Buenos Aires, 20 de septiembre de 2017
RES. OAyF (RE) Nº 11 /2017
VISTO:
El Expediente OAyF N° 174/17-0, caratulado “O. A. y F. s/ Adquisición Material Jornadas s/ Caja Chica Especial” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N°143/2017 la Presidencia de este Consejo de la Magistratura solicitó -en lo que aquí interesa- la impresión de doscientas (200.-) libretas de modo urgente, para su utilización en el marco del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia y del Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa”. En particular, las requirió para ser distribuidas durante el evento por “El Día de La Boca” (cfr. fs. 3/5).
Que se destaca que el “Programa de Acceso Comunitario a la Justicia” ha sido aprobado por Resolución CM N° 162/2014 (v. copia de fs. 7/8) y que el Proyecto “Teatro de Papel: Una Función Justa” fue aprobado por Resolución CM N° 171/2015 (fs. 9/20).
Que en atención a la proximidad de la fecha en la cual se realizará la actividad en cuestión, la Presidencia de este Consejo de la Magistratura resaltó el carácter de urgente del mentado requerimiento. En particular, solicitó la entrega de los insumos en una fecha que no exceda el día 25 de septiembre (v. Memo antes mencionado).
Que en atención a la urgencia manifestada y la proximidad del evento en cuestión, esta Oficina de Administración y Financiera entendió que resultaba pertinente imprimir a las presentes el tratamiento previsto en el apartado 2) del artículo 1º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 y en la Resolución CM Nº 969/2010 para la contratación requerida (fs. 22).
Que luego, la Presidencia de este Consejo de la Magistratura remitió las especificaciones técnicas y el diseño de las libretas solicitadas y señaló que fueron elaboradas por el Centro de Planificación Estratégica de acuerdo al Manual de Identidad Visual vigente y acompañó los correos electrónicos que dan cuenta de sus dichos (v. fs. 26/29).
Que conforme lo establecido en el apartado II del Anexo I del artículo 5° de la Resolución CM N° 969/2010 y en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012, se puso en conocimiento del presente trámite a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 30/31).
Que posteriormente, la Presidencia de este Consejo de la Magistratura aclaró ciertos detalles respecto de las especificaciones técnicas de las libretas requeridas (fs. 32/39).
Que así las cosas, en cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa citada, se confeccionaron invitaciones a cotizar de acuerdo a las especificaciones remitidas por la Presidencia de este Consejo de la Magistratura y se remitieron a las firmas Item 54 S.R.L. (fs. 40), “Centro Lavalle” (fs. 41), “Dispape” (fs. 42), Artes Gráficas Integradas S.A. (fs. 43) e “Impresiones Gráficas” (fs. 44) y se incorporaron las constancias de recepción correspondientes (fs. 45/50).
Que entonces, las empresas “Impresiones Gráficas” y “Dispape” efectuaron consultas respecto a las especificaciones técnicas (fs. 51/52 y 85/86). En consecuencia, se dio intervención a la Presidencia de este Consejo de la Magistratura a fin de que conjuntamente con el Centro de Planificación Estratégica dieran respuesta a las mismas (fs. 53/54 y 87/88) y esa dependencia contestó mediante correos electrónicos obrantes a fojas 56/64 y 89/90. En virtud de ello, se remitieron las Rectificatorias correspondientes a todas las firmas oportunamente invitadas a cotizar (cfr. fs. 65/79 y 91/105).
Que como resultado de tal compulsa, presentaron ofertas tres (3.-) de las empresas invitadas a cotizar. A saber: Artes Gráficas Integradas S.A. presentó una oferta -agregada a fojas 110/112- por el monto total de veintitrés mil seiscientos catorce pesos ($23.614,00) IVA incluido, “Centro Lavalle” envió una cotización -obrante a fojas 113/115- por la suma final de veintiocho mil ochocientos pesos ($28.800,00) IVA incluido y “Dispape” presentó una oferta -glosada a fojas 116/118- por la suma total de veintiocho mil setecientos pesos ($28.700,00) IVA incluido. Al respecto, se advierte una discrepancia entre el monto unitario y total cotizado por la firma Artes Gráficas Integradas S.A. por lo que, de acuerdo a lo dispuesto en la Invitación a Cotizar, se tomará como válido el monto unitario, siendo en consecuencia el monto real de la oferta de veintitrés mil quinientos cincuenta y tres pesos con 86/100 ($23.553,86) IVA incluido.
Que se dio intervención a la Presidencia de este Consejo de la Magistratura a fin de que, en su carácter de área requirente y técnica competente, analizara las propuestas recibidas (fs. 119/121). En respuesta, la Coordinadora del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia indicó que todas las propuestas eran admisibles técnicamente y solicitó, por instrucción de la Presidencia de este Consejo de la Magistratura, la prosecución del trámite (fs. 122).
Que a fojas 123 se incorporó un correo electrónico remitido por la firma Artes Gráficas Integradas S.A. mediante el cual ratificó que el plazo de entrega de las libretas requeridas se ajustaba a lo dispuesto en la Invitación a Cotizar.
Que entonces, puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, debe destacarse que las tres (3.-) ofertas recibidas fueron presentadas en término y que, según indicó la Coordinadora del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia, todas son técnicamente admisibles. Por otra parte, se advierte que la oferta presentada por Artes Gráficas Integradas S.A. resulta la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura.
Que en consecuencia, encontrándose cumplidos los trámites previstos en las Resoluciones CM Nº 97/2012 y CM N° 969/2010, acabadamente configurado el supuesto de excepción previsto en la citada normativa, corresponderá autorizar el gasto con la firma Artes Gráficas Integradas S.A. para la impresión de doscientas (200.-) libretas para ser distribuidas durante el evento por “El Día de La Boca”, por la suma total de veintitrés mil quinientos cincuenta y tres pesos con 86/100 ($23.553,86) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 91/92 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 110/112 y 123. Ello, por constituir una oferta que se ajusta a las especificaciones requeridas y resultar la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Presidencia de este Consejo de la Magistratura para que provea a la firma que resulte adjudicataria en el presente acto del material necesario para la impresión de las libretas en cuestión.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma que resulte adjudicada en el presente acto y al resto de las firmas oferentes, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos a lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por las Resoluciones CM Nº 969/2010 y N° 97/2012;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Autorícese el gasto con la firma Artes Gráficas Integradas S.A. para la impresión de doscientas (200.-) libretas para ser distribuidas durante el evento por “El Día de La Boca”, por la suma total de veintitrés mil quinientos cincuenta y tres pesos con 86/100 ($23.553,86) IVA incluido, conforme las especificaciones remitidas en la Invitación a Cotizar de fojas 91/92 y de acuerdo a la oferta agregada a fojas 110/112 y 123. Ello, en función de los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Instrúyase a la Presidencia de este Consejo de la Magistratura para que provea a la firma Artes Gráficas Integradas S.A. del material necesario para la impresión de las libretas cuyo gasto se autorizó en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que notifique a la adjudicataria del presente acto y al resto de las firmas oferentes, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de Internet del Poder Judicial. Comuníquese a la Artes Gráficas Integradas S.A. y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF (RE) Nº 11 /2017