Deja sin efecto lo dispuesto mediante la Resolución OAyF Nº 280/2010.
Deja sin efecto lo dispuesto mediante la Resolución OAyF Nº 280/2010.
Deja sin efecto lo dispuesto mediante la Resolución OAyF Nº 280/2010.
Buenos Aires, 26 de octubre de 2011.
RES. OAyF Nº 206/2011
VISTO:
El Expediente OAyF Nº 201/10-0 por el que se propicia la contratación de la impresión del Informe Anual de la Oficina de Administración y Financiera (Ejercicio 2009), la Res. OAyF Nº 280/10 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Res. OAyF Nº 280/2010 se dispuso en su art. 1º: (a)utorizar la Contratación Directa tendiente a la impresión de trescientos (300) ejemplares del Informe Anual de la Oficina de Administración y Financiera. Ejercicio 2009, por la suma total de siete mil seiscientos cincuenta pesos ($ 7.650.-) IVA incluído, con la firma EUDEBA SEM (Editorial Universitaria de Buenos Aires) sociedad de economía mixta dependiente de la Universidad Nacional de Buenos Aires; de acuerdo al presupuesto de fs. 27.
Que en el marco del procedimiento orientado a la ejecución de la decisión administrativa consignada precedentemente, la sociedad adjudicataria, hizo llegar a personal de la Dirección de Compras y Contrataciones una serie de exigencias relativas a la característica con las que debían ser almacenados los archivos informáticos para la concreción de la resolución aludida en el párrafo anterior. Por caso, mediante Nota 90/2011, la señora Jefa de Departamento de Procedimiento de Contrataciones hizo saber que: cumplo en informar que a fojas 54/55 luce incorporado el correo electrónico emitido por la firma EUDEBA SEM, a través del cual dicha empresa informa la existencia de diversos inconvenientes que no permiten llevar a cabo la prueba de impresión, solicitando algunas aclaraciones con relación al material que fuera oportunamente remitido (reflejadas en las constancias de recepción y remisión de mensajes vía correo electrónico agregadas precedentemente).
Que, consecuentemente, personal de la Oficina de Administración y Financiera remitió vía correo electrónico a un agente de la Dirección de Compras y Contrataciones el archivo en soporte digital requerido; alternativa que no resultó suficiente para la sociedad adjudicataria, tal como se desprende de la constancia de fs. 60.
Que así las cosas, habida cuenta el tiempo transcurrido y ante la eventualidad de nuevas observaciones por más comprensibles que sean de parte de la sociedad del Estado, que dilaten aún más la edición de un informe de gestión correspondiente al año 2009; aparece aconsejable dejar sin efecto la adjudicación autorizada, lo que así se resolverá.
Que sin perjuicio de ello, amén de las comunicaciones de práctica, se remitirá vía correo electrónico el archivo digital del informe anual 2009 a la Dirección de Informática y Tecnología, para que evalúe la pertinencia de su difusión a través de la página web de este Consejo de la Magistratura.
Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Dejar sin efecto lo dispuesto mediante Resolución OAyF Nº 280/2010, de conformidad con lo argumentado en la presente.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también a comunicar lo decidido a la firma EUDEBA SEM y dejar sin efecto todos los actos administrativos consecuentes de la adjudicación autorizada mediante Res. OAyF Nº 208/2010.
Artículo 3º: Remitir a la Dirección de Informática y Tecnología vía correo electrónico el archivo digital del informe anual 2009, para que evalúe la pertinencia de su difusión a través de la página web de este Consejo de la Magistratura.
Artículo 4º: Regístrese, infórmese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente archívese.