Buenos Aires, 3 de diciembre de 2018
RES. OAyF (RE) N° 014 /2018
VISTO:
El TEA A-01-00015509-4/2018 caratulado “O. A. y F. s/ Impresiones para la II Jornada Institucional: La Creación Fuero en las Relaciones de Consumo s/ Caja Chica Especial”; y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires remitió distintas solicitudes en el marco de la realización de la II Jornada Institucional: La creación fuero en las relaciones de consumo que se llevará a cabo el 6 de diciembre del corriente en el Salón Verde de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (cfr. Memo N° 6872/18 y Adjuntos N° 19275/18, 19330/18, 19331/18, 19334/18, 19336/18, 19337/18, 19338/18, 19341/18, 19343/18, 19344/18 y 19345/18).
Que cabe destacar que por Resolución CM N° 205/2018 se aprobó la realización y se declaró de interés institucional la jornada en cuestión y se dio intervención a la Oficina de Administración y Financiera debido al interés económico que insumo la actividad.
Que en particular, respecto al servicio de locución solicitado, esta Oficina de Administración y Financiera dio intervención al Departamento de Ceremonial y Protocolo. En tal sentido, se remitieron los actuados para conocimiento de esa dependencia mediante SISTEA y se comunicó telefónicamente a fin de imprimir la debida celeridad.
Que en punto al coffee-break propuesto, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 19º del Anexo I de la Resolución CM Nº 97/2012, se autorizó la erogación del gasto que demande mediante la caja chica del área requirente y en caso de ser necesario la excepción del tope por comprobante. En tal sentido, se remitieron los actuados para conocimiento de esa dependencia mediante SISTEA y se comunicó telefónicamente a fin de imprimir la debida celeridad, informando que al momento de rendir la caja chica debía presentarse copia de la autorización otorgada ante la Dirección General de Programación y Administración Contable.
Que en atención a la necesidad manifestada para la impresión de las piezas gráficas y a la premura de lo requerido en virtud de la proximidad del evento, se entendió pertinente imprimir a los presentes actuados el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 (v. Proveído N° 717/18).
Que posteriormente, esta Oficina de Administración y Financiera requirió las especificaciones técnicas faltantes de los insumos requeridos y los incorporó al TEA de marras (v. Adjuntos N° 19594/18, 19595/18, 19596/18 y 19597/18). Asimismo, el área requirente aclaró telefónicamente y por correo electrónico que se requerían trescientas (300.-) hojas membretadas y que el programa requerido estaba sujeto a revisión hasta el próximo lunes 3 de diciembre del corriente.
Que entonces, esta Oficina de Administración y Financiera confeccionó una Invitación a Cotizar que contempla la impresión de dos (2.-) banners de pie con porta banners (Renglón 1), de ciento setenta (170.-) certificados -150 de un modelo (para asistentes a la jornada) y 20 de otro modelo (para disertantes). (Renglón 2), de treinta (30.-) afiches (Renglón 3) y de trescientas (300.-) hojas membretadas (Renglón 4). Ello, de conformidad con las especificaciones técnicas brindadas por la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que fueron elaboradas conjuntamente con el Centro de Planificación Estratégica y en tal sentido se ajustan al Manual de Identidad Visual vigente.
Que en la referida Invitación a Cotizar, se dejó constancia que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires remitiría a la firma que resultara adjudicataria los modelos definitivos correspondientes a los insumos solicitados. Finalmente, se indicó que el tiempo máximo de entrega es de 36 horas desde la recepción de los archivos.
Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (v. constancia de envío SISTEA N° 54308).
Que luego, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se remitieron invitaciones a cotizar a las firmas Power Graphic S.R.L., “Centro Lavalle”, “Dispape”, Graphia S.R.L. y Artes Gráficas Integradas S.A.. Se agregaron al TEA de marras las constancias de los correos electrónicos cursados y de las recepciones correspondientes (v. Adjunto N° 20021/18).
Que se incorporaron las constancias de inscripción de las firmas invitadas a cotizar en el BAC-Sistema de Compras Púbicas. En virtud de la información allí obrante, de donde surgen los datos de los representantes legales y miembros del directorio y realizados los controles pertinentes se da por cumplimentado lo instruido por Resolución CAGyMJ N° 106/2018 (v. Adjuntos N° 19605/18, 19606/18, 19607/18, 19608/18 y 19609/18).
Que como resultado de la compulsa, presentaron ofertas Power Graphic S.R.L. por diez mil doscientos veinte pesos ($10.220,00) IVA incluido, “Centro Lavalle” de Dante Akselrad por cinco mil ochocientos ochenta pesos ($5.880,00) IVA incluido, Graphia S.R.L. que presupuestó por diecisiete mil quinientos cincuenta pesos ($17.550,00) IVA incluido y “Dispape” de Rosana Rinaldi que ofertó por el monto de cinco mil setecientos cincuenta y ocho pesos ($5.758,00) IVA incluido (v. Adjunto. 20022/18).
Que posteriormente, la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -en su carácter de área requirente y técnica competente- informó que todas las ofertas presentadas cumplen con lo requerido oportunamente con excepción de la presenta por Grafhia S.R.L. que sólo cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el Renglón 4 (v. Adjunto N° 20023/18).
Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde destacar en primer término que las cuatro (4.-) ofertas fueron presentadas temporáneamente, por lo que corresponde tenerlas en consideración.
Que en virtud de lo informado por el área requirente y técnica competente la oferta de la empresa Graphia S.R.L deberá declararse técnicamente inadmisible. En otro orden de ideas, de la comparación entre las tres (3.-) ofertas restantes que sí resultan admisibles técnicamente, la propuesta de “Dispape” de Rosana Rinaldi resulta la más más conveniente económicamente.
Que entonces, puesto a resolver, encontrándose cumplido el trámite previsto en las Resoluciones CM N° 969/2010 y CM Nº 97/2012, acabadamente configurado el supuesto de excepción contemplado en esa normativa, con especial atención a la solicitud cursada por la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con el objeto de garantizar el normal funcionamiento de este Poder Judicial y en especial en virtud de la inminente celebración de las Jornadas en cuestión, corresponderá autorizar el gasto con la firma “Dispape” de Rosana Rinaldi, para la impresión de para la impresión de dos (2.-) banners de pie con porta banners, de ciento setenta (170.-) certificados -150 de un modelo (para asistentes a la jornada) y 20 de otro modelo (para disertantes), treinta (30.-) afiches y de trescientas (300.-) hojas membretadas por la suma total de cinco mil setecientos cincuenta y ocho pesos ($5.758,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar y de acuerdo a la oferta cursada, por ajustarse a las especificaciones requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para las impresiones requeridas, con la debida celeridad para poder cumplir con los plazos previstos.
Que en consonancia con lo antedicho, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma que resulte adjudicada en el presente acto y al resto de las firmas oferentes y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y N° 97/2012;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma “Dispape” de Rosa Rinaldi para la impresión de dos (2.-) banners de pie con porta banners, de ciento setenta (170.-) certificados -150 de un modelo (para asistentes a la jornada) y 20 de otro modelo (para disertantes), treinta (30.-) afiches y de trescientas (300.-) hojas membretadas por la suma total de cinco mil setecientos cincuenta y ocho pesos ($5.758,00) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar y de acuerdo a la oferta cursada.
Artículo 2º: Dese intervención a la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que provea a la firma “Dispape” del material necesario para las impresiones cuyo gasto se autorizó en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial y comuníquese a la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 014 /2018