Contratación Directa Nº 14/2009 - Exp. CM Nº DCC-176/09-0 - Resolución OAyF Nº 16/2010

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 14/2009 tendiente a la adquisición de Hardware y Software de informática forense para la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la contratación de un curso de capacitación para su empleo.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 14/2009 tendiente a la adquisición de Hardware y Software de informática forense para la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la contratación de un curso de capacitación para su empleo.

Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 14/2009 tendiente a la adquisición de Hardware y Software de informática forense para la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la contratación de un curso de capacitación para su empleo.

Buenos Aires, 2 de febrero de 2010.

VISTO:

el Expediente DCC Nº 176/09-o por el que tramita la Contratación Directa Nº 14/2009; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 61/66 luce la Resolución OAyF Nº 181/2009 mediante la cual se autoriza el llamado a Contratación Directa Nº 14/2009, encuadrada en las disposiciones del art. 28, inc. 4 de la Ley 2095 y la Res. Nº 445/07, cuyo objeto es la adquisición de Hardware y Software de informática forense para la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la contratación de un curso de capacitación para su empleo, en la cantidad características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con un presupuesto oficial de ochenta y nueve mil setenta y cinco pesos ($ 89.075), IVA incluido.

Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones del Visto, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la portal de Internet del Poder Judicial (fs. 74), en la Cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 78) y se ha diligenciado satisfactoriamente la cédula dirigida al Sr. Gustavo Daniel Presman, invitándolo a cotizar en la presente contratación (fs. 81). A fs. 79 se agrega la constancia de publicación en Boletín Oficial.

Que a fs. 87/90 luce la Res. OAyF Nº 204/2009 mediante la cual se modifica el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Directa. A fs. 92, 95 y 96 se agregan las constancias de publicación en página web, la notificación al Sr. Gustavo Daniel Presman y la constancia de publicación en Cartelera, respectivamente.

Que con fecha 24 de noviembre de 2009 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 52/2009 (fs. 99), mediante la cual se acreditó la presentación de un (1) sobre ante la Mesa de Entradas, consignándose en el Anexo de fs.100 que pertenece a Gustavo Daniel Presman, siendo el monto de su oferta la suma de ochenta y nueve mil pesos ($ 89.000).A fs. 101/107, se agrega la oferta y la documentación presentada por el oferente.

Que a fs. 115/118, obra el Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Comisión de Preadjudicaciones, del cual surge que la oferta presentada resulta no admisible. En tal sentido, la Comisión destaca que si bien el oferente ha presentado la declaración “por la cual la firma ‘Guidance Software, Computer and Enterprise Investigation Solutions’ confirma que el Sr. Gustavo Presman es el único distribuidor autorizado en la Argentina... en la venta e implementación de sus productos de hardware y software para uso exclusivo en agencias gubernamentales”, no ha presentado la garantía que exigen el art. 104 de la ley 2.095 y la cláusula 6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, ni el Certificado Fiscal para contratar emitido por la AFIP y requerido por la cláusula 24 del citado Pliego.

Que a fs.120 se agrega la cédula comunicando al oferente lo dictaminado a fs. 115/118. A fs. 121se agrega la solicitud de publicación del mismo en la página Web del Consejo de la Magistratura.

Que el Jefe de Departamento de Mesa de Entradas informa que, habiéndose cumplido el plazo de impugnación al Dictamen de Evaluación de Ofertas, hasta el día 16 de diciembre de 2009, inclusive, no ingresaron por esa Mesa de Entradas actuaciones relacionadas con la publicación del mismo, efectuada en la Cartelera del Consejo de la Magistratura desde el día 10 de diciembre de 2009 hasta el día 11 de diciembre 2009 inclusive, tal como se extrae de fs. 128.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, mediante Dictamen Nº 3266/2009, manifestando que: “...de las constancias obrantes en este expediente, esta Dirección nada tiene que objetar desde el punto de vista jurídico a lo dictaminado oportunamente por la Comisión de Preadjudicaciones” (fs.129).

Que por la Actuación Nº 0016/10, el oferente se presentó espontáneamente y acompañó una póliza de seguro de caución emitida por Prudencia Seguros por el monto total de cuatro mis cuatrocientos cincuenta pesos ($4.450) y una constancia de solicitud de certificado fiscal para contratar (fs. 131/7). Más tarde, por Actuación Nº 01118/10, agregó aquél certificado (fs. 138/41).

Que así pues, han sido subsanadas las dos omisiones que la Comisión Evaluadora de Ofertas apuntó en su dictamen, de suerte que no existen obstáculos para adjudicar la contratación impulsada a través de la Resolución OAyF Nº 181/2009. En efecto, si bien no desconoce el suscripto que el procedimiento de selección de los contratistas se organiza legalmente en etapas caracterizadas por su preclusión, las decisiones que se adoptan en su marco deben regirse por los principios que lo guían, entre los que destaca aquí el de economía, en tanto impone observar “los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones recaídos sobre ellos” (art. 7, inc. 6, ley 2.095; énfasis agregado). En este orden de ideas, tratándose el presente de una contratación directa por exclusividad en la que no hay lugar -como es evidente- a la concurrencia de postores, ajustarse ciegamente al parámetro de la preclusión conduciría a declarar fracasado el procedimiento, sólo para reeditarlo luego en busca de la misma adjudicación que en este acto se ordenará, desoyendo de ese modo el mandato de ahorro en el uso de los recursos.

Que en este estado, de acuerdo a los antecedentes insertos en las presentes actuaciones, de los cuales cabe resaltar a fs. 107 la declaración jurada exigida por el punto 8º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y habiendo tomado intervención las áreas correspondientes, aparece conveniente y oportuno adjudicar la Contratación Directa Nº 14/2009 a Gustavo Daniel Presman, por la suma de ochenta y nueve mil pesos ($89.000), IVA incluido.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988,

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 14/2009 tendiente a la adquisición de Hardware y Software de informática forense para la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la contratación de un curso de capacitación para su empleo.

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 14/2009 a Gustavo Daniel Presman, por la suma de ochenta y nueve mil pesos ($89.000), IVA incluido, conforme propuesta económica de fs.106.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.