Expte. CM Nº OAyF Nº 192/09 Res. OAyF (RE) 063/09

Autorizar el gasto por la contratación con la firma “ANSAL Refrigeración S.A.”, para la adquisición de cuatro (4) compresores (marcas “Siam” o “Mitsubichi”, según la disponibilidad de la firma) de 3.000 frigorías (RH207VHAT),

Autorizar el gasto por la contratación con la firma “ANSAL Refrigeración S.A.”, para la adquisición de cuatro (4) compresores (marcas “Siam” o “Mitsubichi”, según la disponibilidad de la firma) de 3.000 frigorías (RH207VHAT),

Autorizar el gasto por la contratación con la firma “ANSAL Refrigeración S.A.”, para la adquisición de cuatro (4) compresores (marcas “Siam” o “Mitsubichi”, según la disponibilidad de la firma) de 3.000 frigorías (RH207VHAT),

Buenos Aires, 5 de noviembre de 2009.

VISTO:

el expediente OAyF 192/09-0, caratulado “OAyF s/Adquisición de Repuestos para Puesta a Punto de los Equipos de Aires Acondicionado”, la Res. OAyF RE Nº 056/2009 y la presentación de fs. 61/2.

CONSIDERANDO:

Que mediante el art. 2º de la Res. OAyF RE Nº 056/2009 se resolvió: “Autorizar el gasto por la contratación con la firma “C.I.P.S.S.A.”, para la adquisición de los bienes indicados en el siguiente renglón: b) cuatro (4) compresores de 3.000 frigorías (Rotativos Copeland), por un valor unitario de setecientos noventa pesos ($790) y total de tres mil ciento sesenta pesos ($3.160)”.

Que recibida que fue la orden de compra por parte de la empresa individualizada, se hizo saber, mediante la nota agregada a fs. 62 que: “nuestro proveedor de compresores (marca COPELAND) No puede retirar los mismos del puerto debido al problema que hay con las exportaciones de público conocimiento. Por ello, le solicitamos a usted que tengan a bien autorizarnos a cambiar la marca y remplazar dicho repuesto por uno marca HITACHI, ya que el plazo de entrega es inmediato; o bien uno marca TOSHIBA cuyo plazo de entrega es de 4 días. Cabe destacar (se concluye) que la firma Consultora Integral de Producción y Servicios S.A. afrontará los gastos por la diferencia del cambio de marca sin ocasionarle al Organismo ningún tipo de incremento adicional.”

Que en tal virtud, se requirió a esa firma la cotización de los compresores propuestos en reemplazo del consignado en la nota referida en el párrafo anterior, informando a fs. 65 que el precio de los compresores marca HITACHI o TOSHIBA asciende a la suma de $ 750 (setecientos cincuenta pesos), IVA incluido.

Que en tanto informada que fue acerca de la vigencia del presupuesto presentado por “Ansal Refrigeración S.A.”, se determina que por idéntico concepto, marcas “Siam” o “Mitsubishi” por un valor de $ 623,17 (seiscientos veintitrés pesos con 17/100), IVA exento.

Que en este estado y de acuerdo a lo informado precedentemente, corresponde proveer a la autorización del gasto para la adquisición de los cuatro compresores solicitados, habida cuenta la imposibilidad puesta de manifiesto, y el interés subsistente del Área requirente en su adquisición; dejando sin efecto lo dispuesto mediante el artículo 2º de la Res. OAyF RE de cita, por lo que evaluadas las opciones vigentes, se resolverá la autorización del gasto respecto del propuesto por la firma “ANSAL Refrigeración S.A.”, de acuerdo con lo presupuestado a fs. 46, cuya vigencia se ha determinado de acuerdo con lo actuado, por un valor unitario de $ 623,17 (seiscientos veintitrés pesos con 17/100) y total de dos mil cuatrocientos noventa y dos pesos con 68/100 ($ 2.492,68), en ambos casos, IVA exento.

Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988, por las Res. CM Nº 819/2006 y Res. CM Nº 236/2009;

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Dejar sin efecto lo resuelto en el artículo 2º de la Res. OAyF RE Nº 056/2009, de acuerdo a lo considerado en la presente.

Artículo 2º: “Autorizar el gasto por la contratación con la firma “ANSAL Refrigeración S.A.”, para la adquisición de cuatro (4) compresores (marcas “Siam” o “Mitsubichi”, según la disponibilidad de la firma) de 3.000 frigorías (RH207VHAT), en los términos de la presentación efectuada a fs. 46 por un por un valor unitario de seiscientos veintitrés pesos con 17/100 ($ 623,17) y total de dos mil cuatrocientos noventa y dos pesos con 68/100 ($ 2.492,68), en ambos casos, IVA exento.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”, debiendo dar oportuna intervención a la Dirección General de Infraestructura y Obras, para la recepción de los repuestos cuya compra se autoriza.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Infraestructura y Obras. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a los fines previstos en el artículo anterior y oportunamente, archívese.