Licitación Pública Nº 20/2010 - Exp. CM Nº OAyF-048/10-0 - Resolución OAyF Nº 222/2010

Autorizar la prórroga del plazo de entrega respecto del Renglón Nº 2 de la Licitación Pública Nº 20/2010- veintiocho (28) packs de batería para extensión de autonomía marca APC modelo SURT 192XLBP compatible con UPS marca APC SURT3000XLi y SURT 10000 XLi) - por 30 (treinta) días, a la firma DTE SA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley 2095 y el punto 11 del Pliego de Condiciones Particulares de la citada Licitación.

Autorizar la prórroga del plazo de entrega respecto del Renglón Nº 2 de la Licitación Pública Nº 20/2010- veintiocho (28) packs de batería para extensión de autonomía marca APC modelo SURT 192XLBP compatible con UPS marca APC SURT3000XLi y SURT 10000 XLi) - por 30 (treinta) días, a la firma DTE SA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley 2095 y el punto 11 del Pliego de Condiciones Particulares de la citada Licitación.

Autorizar la prórroga del plazo de entrega respecto del Renglón Nº 2 de la Licitación Pública Nº 20/2010- veintiocho (28) packs de batería para extensión de autonomía marca APC modelo SURT 192XLBP compatible con UPS marca APC SURT3000XLi y SURT 10000 XLi) - por 30 (treinta) días, a la firma DTE SA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley 2095 y el punto 11 del Pliego de Condiciones Particulares de la citada Licitación.

Buenos Aires, 29 de octubre de 2010.

RES. OAyF Nº 222 /2010

VISTO:

El Expediente O.A. y F Nº 048/10-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 20/2010 tendiente a la adquisición de sistemas de energía ininterrumpida para ser instalados en los distintos edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio Público Tutelar; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 55/60 luce la Resolución OAyF Nº 81/2010 mediante la cual se aprobó el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 20/2010 (en los términos de los artículos 25º, 27º, 31º y 32º y cc de la Ley 2095 y la Resolución CM Nº 445/2007). Asimismo por Resolución O.AyF Nº 169/2010 se adjudicó -entre otros- el Renglón 2 a la firma DTE S.A., por la suma total equivalente en pesos, para adquirir la cantidad necesaria de dólares estadounidenses veintinueve mil cuatrocientos (U$S 29.400) IVA incluido.

Que a fs. 268 luce la Orden de Compra Nº 333, por la cual se instrumenta la presente contratación -recibida por personal de esa firma con fecha 27 de agosto de 2010-, contemplando un plazo de entrega de treinta (30) días contados a partir de su recepción. En tal sentido, se aprecia que su vencimiento operó el día 29 de setiembre de 2010.

Que a fs. 305, luce la Nota Nº 168-2010 donde la Dirección de Compras y Contrataciones informa de la presentación realizada por la firma DTE SA de fecha 01 de octubre de 2010. En efecto a fs.302 obra glosada la actuación Nº 27601/10, mediante la cual la adjudicataria informa que “...el equipamiento correspondiente a la orden de compra de referencia presenta una demora en la fabricación en origen con lo cual las entregas de los mismos se ve seriamente afectada. A causa de dicha situación solicitamos se nos entienda el plazo de entrega en 30 días corridos para poder cumplir con la presente orden de compra...”. En tal sentido, acompaña copia de los correos electrónicos cursados con el fabricante.

Que en ese orden de ideas, esa Dirección, destacó que: “...el plazo de entrega de los bienes era de treinta (30) días corridos y que la misma [la orden de compra] fue retirada el día 30/08/10, el plazo de entrega venció el día 29 de setiembre de 2010”.

Que la mentada dependencia manifestó: “...si bienla prórroga fue presentada extemporáneamente, teniendo en cuenta que podría persistir la necesidad de los bienes, se consultó a la Dirección de Informática y Tecnología para que se expida en su calidad de área técnica. Por nota DIT Nº 522 dicha dependencia manifestó no tener inconvenientes en el otorgamiento de la prórroga, por lo que se eleva lo actuado para su consideración...”.

Que conforme lo precedentemente expuesto y de los antecedentes insertos en estos actuadosla Dirección de Informática y Tecnología toma la intervención que le compete mediante Nota DIT Nº 522 obrante a fs. (304) “...Esta Dirección de Informática y Tecnología cumple en informar que no tiene objeciones, respecto a la prórroga para la entrega del equipamiento correspondiente a la licitación precedentemente nombrada [Licitación Pública Nº 20/10]”.

Que a fs. 319 el Departamento dictámenes dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete, mediante Dictamen Nº 3670/10, manifestando que “...el art. 120 de la Ley 2095 establece que el adjudicatario puede solicitar por única vez la prórroga del plazo de entrega que se fije en la reglamentación, antes del vencimiento del mismo, expresando los motivos de la demora”.

. Que asimismo alegó:“...En virtud de lo expuesto, se observa que el plazo existente entre el vencimiento de los treinta (30) días transcurridos desde la fecha de retiro de la orden de compra (30 de agosto de 2010) y la solicitud de prórroga (1º de octubre de 2010) es sumamente exiguo, y a fin de evitar caer en un excesivo rigorismo formal se advierten las consecuencias que traería aparejadas para este Consejo dejar sin efecto esta contratación e iniciar un nuevo proceso a los mismos fines y efectos...”.

Que finalmente, concluye su dictamen diciendo: “...consecuentemente, siempre y cuando se considere que la necesidad de los bienes incluidos en esta contratación aún persiste, teniendo en cuenta lo dicho por la adjudicataria a fs. 302, la opinión del área técnica a fs. 304 y lo establecido en el punto 11 del pliego de condiciones particulares ut supra citado, este Departamento considera que nada obstaría jurídicamente a dar curso favorable a la prórroga propiciada”.

Que puesto a resolver la cuestión traída a conocimiento de quien suscribe, anticipo que habrá de admitirse la prórroga requerida, habida cuenta de las consideraciones efectuadas por los funcionarios consultados y en sintonía con lo dictaminado por el señor Director de Asuntos Jurídicos.

Que en este estado, y a la luz de lo actuado corresponde prorrogar el plazo de entrega respecto del Renglón Nº 2 - veintiocho (28) packs de batería para extensión de autonomía marca APC modelo SURT 192XLBP compatible con UPS marca APC SURT3000XLi y SURT 10000 XLi)- de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 20/2010 a la firma DTE S.A -CUIT Nº 30-61576700-6 en treinta días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley 2095 y el punto 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que sin perjuicio de la autorización conferida, la Dirección de Compras y Contrataciones, deberá en su oportunidad, propiciar la penalidad prevista por las normas aplicables a la proveedora, de acuerdo con las circunstancias reseñadas en el artículo 126 de la Ley 2095 y el artículo 59 del Decreto Reglamentario 408/2007.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la prórroga del plazo de entrega respecto del Renglón Nº 2 de la Licitación Pública Nº 20/2010- veintiocho (28) packs de batería para extensión de autonomía marca APC modelo SURT 192XLBP compatible con UPS marca APC SURT3000XLi y SURT 10000 XLi) - por 30 (treinta) días, a la firma DTE SA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley 2095 y el punto 11 del Pliego de Condiciones Particulares de la citada Licitación.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a notificar la prórroga propiciada por la presente, haciéndole saber a la interesada, que en su oportunidad será pasible de la penalidad prevista en el artículo 126 de la Ley 2095 y el artículo 59 de su Decreto Reglamentario, por la entrega fuera de plazo.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para su cumplimentación, y oportunamente archívese.

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