Buenos Aires, 3 de julio de 2015
Res. OAyF Nº 221 /2015
VISTO:
el Expediente DCC Nº 017/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Impresión Colección Bien Común”;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF Nº 35/2015 (fs. 23/24) se autorizó el gasto para la Contratación Directa N° 11/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de dos mil (2.000.-) ejemplares de cada uno de los seis (6.-) libros que componen la Colección “Bien Común”, a saber: “El combate con la ley”, “Defender la democracia”, “La justicia sin condición”, “La práctica del derecho”, “Por una democracia justa”, “Imaginar la ley” por la suma total de cuatrocientos dieciocho mil cincuenta pesos ($ 418.050,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 3/4 que previó el pago de un cincuenta por ciento (50 %) del monto en concepto de adelanto financiero.
Que en esa línea, se emitió la Orden de Compra N° 786, la que fue recibida por la adjudicataria el 20 de febrero de 2015 (fs. 26/27).
Que se realizaron las publicaciones de la Resolución OAyF N° 35/2015 en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 28) y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 30/31).
Que no obstante ello, la Editorial Jusbaires solicitó una rectificación en las condiciones de la contratación aprobada por Resolución OAyF Nº 35/2015 debido a que se realizaron modificaciones en las características técnicas relacionadas al formato y la cantidad de páginas de cada texto, así como también en la cantidad de ejemplares requeridos (v. Memo Nº 84/2015 de fs. 39).
Que en consecuencia, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó una nueva cotización y adjuntó a fojas 41 el nuevo presupuesto elaborado por la firma Editorial Eudeba S.E.M. por la impresión de mil cuatrocientos (1.400.-) ejemplares de cada uno de los seis (6.-) libros que componen la Colección “Bien Común”, a saber: “El combate con la ley”, “Defender la democracia”, “La justicia sin condición”, “La práctica del derecho”, “Por una democracia justa”, “Imaginar la ley” y de setecientos (700.-) exhibidores, el cual asciende a la suma total de cuatrocientos dieciocho mil cincuenta pesos ($ 418.050,00) IVA incluido (fs. 40/42).
Que luego, ante la consulta desde la Dirección de Compras a fin de que brindara una explicación detallada del nuevo presupuesto remitido, la firma Editorial Eudeba S.E.M. manifestó: “(…) desde que se presupuestó originalmente el trabajo, los libros tuvieron cambios en cuanto a formato, cantidades finales de páginas y el agregado de la laca sectorizada en las tapas, que hicieron que sea necesario ajustar la cantidad de ejemplares y packs a imprimirse para que con el mismo monto que ya estaba adjudicado, se pudiera hacer la mayor cantidad posible. De ello, y de común acuerdo con Gerardo Filipelli [Director de Editorial Jusbaires], surgió la nueva propuesta” (v. correo electrónico de fs. 51).
Que por su parte, la Editorial Jusbaires informó que “(…) se solicitó al Sr. Administrador General la rectificación de las condiciones de contratación de la Colección EL BIEN COMUN aprobada por Resolución OAyF Nº 35/2015, puesto que se modificaron las características técnicas relacionadas con el formato y la cantidad de páginas de cada texto… A fin de no incrementar sustancialmente el gasto aprobado, se propuso reducir la cantidad de ejemplares y los pack contenedores requeridos a 1400 de cada título y 700 unidades contenedoras” (v. Memo Nº 162/2015 de fs. 54).
Que luego, se dio intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en razón de lo cual emitió el Dictamen Nº 6368/2015. Allí, luego de efectuar una breve reseña de los hechos acaecidos y citar la normativa aplicable al caso, entendió que “teniendo en cuenta lo manifestado por la Editorial Eudeba SEM (fs. 51) y la Editorial Jusbaires (fs. 54) esta Dirección General entiende que puede proseguirse con el trámite del presente expediente, debiendo la Autoridad Competente modificar la Res. OAyF Nº 35/2015 a los efectos de incorporar las nuevas cantidades y especificaciones técnicas, en consecuencia, emitir una nueva Orden de Compra y dejar sin efecto la Orden de Compra 786, en virtud de lo expuesto por las áreas mencionadas”.
Que entonces, esta Oficina de Administración y Financiera instruyó a la Dirección de Programación y Administración Contable a fin de que realice la desafectación correspondiente e impute el monto para la nueva contratación y tome los recaudos pertinentes respecto al cincuenta por ciento (50%) en concepto de anticipo financiero que tal como se desprende de las constancias obrantes a fojas 67/68 fue cobrado por Editorial Eudeba S.E.M. (fs. 80). En consecuencia, la Dirección de Programación y Administración Contable tomó conocimiento de lo requerido y devolvió los actuados a esta Oficina de Administración y Financiera (v. fs. 82).
Que en este estado y puesto a resolver, atento las modificaciones en las cantidades y especificaciones técnicas que fueran requeridas por la Editorial Jusbaires, de acuerdo a lo actuado y en línea con lo dictaminado por el área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la Magistratura, así como lo manifestado por la Editorial Eudeba S.E.M., corresponderá dejar sin efecto la Resolución OAyF N° 35/2015 con fundamento en lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada Decreto N° 1510/97.
Que a su vez, corresponderá autorizar el gasto para la Contratación Directa N° 11/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil cuatrocientos (1.400.-) ejemplares de cada uno de los seis (6.-) libros que componen la Colección “Bien Común”, a saber: “El combate con la ley”, “Defender la democracia”, “La justicia sin condición”, “La práctica del derecho”, “Por una democracia justa”, “Imaginar la ley” y de setecientos (700.-) exhibidores, por la suma total de cuatrocientos dieciocho mil cincuenta pesos ($ 418.050,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 41.
Que a tales efectos, deberá darse intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material que correspondiere para que la firma Editorial Eudeba S.E.M. cumplimente las entregas pertinentes.
Que finalmente, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Déjese sin efecto la Resolución OAyF N° 35/2015. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2°: Autorícese el gasto para la Contratación Directa N° 11/2015 con la firma Editorial Eudeba S.E.M. para la impresión de mil cuatrocientos (1.400.-) ejemplares de cada uno de los seis (6.-) libros que componen la Colección “Bien Común”, a saber: “El combate con la ley”, “Defender la democracia”, “La justicia sin condición”, “La práctica del derecho”, “Por una democracia justa”, “Imaginar la ley” y de setecientos (700.-) exhibidores, por la suma total de cuatrocientos dieciocho mil cincuenta pesos ($ 418.050,00) IVA incluido, conforme la cotización obrante a fojas 41.
Artículo 3º: Dese intervención a la Editorial Jusbaires para que provea a la firma Eudeba S.E.M. del material que correspondiere para que la firma Editorial Eudeba S.E.M. cumplimente la entrega de los bienes detallados en el artículo 2º del presente acto.
Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 5º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Editorial Jusbaires y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RES. OAyF Nº 221/2015