Rectifica la resolución O.A. y F. Nº 146/07, referida a la adquisición de pinturas.
Rectifica la resolución O.A. y F. Nº 146/07, referida a la adquisición de pinturas.
Rectifica la resolución O.A. y F. Nº 146/07, referida a la adquisición de pinturas.
Buenos Aires, 25 de Octubre de 2007.
VISTO:
el Expediente DCC-075/07, la Resolución OAyF Nº 143/2007, la Resolución O.A. y F. Nº 146/2007; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 399/401, mediante actuación nº 23329/07, la firma Texxor Pinturas S.R.L. viene a aclarar que el error material involuntario en el que se ha incurrido en la oferta respecto del Renglón 9, sólo fue respecto de la consignación equivocada del producto, concretamente el error fue colocar rollos de cinta de enmascarar de 18x50 metros (2 centímetros) en lugar de rollos de cinta de enmascarar de 48x50 metros (5 centímetros)
Que, sin embargo, es correcto el precio colocado en ese renglón, ya que es efectivamente el que corresponde para el producto que se debió consignar, es decir $990 (novecientos noventa pesos).
Que, como surge del cuadro comparativo, la oferta de la firma fue la mejor para ese producto, tal como se consideró en la preadjudicación.
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos (Dto. 1510/1997 ratificado por Res. LCBA Nº 41/1998) establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la reconsideración de la Resolución Nº O.A. y F. Nº 146/2007 y a la ratificación de la Resolución O.A. y F. Nº 143/2007 haciendo la salvedad correspondiente.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Anúlase la Resolución O.A. y F. Nº 146/2007, por los considerandos vertidos en la presente
Artículo 2º: Ratifícase el artículo 4 de la Resolución O.A. y F. Nº 143/2007, salvándose el error material incurrido por la empresa en la descripción del producto, realizada en la oferta económica.
Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también las comunicaciones a la adjudicataria.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a la adjudicataria, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a los funcionarios interesados, cúmplase y oportunamente archívese.
Res. O.A. y F. Nº: 155/2007