Buenos Aires, 14 de abril de 2015
RES. OAyF Nº 094 /2015
VISTO:
El Expediente DCC N° 050/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Folletos y Anotadores para la Feria del Libro 2015”, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 81/2015 (fs. 41/50) se autorizó el llamado a la Contratación Menor Nº 12/2015 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) anotadores y de diez mil (10.000.-) folletos de los “Puestos de Orientación y Acceso a la Justicia”, para su utilización en la 41° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (FIDL), en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de trescientos sesenta mil pesos ($ 360.000,00) IVA incluido.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 52) y puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 81/2014 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 53).
Que se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 55/56), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 57) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 58/63).
Que conforme se desprende del Acta de No Recepción de Ofertas que luce a fojas 64 y conforme fuera previsto en la Resolución OAyF N° 81/2014, el 7 de abril de 2015 se realizó el acto de apertura de ofertas. Allí se hizo constar que no se presentaron propuestas en el marco de la Contratación Menor Nº 12/2015.
Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones elevó lo actuado a esta Oficina de Administración y Financiera con la sugerencia de que se declare fracasada la contratación de marras (v. Nota Nº 263-DCC-15 de fs. 65).
Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 6211/2015 tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, citó la normativa aplicable al caso y concluyó: “teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa legal aplicable al caso y lo opinado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 65, esta Dirección General entiende que debe declararse desierta la presente Contratación Menor Nº 12/2015” (fs. 71/72).
Que puesto a resolver, de acuerdo a lo actuado por la Dirección de Compras y Contrataciones así como también lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 12/2015 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) anotadores y de diez mil (10.000.-) folletos de los “Puestos de Orientación y Acceso a la Justicia”, para su utilización en la 41° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (FIDL), en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 81/2015.
Que en otro orden de ideas, en atención a que no se presentaron ofertas, de acuerdo a lo normado en el artículo 13º de la Ley Nº 2095 y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, habrá de declararse desierta la Contratación Menor N° 12/2014.
Que corresponde señalar que es intención de esta Administración General dar acabada respuesta a lo requerido mediante Memos Nº 15 y 17/2015 por la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales en atribución de la competencia delegada por la Presidencia de este Consejo de la Magistratura por Resolución Presidencia Nº 886/2014. En tal sentido, ha impulsado un nuevo procedimiento para adquirir los folletos y anotadores en cuestión con la mayor celeridad posible, el cual tramita por Expediente OAyF Nº 099/15-0.
Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 12/2015 que tiene por objeto la adquisición de veinte mil (20.000.-) anotadores y de diez mil (10.000.-) folletos de los “Puestos de Orientación y Acceso a la Justicia”, para su utilización en la 41° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires (FIDL), en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 81/2015.
Artículo 2º: Declárese desierta la Contratación Menor N° 12/2015, en virtud de los fundamentos dados en los considerandos de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.
RES. OAYF Nº 094 /2015