Buenos Aires, 21 de septiembre de 2015
RES. OAyF Nº 293 /2015
VISTO:
El Expediente DCC N° 196/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Impresión del Libro “15 Años 15 Fallos””, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 236/2015, la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del Libro “15 años 15 fallos”, según las características técnicas que allí señala (fs. 3/4). Posteriormente, esa dependencia remitió nuevas especificaciones para la impresión solicitada (cfr. Memo Nº 242/2015 de fs. 5/6).
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de ciento noventa y cinco mil ochocientos cuarenta pesos ($195.840,00) (fs. 9).
Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 14 y 17).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable realiza la afectación de la partida presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración Nº 137/09 2015 de fs. 15/16).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6499/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, citó el artículo 28 de la Ley 2095, modificada por la Ley 4764 y el inciso 11 de la Resolución CM Nº 1/2014. Finalmente, concluyó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 23).
Que es dable destacar que mediante Memo N° 277/2015 la Editorial Jusbaires, en calidad de área requirente, informó que el presupuesto agregado a fojas 9 se ajusta a lo requerido (fs. 29).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el gasto para la Contratación Directa N° 82/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del Libro “15 años 15 fallos” por la suma total de ciento noventa y cinco mil ochocientos cuarenta pesos ($195.840,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 9.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión de los referidos ejemplares.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° 82/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del Libro “15 años 15 fallos” por la suma total de ciento noventa y cinco mil ochocientos cuarenta pesos ($195.840,00) IVA incluido, conforme las características técnicas y cotización obrante a fojas 9.
Artículo 2º: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 4º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 293 /2015