Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017
RES. OAyF Nº 314 /2017
VISTO:
El Expediente DGCC N° 097/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de Carpetas Colgantes, Anotadores, Láminas y Sobres Institucionales” RECARATULADO, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 190/2017 se autorizó el llamado a la Contratación Menor Nº 05/2017 que tiene por objeto la adquisición carpetas colgantes, anotadores, láminas de cuentos y sobres institucionales conforme las características, cantidades y demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución (fs. 177/190).
Que posteriormente, mediante Resolución OAyF N° 242/2017 se aprobó el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 05/2017 y se adjudicaron los Renglones 1 a 11 a la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia por el monto total de doscientos doce mil novecientos veinticinco pesos ($ 212.925,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta obrante a fojas 223/263 y el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras (fs. 317/319).
Que la contratación referida se formalizó mediante la Orden de Compra N° 1121 retirada por la adjudicataria el 28 de septiembre de 2017 (fs. 344).
Que en esta oportunidad, mediante la Actuación N° 21689/17 incorporada a fojas 346/349 y el correo electrónico de fojas 351, la Unidad Consejero del Dr. Reynoso por intermedio del Departamento de Ceremonial y Protocolo requirió la ampliación de la referida contratación solicitando la adquisición de ochocientos (800-) sobres institucionales personalizados en los tamaños oficio, americano, inglés y A4 y sobres sin personalizar con destino a dicha Unidad Consejero.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones calculó el presupuesto estimado y en virtud de que el monto supera un veinte por ciento (20%) pero no excede el cincuenta por ciento (50%) del valor total adjudicado –conforme el inciso 1° del artículo 117 de la Ley 2095 y su modificatoria Ley 4764- entendió viable la ampliación (Renglones 4 a 11) de la presente Contratación Menor N° 05/2017 y solicitó la conformidad de la contratista (fs. fs. 353 y fs. 360) y ésta prestó su consentimiento para proceder a la ampliación de marras (cfr. correo electrónico de fs. 367).
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 70, la Dirección General de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria correspondiente (v. Constancia de Registración Nº 729/10 2017 de fs. 368/369).
Que en consecuencia, la Dirección General de Compras y Contrataciones propició la ampliación de la Contratación Menor N° 05/2017. En tal sentido, puso de resalto lo dispuesto en el inciso I) del artículo 117 de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764 respecto a que: “(…) una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante podrá: Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta el veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra. En los casos que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%) de su valor, y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante” (cfr. Nota DGC N° 584/2017 de fs. 374/375).
Que asimismo la citada Dirección General señaló que la ampliación propiciada asciende al monto de diez mil ochenta y siete pesos con 50/100 ($10.087,50) IVA incluido, suma que se encuentra dentro del tope máximo del cincuenta por ciento (50%) para cada uno de los renglones a ampliar (Renglones 4 a 11). A su vez, la Dirección General de Compras y Contrataciones requirió la conformidad de la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia y ésta prestó su consentimiento para proceder a la ampliación de marras (cfr. Nota DGCyC N° 584/2017 de fs. 374/375).
Que entonces tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 7944/2017. Allí, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso bajo su análisis, concluyó: “… teniendo en cuenta lo manifestado en la solicitud efectuada por la Unidad Consejero Dr. Reynoso a través del Departamento de Ceremonial y Protocolo, lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, así como la normativa legal vigente y aplicable, es opinión de esta Dirección General, que no existe obstáculo, desde el punto de visto jurídico, para que se continúe con la tramitación del presente expediente” (fs. 381/383).
Que finalmente el Departamento de Ceremonial y Protocolo –en su carácter de área técnica y competente- prestó conformidad en relación al pedido obrante a fojas 360 (cfr. Memo DCyP N° 370/2017 de fs. 412).
Que entonces, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes reseñados, a fin de dar prona respuesta al requerimiento efectuado por la Unidad Consejero del Dr. Darío Reynoso, vista la conformidad prestada por el Departamento de Ceremonial y Protocolo, en línea con lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones y con lo dictaminado por el órgano de asesoramiento jurídico de este Consejo, corresponderá proceder a la ampliación contractual de la Orden de Compra N° 1121 con la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia para la adquisición de ochocientos (800.-) sobres institucionales personalizados y sin personalizar para la Unidad Consejero del Dr. Darío Reynoso (Renglones 4 a 11) por la suma total de diez mil ochenta y siete pesos con 50/100 ($10.087,50) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 353 y fojas 360 y aceptación de fojas 367 y según el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 05/2017.
Que de acuerdo a lo expuesto, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual que se aprobará por la presente, a notificar a la adjudicataria y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por la Resolución Presidencia N° 391/2013;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese la ampliación contractual de la Orden de Compra N° 1121 con la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia para la adquisición de ochocientos (800.-) sobres institucionales personalizados y sin personalizar para la Unidad Consejero del Dr. Darío Reynoso (Renglones 4 a 11) por la suma total de diez mil ochenta y siete pesos con 50/100 ($10.087,50) IVA incluido, conforme la propuesta de fojas 353 y fojas 360 y aceptación de fojas 367 y según el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor Nº 05/2017.
Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a efectivizar la ampliación contractual que se aprobó en el artículo 1° de la presente resolución, a notificar este acto a la adjudicataria, y a realizar las publicaciones y comunicaciones pertinentes de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese como se ordenara precedentemente, y comuníquese al Departamento de Ceremonial y Protocolo, a la Unidad Consejero Dr. Darío Reynoso y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para su cumplimentación, y oportunamente archívese.
RES. OAyF Nº 314 /2017