, a los efectos de agilizar la carga de datos y distribución por centro de costos y se remitirá una copia de dicho archivo digital a la Dirección General de informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.
18. FORMA DE PAGO
18.1 El pago de los equipos y tarjetas SIM comprendidos en los renglones 1 y 2 del Punto 4 se efectuará conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, por la cantidad de equipos y tarjetas efectivamente provistos.
18.2 El pago de los servicios y seguros contemplados en los renglones 2, 3 y 4 se efectuará mensualmente, conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
19. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Es de aplicación al presente proceso licitatorio la Ley N° 2809, su modificatoria Ley N° 4763, sus decretos reglamentarios y el Protocolo de Redeterminación de Precios aprobado por la Resolución CM N° 168/2013.
Los oferentes deberán presentar junto a su propuesta económica un anexo conteniendo la estructura de costos acorde a las prestaciones cotizadas, el que será analizado ante eventuales requerimientos de redeterminación de precios.
20. PENALIDADES
La Dirección General de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura será la encargada del contralor del grado de cumplimiento contractual por parte de la firma adjudicataria.
A los fines de contabilizar los plazos de demora entre un reclamo o requerimiento de servicio y la repuesta de la adjudicataria, ésta deberá poner al servicio del Consejo de la Magistratura un Sistema de Reclamos (Interface Web), tal lo requerido en el Pliego de Especificaciones Técnicas, donde deberá quedar registrado e identificado bajo un Número de Ticket, el reclamo o pedido realizado, sirviendo éste como elemento probatorio de la demora en el servicio.
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado de mora y, por lo tanto, sujeto a la aplicación, previo informe de la Dirección de Informática y Tecnología, de las penalidades establecidas en la normativa vigente y en los siguientes puntos:
· 20.1. Falta de Prestación del Servicio: La falta de prestación del servicio por causa imputable a la adjudicataria, que signifique la incomunicación de alguna/s o de la totalidad de las líneas telefónicas por un espacio mayor a 6 (seis) horas corridas, devengará una multa correspondiente al 5% (cinco por ciento) del valor unitario mensual de la correspondiente línea (Renglón 2), por cada día sin servicio.
· 20.2. Reposición de un Terminal Telefónico y/o Tarjeta SIM: La reposición de un terminal telefónico y/o Tarjeta SIM, deberá ser efectuada dentro del primer día hábil siguiente a la realización del requerimiento, según lo establecido en el punto 5.6 del PET, cuando el mismo haya sido reportado como destruido accidentalmente, hurtado, robado y/o se presente cualquier otra circunstancia de bloqueo de la Tarjeta SIM. Su incumplimiento significará una multa equivalente al 1% (uno por ciento) del valor unitario mensual de la correspondiente línea (Renglón 2), por cada día de demora en efectuarse la reposición.
· 20.3. Reposición luego de un Pedido de Reparación: La reposición de un terminal telefónico tras un diagnóstico técnico por mal funcionamiento en su electrónica, o cuando el costo de reparación signifique al menos un 50 % (cincuenta por ciento) del valor del aparato al momento del reporte de la falla, deberá efectuarse dentro del primer día hábil siguiente a la realización del reclamo al adjudicatario. Su incumplimiento significará la aplicación de una multa equivalente al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) del valor unitario mensual de la correspondiente línea (Renglón 2), por cada día de demora.
· 20.4. El incumplimiento de los tiempos de resolución máximo de los incidentes/reclamos previstos en los puntos 5.6 del P.E.T. conllevará una multa equivalente al 0,5 % (cero coma cinco por ciento) de la facturación del abono mensual correspondiente al renglón 2, por cada día hábil de demora.
En ningún caso la aplicación de multas podrá exceder el monto total de la facturación mensual. El importe de las multas, podrá ser deducido del pago correspondiente que deba practicarse por el efectivo servicio prestado en el mes respectivo.
El Consejo de la Magistratura podrá rescindir el contrato de pleno derecho cuando las multas aplicadas en concepto de incumplimientos contractuales alcanzaren el equivalente al monto establecido en la correspondiente Garantía de Adjudicación.
21. PORTABILIDAD NUMERICA
El adjudicatario deberá disponer lo necesario para efectuar la portabilidad del número telefónico en las terminales telefónicas existentes en el Poder Judicial, sin costo alguno para el Consejo de la Magistratura para aquellos casos que se solicite expresamente, en cumplimiento de lo establecido por la Secretaría de Comunicaciones en su Resolución N° 98/2010 (Boletín Oficial N° 31.968, 19/08/2010), Resolución N° 8/2011 (Boletín Oficial N° 32.076, 24/01/2011) y Resolución N° 67/2011 (Boletín Oficial N° 32.192, 15/07/2011), o la normativa que actualmente regule la materia y/o reemplace a la anteriormente enumerada.
22. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria dispondrá de personal propio y asumirá ante el Consejo de la Magistratura la responsabilidad total en relación con la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean éstos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o de los que pudieran valerse por la prestación de los servicios que establece el pliego. El no cumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.
El adjudicatario se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
El adjudicatario adoptará todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del Consejo de la Magistratura, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o de elementos instalados o por causas eventuales.
23. SEGUROS
23.1. El adjudicatario deberá contar con seguros obligatorios de vida y por accidentes de trabajo de todo el personal que afecte a esta prestación, acreditándolos con la correspondiente inscripción en la aseguradora correspondiente (ART). Deberán presentar certificado de cobertura de ART con cláusula de no repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura.
23.2. Previo al comienzo de la ejecución de las prestaciones, la firma adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, por la suma mínima comprensiva de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00), por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasione a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto.
Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigencia el seguro de responsabilidad civil, el Consejo de la Magistratura podrá -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar dicho seguro y pagar los premios necesarios o que fueran adeudados, por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá los premios así desembolsados del pago de la correspondiente factura.
Será obligación del adjudicatario notificar a la aseguradora sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole, originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos. También correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.
El seguro será contratado con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura e incluirá a éste como COASEGURADO del mismo, considerándolo como tercero afectado.
La vigencia del seguro regirá durante la totalidad del período contractual.
24. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 horas y hasta las 12.00 horas del día 21 de noviembre de 2016, en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sito en Av. Julio A. Roca 530 PB de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas a la Unidad de Evaluación de Ofertas, e indicando como referencia la leyenda “Licitación Pública Nº 11/2016 Expediente CM Nº DGCC-153/16-0”.
25. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 21 de noviembre de 2016 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530 Piso 8°, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
En el caso de que la fecha estipulada resultara feriado o se decretara asueto, quedará establecido el día hábil siguiente a la misma hora como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura pública de ofertas.
26. PEDIDOS DE ACLARACIONES Y/O INFORMACIÓN. CHARLA INFORMATIVA.
Complementando el Art. 6º del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 4º del PCG.
Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el Art. 8º del PCG, hasta las 17:00 horas del día 14 de noviembre de 2016.
La Dirección General de Compras y Contrataciones realizará el día 8 de noviembre de 2016, a las 16.00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Julio A. Roca 530, piso 8º de esta Ciudad.
27. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la Licitación Pública Nº 11/2016 asciende a la suma de Pesos Catorce Millones Cuarenta Mil ($ 10.040.000.-) IVA incluido.
ANEXO II
1. GENERALIDADES
2. RENGLÓN 1: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TELEFONÍA CELULAR
3. RENGLÓN 2: SERVICIO DE TELEFONIA CELULAR MOVIL
4. RENGLÓN 3: SEGUROS PARA LOS EQUIPOS DE TELEFONÍA CELULAR
5. RENGLÓN 4: SERVICIO AL CLIENTE Y SOPORTE
ANEXO I – MODELOS DE REFERENCIA POR GAMA
1. GENERALIDADES
El presente Pliego de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer las cantidades máximas y especificaciones técnicas de los equipos de telefonía celular a adquirir y los aspectos tecnológicos que deberán brindar los servicios de telefonía celular móvil y de líneas telefónicas -Tarjetas SIM a contratar por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que incluye la provisión de líneas telefónicas con servicio de Internet móvil y servicios adicionales.
Las empresas oferentes deberán incluir en su cotización todo elemento de hardware y/o software no descripto en las presentes especificaciones técnicas mínimas, pero necesario para asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento ofrecido.
El oferente deberá acompañar -sin que esto genere ventaja alguna al momento del análisis de las propuestas económicas- un mapa de cobertura real del servicio al momento de la licitación, el cual deberá tender al alcance nacional de la prestación.
2. RENGLÓN 1: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TELEFONÍA CELULAR
2.1 Provisión de los Terminales
Durante la vigencia del contrato, el Consejo de la Magistratura comprará a la adjudicataria terminales telefónicos nuevos, sin uso, habilitados con sus respectivas líneas, hasta las cantidades máximas fijadas para cada uno de las gamas detalladas en el Punto 2.2.
Los terminales telefónicos y sus componentes deberán estar en producción efectiva a la fecha de apertura de ofertas de la presente licitación; es decir, no pueden haber sido discontinuados por los respectivos fabricantes. El software ofrecido deberá ser de la última versión del producto lanzada al mercado, al momento de la entrega de los bienes. No se aceptarán terminales telefónicos a los que se deba instalar software adicional. Si el bien ofrecido exigiera eventualmente formación de personal del Consejo de la Magistratura para su operación, el oferente detallará en su oferta la forma y/o medios de formación necesaria para ello, los que estarán a cargo exclusivo de la adjudicataria.
En todos los casos se proveerán todos los elementos y los accesorios básicos integrados por el kit que el fabricante del mismo entregue, tales como manual de usuario, cable USB o cargador a 220 V 50 Hz, manos libres, software, cables para transferencia de datos a la PC y todos lo necesario para su correcta utilización.
2.2 Gamas de modelos de los Terminales Telefónicos
La provisión de aparatos telefónicos estará agrupada en cuatro gamas de modelos:
Gama Alta: Cantidad a proveer: treinta y un (31) terminales.
Gama Media Alta: Provisión inicial mínima: doscientos cinco (205) terminales.
Cantidad máxima a proveer: trescientos (300) terminales.
Gama Media: Cantidad máxima a proveer: ciento setenta y cuatro (174) terminales.
Gama Baja: Provisión inicial mínima: ciento setenta y ocho (178) terminales.
Cantidad máxima a proveer: doscientos setenta y tres (273) terminales.
Deberán contar con la última versión del sistema operativo Android disponible.
Los oferentes deberán basar sus ofertas en las gamas de modelos incluidas en el Anexo I Modelos de referencia por Gama o aquellos que los reemplacen al ser discontinuados.
Los oferentes podrán ofrecer modelos no incluidos en dicho Anexo y su aceptación o rechazo quedará sujeto al análisis del Consejo de la Magistratura de la CA.B.A. que dictaminará sobre su correcta inclusión en la gama correspondiente.
2.3. Información Complementaria
El adjudicatario deberá facilitar junto con la entrega de los terminales telefónicos un archivo en formato digital (XLS) y el listado impreso conteniendo los siguientes datos del equipo:
- Número de IMEI
- Marca
- Modelo
- Número de Serie
En virtud de los cambios de equipos que por fallas, robos, extravíos y-o por cualquier otro motivo se presenten, esta información deberá actualizarse quincenalmente y-o a requerimiento de la Dirección General de Informática y Tecnología a efectos de mantener ordenado el parque de equipos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.4. Actualización tecnológica
Durante el transcurso de la prestación del servicio, en los casos de solicitud de nuevos equipos, reemplazo por robo o cumplimiento de garantía, el adjudicatario deberá entregar terminales telefónicos de la gama correspondiente al terminal a reemplazar. El equipamiento nuevo a proveer deberá contar con la aprobación correspondiente por parte del Consejo de la Magistratura.
2.5. Garantía de los terminales telefónicos
Todos los terminales telefónicos deberán ser entregados con garantía de perfecto funcionamiento por el término de la contratación (mínimo 24 meses desde el Parte de Recepción Definitiva) como así también la provisión de repuestos, corriendo por cuenta de la adjudicataria el reemplazo de todos los componentes que fueren declarados como deteriorados o cuya capacidad sea defectuosa.
El oferente se compromete al reemplazo provisorio de terminales telefónicos, ante pedidos de reparación, hasta su efectiva reparación y/o reemplazo definitivo de los mismos, en forma inmediata desde la notificación formal por parte del Consejo de la Magistratura.
Ante causales de reposición fundadas en el informe del servicio técnico de la adjudicataria, la misma deberá reponer el/los terminal/es telefónico/s en el plazo estipulado en el punto 20 del PCP. Para estos casos, el adjudicatario deberá sustituir las terminales por terminales telefónicos de la gama correspondiente al terminal a reemplazar. El equipamiento a proveer deberá contar con la aprobación correspondiente por parte del Consejo de la Magistratura en el caso de no existir en stock al momento de producida la falla y/o discontinuidad del equipamiento ofertado en esta licitación.
Las reparaciones técnicas que se realicen a los diferentes terminales telefónicos serán sin cargo para este Consejo de la Magistratura.
3. RENGLÓN 2: “SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR MOVIL”
3.1. Prestación del servicio
La prestación del servicio de telefonía celular deberá contar con las siguientes características como mínimo:
· Posibilidad de realizar llamadas sin límites de cantidad, ni de duración, ni de minutos mensuales por línea dentro de la Red Privada de Telefonía Celular (R.P.T.C) o Grupo Cerrado de Usuarios y a destinos fuera del Grupo Cerrado de Usuarios, para llamadas locales y de larga distancia nacional a destinos de telefonía fija y móvil.
· Posibilidad de recibir llamadas originadas en las redes de telefonía fija y/o móvil sin costo alguno.
La prestación del servicio de telefonía celular incluirá los siguientes servicios como mínimo:
3.1.1. Para el caso de roaming internacional el oferente deberá informar los costos por la eventual habilitación del servicio.
3.2. Cobertura del servicio-tecnología
El servicio de telefonía celular a ofertar por parte de aquellas empresas que posean habilitación como Proveedor de Servicio de Comunicaciones Móviles habilitados por la C.N.C. para brindar el servicio de Telefonía Móvil Celular deberá basarse en redes inalámbricas que brinden acceso empleando las tecnologías que por su denominación a sus siglas en idioma inglés corresponden a: G.S.M. (Sistema Global para Comunicaciones Móviles).
El adjudicatario deberá facilitar la comunicación entre las distintas tecnologías ofertadas cualquiera sea la ubicación geográfica del terminal emisor y receptor de cualquiera de los integrantes de las R.P.T.C.; así como con el resto de proveedores cualquiera sea la ubicación geográfica del terminal emisor y receptor y con la telefonía básica urbana, interurbana e internacional según corresponda para algunos casos que el contratista determine necesarios cualquiera sea la ubicación geográfica del terminal emisor.
3.3 Líneas telefónicas–tarjetas SIM para interfaces GSM
3.3.1. Se requiere la provisión de Líneas Telefónicas – Tarjetas SIM para ser utilizadas en equipos de interfaces GSM o en equipos VoIP Gateways GSM.
3.3.2 Al momento de habilitar las Líneas Telefónicas – Tarjetas SIM se tendrá disponibilidad del servicio telefónico en forma ilimitada.
3.3.3 Se contemplará la posibilidad de habilitar o restringir el servicio de SMS en las Líneas Telefónicas – Tarjetas SIM, de forma ilimitada, según sea solicitado por la Dirección General de Informática y Tecnología.
- Cantidad inicial a proveer: setecientas cincuenta (750) tarjetas SIM.
- Cantidad máxima a proveer: mil doscientas (1200) tarjetas SIM.
4. RENGLÓN 3: SEGUROS PARA LOS EQUIPOS DE TELEFONÍA CELULAR
4.1. Seguro para terminales
La Adjudicataria proveerá un seguro para:
Dicho seguro deberá abarcar la reposición de los terminales por destrucción total, robo o hurto.
A tales efectos, se detallará el alcance de la cobertura del seguro para las terminales telefónicas propuesta.
4.2 Ante la reposición de terminal/es telefónico/s por causales de destrucción total, hurto, pérdida o robo de/los mismo/s, la adjudicataria deberá informar expresamente en su oferta económica el precio de referencia para cada caso de reposición, el cual no podrá ser incrementado durante la vigencia del plazo contractual. A tales efectos, se detallará el alcance de la cobertura del seguro de terminales telefónicas propuesta.
4.3 El adjudicatario deberá sustituir las terminales por terminales telefónicas de la gama correspondiente a la terminal a reemplazar. El equipamiento a proveer deberá contar con la aprobación correspondiente por parte del Consejo de la Magistratura en el caso de no existir en stock al momento de producida la falla y/o discontinuidad del equipamiento ofertado en esta licitación.
5. RENGLÓN 4: SERVICIO AL CLIENTE Y SOPORTE
5.1 Las prestaciones incluirán un servicio de atención al cliente de modo evitar de que los usuarios se vean imposibilitados de contar con los servicios descriptos.
5.2. El oferente deberá designar un ejecutivo de cuentas exclusivo para satisfacer los requerimientos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A los fines de la prestación del servicio la Adjudicataria deberá:
A) Designar un operador exclusivo on-site, que prestará el servicio bajo la modalidad 5x8xNBD , para gestionar los requerimientos de los usuarios del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
B) Permitir la posibilidad de solicitar de forma directa los servicios de Roaming y Plan de Datos Móviles en el Exterior, mediante la modalidad 7x24x365.
El servicio incluirá un soporte técnico experto y se brindará para todo el parque de equipos.
· Para el correcto procedimiento de notificación y escalamiento de problemas el Consejo de la Magistratura designará oportunamente a las personas que podrán interactuar con el equipo de soporte técnico especializado.
· El servicio deberá contemplar las condiciones necesarias que permitan asegurar los tiempos de respuesta previstos en el presente pliego.
· Los oferentes deberán especificar los alcances del servicio propuesto para garantizar el funcionamiento normal del servicio ofrecido.
· Los oferentes deberán demostrar fehacientemente que su personal técnico es apto para brindar el servicio, acreditando para esto, los certificados necesarios emitidos por el fabricante de los equipos terminales.
Los oferentes deberán especificar e incluir en el servicio ofrecido, lo siguiente:
· Lista de Escalamiento.
· Soporte: alcance, responsabilidades, parámetros y niveles.
· Visitas a sitio.
· Tiempo de reparo del reclamo.
Ante un contacto telefónico que no tenga resolución en el momento, el proveedor deberá generar un ticket que pueda ser visualizado desde el sistema de reclamos
5.3.2 Servicio 7x24x365 Solicitud de Servicios de Roaming y Plan de Datos Móviles en el Exterior
El servicio incluirá la posibilidad de solicitar los siguientes servicios mediante la modalidad 7x24x365:
· Terminal telefónico provisto por el adjudicatario para comunicarse con un operador de la empresa, a un número definido por el mismo.
· Desde una línea fija a un número gratuito del tipo 0800.
· A través de una página Web específica definida por el adjudicatario.
Ante un contacto telefónico que no tenga resolución en el momento, el proveedor deberá generar un ticket que pueda ser visualizado desde el sistema de reclamos habilitado para uso del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.
El oferente deberá designar un operador exclusivo para satisfacer los requerimientos del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5.4 El adjudicatario dispondrá de un Sistema de Reclamos donde se efectuará la registración de las solicitudes de servicio y/o reclamo, y el control de tiempos de respuesta. A dicho sistema se accederá desde un navegador Web (Google Chrome, Internet Explorer, Mozilla, etc.) por Internet y se podrá interactuar con éste. El sistema permitirá navegar a través de árboles de diagnóstico, generación de tickets, seguimiento, reapertura, posibilidad de obtener métricas de volumen y servicios de distinta índole.
Por cada reclamo el sistema permitirá, entre otros, lo siguiente:
· Entregar un número único por cada pedido.
· Mostrar Fecha de realización del pedido.
· Mostrar en qué estado se encuentra el pedido.
· Mostrar la fecha de última actualización del pedido.
· Permitir identificar el tipo de trámite.
· Permitir ingresar una clasificación del tipo de trámite.
· Permitir ingresar una descripción del problema.
· Permitir exportar los pedidos de solicitudes/reclamos.
|
Clasificación del incidente/reclamo
|
Tiempo de Resolución Máximo |
5.6.1. |
Envío de Información a requerimiento |
3 días hábiles |
5.6.2. |
Servicio Técnico/Reposiciones por fallas técnicas |
NBD (Next Business Day – Próximo día hábil) |
5.6.3. |
ABM de Servicios/Perfiles/Planes |
Próximo día hábil |
5.6.4. |
Alta de línea |
Próximo día hábil |
5.6.5. |
Roaming |
Inmediato |
5.6.6. |
Otros no detallados |
2 días hábiles |
5.6.7. |
Comunicación con Operador/Representante |
Inmediato |
ANEXO I – Pliego de Condiciones Técnicas –
Modelos de referencia por gama
Gama Alta:
Terminales telefónicos similares a los siguientes modelos:
Gama Media Alta:
Terminales telefónicos similares a los siguientes modelos:
Gama Media:
Terminales telefónicos similares a los siguientes modelos:
Gama Baja:
Terminales telefónicos similares a los siguientes modelos:
ANEXO III
MODELO DE PUBLICACIÓN
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Adquisición de Equipos de Telefonía Celular y Contratación del Servicio de Telefonía Celular Móvil
Expediente CM Nº DGCC-153/16-0
Licitación Pública Nº 11/2016
Objeto: Adquisición de equipos de telefonía celular y tarjetas SIM, así como la contratación del servicio de telefonía celular móvil, seguros, servicio al cliente y soporte técnico, para su utilización por el Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consultas: Dirección General de Compras y Contrataciones, sita en Av. Julio A Roca 530, Piso 8 de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4008-0358, o en la página web:www.jusbaires.gov.ar
Adquisición de Pliegos: Hasta las 12:00 horas del día 21 de noviembre de 2016, en la Dirección General de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes, de 11.00 a 17.00 horas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 358/0 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición.
Precio de los Pliegos: $ 7.000.-
Reunión Informativa: La Dirección de Compras y Contrataciones realizará una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, el día 8 de noviembre de 2016 a las 16:00 hs. la cual se desarrollará en Av. Julio A. Roca 530, piso 8º de esta Ciudad.
Presentación de las Ofertas: hasta las 12:00 horas del día 21 de noviembre de 2016, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530 PB, de esta Ciudad.
Fecha y Lugar de Apertura: 21 de noviembre de 2016, a las 12:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A. Roca 530, Piso 8º de esta Ciudad.