Autorizar la Contratación Directa tendiente a lasuscripción al Boletin Oficial de la Nación, Sección 1ra. soporte papel, por la suma de tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 3.850), con el Boletin Oficial de la República Argentina, publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación.
Autorizar la Contratación Directa tendiente a lasuscripción al Boletin Oficial de la Nación, Sección 1ra. soporte papel, por la suma de tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 3.850), con el Boletin Oficial de la República Argentina, publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación.
Autorizar la Contratación Directa tendiente a lasuscripción al Boletin Oficial de la Nación, Sección 1ra. soporte papel, por la suma de tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 3.850), con el Boletin Oficial de la República Argentina, publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación.
Buenos Aires, 2 de junio de 2010
RES. OAyF Nº 103/2010
VISTO:
el Expediente DCC Nº 141/09-6 por el que tramita la Contratación Directa a las suscripciones al Boletin Oficial de la Nación; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 99 la Dirección de Compras y Contrataciones eleva la Nota Nº 523 DCC CM-10 mediante la cual pone en conocimiento de esta Administración General lo ocurrido luego del dictado de la Res. OAyF Nº 051/2010, cuya copia luce a fs. 86, por la que se aprobó la ampliación de la Orden de Compra Nº 214, en relación a lasuscripción al Boletin Oficial de la Nación, Sección 1ra. soporte papel, por la suma de tres mil ciento setenta y cinco pesos ($ 3.175), con el Boletin Oficial de la República Argentina, publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación, en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Contratación Directa que tramita por estos actuados.
Que en efecto, la Dirección de Compras y Contrataciones hace saber que, una vez notificada la Orden de Compra Nº 292 (formalizada a raíz del dictado del citado acto) el Boletín Oficial comunicó que por Res. 63/2009 del Sr. Secretario Legal y Técnico de la Presidencia de la Nación, se modificaron los precios a las suscripciones (confr. copia del B.O. del día 24 de diciembre de 2009 que luce a fs. 95/96); en tal sentido el monto total por las diez (10) suscripciones objeto de la ampliación de la Orden de Compra Nº 214 ascendería a la suma de tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 3.850).
Que asimismo el área de Compras y Contrataciones, destacó que: Esta Dirección advierte que impulsó la aprobación de la ampliación contractual conforme lo previsto en el Art. 117 Inc.) 1 de la Ley 2095, cuando dicha contratación, en tanto se trata de una publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente de la Presidencia de la Nación, se encuentra dentro de los contratos expresamente excluidos de las prescripciones de la Ley 2095.
Que conforme lo señalado, esa Dirección de Compras y Contrataciones sugiere, siempre salvo mejor criterio, dejar sin efecto la Resolución OAyF Nº 051/2010 y en virtud de persistir la necesidad de la contratación de las suscripciones que motivaran la resolución en crisis, correspondería efectuar una nueva Contratación Directa, en los términos del art. 4º, inc. d) de la norma de cita. A tal fin y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70 se solicitó la registración preventiva del presente gasto, como se acredita con la Constancia de Registración Nº 776-04/2010 por la suma de seiscientos setenta y cinco pesos ($ 675), por la diferencia entre el monto afectado anteriormente y la nueva contratación. (fs. 97/98).
Que a fs. 103 la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, mediante Dictamen Nº 3457/2010, manifestando que No obstante lo expresado, y conforme al criterio puesto de manifiesto por la Dirección de Compras y Contrataciones a fin de salvar un error material involuntario, también podría optarse por llamar a una nueva contratación.
Que puesto a resolver la cuestión traída a conocimiento de quien suscribe, observo que no resulta posible realizar una ampliación de la referida Orden de Compra por no darse en las condiciones y precios originalmente convenidos en el marco de la Contratación Directa que tramitara originalmente por estos actuados.
Que asimismo y toda vez que, en el caso de marras, se trata de una contratación interadministrativa que como ya quedó dicho, se encuentra excluida de las prescripciones de la Ley 2095habrá de autorizarse una nueva Contratación Directa, en los términos propuestos por la Dirección de Compras y Contrataciones, previo a dejar sin efecto la Res. OAyF Nº 051/2010 y en consecuencia la Orden de Compra Nº 292.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Dejar sin efecto la Res. OAyF Nº 051/2010, y en consecuencia la Orden de Compra Nº 292, por los fundamentos invocados en los considerandos de la presente.
Artículo 2º:Autorizar la Contratación Directa tendiente a lasuscripción al Boletin Oficial de la Nación, Sección 1ra. soporte papel, por la suma de tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 3.850), con el Boletin Oficial de la República Argentina, publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación.
Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, para su cumplimentación, y oportunamente archívese.