Contratación Directa Nº 33/2012 - Exp. DCC-455/12-0 - O.A.yF. Nº 13/2013

                                                                                             Buenos Aires,   29   de enero  de 2013

Res. OAyF Nº  13   /2013

 

VISTO:

            el Expediente “D.C.C. 455/12-0 s/ Adquisición de Señalización para No Videntes” y;

 

CONSIDERANDO:

Que los actuados se iniciaron en virtud de lo solicitado mediante Memo DGIO Nº 255/2012 por la Dirección General de Infraestructura y Obras. En el mismo se deja constancia de la realización de un relevamiento sobre la situación de accesibilidad para personas no videntes y disminuidas en los edificios sitos en Av. Leandro N. Alem 684, Hipólito Yrigoyen 932, Libertad 1042, Beruti 3345 y Tacuarí 138 del cual, según arguye “surgen falencias concretas como la inexistencia de indicadores en el sistema de lectura braille en comienzo y fin de los tramos de las escaleras, indicadores en las puertas de acceso y/o salida y sanitarios” y que luego de una búsqueda “exhaustiva a fin de obtener proveedores de carteles impresos en braille” se llegó a la conclusión de que la O.N.G. Biblioteca Argentina para Ciegos sería la única prestadora. Así las cosas, dicha Dirección sugiere que “teniendo en cuenta el monto de la obra y que de la búsqueda realizada se obtuvo un solo proveedor para cada uno de los productos necesarios es que se considera que la obra debería tramitar de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de esta Ciudad Nº 2095, ya que se trata de bienes ‘… que sólo poseen una determinada persona o entidad’ y ‘no se encuentran sustitutos convenientes’”. En tal sentido, se elevaron los presupuestos realizados por la Biblioteca Argentina para Ciegos para la adquisición de “cartelitos” impresos en el sistema braile sobre aluminio y por HQC para los protectores de acrílico para barandas y su correspondiente colocación, en el marco del proyecto sobre las adaptaciones necesarias en los edificios del Poder Judicial respecto de las personas no videntes y disminuidos visuales. (fs. 3/6). 

Que atento lo solicitado, esta Oficina de Administración y Financiera remitió la solicitud a la Dirección de Compras y Contrataciones a fin de impulsar la contratación solicitada (fs. 7) y dicha Dirección le requirió mediante correo electrónico a la Dirección General de Infraestructura y Obras que “teniendo en cuenta que los carteles en braile requeridos mediante el Memo DGIO Nº 255/2012 tanto para las barandas de escaleras como para puertas de acceso y salida de los edificios y sanitarios se solicita que indique concretamente que renglón corresponde a cada tipo de cartel, destino” y aclaró que “se requieren estas especificaciones a los fines de dar curso a la contratación tendiente a la adquisición de señalización para no videntes”(fs. 14).

Que en respuesta a lo requerido, la Dirección General de Infraestructura y Obras cumplimentó la información requerida en tanto remite las cantidades y características técnicas para la adquisición propiciada (fs. 15/25).

Que en virtud de la información remitida por la Dirección General de Infraestructura y Obras, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró un anteproyecto de invitación a cotizar con sus anexos debidos y el diseño de los acrílicos protectores de puertas y barandas especiales y se lo envió  a la Dirección General de Infraestructura y Obras con la solicitud de que “especifique las cantidades por cada tipo de cartel y su texto, así como ratificar o rectificar las restantes especificaciones” (fs. 26/32).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable proceder a la contratación para la adquisición de señalización para no videntes, mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del inciso d) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del inciso 4º del artículo 28º de la Ley Nº 2095. Asimismo, remarcó que a pesar de no encontrarse inscripta en el Registro Informátizado Único y Permanente de Proveedores, resulta posible remitirle Invitación a cotizar en función de lo establecido en el artículo 22 del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 (fs. 33).

Que en tal sentido, la Dirección de Compras y Contrataciones remitió el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución CM Nº 810/2010 y la Invitación a cotizar en la presente Contratación Directa a la Biblioteca Argentina para Ciegos (fs. 34/41).

Que luego de un intercambio de correos electrónicos con consultas de la Biblioteca Argentina de Ciegos con las correspondientes respuestas por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 44/45), el 23 de noviembre de 2012 se realizó el Acta de Recepción de Propuesta Económica en la cual se dejo constancia de la recepción de la Dirección de Compras y Contrataciones de una (1) presentación realizada vía correo electrónico por la Biblioteca Argentina para Ciegos en el marco de la Contratación Directa Nº 33/2012 (fs. 46). La misma -glosada a fs. 47/60- es por un valor total que asciende a la suma de pesos diez mil doscientos treinta y tres ($ 10.233,00).

Que a fin de dar cumplimiento a lo previsto por la Ley 70, se dio intervención a la Dirección de Programación y Administración Contable para que realice la afectación presupuestaria respectiva del presente gasto. En tal sentido, a fojas 61/62 luce la constancia de que dicha Dirección ha tomado conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio 2013.

Que mediante Dictamen Nº 4914/2013, tomó la intervención que le compete el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos que luego de referenciar las etapas del expediente afirmó que “a fs. 35 obra la invitación a cotizar, la cual cumple con los requisitos exigidos por la normativa que regula la relación jurídica contractual” y luego concluyó que “de acuerdo a lo indicado precedentemente, este Departamento entiende que previo al dictado del acto administrativo correspondiente la oferente deberá acompañar los certificados expedidos por el Registro de Deudores Alimentario, mientras que la autoridad correspondiente deberá constatar si la Biblioteca Argentina para Ciegos acreditó ante el RIUPP la personería de su representante legal, y en caso negativo se aconseja que se exija la presentación de una copia certificada del instrumento en el que consta el acto jurídico emanado del órgano de gobierno por el que se designa como presidente a Tania García” (fs. 68).

Que posteriormente, la Dirección de Compras y Contrataciones informó que “se comunicó vía correo electrónico con la Biblioteca Argentina de Ciegos (fs. 71) para que acompañen copia certificada de la designación de la Sra. Tania García y el certificado de registro de deudores alimentarios morosos cuyas respuestas lucen agregadas a fojas 72/96” (cfr. Nota DCC Nº 34/2013 a fs. 97).

Que puesto a resolver, en primer lugar y con respecto al encuadre de la presente contratación bajo la modalidad de Contratación Directa con la Biblioteca Argentina para Ciegos, cabe destacar que se encuentra al amparo de lo dispuesto por el inciso 4) del artículo 28 de la Ley Nº 2095 que en su parte pertinente estipula que “la contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca (…) la adquisición de bienes cuya fabricación o venta es exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que sólo poseen una determinada persona o entidad, siempre y cuando no hubieran sustitutos convenientes. La exclusividad debe encontrarse debidamente documentada y fundada en el expediente en que se tramita la contratación” y por el inciso d) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario de la Ley Nº 2095 que establece “el proveedor es seleccionado directamente, sin necesidad de aprobar un llamado a contratación”.

Que así las cosas, visto lo expuesto por la Dirección de Compras y Contrataciones y la Dirección General de Infraestructura y Obras y lo manifestado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos -y cumplimentadas las observaciones pertinentes- y en el estado de los presentes actuados, no resta mas que autorizar la Contratación Directa Nº 33/2012 con la Biblioteca Argentina para Ciegos para que provea trescientos treinta y uno (331) carteles impresos en braille sobre aluminio de 0,08 mts. x 0,04 mts x 0,3 mm. de espesor y ciento dieciséis (116) carteles impresos en braille sobre aluminio de 0,08 mts. x 0,04 mts. x 0,3 mm. de espesor, enmarcados en acrílico color amarillo, con un presupuesto de pesos diez mil doscientos treinta y tres ($ 10.233,00), conforme la propuesta económica de fojas 49 y la Invitación a Cotizar de la presente Contratación.

Que finalmente corresponderá publicar la presente resolución por un (1) día en el Boletín Oficial, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página web del Poder Judicial de la CABA (www.jusbaires.gov.ar).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso f) del artículo 4º y el artículo 10º de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese la Contratación Directa Nº 33/2012 con la Biblioteca Argentina para Ciegos para que provea trescientos treinta y uno (331) carteles impresos en braille sobre aluminio de 0,08 mts. x 0,04 mts x 0,3 mm. de espesor y ciento dieciséis (116) carteles impresos en braille sobre aluminio de 0,08 mts. x 0,04 mts. x 0,3 mm. de espesor, enmarcados en acrílico color amarillo, con un presupuesto de pesos diez mil doscientos treinta y tres ($ 10.233,00), conforme la propuesta económica de fojas 49 y la Invitación a Cotizar de la presente Contratación.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página web del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar), como así también notificar lo decidido a la adjudicataria.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Infraestructura y Obras. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente archívese.

 

 

 

Res. OAyF Nº 13/2013

 

 

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