Licitación Pública Nº 13/2015- Expediente CM Nº DCC 128/15-0- Resolución OAyF Nº 192/2015

                                                                          Buenos Aires,    12     de junio de 2015

 

RES. OAYF Nº  192    /2015

 

VISTO:

 

El Expediente DCC N° 128/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Producción Gráfica Juegos de Mesa: Tenés Derechos”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota  N° 025/2015 (fs. 3) y en el marco del Dictamen CFIPE N° 24/2014 y de la Resolución CM N° 51/2014, la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica solicitó a esta Oficina de Administración y Financiera que se arbitraran los medios necesarios para proceder a la producción gráfica de diez mil (10.000) ejemplares del juego “Tenés Derechos” en su versión clásica de juego de mesa, cuyo reglamento y desarrollo han sido aprobados a través de la Resolución N° 1/2015 de esa Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica. A su vez, señaló que los diez mil (10.000.-) ejemplares del juego solicitados se emplearán conforme el siguiente detalle: Siete mil (7.000.-) se entregarán en el stand institucional del Consejo de la Magistratura de la CABA en la 25° Feria del Libro Infantil y Juvenil de Buenos Aires y tres mil (3.000.-) ejemplares se entregarán en escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que por Resolución OAyF N° 156/2015 (fs. 43/48) se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 13/2015 de etapa única que tiene por objeto la contratación para la producción gráfica de diez mil (10.000.-) ejemplares del juego didáctico “Tenés Derechos” en su versión clásica de juego de mesa, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de un millón cuatrocientos setenta y tres mil pesos ($ 1.473.000,00) IVA incluido.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 156/2015 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 53) y dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 52) y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 72/73).

Que luego, esa Dirección remitió comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 57/58), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 59/61) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 62/71).

Que a fojas 74 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones y a fojas 75/77 lucen las constancias suscriptas por cada una de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.   

Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Nº 5/2015 que luce a fojas 80/81, el 28 de mayo de 2015 - tal como fuera establecido en la Resolución OAyF Nº 156/2015- se realizó el acto de apertura de ofertas correspondiente. Allí se hizo constar la recepción de dos (2.-) ofertas en la Dirección de Compras y Contrataciones, remitidas por las firmas: “Gráfica Paysandu” de Jorge Norbarto Auad -incorporada a fojas 84/93- por el monto total de un millón seiscientos noventa y nueve mil cien pesos ($ 1.699.100,00) IVA incluido y Print Forms S.A. -agregada a fojas 96/100- por la suma total de un millón setecientos treinta y ocho mil cien pesos ($ 1.738.100,00) IVA incluido.

Que a fojas 101/105 y 126/127 lucen incorporadas las consultas del estado registral de la firma “Gráfica Paysandu”, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las que surge que la firma se encuentra inscripta en dicho Registro y a fojas 104 y 108 se agregaron el Certificado Fiscal para Contratar emitido por AFIP y la consulta efectuada al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la que surge que no se registra anotación del Sr. Jorge Norberto Auad.

Que la Unidad Evaluadora de Ofertas dejó constancia de la remisión a la Dirección de Compras y Contrataciones de la póliza de seguro de caución presentada por la empresa “Gráfica Paysandú” para su resguardo en la caja fuerte de este Consejo (fs. 111).

Que por otra parte, la Unidad Evaluadora de Ofertas requirió a la firma “Gráfica Paysandú” que presentara cierta documentación faltante en su propuesta (fs. 106/107, 109/110). En respuesta, la oferente remitió la información requerida que se adjuntó a fojas 114/125.

Que a fojas 130/134 se encuentra incorporado el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones por el que, después de analizar la documentación presentada, esa Comisión concluyó que la oferta presentada por la firma “Gráfica Paysandu” de Jorge Norberto Auad resulta admisible, mientras que la oferta presentada por Print Forms S.A. es inadmisible puesto que no presentó la garantía de mantenimiento de oferta, requisito sine qua non conforme lo estipulado en el punto 14.1.a. del Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el inciso c) del artículo 104 de la Ley de Compras y Contrataciones.

Que en consecuencia, la Unidad Evaluadora de Ofertas concluyó que correspondía preadjudicar la Licitación en cuestión al Sr. Jorge Norberto Auad por un monto total de un millón seiscientos noventa y nueve mil cien pesos ($ 1.699.100,00) IVA incluido.

Que se incorporaron al Expediente de marras las constancias de la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas en la página web de este Poder Judicial (fs. 137) y en el Boletín Oficial (fs. 148/150) y las notificaciones a las firmas oferentes con las constancias de recepción correspondientes (135/136 y  144/147).

Que requerida su opinión, tomó intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos que en consecuencia emitió el Dictamen Nº 6340/2015 (fs. 151/152). Allí, previa reseña de lo actuado concluyó: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones así como la normativa aplicable, esta Dirección  General opina que no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones”.

Que se puso en conocimiento de lo actuado a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica (fs. 156) y esta -en su carácter de área técnica requirente y competente- informó que la oferta presentada por “Gráfica Paysandu” (CUIT Nº 20-13924891-1) obrante a fojas 84/93 se ajusta a los requerimientos oportunamente solicitados y al Pliego de Condiciones Particulares correspondiente (fs. 158/159).

Que en este estado, puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde destacar en primer lugar que, tal como indicó la Unidad Evaluadora de Ofertas en su Dictamen obrante a fojas 130/134 y en virtud de lo estipulado en el punto 14.1.a. del Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el inciso c) del artículo 104 de la Ley de Compras y Contrataciones, corresponde descartar in limine la oferta presentada por Print Forms S.A. puesto que no ha presentado la garantía de mantenimiento de ofertas. En tanto, la oferta presentada por “Gráfica Paysandu” (CUIT Nº 20-13924891-1) resulta admisible.

Que luego, y respecto al monto de la propuesta de “Gráfica Paysandu” -única oferta admisible- debe señalarse que supera el monto del Presupuesto Oficial de la presente Licitación, pero no excede el veinte por ciento (20%) estipulado en el artículo 106 de la Resolución CM Nº 01/2014, reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones que, en su parte pertinente, establece: “serán declaradas inconvenientes aquellas ofertas que superen el presupuesto oficial en  más de un veinte por ciento (20%). La comparación entre el presupuesto oficial y las ofertas presentadas, en los casos en los que la adjudicación sea por renglones, se realizará por renglón completo”.

Que por otro lado, corresponde señalar que la firma “Gráfica Paysandu” (CUIT Nº 20-13924891-1) solicitó un adelanto del treinta por ciento (30%) (v. fs. 86). Al respecto, el Pliego de Condiciones Particulares establece en su cláusula 12 -FORMA DE PAGO. ADELANTO- que “El pago de lo solicitado se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Generales. El oferente podrá solicitar, incluyéndolo en su propuesta económica, hasta un treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de anticipo. El adjudicatario deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, que tendrá vigencia hasta la recepción definitiva de la contratación adjudicada. El importe adelantado se descontará al liquidarse los montos facturados”, por lo que lo solicitado se encuadra dentro de las condiciones estipuladas en el Pliego correspondiente.

Que en consecuencia, de acuerdo a lo expuesto ut supra, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, en atención a la conformidad técnica prestada por el área competente y de acuerdo a los dictámenes de la Unidad Evaluadora de Ofertas y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido en punto a la adjudicación propuesta por la Unidad Evaluadora de Ofertas.

Que en consecuencia corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 13/2015 y adjudicar el Renglón 1 de la misma a la firma “Gráfica Paysandu” (CUIT Nº 20-13924891-1) por el monto total de un millón seiscientos noventa y nueve mil cien pesos ($ 1.699.100,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta de fojas 84/93 y el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente.

Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento de la presente adjudicación y se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá comunicar lo resuelto en el presente acto a la adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro del treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el punto 12 del Pliego de Condiciones Particulares.

Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias y por la Resolución de Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 13/2015 de etapa única que tiene por objeto la contratación para la producción gráfica de diez mil (10.000.-) ejemplares del juego didáctico “Tenés Derechos” en su versión clásica de juego de mesa, en la forma, cantidades, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 156/2015.

 

Artículo 2º: Adjudíquese el Renglón 1 de la Licitación Pública Nº 13/2015 a la firma “Gráfica Paysandu” (CUIT Nº 20-13924891-1) por el monto total de un millón seiscientos noventa y nueve mil cien pesos ($ 1.699.100,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta de fojas 84/93 y el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá comunicar lo resuelto en el presente acto a la adjudicataria y comunicarle que a los efectos de hacer efectivo el cobro del treinta por ciento (30%) del monto de su oferta en concepto de anticipo, deberá presentar un seguro de caución por el importe que se le anticipe, de conformidad con lo dispuesto por el punto 12 del Pliego de Condiciones Particulares.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Presidencia de la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para la prosecución del trámite.

 

 

RES. OAYF Nº  192   /2015

 

 

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