Buenos Aires, 23 de julio de 2015
Res. OAyF Nº 239 /2015
VISTO:
el Expediente DCC-078/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Modernización de Ascensores Edificio Bolívar 177” y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 146/2015 (fs. 63/76) se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 07/2015 de etapa única que tiene por objeto la modernización de dos (2.-) ascensores existentes en el edificio sito en Bolívar 177 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo el reacondicionamiento y modificación del sistema de fuerza motriz, cabinas y tableros, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución.
Que a su vez por la citada Resolución se estableció el 19 de mayo de 2015 a las 12:00 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación y el 27 de mayo de 2015 a las 12:00 horas como fecha límite de presentación de ofertas y apertura pública de las ofertas. Por otra parte, se estipuló en la cláusula 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 07/2015 que el día 14 de mayo de 2015 a las 16:00 horas se realizaría una charla informativa para los interesados.
Que se dio cumplimiento a la publicación de la convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 86), se realizaron las comunicaciones pertinentes del acto a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 87/88), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 89/90), se remitieron invitaciones electrónicas a diferentes firmas del rubro (fs. 92/101) y se realizó la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 102/103). A su vez, la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 146/2015 a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores como Responsable Técnico (fs. 81/82) y a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 83/84).
Que tal como surge de fojas 104, el 14 de mayo de 2015 se llevó a cabo la reunión informativa pautada en el marco de la Licitación de marras y a resultas de ella, la Dirección de Compras y Contrataciones informó que “(…) se advirtió un error material en el Punto 17 del Pliego de Condiciones Particulares. En efecto, el programa de seguridad e higiene que allí se requiere corresponde ser presentado por la firma adjudicataria del proceso de selección y no por las oferentes interesadas en participar y cotizar”. En tal sentido, remitió lo actuado a esta Administración General con un proyecto de Circular Sin Consulta en la que se aclara que: “Respecto del Punto 17 (PROGRAMA DE SEGURIDAD) del Pliego de Condiciones Particulares, en donde dice: Se deberá presentar junto a la oferta el Programa de Seguridad… Deberá leerse: Previo al inicio de las prestaciones, la adjudicataria deberá presentar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, con copia a la Dirección de Compras y Contrataciones, el Programa de Seguridad…” (v. Memo DCC N° 191/2015 de fs. 105/106).
Que en consecuencia, mediante Resolución OAyF Nº 168/2015 (fs. 116/117) se aprobó la Circular sin Consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 07/2015 en los términos antes referidos.
Que la Resolución OAyF Nº 168/2015 se publicó en la página web del Poder Judicial (fs. 132). Asimismo, se remitieron comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 119/120), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 121/123) y a diferentes firmas del rubro que fueron oportunamente invitadas a cotizar en la presente contratación (fs. 124/131).
Que a fojas 133 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 134/138 lucen las constancias suscriptas por las cinco (5.-) firmas que se hicieron del documento en cuestión.
Que el 27 de mayo de 2015 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 04/2015 en la que se hizo constar la presentación de dos (2.-) sobres ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 141/142) que contienen las ofertas pertenecientes a las firmas Christophersen Ascensores S.R.L. -agregada a fojas 145/156- que cotizó por un monto total de un millón seiscientos noventa y dos mil setecientos noventa pesos ($ 1.692.790,00) IVA incluido y Adsur S.A. -incorporada a fojas 159/303- que presupuestó por la suma total de un millón ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta pesos ($1.159.360,00) IVA incluido. Asimismo, se dejó asentado que la firma Christophersen Ascensores S.R.L. no presentó garantía de la oferta y la empresa Adsur S.A. presentó una póliza de seguro de caución por setenta mil pesos ($ 70.000,00).
Que la Unidad Evaluadora de Ofertas dejó constancia de la remisión a la Dirección de Compras y Contrataciones de la póliza de seguro de caución presentada por la empresa Adsur S.A. para su resguardo en la caja fuerte de este Consejo (fs. 304 y 311).
Que luego, la Unidad Evaluadora de Ofertas requirió asistencia técnica especializada sobre las ofertas presentadas en la licitación pública en cuestión a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores (fs. 312). En respuesta, esa dependencia expuso que “ambas empresas tienen antecedentes en obras similares realizadas para el Consejo de la Magistratura y cumplen con los requisitos técnicos para desarrollar los trabajos” y en consecuencia estableció un orden de mérito en el cual la firma Adsur S.A. se encuentra en primer lugar y Christophersen Ascensores S.R.L. ocupa el segundo lugar (cfr. Memo DSGyOM Nº 234/15 de fs. 314).
Que a continuación, la Unidad Evaluadora de Ofertas le solicitó a la firma Adsur S.A. que presentará en un plazo de cinco (5.-) días su inscripción en el Registro Buenos Aires Compra (fs. 316/318), la empresa Adsur S.A. solicitó una prórroga para presentar tal documentación (fs. 321/322) la cual fue otorgada (fs. 323) y en el nuevo plazo previsto la oferente adjuntó la inscripción en el Registro Buenos Aires Compra (fs. 324/327).
Que a fojas 330/335 se encuentra incorporado el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones por el que, después de analizar la documentación presentada, esa Comisión concluyó que la oferta presentada por la firma Adsur S.A. era admisible, mientras que la correspondiente a Christophersen Ascensores S.R.L. era inadmisible puesto que no había integrado la garantía de oferta requerida en el punto 14 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el inciso a) del punto 6 del Pliego de Condiciones Particulares de la licitación de marras, siendo ese un requisito insubsanable con posterioridad a la Apertura de Ofertas. En consecuencia, se concluyó que correspondía preadjudicar la Licitación en cuestión a la firma Adsur S.A. por el monto total de un millón ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta pesos ($ 1.159.360,00) IVA incluido.
Que a fojas 336/339 y 343/344 obran las constancias de la notificación del Dictamen de Evaluación de Ofertas a las firmas oferentes, a fojas 340/341 glosa el correo electrónico por el cual se solicitó la publicación del referido Dictamen en el Boletín Oficial y a fojas 342 se desprende que fue publicado en la página web de este Poder Judicial.
Que requerida su opinión, mediante Dictamen Nº 6400/2015 (fs. 349/351), tomó la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, previa reseña de lo actuado y citar la normativa aplicable al caso, advirtió que debía incorporarse al expediente del Visto la constancia de publicación del Dictamen de la Unidad Evaluadora de Ofertas en el Boletín Oficial. Luego, concluyó: “Consecuentemente con todas las consideraciones precedentemente expuestas, teniendo en cuenta el Dictamen de Evaluación de Ofertas (fs. 330/335), el informe elaborado por el área técnica (fs. 314) y la normativa legal vigente aplicable al caso, esta Dirección General opina que, una vez cumplida la publicación en el Boletín Oficial del dictamen referido conforme lo requiere la legislación vigente, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones”.
Que atento lo observado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en su Dictamen N° 6400/2015, esta Administración General se encargó de incorporar la constancia de la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas en el Boletín Oficial N° 4669 del 30 de junio del corriente (fs. 355/358).
Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, de acuerdo a los dictámenes de la Unidad Evaluadora de Ofertas y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y habiéndose cumplimentado la observación de esta última dependencia, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido en punto a la adjudicación propuesta por la Unidad Evaluadora de Ofertas.
Que en consecuencia corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 07/2015 y adjudicar el renglón 1 de la misma a la firma Adsur S.A. por el monto total de un millón ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta pesos ($ 1.159.360,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 159/303 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esta licitación.
Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente adjudicación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 07/2015 de etapa única que tiene por objeto la modernización de dos (2.-) ascensores existentes en el edificio sito en Bolívar 177 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo el reacondicionamiento y modificación del sistema de fuerza motriz, cabinas y tableros, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 146/2015.
Artículo 2º: Adjudíquese el renglón 1 de la Licitación Pública Nº 07/2015 a la firma Adsur S.A. por el monto total de un millón ciento cincuenta y nueve mil trescientos sesenta pesos ($1.159.360,00) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 159/303 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de esta licitación.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente adjudicación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, a la Dirección General de Infraestructura y Obras y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, y oportunamente archívese.
RES. OAyF Nº 239 /2015