Licitación Pública N° 28/2017 Resolución OAyF N° 056/2018 DGCC- 109/17-0 s/ Servicio de Mantenimiento Electromecánico

                                                                                             Buenos Aires,    9  de abril de 2018

RES. OAyF Nº   056     /2018

 

VISTO:

El Expediente DGCC N° 109/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Servicio de Mantenimiento Electromecánico”; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF Nº 328/2017 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 28/2017 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada, que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento electromecánico de las bombas, portones, cortinas y tableros eléctricos existentes en los edificios sitos en Libertad 1042, Lavalle 369, Beruti 3345, Tacuarí 138 y Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de un millón quinientos siete mil quinientos cuarenta y ocho pesos ($1.507.548,00) IVA incluido. Asimismo, se estableció el 15 de febrero de 2018 a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura pública de ofertas (fs. 93/103). A su vez, el punto 17 del mentado Pliego estableció que la adjudicación se hará integra a un solo oferente y en tal sentido será obligatorio cotizar la totalidad de los renglones.

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones designó al miembro permanente en el acto de apertura de ofertas, a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas y al Director General de Obras, Servicios Generales y Seguridad como responsable técnico (fs. 105) y los notificó (fs. 106/108). A su vez, puso en conocimiento de la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión la tramitación de la Licitación en cuestión (fs. 109/110).

Que se realizaron las publicaciones de la convocatoria en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 111) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 112 y 135/136). Por otro lado se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 113/114), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 115/116) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 117/134).

Que a fojas 137 se encuentra agregado el Listado de Entrega de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares necesarios para participar en el proceso licitatorio de marras y a fojas 138/141 lucen incorporadas en copias las constancias suscriptas por las firmas que procedieron a su retiro.

Que tal como fuera previsto, el 15 de febrero de 2018 se realizó el acto de apertura de ofertas y se labró el Acta de Apertura Nº 02/2018 (fs. 144/145). Allí se dejó constancia de la presentación ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cuatro (4.-) sobres pertenecientes a las firmas: All Energy S.A. -obrante a fojas 148/185- que presentó una oferta por la suma de un millón doscientos seis mil sesenta y siete pesos ($1.206.067,00), AMF Ingeniería S.A. -obrante a fojas 188/218- que cotizó por la suma de un millón cuatrocientos veintitrés mil ocho pesos ($1.423.008,00) IVA incluido, Electricidad Gamma S.R.L. -obrante a fojas 221/281- que presupuestó por la suma de un millón cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos trece pesos con 79/100 ($1.497.413,79) IVA incluido y Graib Néstor Tobías -obrante a fojas 284/334- quien realizó una propuesta por la suma de un millón ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta pesos ($1.199.280,00) IVA incluido.

Que en otro orden de ideas, a fojas 336/355 se incorporaron las constancias de inscripción en el sistema Buenos Aires Compra -BAC-, y a fojas 360/364 y 429/430 se anejaron los comprobantes de deuda respecto de la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- de las empresas en cuestión.

Que por otra parte, la Unidad de Evaluación de Ofertas intimó a AMF Ingeniería S.A., Electricidad Gamma S.R.L. y All Energy S.A. a cumplimentar cierta documentación faltante, de acuerdo a distintos Puntos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública en trámite (fs. 357/359 y 365). En respuesta, sendas firmas remitieron la información solicitada (v. Actuaciones N° 02822/18, 03113/18, 03129/18, 03257/18, 03659/18 y 04540/18 incorporadas a fs. 366/374, 381/390, 391/407, 408/417, 424/427 y 443/446 respectivamente).

Que en ese estado, la Unidad de Evaluación de Ofertas dio intervención a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad a fin de que se expidiera en su carácter de responsable técnico de la presente Licitación (fs. 375 y 418) y esa dependencia manifestó que todas las propuestas cumplen con lo solicitado de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares (fs. 377/378 y 420/421).

Que a fojas 431/441 se agregó el Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Unidad de Evaluación de Ofertas en el cual se dejó constancia del análisis practicado sobre las ofertas presentadas en el marco de la Licitación en curso. Luego, entendió que las ofertas pertenecientes a All Energy S.A., AMF Ingeniería S.A. y Graib Néstor Tobías eran admisibles, mientras que la correspondiente a la firma Electricidad Gamma S.R.L. no era admisible al comprobar la persistencia de la deuda ante la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, pese a que se la intimó a regularizar dicha situación. Luego concluyó que correspondía preadjudicar la Licitación Pública N° 28/2017 a la empresa Graib Néstor Tobías por la suma total de un millón ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta pesos ($1.199.280,00) IVA incluido. 

Que se agregó la constancia de notificación de lo dictaminado a los oferentes (fs. 442) y la constancia de recepción por parte de Graib Néstor Tobías (fs. 448), de All Energy S.A. (fs. 450) Electricidad Gamma S.R.L. (fs. 451) y de AMF Ingeniería S.A. (fs. 452).

Que se publicó el Dictamen de la Unidad de Evaluación de Ofertas en la página de Internet de este Consejo de la Magistratura (fs. 447) y en el Boletín Oficial de la CABA N° 5336 (fs. 453/454).

Que requerida que fuera al efecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen N° 8150/2018. Allí, luego de realizar una breve reseña de lo actuado y el análisis jurídico pertinente concluyó: “Consecuentemente con todas las consideraciones precedentemente expuestas, teniendo en cuenta el Dictamen de Evaluación de Ofertas producido en estos obrados, así como la normativa legal vigente aplicable al caso, y la intervención del área técnica pertinente (Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad), esta Dirección General de Asuntos Jurídicos opina que, nada obsta, desde el punto de vista jurídicos, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 459/461).

Que a fojas 462/465 se incorporó la Actuación Nº 05258/18 mediante la cual tramita una presentación de la firma Electricidad Gamma S.R.L. mediante la cual solicita “la no renovación del plazo automático de 30 días de la mantención del depósito de garantía”. Al respecto, nada corresponde objetar por parte de esta Oficina de Administración y Financiera, ni corresponde expedirse en mayor medida en esta instancia.

Que en este estado y puesto a resolver, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso licitatorio, visto lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, habiendo tomado la debida intervención la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y de acuerdo a los dictámenes de la Unidad de Evaluación de Ofertas y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 28/2017.

Que asimismo, en línea con los informes técnicos de la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad -en su carácter de responsable técnico de la Licitación Pública N° 28/2017-, en consonancia con lo dictaminado por la Unidad de Evaluación de Ofertas y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para adjudicar la Licitación Pública Nº 28/2017 a la empresa Graib Néstor Tobías por la suma total de un millón ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta pesos ($1.199.280,00) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 284/334 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Ello, por resultar técnicamente admisible y la más conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura.

Que en tal sentido se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que realice todas las comunicaciones y publicaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar a la firma que resultó adjudicataria y al resto de las firmas oferentes.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 28/2017 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada, que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento electromecánico de las bombas, portones, cortinas y tableros eléctricos existentes en los edificios sitos en Libertad 1042, Lavalle 369, Beruti 3345, Tacuarí 138 y Av. Roque Sáenz Peña 636 de esta Ciudad, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 328/2017.

 

Artículo 2º: Adjudíquense la Licitación Pública Nº 28/2017 a la empresa Graib Néstor Tobías por la suma total de un millón ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta pesos ($1.199.280,00) IVA incluido, conforme la oferta de fojas 284/334 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.  Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar todas las comunicaciones y publicaciones conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar a la firma que resultó adjudicataria y al resto de las firmas oferentes.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Dirección General de Obras, Servicios Generales y Seguridad y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

RES. OAyF Nº   056       /2018