Buenos Aires, 22 de mayo de 2015
VISTO:
El Expediente DCC Nº 078/15-0 caratulado “D.C.C. s/ Modernización de Ascensores Edificio Bolívar 177”; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 146/2015 (fs. 63/76) se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 07/2015 de etapa única que tiene por objeto la modernización de dos (2.-) ascensores existentes en el edificio sito en Bolívar 177 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo el reacondicionamiento y modificación del sistema de fuerza motriz, cabinas y tableros, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución.
Que a su vez por la citada Resolución se estableció el 19 de mayo de 2015 a las 12:00 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación y el 27 de mayo de 2015 a las 12:00 horas como fecha límite de presentación de ofertas y apertura pública de las ofertas. Por otra parte, se estipuló en la cláusula 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 07/2015 que el día 14 de mayo de 2015 a las 16:00 horas se realizaría una charla informativa para los interesados.
Que se dio cumplimiento a la publicación de esa convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 86), se realizaron las comunicaciones pertinentes del acto a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 87/88), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 89/90), se remitieron invitaciones electrónicas a diferentes firmas del rubro (fs. 92/101) y se realizó la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 102/103). A su vez, la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 146/2015 a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores como Responsable Técnico (fs. 81/82) y a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 83/84).
Que en lo que aquí interesa, la Dirección de Compras y Contrataciones informó que tras la reunión informativa llevada a cabo el 14 de mayo del corriente “(…) se advirtió un error material en el Punto 17 del Pliego de Condiciones Particulares. En efecto, el programa de seguridad e higiene que allí se requiere corresponde ser presentado por la firma adjudicataria del proceso de selección y no por las oferentes interesadas en participar y cotizar”. En tal sentido, remitió lo actuado a esta Administración General con un proyecto de Circular Sin Consulta en la que se aclara que: “Respecto del Punto 17 (PROGRAMA DE SEGURIDAD) del Pliego de Condiciones Particulares, en donde dice: Se deberá presentar junto a la oferta el Programa de Seguridad… Deberá leerse: Previo al inicio de las prestaciones, la adjudicataria deberá presentar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, con copia a la Dirección de Compras y Contrataciones, el Programa de Seguridad…” (v. Memo DCC N° 191/2015 de fs. 105/106).
Que entonces, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que previa reseña de lo actuado y detallar la normativa aplicable a la Licitación de marras, concluyó: “(…) teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 106), así como la normativa legal vigente aplicable, es opinión de esta Dirección General que puede proseguirse con la tramitación del presente expediente” (v. Dictamen N° 6308/2015 de fs. 112).
Que puesto a resolver, de acuerdo a lo actuado, a lo propiciado por la Dirección de Compras y Contrataciones y a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar la Circular Sin Consulta N° 1 de la Licitación Pública N° 07/2015 que como Anexo I se adjunta a la presente resolución e instruir -a la vista de que la Circular Sin Consulta que resultará aprobada constituye una modificación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 07/2015- a la Dirección de Compras y Contrataciones para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébese la Circular Sin Consulta N° 1 de la Licitación Pública N° 07/2015, que como Anexo I se adjunta a la presente Resolución.
Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos.
CIRCULAR SIN CONSULTA Nº 1
LICITACIÓN PUBLICA 07/2015
Buenos Aires, de mayo de 2015
Señor Oferente
Por la presente, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Licitación Pública Nº 07/2015, referida a la modernización de ascensores del edificio sito en Bolívar 177 de esta Ciudad, que tramita por Expediente CM Nº DCC-078/15-0, se dirige a Ud. a los efectos de informar la siguiente aclaración:
Aclaración Nº 1:
Respecto del Punto 17 (PROGRAMA DE SEGURIDAD) del Pliego de Condiciones Particulares, en donde dice:
“Se deberá presentar junto a la oferta el Programa de Seguridad…”
Deberá leerse:
“Previo al inicio de las prestaciones, la adjudicataria deberá presentar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, con copia a la Dirección de Compras y Contrataciones, el Programa de Seguridad…”
Sin otro particular, saludo atentamente.