Buenos Aires, 8 de abril de 2016
RES. OAyF Nº 113 /2016
VISTO:
El Expediente DCC N° 060/16-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Reimpresión Libro Género Esclavitud y Tortura”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 80/2016 la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro Género Esclavitud y Tortura, Edición 2016, de acuerdo a las características técnicas detalladas en la planilla de presupuesto que adjuntó (Cfr. fs.6).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones incorporó el presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la impresión requerida asciende a la suma de setenta y cuatro mil quinientos treinta pesos ($ 74.530) IVA incluido (fs. 19).
Que luego, la referida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 20 y fs. 23).
Que por otra parte, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria correspondiente (cfr. Constancia de Registración Presupuestaria N° 813/03-2016 obrante a fojas 15/16).
Que así las cosas la Editorial Jusbaires -en su calidad de área técnica y requirente- prestó entera conformifad al presupuesto agregado a fojas 13 (Cfr. Memo 94/2016 de fs. 21).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 6877/2016. Allì, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, destacó que “(..) la ley 4764 modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate” y concluyó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 27/28).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes expuestos, no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 033/2016 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro Género Esclavitud y Tortura 2016, y autorizar el gasto por la suma total de setenta y cuatro mil quinientos treinta pesos ($ 74.530) IVA incluido, conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 13.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material necesario para la impresión referida.
Que finalmente, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, por la Resolución Pres. Nº 1203/2015 y por la Resolución CM Nº 222/2015;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 33/2016 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del libro Género Esclavitud y Tortura 2016.
Artículo 2º: Autorícese el gasto por la suma total de setenta y cuatro mil quinientos treinta pesos ($ 74.530) IVA incluido, para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares conforme las características técnicas y propuesta económica obrante a fojas 13.
Artículo 3°: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Editorial Eudeba S.E.M. del material necesario para la publicación referida en el artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente contratación y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos – Decreto 1.510/97.
Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordena. Comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. OAyF Nº 113 /2016